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Documento BOE-A-2003-10430

Orden INT/1271/2003, de 11 de abril, por la que se declaran de "utilidad pública" a diversas asociaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 123, de 23 de mayo de 2003, páginas 19859 a 19859 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2003-10430

TEXTO ORIGINAL

El artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación (BOE núm. 73, de 26-3-2002), dispone que podrán ser declaradas de utilidad pública aquellas asociaciones cuyos fines estatutarios tiendan a promover el interés general, y sean de carácter cívico, educativo, científico, cultural, deportivo, sanitario, de promoción de los valores constitucionales, de promoción de los derechos humanos, de asistencia social, de cooperación para el desarrollo, de promoción de la mujer, de protección de la infancia, de fomento de la igualdad de oportunidades y de la tolerancia, de defensa del medio ambiente, de fomento de la economía social o de la investigación, de promoción del voluntariado social, de defensa de consumidores y usuarios, de promoción y atención a las personas en riesgo de exclusión por razones físicas, sociales, económicas o culturales, y cualesquiera otros de similar naturaleza, siempre que reúnan los demás requisitos contemplados en el apartado primero del mencionado artículo.

Por su parte, la Disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2002, establece que «las asociaciones deportivas que cumplan lo dispuesto en el artículo 32 de esta Ley podrán ser declaradas de utilidad pública, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 10/1990, de 15 de octubre del Deporte».

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 de la citada Ley Orgánica y en el artículo 2 del Real Decreto 1.786/1996, de 19 de julio, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública, la declaración de utilidad pública se llevará a cabo por Orden del Ministro del Interior, previo informe favorable de las Administraciones Públicas competentes en razón de los fines estatutarios y actividades de la Asociación, y, en todo caso, del Ministerio de Hacienda.

En su virtud, previa instrucción de los correspondientes expedientes, en los que obran los preceptivos informes favorables, dispongo declarar la utilidad pública las siguientes Asociaciones:

Núm. Nal. Asociación Municipio
4677 Cercle Sport Figuerenc. Figueres.
83042 Asociación Síndrome de Down de Palencia. Palencia.
133401 AFEDAH (Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer Huesca). Huesca.
144327 Coordinadora de Minusválidos Físicos de Asturias. Gijón.
150704 Asociación a Tiempo. Madrid.
156733 El Turo Salut Mental Associacio de Familiars i Amics L’Alt Penedés. Vilafranca del Penedés.
162651 Infancia con Futuro. Madrid.

Madrid, 11 de abril de 2003.‒P.D. (O.M. INT/2992/2002, de 21-11-02, BOE 28-11-02), la Subsecretaria, María Dolores de Cospedal García.

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