Está Vd. en

Documento BOE-A-2003-12234

Resolución de 4 de junio de 2003, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado, especialidad de Administración Tributaria, por el sistema previsto en el artículo 22.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

Publicado en:
«BOE» núm. 146, de 19 de junio de 2003, páginas 23612 a 23617 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2003-12234

TEXTO ORIGINAL

Al amparo de lo previsto el artículo 20 de la Ley 52/2002,

de 30 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 31), de

Presupuestos Generales del Estado para 2003 el Consejo de Ministros

aprobó la oferta de empleo público para 2003 por Real Decreto

215/2003, de 21 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 22).

En el artículo 5 del citado Real Decreto se autoriza la convocatoria

de hasta 3.727 plazas por el turno de promoción interna, con

la distribución por Cuerpos que determine el Ministerio de

Administraciones Públicas. Este Ministerio ha asignado 10 de las

mencionadas plazas al Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática

de la Administración del Estado, Especialidad de Administración

Tributaria, con el fin de atender las necesidades de personal de

la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Asimismo el artículo 103.4, apartado segundo, de la Ley

31/1990, de 27 de diciembre, ("Boletín Oficial del Estado" del 28),

de Presupuestos Generales del Estado para 1991, creó en el

Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración

del Estado, la especialidad de Administración Tributaria que

adscribió a la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Del mismo

modo, el apartado cuarto del mencionado artículo reconoce la

competencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria

para elaborar, convocar y resolver las convocatorias de los Cuerpos

y especialidades adscritos a la misma.

En virtud de lo anteriormente expuesto, esta Dirección General,

en uso de las competencias que le están delegadas en la Resolución

de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 24 de junio

de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" de 9 de julio), y previo informe

favorable de la Dirección General de la Función Pública, ha

resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de

Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del Estado,

especialidad de Administración Tributaria, código 1177, con

sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 10 plazas del

Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración

del Estado, especialidad de Administración Tributaria, código

1177, por el sistema de promoción interna según el sistema

previsto en el artículo 22.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

Del total de estas plazas se reservará 1 para quienes tengan

la condición legal de personas con discapacidad de grado igual

o superior al 33 por ciento.

Una vez cubierta la plaza del cupo de reserva de discapacitados,

los aspirantes discapacitados que hayan superado la fase de

oposición sin obtener plaza por dicho cupo, podrán optar, en igualdad

de condiciones, a las restantes plazas de promoción interna.

La plaza no cubierta en el cupo de reserva de discapacitados

se acumulará a las restantes plazas de promoción interna.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se

especifican en el anexo I e incluirá la superación de un curso

selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes

que hayan superado la fase de oposición serán nombrados

funcionarios en prácticas por la autoridad convocante

1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.4 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará

antes del 15 de septiembre de 2003. La duración máxima de la

fase de oposición será de siete meses contados a partir de la fecha

de celebración del primer ejercicio.

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,

que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación

del destino adjudicado.

Hasta que se dicte la resolución de nombramiento de

funcionarios de carrera, los funcionarios en prácticas completarán, en

su caso, su formación a través de un período de prácticas que

se desarrollará en los Servicios Centrales o Delegaciones de la

Agencia Estatal de Administración Tributaria. Corresponde a la

Agencia Estatal de Administración Tributaria la fijación de los

términos en que deba desarrollarse este período de prácticas

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del

plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento

de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación.

2.1.2 Titulación: Estar en posesión, o en condiciones de

obtener, el título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario,

Arquitecto Técnico u otro título equivalente. En el caso de titulaciones

obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la

credencial que acredite su homologación.

2.1.3 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado

por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño

de las correspondientes funciones.

2.1.4 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de

las funciones públicas.

2.1.5 Los aspirantes deberán pertenecer a Cuerpos o Escalas

del Grupo C, incluidos en el ámbito de aplicación del apartado

1 del artículo 1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto y tener una

antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala del

grupo C a que pertenezcan.

Los funcionarios de los Cuerpos y Escalas de los Servicios

Postales y de Telecomunicación, deberán además estar destinados

en la Administración General del Estado, en puestos de trabajo

que no pertenezcan al ente público empresarial Correos y

Telégrafos.

Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de

26 de diciembre, en puestos de trabajo con funciones o actividades

semejantes a las de los Cuerpos o Escalas del grupo C, serán

computables, a efectos de antigüedad, para participar en estas

pruebas selectivas.

