De conformidad con lo establecido en la base 9.4 y siguientes
de la Orden de 26 de noviembre de 1999 ("Boletín Oficial del
Estado" de 10 de diciembre), por la que se convocaban pruebas
selectivas para ingreso en el Cuerpo de Agentes de la
Administración de Justicia, una vez vistas y resueltas las alegaciones de
los aspirantes y remitida por el Tribunal Calificador la propuesta
definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas,
Esta Secretaría de Estado acuerda:
Primero.- Aprobar la propuesta definitiva de aspirantes que
han superado las pruebas selectivas en cada ámbito territorial
y que figuran en el anexo I de esta Resolución.
Segundo.- En el plazo de veinte días naturales, contados a
partir de la publicación de esta Resolución en el "Boletín Oficial
del Estado", los aspirantes que figuran como aprobados en esta
relación definitiva, deberán presentar en el Registro General del
Ministerio de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia (calle de
la Manzana, número 2), o por los medios previstos en el artículo
38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, los documentos siguientes:
A) Dos fotocopias compulsadas del documento nacional de
identidad.
B) Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria
o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas
las asignaturas, que le capacitan para la obtención del título,
acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos
para la expedición del título.
C) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad
ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de la función
de Agentes de la Administración de Justicia, expedido por el
Facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que corresponda
al interesado y, en caso de que no esté acogido a ningún Régimen
de la Seguridad Social, se expedirá por los Servicios Provinciales
del Ministerio de Sanidad y Consumo y Organismos
correspondientes de las Comunidades Autónomas.
Los aspirantes que tengan la condición legal de discapacitados
con grado igual o superior al 33 por 100 deberán presentar
certificación de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos
Sociales, o, en su caso, de la Comunidad Autónoma
correspondiente, que acredite tal condición y su capacidad funcional para
desempeñar las tareas propias que corresponden al Cuerpo de
Agentes de la Administración de Justicia.
D) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de
incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, ni haber sido separado, mediante procedimiento
disciplinario, de un Cuerpo del Estado, de las Comunidades Autónomas
o de las Administraciones Locales, ni suspendido en ejercicio de
funciones públicas en vía disciplinaria o judicial, salvo que hubiera
sido rehabilitado (anexo II).
Tercero.-Ante la imposibilidad debidamente justificada de no
poder presentar los documentos expresados en el apartado
anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones exigidas
en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible
en Derecho.
Cuarto.-Los aspirantes que tuvieran la condición de
funcionarios públicos estarán exentos de justificar aquellas condiciones
y requisitos ya demostrados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u Organismo
de que dependan, por la que se acredite su condición y cuantas
circunstancias consten en su hoja de servicios.
Quinto.-Quienes dentro del plazo fijado y salvo causa de fuerza
mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma
se dedujera que carecen de alguno de los requisitos establecidos
en la base 2.1 de la convocatoria, no podrán ser nombrados
funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por
falsedad en la solicitud inicial.
Sexto.-Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición, ante esta Secretaría de Estado, en el plazo de un mes
o contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el
plazo de dos meses, de acuerdo con lo previsto en los artículos
116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 45 y
siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa. El plazo se contará a partir del día siguiente de la
publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de la presente Resolución.
Madrid a 27 de abril de 2001.-El Secretario de Estado, por
delagación (Orden de 29 de octubre de 1996), el Director general
de Relaciones con la Administración de Justicia, Carlos Lesmes
Serrano.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Medios Personales al Servicio
de la Administración de Justicia.
ANEXO I : (Ver imágenes páginas 17610 a 17617)
ANEXO II
Don/doña ..................................................,
con domicilio en ...............................................,
de .......... años de edad, con documento nacional de identidad
número ....................., declaro bajo juramento o promesa,
a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo de Agentes
de la Administración de Justicia, que no he sido separado del
servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no
me hallo inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, ni
comprendido en ninguna de las causas de incapacidad e
incompatibilidad establecidas en las disposiciones orgánicas.
En .............. a .............. de .............. de 2001.
El declarante,
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid