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Documento BOE-A-2001-8537

Orden de 16 de abril de 2001 por la que se establecen las bases de concesión y se convoca la tercera edición de los "Premios a la No violencia contra las Mujeres", dirigidos a agencias de publicidad, medios de comunicación y a las y los profesionales de estos medios.

Publicado en:
«BOE» núm. 105, de 2 de mayo de 2001, páginas 16045 a 16047 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2001-8537

TEXTO ORIGINAL

El Instituto de la Mujer, organismo autónomo adscrito al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, creado por Ley 16/1983, de 24 de octubre, tiene como finalidad primordial promover y fomentar las condiciones que posibiliten la igualdad social entre ambos sexos, así como prestar servicios en favor de la mujer.

Entre las funciones que tiene encomendadas está la de impulsar las medidas que contribuyan a eliminar las discriminaciones existentes respecto a la mujer en la sociedad.

Uno de los principales problemas es la violencia contra las mujeres en el entorno familiar, por lo que es necesario seguir insistiendo en la toma de conciencia de la sociedad frente a este fenómeno.

Para ello, y contando con la aportación que los medios de comunicación pueden realizar a la hora de sensibilizar de la gravedad del problema, el Instituto de la Mujer creó en 1999, en el marco del I Plan de Acción contra la Violencia Doméstica aprobado por Consejo de Ministros el día 30 de abril de 1.998, los «Premios a la No violencia contra las Mujeres», para medios de comunicación y agencias de publicidad, dando cumplimiento a una de las actuaciones del área de sensibilización y prevención.

Los «Premios a la No violencia contra las Mujeres», pretenden incentivar la producción de anuncios e imágenes, textos informativos y programas de radio o televisión, cuyos contenidos fomenten la no violencia contra las mujeres.

En su virtud, y con objeto de continuar la convocatoria anual de estos premios, a propuesta del Instituto de la Mujer y previo informe de la Abogacía del Estado en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, dispongo:

Primero.

Convocar el III certamen de «Premios a la No violencia contra las Mujeres 2001», que se regirá por las bases que figuran en el anexo a esta Orden.

Segundo.

El Instituto de la Mujer, a través de su Directora general, adoptará las medidas necesarias para el desarrollo de esta actividad.

Madrid, 16 de abril de 2001.

APARICIO PÉREZ

Ilma. Sra. Secretaria general de Asuntos Sociales e Ilma. Sra. Directora general del Instituto de la Mujer.

ANEXO
Bases
Primera.

Se convoca el III certamen de «Premios a la No violencia contra las Mujeres», en las modalidades de prensa, radio, televisión y publicidad, destinadas, las tres primeras, a los medios de comunicación y a las/os profesionales de estos medios que se hayan destacado, durante el año 2000, en la producción o emisión de programas y textos informativos dirigidos a combatir la violencia contra las mujeres, y la cuarta destinada a las agencias de publicidad por la realización de anuncios o campañas publicitarias que, además de combatir la violencia, se destaquen por transmitir y fomentar una imagen equilibrada y no estereotipada de las mujeres como forma de prevenir la violencia.

Segunda.

Los premios de cada una de las especialidades señaladas en la base anterior tendrán las siguientes finalidades:

Incentivar la participación de profesionales de la prensa en la erradicación de la violencia contra las mujeres.

Fomentar y apoyar la realización de programas de radio y televisión donde se difunda el principio de la no violencia y el de igualdad entre hombres y mujeres.

Promover la producción y emisión de anuncios y materiales audiovisuales dirigidos a presentar a las mujeres como personas que contribuyen activamente al proceso de desarrollo de la sociedad en equiparación con los hombres, desempeñando papeles no exclusivamente tradicionales, como forma de prevenir y erradicar la violencia.

Tercera.

Podrán participar, individualmente los autores, o como entidad, las agencias de publicidad, los medios de información escrita, las emisoras de radio y las cadenas de televisión. Podrán optar todos los trabajos que hayan sido publicados o emitidos en medios de ámbito nacional y/o autonómico, desde el 1 de enero de 2000 hasta la fecha indicada en la base quinta.

Cuarta.

Las candidaturas podrán presentarse directamente por las personas o entidades interesadas en el Instituto de la Mujer, indicando los siguientes datos:

La especialidad a la que se presenta (prensa, radio, televisión, agencias de publicidad).

Datos de la persona o entidad que opte al premio, incluido el número de documento nacional de identidad, número de teléfono y de fax.

Fecha de realización de los trabajos y de publicación o emisión en su caso, debidamente acreditada.

Los trabajos deberán presentarse de la siguiente forma:

1. En el caso de agencias de publicidad: Tres copias de las piezas publicadas o tres copias en vídeo VHS del anuncio, en caso de spots televisivos, acompañadas de la declaración jurada de la Dirección de la agencia en la que conste el medio de comunicación donde se haya divulgado y el tiempo de exposición del anuncio.

