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Documento BOE-A-2002-21482

Orden ECO/2735/2002, de 7 de octubre, de autorización administrativa a la entidad "Mapfre Asistencia, Compañía Internacional de Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima", para operar en el ramo de defensa jurídica.

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 5 de noviembre de 2002, páginas 39082 a 39083 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-A-2002-21482

TEXTO ORIGINAL

La entidad "Mapfre Asistencia, Compañía Internacional de Seguros y

Reaseguros, Sociedad Anónima", inscrita en el Registro administrativo de

entidades aseguradoras, previsto en el artículo 74.1 de la Ley 30/1995,

de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados,

ha presentado en la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones

solicitud de autorización para operar en el ramo de defensa jurídica,

número 17 de la clasificación establecida en la disposición adicional primera

de la citada Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

De la documentación que se adjunta a la solicitud formulada se

desprende que "Mapfre Asistencia, Compañía Internacional de Seguros y

Reaseguros, Sociedad Anónima", ha dado cumplimiento a lo establecido en

los artículos 6 de la citada Ley 30/1995 y 7 del Reglamento de Ordenación

y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto

2486/1998, de 20 de noviembre.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Seguros y

Fondos de Pensiones he resuelto:

Autorizar a la entidad "Mapfre Asistencia, Compañía Internacional de

Seguros y Reaseguros, Sociedad Anónima", para operar en el ramo de

defensa jurídica, número 17 de la clasificación establecida en la disposición

adicional primera de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación

y Supervisión de los Seguros Privados.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, de

conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional

decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento

de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter

potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir

del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos

116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo se

podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses,

a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto

en los artículos 11.1.a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 7 de octubre de 2002.

DE RATO Y FIGAREDO

Ilma. Sra. Directora general de Seguros y Fondos de Pensiones.

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