2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva

de discapacitados habrán de tener reconocida la condición legal

de discapacitado de grado igual o superior al 33 por ciento.

3. Solicitudes

3.1 La presentación de solicitudes se realizará en los Servicios

Centrales y Delegaciones de la Agencia Estatal de Administración

Tributaria, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la

Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir

del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria

en el "Boletín Oficial del Estado" y se dirigirán al Director General

de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. La no

presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión

del aspirante.

3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión

a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación

de derechos de examen (modelo 790), que será facilitado

gratuitamente en los Servicios Centrales y Delegaciones de la Agencia

Estatal de Administración Tributaria, en las Delegaciones de

Gobierno en las Comunidades Autónomas, en las Subdelegaciones

del Gobierno, así como en el Centro de Información Administrativa

del Ministerio para las Administraciones Públicas, en la Dirección

General de la Función Pública, en la sede central del Instituto

de Estudios Fiscales, en las representaciones diplomáticas o

consulares de España en el extranjero y en la página de Internet

www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del anexo IV.

3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del documento

nacional de identidad o del pasaporte.

3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios

de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud

las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la

solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a

petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, el

Director General de la Agencia Estatal de Administración

Tributaria dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando

aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución,

que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se

relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de las causas

de exclusión, apellidos, nombre y número de documento nacional

de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez días hábiles

para subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión,

contados a partir del día siguiente al de la publicación de la

resolución. Asimismo, se indicarán los lugares donde se encuentre

expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y el lugar,

fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunal

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

en el anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo

28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.4 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Departamento de Recursos Humanos

y Administración Económica de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria sita en C/ Lérida, 32, 34, 28020-Madrid,

teléfonos: 91.583.11.93, 91.583.10.33, y 91.583.11.83.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "X", según lo establecido

en la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración

Pública de 10 de marzo de 2003 ("Boletín Oficial del Estado"

del 14).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan. El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento

del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los

aspirantes.

6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para

garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos

y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos

sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

7. Listas de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el

Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del

ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes

que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,

con indicación de la puntuación obtenida.

7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal

elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de

aspirantes que han superado dicha fase por orden de puntuación.

Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",

disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días

naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,

para la presentación de la documentación acreditativa de los

requisitos exigidos en la convocatoria.

7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

La adjudicación de los puestos a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida según la petición de destino, a la vista de los puestos

que se ofrezcan, sin perjuicio de que la Agencia Tributaria pueda

aplicar, si lo estima oportuno, lo dispuesto en el artículo 22.1

de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, sobre la posibilidad de destinar

a los aspirantes aprobados dentro del municipio donde estuvieran

destinados.

8. Norma adicional

La Resolución de convocatoria y las bases de este proceso

selectivo, así como los actos que deriven de su ejecución, se

incluirán en la página web de la Agencia Tributaria (www.

agenciatributaria.es), pudiendo ser consultados a través de ella.

9. Norma final

A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la

Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R. D. 364/1995, de 10 de marzo,

la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la

convocatoria.

Contra la presente convocatoria, podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el

día siguiente a su publicación, ante el órgano juridisccional

competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de

reposición ante el Presidente de la Agencia Estatal de

Administración Tributaria en el plazo de un mes a su publicación,

significándose, que en este caso, no se podrá interponer recurso

contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente

o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley.

Madrid, 4 de junio de 2003.-P. D. (Resolución de 24 de junio

de 1999, "BOE" de 9 de julio), el Director General, Salvador Ruiz

Gallud.

Ilmos. Sres. Director del Departamento de Recursos Humanos y

Administración Económica y Presidente del Tribunal.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

Proceso de selección y valoración

El proceso de selección constará de las fases siguientes:

Fase de oposición.

Curso selectivo.

1. Fase de oposición.

1.1 La fase de oposición estará formada por los dos ejercicios

que a continuación se indican, siendo ambos eliminatorios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de un máximo de 100 preguntas de respuesta múltiple

sobre las materias contenidas en el anexo II.1 de esta convocatoria.

Para cada pregunta se propondrán diversas respuestas, siendo

sólo una de ellas la correcta. Los aspirantes marcarán las

contestaciones en las correspondientes hojas de examen. Las

contestaciones erróneas se valorarán negativamente.

La duración máxima de esta prueba será de noventa minutos.

