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Documento BOE-A-2002-13224

Resolución de 12 de junio de 2002, de la Secretaría General de Asuntos Sociales, por la que se da publicidad a los sorteos extraordinarios del cupón de la Organización Nacional de Ciegos Españoles de los días 15 de agosto y 7 de septiembre de 2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 159, de 4 de julio de 2002, páginas 24340 a 24341 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2002-13224

TEXTO ORIGINAL

El Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de marzo de 1999, por el que se aprueba el Acuerdo General entre el Gobierno de la Nación y la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) en materia de Cooperación, Solidaridad y Competitividad para la Estabilidad de futuro de la ONCE, determina entre otras materias, las condiciones generales del régimen de los sorteos del cupón de la Organización Nacional de Ciegos Españoles, ordenando a su vez, su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», como garantía de los consumidores.

Por su parte, la nueva redacción dada al artículo 8.3.d) por el Real Decreto 1200/1999, de 9 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 358/91, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Nacional de Ciegos Españoles, expresa que corresponde al Consejo de Protectorado de la ONCE establecer, los criterios y procedimientos adecuados para ejercer el control sobre las materias relativas al cupón y otras modalidades de juego autorizadas a la ONCE.

El Consejo de Protectorado de la ONCE en su reunión del 29 de febrero de 2000 aprobó los Procedimientos y Criterios de Control sobre las materias relativas al cupón y otras modalidades de juego autorizadas a la ONCE.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de marzo de 1999, así como en los citados Reales Decretos, y en los Procedimientos y Criterios de Control sobre las materias relativas al cupón, y previo acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo de Protectorado en su reunión de 12 de junio de 2002, que actúa por delegación del citado Consejo, procede dar publicidad a los sorteos extraordinarios del cupón, a celebrar los días 15 de agosto y 7 de septiembre de 2002.

1.º Sorteo Extraordinario del día 15 de agosto de 2002, con un premio especial a un sólo cupón de 12.000.000 de euros.

1.1 Para el sorteo extraordinario del día 15 de agosto de 2002 el precio unitario del cupón es de cuatro euros (4 euros).

1.2 La nueva estructura de premios presenta las siguientes cuantías y proporciones para las diferentes categorías:

1.2.1 Premio a las cinco cifras y serie: Doce millones de euros (12.000.000 euros), a un solo cupón cuyas cinco cifras y serie coincidan con las del número y serie premiados y estén dispuestas en el mismo orden.

1.2.2 Premio a las cinco cifras: cuarenta mil euros (40.000 euros), por cupón a un único cupón de cada serie, cuyas cinco cifras coincidan con las del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden, excepto el cupón agraciado con premio a las cinco cifras y serie, mencionado en el punto anterior.

1.2.3 Premio a las cuatro últimas cifras: Quinientos euros (500 euros) por cupón, a los nueve cupones de cada serie, cuyas cuatro últimas cifras (unidades de millar, centenas, decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.

1.2.4 Premio a las tres últimas cifras: Cincuenta euros (50 euros) por cupón, a los 90 cupones de cada serie, cuyas tres últimas cifras (centenas, decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.

1.2.5 Premio a las dos últimas cifras: diez euros (10 euros) por cupón, a los 900 cupones de cada serie, cuyas dos últimas cifras (decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.

1.2.6 Premio a la última cifra (reintegro): Cuatro euros (4 euros) por cupón, a los 9.000 cupones de cada serie, cuya última cifra (unidades) coincida con la misma cifra del número premiado.

1.3 Ninguno de los premios enunciados en el párrafo anterior son acumulables.

1.4 La proporción global destinada a premios es del 42,19 por 100.

1.5 El número de series a emitir es de 160 series, constando cada una de ellas de 100.000 cupones, numerados correlativamente desde el 00.000 hasta el 99.999.

1.6 Este sorteo comenzará a comercializarse a partir del día 24 de julio de 2002 y se regulará por el «Reglamento del Sorteo del Cupón de la ONCE, a partir del 16 de junio de 2002», y el Anexo específico al referido Reglamento, aprobado por el Consejo General de la ONCE el 14 de mayo de 2002.

2.º Sorteo extraordinario del día 7 de septiembre de 2002, con diez premios especiales: a un sólo cupón de 9.000.000 de euros y nueve cupones de 300.000 euros.

2.1 Para el sorteo extraordinario del día 7 de septiembre de 2002 el precio unitario del cupón es de tres euros (3 euros).

2.2 La nueva estructura de premios presenta las siguientes cuantías y proporciones para las diferentes categorías:

2.2.1 Premio a las cinco cifras y única serie: Nueve millones de euros (9.000.000 euros), a un solo cupón cuyas cinco cifras y única serie coincidan con las del número y serie premiados y estén dispuestas en el mismo orden.

2.2.2 Premio a las cinco cifras y nueve series: trescientos mil euros (300.000 euros), a nueve cupones cuyas cinco cifras y series coincidan con las del número y nueve series premiadas.

2.2.3 Premio a las cinco cifras: treinta mil euros (30.000 euros), por cupón a un único cupón de cada serie, cuyas cinco cifras coincidan con las del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden, excepto los diez cupones agraciados con el premio a las cinco cifras y serie, mencionados en los dos puntos anteriores.

2.2.4 Premio a las cuatro últimas cifras: Trescientos euros (300 euros) por cupón, a los nueve cupones de cada serie, cuyas cuatro últimas cifras (unidades de millar, centenas, decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.

2.2.5 Premio a las tres últimas cifras: treinta euros (30 euros) por cupón, a los 90 cupones de cada serie, cuyas tres últimas cifras (centenas, decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.

2.2.6 Premio a las dos últimas cifras: seis euros (6 euros) por cupón, a los 900 cupones de cada serie, cuyas dos últimas cifras (decenas y unidades) coincidan con las mismas cifras del número premiado y estén dispuestas en el mismo orden.

2.2.7 Premio a la última cifra (reintegro): Tres euros (3 euros) por cupón, a los 9.000 cupones de cada serie, cuya última cifra (unidades) coincida con la misma cifra del número premiado.

2.3 Ninguno de los premios enunciados en el párrafo anterior son acumulables.

2.4 La proporción global destinada a premios es del 41,60 por 100.

2.5 El número de series a emitir es de 200 series, constando cada una de ellas de 100.000 cupones, numerados correlativamente desde el 00.000 hasta el 99.999.

2.6 Este sorteo comenzará a comercializarse a partir del día 16 de agosto de 2002 y se regulará por el «Reglamento del Sorteo del Cupón de la ONCE, a partir del 16 de junio de 2002» y el Anexo específico al referido Reglamento, aprobado por el Consejo General de la ONCE el 14 de mayo de 2002.

Madrid, 12 de junio de 2002.‒La Secretaria general de Asuntos Sociales, María Concepción Dancausa Treviño.

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