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Documento BOE-A-2002-19252

Resolución de 1 de agosto de 2002, de la Secretaría General de Política Científica, por la que se dispone la publicación del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria para la conservación de las estirpes de cerdo ibérico en el Centro de Investigaciones Agropecuarias "Dehesón del Encinar".

Publicado en:
«BOE» núm. 238, de 4 de octubre de 2002, páginas 35301 a 35305 (5 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2002-19252

TEXTO ORIGINAL

Por una parte, el Director General del Instituto Nacional de

Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), en nombre y

representación de este organismo autónomo del Ministerio de Ciencia y

Tecnología, y en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 12 del

Estatuto del INIA, aprobado por Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre ;

de otra parte, el Consejero de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta

de Comunidades de Castilla-La Mancha, en su nombre y representación,

en virtud del Decreto 93/1999, de 21 de julio, por el que se dispone su

nombramiento, y actuando conforme a las atribuciones que le confiere

la Ley 7/1997, de 5 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo,

han formalizado, con fecha 16 de julio de 2002, un Convenio de

Colaboración para la Conservación de las estirpes de cerdo ibérico en el Centro

de Investigaciones Agropecuarias "Dehesón del Encinar", recogido en el

anexo de esta Resolución.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, esta Secretaría General

dispone su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 1 de agosto de 2002.-El Secretario general, Félix Yndurain

Muñoz.

ANEXO

Convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura y Medio

Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el

Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria

para la conservación de las estirpes de cerdo ibérico en el Centro de

Investigaciones Agropecuarias "Dehesón del Encinar"

En Madrid, a 16 de julio de 2002.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Alejandro Alonso Núñez,

Consejero de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades

de Castilla-La Mancha, con CIF S-911001-D, con sede en 45002 Toledo,

calle Pintor Matías Moreno, 4, en representación de la Consejería de

Agricultura y Medio Ambiente, en virtud del Decreto 93/1999, de 21 de julio,

por el que se dispone su nombramiento, actuando conforme a las

atribuciones que le confiere la Ley 7/1997, de 5 de septiembre, del Gobierno

y Consejo Consultivo.

De otra parte, el ilustrísimo señor don Adolfo Cazorla Montero, Director

general del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y

Alimentaria (en lo sucesivo INIA), con CIF Q-2821013-F, con sede en Madrid,

carretera de La Coruña, kilómetro 7,5, en representación del mismo, en

virtud del Real Decreto 1676/2000, de 29 de septiembre, por el que se

dispone su nombramiento, actuando conforme a las atribuciones que le

confiere el artículo 12 del Estatuto del INIA, aprobado por Real Decreto

1951/2000, de 1 de diciembre.

Actuando ambos en razón de sus respectivas competencias y

reconociéndose poderes y facultades suficientes para formalizar el presente

Convenio.

EXPONEN

Primero.-Que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha tiene,

en el ámbito de su territorio, competencia exclusiva en cuanto al fomento

de la investigación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 148.1.17.ade

la Constitución y en el 31.1.15.a de su Estatuto de Autonomía.

Segundo.-Que el INIA, organismo autónomo, adscrito al Ministerio de

Ciencia y Tecnología por el Real Decreto 557/2000, de 27 de abril, de

reestructuración de los Departamentos Ministeriales, actúa conforme a

lo establecido en el Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, por el

que se aprueba el Estatuto de dicho Organismo y conforme al amparo

de la competencia que en materia de fomento y coordinación general de

la investigación científica y técnica atribuye al Estado el artículo

149.1.15.ade la Constitución.

Tercero.-Que el Real Decreto 3418/1983, de 28 de diciembre, sobre

traspaso de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma

de Castilla-La Mancha en materia de investigación agraria ("Boletín Oficial

del Estado" de 10 de febrero de 1984), establece que entre las funciones

del Estado que asume la Comunidad Autónoma se encuentran las

siguientes:

a) La dirección y gestión de todas las unidades de investigación que

se traspasan.

b) La tramitación de los proyectos de investigación agraria, de interés

para su territorio, para su posible inclusión en los programas nacionales.

c) La coordinación, en su territorio, entre investigación,

experimentación, divulgación e información agraria.

d) La suscripción de convenios en materia de investigación y

experimentación agraria con organismos y entidades públicas y privadas,

siempre que no sean entidad ni organismo internacional.