Los aspirantes que pertenezcan al Cuerpo de Técnicos

Auxiliares de Informática (formas de acceso "A" y "G"), estarán exentos

del grupo primero de temas de cada bloque de materias del

programa contenido en el anexo II.1.

Para los aspirantes que pertenezcan al resto de Cuerpos del

grupo C (forma de acceso "R"), el cuestionario de preguntas de

este ejercicio estará basado en el contenido total del programa

del anexo II.1.

Con independencia de la forma de acceso, "A", "G" o "R", el

cuestionario contendrá el mismo número de preguntas.

Segundo ejercicio: Constará de dos partes a realizar en una

única sesión, siendo ambas eliminatorias:

1.a parte: Consistirá en desarrollar por escrito un tema de entre

dos propuestos por el Tribunal de entre los correspondientes al

grupo segundo de cada bloque de materias del programa contenido

en el anexo II.1 de esta convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de tres horas.

El ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en sesión

pública. En él se valorarán la formación y los conocimientos

generales, la claridad y orden de ideas y la capacidad de expresión.

Una vez leído, el Tribunal podrá realizar cuantas preguntas

considere necesarias en relación con el ejercicio durante un período

máximo de quince minutos.

2.a parte: Consistirá en contestar un cuestionario compuesto

por 50 preguntas de respuesta múltiple que versarán sobre el

temario de Administración Tributaría que figura como anexo II.2

a la presente convocatoria.

Para cada pregunta se propondrán diversas respuestas, siendo

sólo una de ellas correcta. Los aspirantes marcarán las

contestaciones en las correspondientes hojas de examen. Las

contestaciones erróneas se valorarán negativamente.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de treinta minutos.

Los aspirantes pertenecientes al Cuerpo de Técnicos Auxiliares

de Informática de la Administración del Estado, especialidad de

Administración Tributaria (forma de acceso "A") estarán exentos

de la realización de esta segunda prueba.

1.2 Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de

la forma siguiente:

Primer ejercicio. Se calificará de cero a 50 puntos, siendo

necesario obtener un mínimo de 25 puntos para superarlo.

Segundo ejercicio. La primera parte se calificará de cero a 50

puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 para superarla.

La segunda parte se calificará como "apto" o "no apto", siendo

necesario para superarla obtener la calificación de apto.

La calificación de la fase de oposición de los aspirantes vendrá

determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los

diferentes ejercicios de dicha fase. En caso de empate el orden

se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la

primera parte del segundo ejercicio.

2. Curso selectivo: Los aspirantes que superen las pruebas

de la fase de oposición realizarán un curso selectivo, de una

duración máxima de dos meses lectivos, en la Escuela de Hacienda

Pública del Instituto de Estudios Fiscales.

Corresponde a la Escuela de Hacienda Pública del Instituto

de Estudios Fiscales organizar, dirigir. impartir y evaluar el citado

curso.

El curso selectivo tendrá como finalidad primordial la

adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de

los aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo

de Gestión de Sistemas e Informática. El programa del curso será

aprobado, de forma conjunta, por la Dirección General de la

Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Escuela de la Hacienda

Pública.

La asistencia a las clases y actividades que se organicen en

el desarrollo del mismo será obligatoria. El incumplimiento de

este requisito, salvo causas justificadas y apreciadas por la Escuela

de la Hacienda Pública del Instituto de Estudios Fiscales, originará

la imposibilidad de concurrir a las pruebas que se realicen durante

el mismo y, por tanto, se perderá el derecho a ser nombrado

funcionario de carrera.

El curso selectivo se calificará de cero a 50 puntos por el total

de materias, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo

de 25 puntos y haber aprobado todas las asignaturas.

Los aspirantes que no superen inicialmente el curso selectivo

realizarán, en el plazo máximo de dos meses, una nueva prueba

sobre las asignaturas no aprobadas, la cual en ningún caso se

calificará en más de 5 puntos sobre 10.

3. Calificación final: La calificación final de los aspirantes en

el proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las

puntuaciones obtenidas en las fases de oposición y curso selectivo.

En caso de empate el orden de los aspirantes en el proceso selectivo

se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el

curso selectivo. En caso de que persista la igualdad, el orden se

establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la

primera parte del segundo ejercicio de la fase de oposición.

No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número

de aspirantes superior al de plazas convocadas.

