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Documento BOE-A-2002-5460

Resolución de 13 de febrero de 2002, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se da publicidad al Acuerdo de 30 de agosto de 2001, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza al Ayuntamiento de Rascafría para adoptar bandera municipal.

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 19 de marzo de 2002, páginas 11291 a 11291 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad de Madrid
Referencia:
BOE-A-2002-5460

TEXTO ORIGINAL

El Ayuntamiento de Rascafría inició expediente para la adopción de bandera municipal, conforme al artículo 22.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; artículos 186, 187 y 188 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, y Decreto de la Comunidad Autónoma de Madrid 30/1987, de 9 de abril, por el que se regula el procedimiento de adopción, modificación o rehabilitación de banderas y escudos municipales.

La propuesta fue aprobada por el Pleno municipal en sesión de 21 de marzo de 2000. Los informes de los asesores de heráldica y de la Real Academia de la Historia fueron solicitados el 7 de junio de 2000 ambos. Los asesores heráldicos informan el 1 de marzo de 2001; la Real Academia de la Historia no ha contestado hasta la fecha por ello, y de conformidad con el artículo 83 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se continua la tramitación del expediente.

Consta, asimismo, informe favorable de la Dirección General de Relaciones Externas de la Consejería de Presidencia y Hacienda, emitido el 3 de julio de 2001, de acuerdo con el Decreto 184/2000, de 31 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de dicha Consejería.

El trámite procedimental se sustanció con arreglo a las normas establecidas en el artículo 187 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales y el Decreto 30/1987, de 9 de abril.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Justicia, Función Pública y Administración Local, de conformidad con el artículo 41.1 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y artículos 4 y 5 del Decreto 96/2000, de 26 de mayo, en relación con los artículos 9 y 10 del Decreto 249/2000, de 23 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Justicia, Función Pública y Administración Local, todo ello en relación con el Real Decreto 3351/1983, de 20 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de Administración Local, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 30 de agosto de 2001, acuerda:

Primero.

Aprobar la bandera municipal de Rascafría, con la descripción siguiente:

Bandera: «De proporciones 2/3. Dividida diagonalmente en el sentido de la parte baja del asta al alto del batiente en tres porciones de igual anchura. De color rojo la superior, blanco la intermedia y azul la inferior, lleva puesto en el centro el Escudo de Armas timbrado».

Segundo.

El presente Acuerdo deberá comunicarse al Ayuntamiento de Rascafría y publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».

Madrid, 13 de febrero de 2002.–La Secretaria general técnica, Ángeles Huerta Bernardo.

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