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Documento BOE-A-2002-17570

Resolución de 26 de agosto de 2002, de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza definitivamente a "El Paso Merchant Energy Spain, Sociedad Limitada", a ejercer la actividad de comercialización, y se procede a su inscripción definitiva en la sección segunda del Registro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados.

Publicado en:
«BOE» núm. 215, de 7 de septiembre de 2002, páginas 32386 a 32386 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2002-17570

TEXTO ORIGINAL

Visto el escrito presentado por "El Paso Merchant Energy Spain,

Sociedad Limitada", de fecha 31 de julio de 2002, por el que solicita la

autorización para ejercer la actividad de comercialización, así como la

inscripción definitiva en el Registro Administrativo de Distribuidores,

Comercializadores y Consumidores Cualificados, en la sección correspondiente;

Vistos los artículos 44.2 y 45.4 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre,

del Sector Eléctrico;

Considerando lo dispuesto en los artículos 72 y 73 del Real

Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades

de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos

de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como en la Sección

segunda, del capítulo III, del título VIII, de dicho Real Decreto;

Considerando que "El Paso Merchant Energy Spain, Sociedad Limitada",

estaba de forma provisional autorizada para ejercer la actividad de

comercialización e inscrita de forma previa en la Sección segunda del Registro

Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores

Cualificados, según consta en la Resolución de la Dirección General de Política

Energética y Minas de fecha 11 de abril de 2002;

Resultando que la disposición transitoria novena del Real

Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, establece que "Las empresas

comercializadoras que de forma provisional hayan sido autorizadas e inscritas en

el Registro de empresas comercializadoras del Ministerio de Economía

dispondrán de un plazo de tres meses para presentar la solicitud de

autorización de su actividad y de inscripción definitiva en el Registro";

Considerando que "El Paso Merchant Energy Spain, Sociedad Limitada",

ha presentado como documentos acreditativos de su pretensión el

certificado acreditativo de su adhesión a las reglas y condiciones de

funcionamiento y liquidación del mercado de producción de energía eléctrica,

suscribiendo el correspondiente contrato de adhesión, emitido por la

sociedad "Compañía Operadora del Mercado Español de Electricidad, Sociedad

Anónima", en cumplimiento de lo previsto en el artículo 190 del Real

Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

La Dirección General de Política Energética y Minas resuelve:

Proceder a la autorización definitiva de la empresa "El Paso Merchant

Energy Spain, Sociedad Limitada", con domicilio social en Madrid, calle

Zurbarán, 28, para el desarrollo de la actividad de comercialización, así

como a la inscripción definitiva en la Sección segunda del Registro

Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores

Cualificados, con el número de identificación R2-236.

A partir de la recepción de la presente Resolución "E Paso Merchant

Energy Spain, Sociedad Limitada", estará obligada a la remisión de la

información a que se refiere el artículo 192 del Real Decreto 1955/2000,

de 1 de diciembre, procediéndose en caso contrario a la baja en la

inscripción efectuada.

Si en el plazo de un año contado desde la publicación en el "Boletín

Oficial del Estado" de la presente Resolución, "El Paso Merchant Energy

Spain, Sociedad Limitada", no hubiera hecho uso efectivo y real de la

autorización para comercializar energía eléctrica, o si dicho uso se

suspendiera durante un plazo ininterrumpido de un año, se declarará la

caducidad de la autorización, previa instrucción del correspondiente

procedimiento, tal y como dispone el artículo 74 del Real Decreto 1955/2000,

de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante

el excelentísimo señor Secretario de Estado de Energía, Desarrollo

Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un mes, de acuerdo

con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el

artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y

Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 26 de agosto de 2002.-La Directora general, Carmen Becerril

Martínez.

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