ANEXO II

Programa para el ingreso en el Cuerpo de Gestión de Sistemas

e Informática, especialidad de Administración Tributaria

ANEXOII.1 GESTIÓN DE SISTEMAS E INFORMÁTICA

Bloque I

Análisis de Aplicaciones (grupo I)

Tema 1. El análisis de requisitos de los sistemas de

información y comunicaciones. Fases del análisis.

Tema 2. Análisis de datos: Modelo entidad/asociación.

Tema 3. Análisis de procesos: Descomposición funcional.

Diagrama de flujo de datos.

Tema 4. Diseño de datos: Modelo lógico relacional y

normalización.

Tema 5. Lenguajes de manipulación de datos. Elementos

básicos de SQL.

Tema 6. Diseño físico de bases de datos. Conceptos de SGBD.

Tema 7. Bases de datos. Actualizaciones y transacciones.

Tema 8. Arquitectura Cliente-Servidor: Conceptos y

elementos básicos.

Análisis de aplicaciones (grupo II)

Tema 1. Concepto del ciclo de vida y fases. Modelo en cascada

y modelo en espiral del ciclo de vida.

Tema 2. Diseño de funciones: Diseño de la estructura modular

y de la interfase de usuario. Especificación de módulos y cuadernos

de carga.

Tema 3. Diccionarios de datos. Funcionalidad.

Tema 4. Uso de generadores de código y herramientas de

4.a generación en la fases de diseño e implementación.

Tema 5. La elaboración de prototipos en el desarrollo de

sistemas. Características y finalidad.

Tema 6. Diseño de un plan de pruebas del sistema.

Tema 7. Introducción a la metodología Métrica 3. Fases,

módulos, actividades y tareas.

Tema 8. Conceptos básicos de orientación a objetos. Objetos,

clases, herencia, métodos.

Tema 9. Planificación del control de calidad: plan general

de garantía de calidad.

Bloque II

Gestión de Sistemas (grupo I)

Tema 1. Tipos de sistemas informáticos: Grandes

Ordenadores, Miniordenadores, Estaciones de Trabajo y Ordenadores

Personales.

Tema 2. Concepto de sistema operativo. Componentes:

programas de control y programas de proceso.

Tema 3. Monitorización del uso del sistema operativo.

Tema 4. Administración y gestión del sistema operativo y del

soporte lógico de base: aplicación de modificaciones.

Tema 5. Dispositivos de almacenamiento de la información.

Gestión de almacenamiento en disco.

Tema 6. Conceptos de bases de datos. Evolución histórica

de los sistemas de gestión de base de datos.

Tema 7. Conceptos fundamentales del "hardware" de

comunicaciones: Medios de Transmisión.

Gestión de Sistemas (grupo II)

Tema 1. Política de mantenimiento de equipos "hardware".

Requerimientos específicos de un CPD.

Tema 2. La contratación de bienes y servicios de Tecnologías

de la Información en la Administración del Estado.

Tema 3. Mantenimiento y perfeccionamiento de aplicaciones.

Tema 4. Gestión de la migración de aplicaciones. Formas de

acometerla. Gestión de la documentación

Tema 5. Estadísticas de ocupación. Costes.

Tema 6. Conceptos de proceso distribuido y cliente servidor.

Tema 7. Actualización de software en un entorno distribuido.

Tema 8. Seguridad física y lógica de un CPD. Seguridad

perimetral. Control de acceso físico al CPD o a periféricos. Niveles

de seguridad y acceso.

Tema 9. La legislación de protección de datos de carácter

personal. La Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de

Carácter Personal. La Directiva 95/46/CE. La Agencia de

Protección de Datos.

Tema 10. Auditoría informática. Metodologías, técnicas y

herramientas. Normas y estándares.

Tema 11. Política de salvaguarda/recuperación de la

información. Plan de contingencias de una instalación.

Bloque III

Producción Informática (grupo I)

Tema 1. Organización del centro de proceso de datos: Áreas

de Desarrollo y de Sistemas.

Tema 2. Responsabilidades y tareas asignadas al personal

de Producción de Informática.

Tema 3. Reutilización de "software" y generación de código.

Tema 4. Componentes fundamentales del "hardware" de una

instalación. Tipos de ordenadores y periféricos.

Tema 5. Control de la ejecución de trabajos y rendimientos.

Técnicas aplicables.

Tema 6. Control de incidencias en el sistema. Plan de

Contingencias: Objetivos básicos.

Tema 7. Conceptos de redes de comunicación: Topologías

y "hardware" de redes.

Tema 8. Conceptos de sistemas de teleproceso. Control de

las aplicaciones y rendimientos en entornos de teleproceso.