2. En el caso de trabajos de prensa: Las propuestas se presentarán firmadas por la persona o por la dirección del medio de comunicación que opte al premio. Se acompañarán 3 ejemplares o fotocopias de texto publicado que se presenta.

3. En el caso de programas de radio: Las propuestas se presentarán firmadas por la persona o por la Dirección del medio de comunicación y se acompañarán de 3 copias, en cassette, del programa que se presente.

4. En el caso de programas de televisión: Las propuestas se presentarán firmadas por el autor, por la persona responsable del equipo o por la Dirección del medio de comunicación y se acompañarán de tres copias en vídeo VHS.

Quinta.

El plazo de admisión de las candidaturas finalizará el 14 de septiembre de 2001. La documentación requerida podrá presentarse en el Instituto de la Mujer, calle Condesa de Venadito, 34, 28027 Madrid, o enviarse por correo certificado o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexta.

La Directora general del Instituto de la Mujer, por delegación del Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrará un jurado que seleccionará los trabajos premiados y cuyo fallo será inapelable.

El Instituto de la Mujer y/o el Jurado podrán proponer, para su incorporación al concurso, trabajos no presentados directamente por las personas o entidades interesadas, pero que por su calidad o méritos hagan conveniente su inclusión en la convocatoria.

El Jurado estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidenta: La Secretaria general de Asuntos Sociales.

Vicepresidenta: La Directora general del Instituto de la Mujer.

Vocales: El Director de Comunicación del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales; cuatro profesionales de reconocido prestigio que trabajen en las áreas objeto de los premios, y tres representantes de ONG de mujeres que desarrollen programas en favor de las víctimas de la violencia.

Secretaria: Actuará como Secretaria la Jefa del Servicio de Comunicación e Imagen del Instituto de la Mujer.

La composición del Jurado deberá hacerse pública en el tablón de anuncios del Instituto de la Mujer, al menos, con un mes de antelación a la concesión de los premios.

La propuesta de concesión de los premios se realizará preferentemente por unanimidad. De existir discrepancias insalvables, cada una de las personas miembros del Jurado procederá a puntuar los trabajos sobre los que se ha producido el desacuerdo, resultando elegido el de mayor puntuación alcanzada. En el caso de que se produzca un empate en las votaciones, la Presidenta del Jurado ostentará voto de calidad.

El Jurado podrá proponer que se declaren desiertos los premios en caso de no reunir la suficiente calidad los trabajos presentados. Asimismo, podrá acordar la concesión de una o varias menciones honoríficas en aquellos casos en que se considere la existencia de trabajos merecedores de ellos y no hayan accedido a premio.

Los premios se adjudicarán a propuesta del Jurado mediante Resolución de la Directora general del Instituto de la Mujer, en el plazo de quince días desde la fecha del dictamen del Jurado, y será expuesta en el tablón de anuncios del Instituto de la Mujer y, posteriormente, publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Los criterios de valoración por parte del Jurado serán los siguientes: calidad del trabajo periodístico y publicitario; capacidad de transmisión del valor de la «no violencia» contra las mujeres y relevancia en la representación y transmisión de una imagen equilibrada y no estereotipada de las mujeres.

Séptima.

1. El Instituto de la Mujer podrá disponer de los derechos de utilización de los trabajos ganadores, obligándose los premiados a otorgar el documento oportuno cuando sea necesario.

2. Los trabajos presentados que no resulten premiados podrán ser recuperados por los autores dentro de los treinta días hábiles siguientes a partir de la fecha en la que se haya hecho público, en el «Boletín Oficial del Estado», el fallo, no responsabilizándose la Administración de los que no sean retirados en dicho plazo.

Octava.

Los premios serán entregados por el Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales o persona en quien delegue y tendrán las siguientes cuantías:

Un premio de 1.000.000 de pesetas y placa en la modalidad de prensa. Un premio de 1.000.000 de pesetas y placa en la modalidad de radio. Un premio de 1.000.000 de pesetas y placa en la modalidad de televisión.

Un premio de 1.000.000 de pesetas y placa en la modalidad de agencias de publicidad.

Los premios en metálico estarán sujetos a los impuestos o retenciones según la Ley, salvo exención concedida por el órgano competente de la Administración Tributaria.

Novena.

La financiación de estos premios se imputará al presupuesto de gastos del Instituto de la Mujer con cargo a la partida presupuesta 19.105.323B. 227.06.

Los adjudicatarios de los premios deberán facilitar, en todo caso, cualquier información que sea requerida por el Tribunal de Cuentas.

Décima.

La participación en este Certamen supone la total aceptación de las presentes bases.

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