Examinadas las propuestas del Tribunal calificador de las
pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Navales,
convocadas por Orden de 11 de junio de 2001 ("Boletín Oficial
del Estado" del 27), de que se excluyan de dichas pruebas a los
candidatos don Eduardo Comas Regalado y don Jorge Marijuan
Castro por no cumplir el requisito establecido en la base 2.1.3
de la convocatoria, y las alegaciones de éstos en la previa audiencia.
Vistos el Reglamento de Ingreso y Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional, aprobado por el Real Decreto
364/1995, de 10 de marzo, y las bases de la convocatoria de
referencia, se considera:
El punto 2 del artículo 18 del citado Reglamento de 1995
establece que para ser admitido y, en su caso, tomar parte en
las pruebas selectivas correspondientes, bastará con que los
aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen
todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria,
"referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de
presentación". De conformidad con este precepto, la base 2.1.3 de la
convocatoria exige "estar en posesión o en condición de obtener
el título, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de
instancias, de Ingeniero Naval"; por lo que ha de entenderse que
tal posibilidad debe cumplirse dentro de dicho plazo, de veinte
días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la
convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", según la base 3.2,
y así se determina también en la 2.4, conforme a la cual todos
los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en
el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes
y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como
funcionarios de carrera; sin que las alegaciones de los interesados
en la fase de audiencia desvirtúen que no aprobaron el Proyecto
Fin de Carrera, necesario para la obtención del título de Ingeniero
Naval, hasta el 26 de septiembre de 2001, según certificación
del Secretario de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros
Navales de 2 de octubre de 2001, mientras que el plazo de presentación
de solicitudes finalizó el 17 de julio anterior.
Que los aspirantes de que se trata hayan sido admitidos a las
pruebas selectivas e incluso superado uno de los ejercicios, no
impide que, al no reunir los requisitos exigidos, deban ser excluidos
de la convocatoria, ya que la base 6.6, establece que en cualquier
momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento
de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los
requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia
del interesado, deberá proponer su exclusión al Subsecretario del
Departamento.
En su virtud, esta Subsecretaría, de conformidad con las
propuestas del Tribunal calificador y con lo establecido en la base 6.6,
resuelve excluir a don Eduardo Comas Regalado y a don Jorge
Marijuan Castro de las pruebas selectivas para el Cuerpo de
Ingenieros Navales convocadas por Orden de 11 de junio de 2001.
Contra esta Resolución podrá interponerse, potestativamente,
recurso de reposición en el plazo de un mes ante esta Subsecretaría
o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de
dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia correspondiente
a la localidad de residencia del interesado o ante el Tribunal
Supe
rior de Justicia de Madrid, en ambos casos contados a partir del
día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".
Madrid, 22 de febrero de 2002.-El Subsecretario, P. D. (Orden
de 25 de septiembre de 2000, "Boletín Oficial del Estado" de 5
de octubre), la Subdirectora general de Recursos Humanos, M.a del
Pilar Aizpún Ponzán.
Ilmo. Sr. Presidente del Tribunal de las Pruebas Selectivas para
ingreso al Cuerpo de Ingenieros Navales.
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