Producción Informática (grupo II)

Tema 1. Planificación física de un centro de proceso de datos.

Tema 2. Criterios de presupuestación y control del coste de

un proyecto.

Tema 3. Aplicaciones a medida frente a aplicaciones

estándar. Criterios de decisión.

Tema 4. Conceptos de los lenguajes de control de trabajos

(JCL).

Tema 5. Planificación de trabajos y los recursos necesarios.

Tema 6. Dimensionamiento de equipos. Factores a

considerar.

Tema 7. Herramientas de ayuda a la producción informática:

Gestores de consola, de "spool", de cadenas.

Tema 8. Gestión de datos corporativos. Almacén de datos

("data warehouse"). Arquitecturas OLAP. Minería de datos.

Tema 9. Sistemas de preexplotación y control de calidad.

Bloque IV

Gestión y control de redes de comunicación (grupo I)

Tema 1. Estandarización de redes. Modelo OSI.

Tema 2. Redes de área local: Sistemas operativos de red.

Servicios que proveen.

Tema 3. Administración de redes de área local. Gestión de

datos y usuarios. Monitorización y control de tráfico.

Tema 4. Protección y seguridad en redes de área local.

Antivirus.

Tema 5. Introducción a los protocolos de las redes públicas

de datos: X25, RDSI, Frame Relay.

Tema 6. Protocolos de comunicación a través de Módems.

Configuración y control de Módems.

Tema 7. La red Internet: evolución, estado actual y

tendencias. Servicios en Internet: telnet, ftp, gopher, wais. La world wide

web.

Gestión y control de redes de comunicación (grupo II)

Tema 1. Nivel de enlace de datos: Protocolos de acceso y

tipologías.

Tema 2. Nivel de red: Principios de interconexión.

Tema 3. Transporte de paquetes de información. Protocolos

de transporte.

Tema 4. Gestión de sesiones de comunicación.

Tema 5. Nivel de presentación: Representación de datos y

criptografía.

Tema 6. Nivel de aplicación. Introducción a los servicios.

Tema 7. Introducción a la administración lógica de redes.

Tema 8. Redes TCP/IP. Conceptos y utilidades.

Tema 9. Conceptos fundamentales de la arquitectura de redes

SNA.

Tema 10. Redes Intranet y Extranet. Aspectos prácticos de

su implantación. Problemas de seguridad. Medidas a adoptar.

Tema 11. La seguridad en redes: Control de acceso y técnicas

criptográficas.

ANEXO II.2 ADMINISTRACIÓNTRIBUTARIA

Tema 1. La Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Creación, funciones y objetivos. Organización central: Los

Depar

tamentos y órganos directivos. Organización territorial. El

Departamento de Informática Tributaría.

Tema 2. El Derecho Tributario: Concepto y contenido del

derecho tributario y presupuestario.

Tema 3. La Ley General Tributaria: Estructura y Principios

Generales.

Tema 4. Los tributos: Concepto y clasificación. Los

impuestos: Clases. Hecho imponible. No sujeción y exención. Devengo.

Prescripción. Aplicación e interpretación de las normas tributarias.

Tema 5. Elementos personales de la deuda tributaria. Sujetos

pasivos. Responsables. Retención y repercusión. Capacidad de

obrar. Representación.

Tema 6. El procedimiento de gestión tributaria. La

declaración tributaria. Comprobación, investigación y obtención de

información. La recaudación de los tributos.

Tema 7. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Naturaleza. Objeto y ámbito de aplicación. Hecho imponible.

Exenciones. Sujeto pasivo. Período de imposición y devengo del

impuesto, Base imponible. Cuota íntegra. Deducciones. Pago a cuenta.

Tributación individual y conjunta.

Tema 8. Impuesto sobre Sociedades: Concepto y naturaleza.

Hecho imponible Sujeto pasivo. Base imponible. Deuda tributaría.

Tema 9. Impuesto sobre el Valor Añadido: Concepto y

naturaleza. Hecho imponible. Supuestos de no sujeción. Exenciones.

Sujeto pasivo. Devengo. Base imponible. Tipos de gravamen.

Regímenes especiales.

Tema 10. Los impuestos especiales. Normas comunes a los

impuestos especiales de fabricación. Impuesto sobre el Alcohol

y las Bebidas Alcohólicas. Impuesto sobre Hidrocarburos.

Impuesto sobre las labores del Tabaco. Impuesto especial sobre

determinados medios de transporte.