Asimismo, en el Real Decreto ya mencionado, figuran como

competencias, servicios y funciones que se reserva la Administración del Estado

entre otras las siguientes:

(a) La definición de objetivos básicos y directrices generales a nivel

nacional de la política sectorial de investigación agraria.

(b) La coordinación general de los proyectos recogidos en los

programas de investigación agraria, incluyendo su seguimiento y control.

(c) La difusión, en el ámbito nacional, de los resultados de los

programas de investigación agraria, así como la explotación de los derivados

de los programas de ámbito nacional.

Cuarto.-Que de acuerdo con el apartado E del anexo 1 del citado Real

Decreto 3418/1983, de 28 de diciembre, se traspasó a la Comunidad

Autónoma de Castilla-La Mancha el Centro de Investigaciones Agropecuaria

denominado el "Dehesón del Encinar", situado en Oropesa (Toledo) con

una superficie de 700 hectáreas, incluyendo, también, los edificios,

maquinaria agrícola, laboratorios y otro material inventariable.

Quinto.-Que en el Dehesón del Encinar se mantiene una piara

experimental de cerdo ibérico, compuesta por las estirpes Torbiscal y

Guadyerbas, que constituye un excepcional patrimonio español de gran valor

científico, por las razones siguientes:

a) Proceden de la fusión de cuatro piaras (dos españolas, Campanario

y Puebla y dos portuguesas, Ervideira y Caldeira), establecidas en 1945,

por lo que son el principal reservorio genético de linajes de cerdo ibérico,

hoy desaparecidos o en peligro de extinción.

b) Es una fuente permanente de suministro de reproductores de cerdo

ibérico, de origen acreditado, a ganaderos de Andalucía, Extremadura,

Castilla-La Mancha y Castilla y León.

c) El riguroso control genealógico, observado en el Centro de "El

Dehesón del Encinar", permite disponer de un banco de datos productivos

y genealógicos con más de 13.000 camadas y 88.000 animales, que hace

posible la realización de estudios aplicables a la evaluación genética de

cerdos ibéricos y constituye el material biológico de diversos proyectos

de investigación.

d) En este sentido, la estirpe Guadyerbas está siendo utilizada en

estudios orientados a la detección de genes que afectan a la calidad de

carne de cerdo (Proyecto SC00-057) y a la prolificidad (Proyecto

AGL2000-1229-C03) en colaboración con el Institut de Recerca i Tecnologia

Agroalimentáries y la Universidad Autónoma de Barcelona. Asimismo, se

utiliza en el desarrollo de una metodología que permita optimizar el empleo

de marcadores moleculares en programas de conservación (Proyecto

SC98-083).

Sexto.-Que la conservación de ambas estirpes se ha venido realizando

por el Servicio de Investigación y Tecnología Agraria (en lo sucesivo SIA)

de Castilla-La Mancha y el INIA. El SIA se ha responsabilizado de aportar

el personal y los gastos de conservación y mantenimiento de las

instalaciones y equipamiento necesario para el alojamiento y manejo de la

piara. El INIA se ha encargado del suministro de piensos, tratamientos

sanitarios, vacunaciones, el pequeño material de manejo, así como de la

gestión genética de ambas estirpes, a cargo de investigadores del

Departamento de Mejora Genética y Biotecnología.

Séptimo.-Que es de interés para ambos organismos que el presente

Convenio constituya el cauce jurídico para reforzar y potenciar esta

colaboración, de forma institucionalizada y coordinada, con el fin de asegurar

una mayor eficacia y calidad en las actividades de conservación de las

citadas estirpes, lo cual redundará en beneficio de la producción ganadera.

Por todo ello

ACUERDAN

Suscribir el presente Convenio, que se regirá de acuerdo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.-El objeto del presente Convenio es

asegurar la ejecución de las actividades de carácter permanente de

conservación de las estirpes Torbiscal y Guadyerbas de cerdos ibéricos en

el Centro de Investigación Agropecuaria situado en "El Dehesón del

Encinar", Oropesa (Toledo), de acuerdo con las normas de reposición y planes

de apareamiento que minimizan la pérdida de la variabilidad genética.

Se consideran actividades permanentes, las relativas a la conservación

y mantenimiento de las instalaciones de alojamiento de la piara, el cuidado

y manejo de los animales, los tratamientos sanitarios y vacunaciones, el

suministro del pienso necesario y la adquisición o renovación del pequeño

material auxiliar.

Segunda. Actuación de la Partes.

1. La Consejería de Agricultura y Medio Ambiente se compromete

a:

Aportar los gastos de conservación y mantenimiento de las

instalaciones, cercas interiores y perimetrales de la finca y equipos.

Poner a disposición de las actividades de conservación el personal

necesario para manejo de la piara.

La asistencia veterinaria del ganado.

2. EL INIA se compromete a:

Realizar el diseño del programa de cruzamiento, necesario para la

conservación de la piara de cerdos ibéricos.

Aportar los gastos correspondientes a piensos, tratamientos sanitarios,

vacunaciones y pequeño material auxiliar.

Abonar a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente la cantidad

señalada en la cláusula cuarta del presente Convenio.

Tercera. Evaluación económica.-De acuerdo con lo expuesto en el

Anexo al presente Convenio, el presupuesto total del mismo asciende a

247.900 euros, que se distribuyen, en función de las aportaciones de cada

parte, de la forma siguiente:

Aportación del INIA: 54.315 euros. El desglose de esta cantidad es

el siguiente:

Conceptos Euros

Piensos ............................................................. 45.815

Tratamientos y vacunaciones .................................. 1.500

Material de manejo y pequeñas instalaciones .............. 5.000

Coordinación ...................................................... 2.000

Total ........................................................ 54.315

Aportación de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente: 193.585

euros. Esta cantidad se desglosa de la forma siguiente:

Personal: 172.685 euros.

Conservación y mantenimiento: 20.900 euros.

Total: 193.585 euros.

Cuarta. Forma de pago.-El INIA pagará a la Consejería de Agricultura

y Medio Ambiente la cantidad correspondiente al coste de los piensos,

tratamientos y vacunaciones, material de manejo y pequeñas instalaciones,

que asciende a la cantidad de 52.315 euros, después de la firma del

Convenio. Este abono, que se realizará con cargo al concepto presupuestario

20.204.542J.750, se entiende condicionado al buen fin del Convenio.

Quinta. Comisión de Seguimiento.-La coordinación del presente

Convenio será realizada por una Comisión de Seguimiento integrada el

Subdirector General de Investigación y Tecnología del INIA, un representante

del Delegado del Gobierno en la Comunidad Autónoma, el Jefe del Servicio

de Investigación y Tecnología Agraria y el Jefe del Servicio de Desarrollo

Rural de la Delegación de Agricultura y Medio Ambiente de Toledo, por

parte de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente. Asimismo, se

integrarán en la Comisión el investigador y el técnico, nombrados por

el INIA y la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, respectivamente,

que se relacionan en el Anexo al presente Convenio.

Esta Comisión de Seguimiento tendrá una primera reunión de

planificación de las actividades previstas en el Convenio, dentro del mes

siguiente a la firma del mismo, y, posteriormente, se reunirá cada cuatro

meses o cuando se crea conveniente, a petición de cualquiera de las partes.

Las funciones de la Comisión serán las siguientes:

Examinar el desarrollo de las actividades del Convenio.

Modificar la planificación de las actividades cuando las circunstancias

lo requieran.

Resolver las discrepancias, dudas o conflictos que se presenten en

el desarrollo de las actividades del Convenio.

La Comisión de Seguimiento, en todo lo no específicamente previsto,

se ajustará a las normas del Capítulo II del Título II de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexta. Régimen de Personal.-El régimen del personal de cada una

de las partes, si desarrolla alguna actividad en sede de la otra, deberá

respetar las normas de funcionamiento interno sin que en ningún caso

se altere su relación jurídica ni adquiera derecho alguno frente a la otra

parte.

Séptima. Comienzo de efectos y duración.-La duración del presente

Convenio se extenderá desde el momento de su firma hasta el 31 de

diciembre de 2002.

Octava. Resolución del Convenio.-El presente Convenio podrá ser

rescindido por acuerdo mutuo y voluntario de las partes o por Acuerdo

Motivado de una de ellas, lo que deberá comunicarse a la otra

fehacientemente, previa audiencia de la misma y con, al menos, un mes de

antelación.

Novena. Régimen Jurídico y Resolución de Conflictos.-El presente

Convenio tiene la naturaleza de los previstos en el artículo 3.1.c) del Texto

Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas,

aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, siéndole de

aplicación, en defecto de normas específicas, los principios de dicho texto

legal, para resolver dudas y lagunas que pudieran producirse.

Las cuestiones litigiosas a que se pueda dar lugar la interpretación,

modificación, efectos o resolución del presente Convenio serán resueltas

en el seno de la Comisión de Seguimiento. Si no hubiera acuerdo, las

discrepancias que surjan serán del conocimiento y competencia del orden

jurisdiccional de lo contencioso-administrativo, con arreglo a la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción, de conformidad

con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.

Y en prueba de conformidad, y para la debida constancia de todo lo

convenido, ambas partes firman el presente Convenio en triplicado

ejemplar y en todas sus hojas, en el lugar y fecha al principio indicados.-El

Consejero de Agricultura y Medio Ambiente, Alejandro Alonso Núñez.-El

Director general del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología

Agraria y Alimentaria, Adolfo Cazorla Montero.

ANEXO

Memoria y protocolo técnico

MEMORIA

1. Antecedentes y objetivos

En el Dehesón del Encinar, situado en Oropesa (Toledo), se mantiene

una piara experimental de cerdo ibérico, compuesta por las estirpes

Torbiscal y Guadyerbas, que constituye un excepcional patrimonio español

de gran valor científico, por las razones siguientes:

a) Proceden de la fusión de cuatro piaras (dos españolas, Campanario

y Puebla, y dos portuguesas, Ervideira y Caldeira) establecidas en 1945,

por lo que son el principal reservorio genético de linajes de cerdo ibérico,

hoy desaparecidos o en peligro de extinción.

b) Es una fuente permanente de suministro de reproductores de cerdo

ibérico, de origen acreditado, a ganaderos de Andalucía, Extremadura,

Castilla-La Mancha y Castilla y León.

c) El riguroso control genealógico, observado en el Centro de "El

Dehesón del Encinar", permite disponer de un banco de datos productivos

y genealógicos con más de 13.000 camadas y 88.000 animales, que hace

posible la realización de estudios aplicables a la evaluación genética de

cerdos ibéricos y constituye el material biológico de diversos proyectos

de investigación.

d) En este sentido, la estirpe Guadyerbas está siendo utilizada en

estudios orientados a la detección de genes que afectan a la calidad de

carne de cerdo (Proyecto SC00-057) y a la prolificidad (Proyecto

AGL2000-1229-C03) en colaboración con el Institut de Recerca i Tecnologia

Agroalimentáries y la Universidad Autónoma de Barcelona. Asimismo, se

utiliza en el desarrollo de una metodología que permita optimizar el empleo

de marcadores moleculares en programas de conservación (Proyecto

SC98-083).

La conservación de ambas estirpes se ha venido realizando por el

Servicio de Investigación y Tecnología Agraria (SIA) de la Junta de

Comunidades de Castilla-La Mancha y el INIA. El SIA se ha responsabilizado

de aportar el personal y los gastos de conservación y mantenimiento de

las instalaciones y equipamiento necesario para el alojamiento y manejo

de la piara. El INIA se ha encargado del suministro de piensos, tratamientos

sanitarios, vacunaciones, el pequeño material de manejo, así como de la

gestión genética de ambas estirpes, a cargo de investigadores de su

Departamento de Mejora Genética y Biotecnología.

El objetivo del presente Convenio es asegurar la ejecución de las

actividades de carácter permanente de conservación de las estirpes Torbiscal

y Guadyerbas de cerdos ibéricos en el Centro de Investigación Agropecuaria

situado en "El Dehesón del Encinar", Oropesa (Toledo), de acuerdo con

las normas de reposición y planes de apareamiento que minimizan la

pérdida de la variabilidad genética.

2. Compromisos de colaboración contemplados

1. La Consejería de Agricultura y Medio Ambiente se compromete a:

Aportar los gastos de conservación y mantenimiento de las

instalaciones, cercas interiores y perimetrales de la finca y equipos.

Poner a disposición de las actividades de conservación el personal

necesario para manejo de la piara.

La asistencia veterinaria del ganado.

La valoración económica de estas actividades asciende a 193.585 euros.

Esta cantidad se desglosa de la forma siguiente:

Personal: 172.685 euros.

Conservación y mantenimiento: 20.900 euros.

Total: 193.585 euros.

2. EL INIA se compromete a:

Realizar el diseño del programa de cruzamiento, necesario para la

conservación de la piara de cerdos ibéricos.

Aportar los gastos correspondientes a piensos, tratamientos sanitarios,

vacunaciones y pequeño material auxiliar.

Abonar a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente la cantidad

señalada en la cláusula cuarta del presente Convenio.

La valoración económica de estas actividades asciende a 54.315 euros.

El desglose de esta cantidad es el siguiente:

Conceptos Euros

Piensos ............................................................. 45.815

Tratamientos y vacunaciones .................................. 1.500

Material de manejo y pequeñas instalaciones .............. 5.000

Coordinación ...................................................... 2.000

Total ........................................................ 54.315

3. Razones que justifican la suscripción del Convenio

La suscrición del presente se justifica por la necesidad de reforzar

y potenciar la colaboración entre el INIA y la Consejería de Agricultura

y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha,

de forma institucionalizada y coordinada, con el fin de asegurar una mayor

eficacia y calidad en las actividades de conservación de las citadas estirpes

de cerdo ibérico, lo cual redundará en beneficio de la producción ganadera.

PROTOCOLO TÉCNICO

1. Organización

Los técnicos responsables de las actividades del Convenio y

pertenecientes a la Comisión de Seguimiento, son los siguientes:

Don Luis Silió López, Investigador responsable de las actividades del

INIA, referentes a la piara de cerdos ibéricos.

Don Pedro Díaz Gómez, Técnico nombrado por la Consejería de

Agricultura y Medio Ambiente para este cometido.

2. Metodología y efectivos animales

El programa de conservación de Torbiscal cuenta con unos efectivos

reproductores de 20 machos y 80 hembras, intervalo generacional de 3

años y un diseño orientado a maximizar el censo efectivo mediante una

estructura familiar equilibrada y apareamientos de mínimo parentesco,

resueltos mediante programación lineal. Un plan similar, con unos efectivos

de 8 machos y 24 hembras, se aplica a la estirpe Guadyerbas, negra lampiña.

Con 3 parideras agrupadas por año y destete a los 42 días se obtienen

1,8 partos por hembra y año con 7 lechones destetados por camada (5

en Guadyerbas dada su elevada consanguinidad). Dos tercios de los

animales destetados se someten a un testaje hasta los 4 meses de edad, en

el que se registra su crecimiento y espesor de grasa, tras el que se eligen

los animales de reposición (1/3 anual de los efectivos reproductores).

SIGUEN TABLAS (Ver imágenes páginas 35304 a 35305)

3. Aportación del INIA

3.1 Piensos.

3.1.1 Estirpe Torbiscal.

Consumo

-Kg/año

Número

de animales Tipo de animal Tipo de pienso

Total

-Kilogramos

20 Verracos. Mantenimiento. 820 16.500

80 Cerdas. Mantenimiento. 400 32.000

80 Cerdas. Gestación-lactación. 490 39.200

1.000 Lechones. Pre-starter. 5 5.000

1.000 Lechones. Arranque. 15 15.000

Consumo

-Kg/año

Número

de animales Tipo de animal Tipo de pienso

Total

-Kilogramos

200 Marranos testaje. Crecimiento. 85 17.000

30 Primales (R 12 meses). Mantenimiento. 400 14.000

Resumen:

Importe

-Euros

Tipo de pienso

Consumo

-Kilogramos

Precio

-Euros/kg

Pre-starter ......................... 5.000 0,75 3.750

Arranque ........................... 15.000 0,31 4.650

Crecimiento ....................... 17.000 0,25 4.250

Gestación-lactación .............. 39.200 0,24 9.400

Mantenimiento ................... 62.500 0,21 13.125

Total ............................................................. 35.175

3.1.2 Estirpe Guadyerbas.

Consumo

-Kg/año

Número

de animales Tipo de animal Tipo de pienso

Total

-Kilogramos

8 Verracos. Mantenimiento. 720 5.800

24 Cerdas. Mantenimiento. 400 9.600

24 Cerdas. Gestación-lactación. 400 9.600

240 Lechones. Pre-starter. 5 1.200

240 Lechones. Arranque. 20 4.800

50 Marranos testaje. Crecimiento. 85 4.200

20 Primales (R 12 meses). Mantenimiento. 400 8.000

Resumen:

Importe

-Euros

Tipo de pienso

Consumo

-Kilogramos

Precio

-Euros/kg

Pre-starter ......................... 1.200 0,75 900

Arranque ........................... 4.800 0,31 1.490

Crecimiento ....................... 4.200 0,25 1.050

Gestación-lactación .............. 9.600 0,24 2.300

Mantenimiento ................... 23.400 0,21 4.900

Total ............................................................. 10.640

3.1.3 Total piensos: 45.815 euros.

3.2 Tratamientos y vacunaciones.-El programa sanitario incluye

desparasitaciones, vacunación del mal rojo, aplicaciones de hierro y bacterina,

así como eventuales tratamientos con antibióticos.

El importe de esta partida es el siguiente:

Estirpe Torbiscal: 1.150 euros.

Estirpe Guadyerbas: 350 euros.

Total: 1.500 euros.

3.3 Material de manejo y pequeñas instalaciones.-Se considera

imprescindible la existencia de una dotación presupuestaria que permita

atender gastos no alimentarios ni sanitarios como adquisición o renovación

de material auxiliar de manejo (crótales, lazos y cepos de sujeción), material

de extracción de sangre para chequeos serológicos y de pequeñas

instalaciones (bebederos, comederos, mangadas y cercas para separación de

lotes). El importe total de esta partida es de 5.000 euros.

3.4 Gastos de coordinación.-El seguimiento, coordinación y trabajos

de experimentación en la dehesa ocasionan los gastos siguientes:

Conceptos Euros

Coordinación de experiencias sobre la piara de cerdos

(dietas y locomoción) ........................................ 1.600

Costes indirectos 20 por 100 ................................... 400

Total ........................................................ 2.000

3.5 Resumen de la aportación del INIA:

Conceptos Euros

Piensos ............................................................. 45.815

Tratamientos y vacunaciones .................................. 1.500

Material de manejo y pequeñas instalaciones .............. 5.000

Coordinación ...................................................... 2.000

Total ........................................................ 54.315

4. Aportación de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente

4.1 Personal.-El coste del personal para el cuidado y manejo del

ganado es el siguiente:

Conceptos Euros

Encargado ......................................................... 16.500

Oficiales 1.a ........................................................ 98.950

Tractorista ......................................................... 14.135

Especialista de laboratorio ..................................... 13.630

Oficiales 2.a ........................................................ 27.070

Asistencia veterinaria ........................................... 2.400

Total ........................................................ 172.685

4.2 Conservación y mantenimiento.-En este apartado se determina

los costes anuales de conservación y mantenimiento de las instalaciones

y equipos que se utilizarán en la conservación de la piara:

Conceptos Euros

Unidades de cría .................................................. 1.500

Unidades de control y recría ................................... 1.200

Unidades de cubrición .......................................... 900

Unidades de verracos ........................................... 600

Corrales y cercas, interiores y perimetrales ................ 810

Abrevaderos y comederos ...................................... 1.500

Almacén ............................................................ 600

Conceptos Euros

Instalación eléctrica ............................................. 240

Sistema de calefacción .......................................... 150

Equipo específico básculas ..................................... 180

Medidores de espesor de tocino ............................... 900

Consumo de energía eléctrica ................................. 12.020

Consumo de carburantes .......................................

-

Total ........................................................ 20.900

4.3 Resumen de la aportación de la Consejería de Agricultura y Medio

Ambiente:

Personal: 172.685 euros.

Conservación y mantenimiento: 20.900 euros.

Total: 193.585 euros.

5. Resumen general

Aportación del INIA: 54.315 euros.

Aportación de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente: 193.585

euros.

Total: 247.900 euros.

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