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Documento BOE-A-2001-6697

Real Decreto 309/2001, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1879/1996, de 2 de agosto, por el que se regula la composición de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Publicado en:
«BOE» núm. 82, de 5 de abril de 2001, páginas 12823 a 12824 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-6697
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2001/03/23/309

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto 557/2000, de 27 de abril, de reestructuración de los Departamentos ministeriales, establece una nueva estructura departamental de la Administración General del Estado, por lo que habida cuenta de los cambios producidos en la estructura, competencias y denominaciones de los Departamentos ministeriales, se considera conveniente adaptar a esta nueva situación la composición del grupo de vocales de la Administración General del Estado que forman parte de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo prevista en el artículo 2 del Real Decreto 1879/1996, de 2 de agosto, por el que se regula la composición de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, con la aprobación del Ministro de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros, en su reunión del día 23 de marzo de 2001,

D I S P O N G O :

Artículo único. Modificación del artículo 2 del Real Decreto 1879/1996, de 2 de agosto.

Se modifica el párrafo c) del apartado 1 del artículo 2 del Real Decreto 1879/1996, de 2 de agosto, por el que se regula la composición de la Comisión Nacional

de Seguridad y Salud en el Trabajo, que quedará redactado de la siguiente forma:

"c) Diecisiete vocales en el ámbito de la Administración General del Estado, con rango de Director general, o equivalente, en representación de:

1. Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, 4 vocales.

2. Ministerio de Sanidad y Consumo, 3 vocales.

3. Ministerio de Hacienda, 1 vocal.

4. Ministerio del Interior, 1 vocal.

5. Ministerio de Fomento, 1 vocal.

6. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, 1 vocal.

7. Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, 1 vocal.

8. Ministerio de Administraciones Públicas, 1 vocal.

9. Ministerio de Medio Ambiente, 1 vocal.

10. Ministerio de Economía, 1 vocal.

11. Ministerio de Ciencia y Tecnología, 1 vocal.

12. Gabinete de la Presidencia del Gobierno, 1 vocal."

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Dado en Madrid a 23 de marzo de 2001.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, JUAN CARLOS APARICIO PÉREZ

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 23/03/2001
  • Fecha de publicación: 05/04/2001
  • Fecha de entrada en vigor: 06/04/2001
Referencias anteriores
  • MODIFICA el art. 2.1.c) del Real Decreto 1876/1996, de 2 de agosto (Ref. BOE-A-1996-18461).
Materias
  • Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo
  • Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
  • Organización de la Administración del Estado
  • Seguridad e higiene en el trabajo

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