ANEXO III

Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso

en el Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática de la

Administración del Estado, especialidad de Administración

Tributaria

El Tribunal quedará constituido de la siguiente forma:

Tribunal titular:

Presidente: Don Carlos Peláez-Campomanes Gavilán, del

Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la

Administración del Estado.

Vocales: Don Francisco Gijón Romero, del Cuerpo Superior

de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración

del Estado.

Don Ignacio Lozano Arnica, del Cuerpo de Gestión de Sistemas

e Informática de la Administración del Estado.

Doña Mercedes Gómez Hernández, del Cuerpo de Gestión de

Sistemas e Informática de la Administración del Estado.

Don Alberto Baquero Gómez, del Cuerpo de Gestión de

Sistemas e Informática de la Administración del Estado.

Don Manuel García Jiménez, del Cuerpo de Gestión de Empleo

del Inem.

Secretaria: Doña Celia García Mayoral, del Cuerpo Técnico

de Hacienda.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Jesús Gómez Parrondo, del Cuerpo Superior

de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración

del Estado.

Vocales: Don Francisco Casado Diez, del Cuerpo de Gestión

de Sistemas e Informática de la Administración del Estado.

Don Francisco Javier Criado Revilla, del Cuerpo de Gestión

de Sistemas e Informática de la Administración del Estado.

Don José María Celada Martínez, del Cuerpo Técnico de

Hacienda.

Don José Francisco Tortosa Tortosa, del Cuerpo Técnico de

Hacienda.

Don José Rafael Manuel de Villena Buen, del Cuerpo Técnico

de Hacienda.

Secretario: Don José Francisco Callejas Corrales, del Cuerpo

de Gestión de Sistemas e Informática de la Administración del

Estado

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de

asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Para cumplimentar el modelo de solicitud, se seguirán las

instrucciones que para el interesado figuran al dorso del mismo,

teniendo en cuenta además las siguientes especificaciones:

En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro

correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán "Ministerio de

Hacienda-AEAT-". En el recuadro relativo a centro gestor se hará

constar "AEAT".

En el recuadro 15, deberá cumplimentarse, junto con la

denominación del "Cuerpo de Gestión de Sistemas e Informática", el

código 1177 correspondiente.

En el recuadro 17, relativo a la forma de acceso, se consignará

con arreglo a las siguientes claves:

"A": Promoción interna (aspirantes pertenecientes al Cuerpo

de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del

Estado, especialidad de Administración Tributaria).

"G": Promoción interna (aspirantes pertenecientes al Cuerpo

de Técnicos Auxiliares de Informática de la Administración del

Estado).

"R": Promoción interna (aspirantes pertenecientes a los Cuerpos

o Escalas del Grupo C no incluidos en los apartados anteriores).

En el recuadro 18 "Ministerio, órgano, entidad convocante",

se hará constar las siglas "AEAT", código "TB".

En el recuadro 19, se especificará la fecha del "Boletín Oficial

del Estado" en el que se haya publicado la presente convocatoria.

Los ejercicios de la fase de oposición se celebrarán en Madrid.

Los aspirantes harán constar esta circunstancia en el recuadro

número 20.

Los aspirantes con minusvalía podrán indicar en el recuadro

número 21 el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,

cumplimentando el recuadro número 23 si precisaran alguna

adaptación de tiempo y medios en la realización de las pruebas.

En el recuadro 24 de la solicitud deberá consignarse la

titulación poseída o en condiciones de obtener.

En el recuadro 25 de la solicitud se consignará en el

apartado A), el Cuerpo o Escala de procedencia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 18, de la

Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales,

Administrativas y de Orden Social y en el artículo 62 de la Ley 52/2002,

de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para

el año 2003, la tasa por derechos de examen será de 9,38 euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. El interesado adjuntará a dicha solicitud

comprobante bancario de haber satisfecho los derechos del examen

en la cuenta corriente n.o 01822370430200204057, abierta en

la sucursal de la C/ Alcalá, n.o 16, de Madrid, de BBVA a nombre

de "Cuenta del Tesoro Público, Agencia Estatal de Administración

Tributaria, Ingresos Tasas Oposiciones Extranjero".

Estarán exentos del pago de la tasa:

Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por

100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo

de tal condición.

Las personas que figuren como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

con

vocatoria. Serán requisitos para el disfrute de esta exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado, ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en las oficinas

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita el solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid