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Documento BOE-A-2003-12575

Orden ECD/1665/2003, de 30 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 24 de junio de 2003, páginas 24133 a 24141 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2003-12575

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 215/2003

de 21 de febrero de 2003, BOE del 22 por el que se aprueba

la oferta de empleo público para el año 2003, y con el fin de

atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración General del

Estado, previo informe de la Dirección General de la Función

Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo

de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos con sujeción a

las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 33 plazas del

Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

Código 0313 por el sistema general de acceso libre, en los Ministerios

de Educación, Cultura y Deporte; Defensa y Ciencia y Tecnología.

La distribución por secciones será la siguiente:

Sección Archivos: 12 plazas.

Sección Bibliotecas: 13 plazas.

Sección Museos: 8 plazas.

Del total de estas plazas se reserva una plaza de la sección

de Archivos y otra de la sección de Bibliotecas para quienes tengan

la condición legal de personas con discapacidad de grado igual

o superior al 33 por 100. Una vez cubiertas las plazas del cupo

de reserva de discapacitados, los aspirantes discapacitados que

hayan superado la fase de oposición sin obtener plaza por dicho

cupo, podrán optar, en igualdad de condiciones, a las de acceso

general dentro de la misma sección. Las plazas no cubiertas en

el cupo de reserva de discapacitados se acumularán a las de acceso

general.

Los puestos de trabajo que vayan a ser ofrecidos como destino

y que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio

del poder público y en las funciones que tienen por objeto la

salvaguardia de los intereses generales del Estado, quedarán

reservados a los aspirantes de nacionalidad española.

1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de

oposición, con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que se

especifican en el Anexo I, e incluirá la superación de un curso

selectivo. Para la realización del mismo, los aspirantes que hayan

superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en

prácticas por la autoridad convocante.

1.3 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

1.4 Las pruebas selectivas se desarrollarán de acuerdo con

el siguiente calendario:

El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará antes

del 20 de septiembre de 2003. La duración máxima de la fase

oposición no excederá del 31 de diciembre de 2003.

1.5 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo

hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos

exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante

resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública,

que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con indicación

del destino adjudicado.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas

selectivas los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del

plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento

de la toma de posesión como funcionario de carrera los siguientes

requisitos de participación:

2.1.1 Nacionalidad: Ser español o nacional de alguno de los

demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún

Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados

por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación

la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de

los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la

Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en

virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de

derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de

veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

2.1.2 Edad: Tener dieciocho años de edad y no haber

alcanzado la edad de jubilación

2.1.3 Titulación: Estar en posesión o en condiciones de

obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico,

Arquitecto Técnico o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas

en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que

acredite su homologación.

2.1.4 Capacidad: No padecer enfermedad ni estar afectado

por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño

de las correspondientes funciones.

2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante

expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las

Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las

funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán

acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función

pública.

2.2 Los aspirantes que se presenten por el cupo de reserva

de discapacitados habrán de tener reconocida la condición legal

de discapacitado de grado igual o superior al 33 por 100.

3. Solicitudes

3.1 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro

General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o en la

forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de

veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la

fecha de publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial

del Estado" y se dirigirán al Subsecretario del Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte. La no presentación de la solicitud en

tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.2 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas

deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión

a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación

de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará

gratuitamente en el Ministerio de Educación Cultura y Deporte, en el

Centro de Información Administrativa del Ministerio de

Administraciones Públicas, la Dirección General de la Función Pública,

en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, en las

representaciones diplomáticas y consulares de España en el extranjero

y en la página de Internet www.map.es/seap/dgfp/dgfp.htm

La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones

del Anexo IV.

3.3 A la solicitud se acompañará una fotocopia del

Documento Nacional de Identidad o del pasaporte.

Los aspirantes extranjeros que residan en España deberán

además presentar una fotocopia compulsada de la tarjeta de residente

comunitario o de familiar de residente comunitario en vigor o,

en su caso, de la tarjeta temporal de residente comunitario o de

trabajador comunitario fronterizo en vigor.

Los aspirantes que sean nacionales de la Unión Europea o

de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales

celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea

de aplicación la libre circulación de trabajadores, que no residan

en España, bien por residir en el extranjero o por encontrarse

en España en régimen de estancia, deberán presentar una

fotocopia compulsada del documento de identidad o pasaporte.

Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia

compulsada del visado y, en su caso, del resguardo de haber

solicitado la correspondiente tarjeta o del resguardo de haber

solicitado la exención de visado y la correspondiente tarjeta. De no

haberse solicitado estos documentos deberán presentar los

documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten

el vínculo de parentesco y una declaración jurada o promesa del

español, del nacional de alguno de los demás Estados miembros

de la Unión Europea o del nacional de algún Estado, al que en

virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de trabajadores, con el que existe este vínculo, de que

no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del

hecho de que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

3.4 Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios

de Organismos Internacionales deberán acompañar a la solicitud

las certificaciones de homologación o, con carácter excepcional,

presentarlas al órgano de selección con antelación a la celebración

de las correspondientes pruebas.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse en la

solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a

petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la

autoridad convocante, dictará orden, en el plazo máximo de un

mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En

dicha orden, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del

Estado", se relacionarán los aspirantes excluidos con indicación de

las causas de exclusión, apellidos, nombre y número de documento

nacional de identidad o pasaporte, señalando un plazo de diez

días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la

exclusión u omisión, contados a partir del día siguiente al de la

publicación de la orden. Asimismo, se indicarán los lugares donde se

encuentre expuesta al público la lista de aspirantes admitidos y

el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

4.2 No procederá la devolución de los derechos de examen

en los supuestos de exclusión por causa imputable a los aspirantes.

5. Tribunales

5.1 Los Tribunales calificadores de estas pruebas son los que

figuran en el Anexo III a esta convocatoria.

5.2 El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará

en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común y demás disposiciones

vigentes.

5.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo

28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

5.4 A los efectos de comunicaciones y demás incidencias,

los Tribunales tendrán su sede en los siguientes lugares:

Sección Archivos: Subdirección General de los Archivos

Estatales, Plaza del Rey 1, 28071 Madrid; Teléfono: 917017264;

correo electrónico: archivos.estatalesUdglbar.mcu.es.

Sección Bibliotecas: Subdirección General de Coordinación

Bibliotecaria, Plaza del Rey 1, 28071 Madrid; Teléfono:

917017000 (Ext.: 32076); correo electrónico: concha.

garcíaUdglab.mcu.es.

Sección Museos: Museo Arqueológico Nacional, Serrano 13,

28071 Madrid; Teléfono: 915758999; correo electrónico:

fjvUman.es

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores dentro de cada

Sección se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra X,

según lo establecido en la Resolución de la Secretaria de Estado

para la Administración Pública de 10 de marzo de 2003 (Boletín

Oficial del Estado de 14 de marzo).

6.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan.

El Tribunal podrán requerir, en cualquier momento del proceso

selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

6.3 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios

de celebración de los restantes ejercicios, se harán públicos con

doce horas de antelación, al menos, a la señalada para su inicio,

si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se

trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán, al menos, en

los locales donde se haya celebrado el anterior y en la sede del

Tribunal señalada en la base 5.4.

6.4 El Tribunal adoptará las medidas necesarias para

garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos

y no deban ser leídos ante el órgano de selección, sean corregidos

sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

7. Listas de aprobados

7.1 Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, los

tribunales harán públicas, en el lugar o lugares de celebración

del ejercicio y en la sede del Tribunal, las relaciones de aspirantes

que hayan superado el mínimo establecido para cada uno de ellos,

con indicación de la puntuación obtenida.

7.2 Finalizada la fase de oposición, el Presidente del Tribunal

elevará a la autoridad convocante la relación definitiva de

aspirantes que han superado dicha fase por orden de puntuación.

Dicha relación se publicará en el "Boletín Oficial del Estado",

disponiendo los aspirantes propuestos de un plazo de veinte días

naturales, desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado,

para la presentación de la documentación acreditativa de los

requisitos exigidos en la convocatoria.

7.3 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas en cada

Sección.

7.4 La adjudicación de los puestos a los aspirantes que

superen el proceso selectivo se efectuará, dentro de cada Sección,

de acuerdo con la puntuación total obtenida según la petición

de destino, a la vista de los puestos que se ofrezcan.

8. Norma final

A las presentes pruebas selectivas les serán de aplicación la

Ley 30/1984, de 2 de agosto; el R.D. 364/1995, de 10 de marzo,

la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la

convocatoria.

Contra la presente convocatoria podrá interponerse, con

carácter potestativo, recurso de reposición ante la autoridad convocante

en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su

publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad

con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de

julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa,

significándose que en caso de interponer recurso de reposición,

no se podrá interponer recurso contencioso-Administrativo hasta

que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la

desestimación presunta del mismo.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 30 de mayo de 2003.-P. D.: Orden de 1 de febrero

de 2002 (BOE del 9 de febrero), la Directora gral. de Programación

Económica, Personal y Servicios, Engracia Hidalgo Tena.

Ilmos. Sres.: Subsecretario del Ministerio de Educación, Cultura

y Deporte, y Presidentes de los Tribunales Calificadores.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

Sección Archivos

1. La fase de oposición constará de tres ejercicios

eliminatorios y un cuarto voluntario:

Primer ejercicio:

Consistirá en el desarrollo por escrito de tres temas,

seleccionados por sorteo por el Tribunal, en presencia de los aspirantes,

de entre los que componen el programa que figura en el Anexo

II, debiendo corresponder cada tema a cada uno de los tres grupos

en que está dividido el temario.

El ejercicio deberá ser leído por los aspirantes en sesión pública

ante el Tribunal, que valorará la formación general y la puesta

al día, la claridad y orden en las ideas, la aportación personal

de los aspirantes y facilidad de expresión.

El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio

será de tres horas.

Se calificará de cero a diez puntos cada uno de los dos temas

pertenecientes al temario de "Historia de las Instituciones" y de

"Archivística, y de cero a cinco el tema perteneciente al temario

de "Derecho y Administración", siendo eliminados los opositores

que no obtengan un mínimo de cinco puntos por cada tema de

los dos primeros casos, y 2,5 en el tercero. Aquellos aspirantes

que obtengan una calificación de 19 o más estarán exentos de

realizar este ejercicio en la siguiente convocatoria, siempre que

este primer ejercicio tenga similar contenido y las mismas

características.

Segundo ejercicio:

Consistirá en el desarrollo por escrito de dos supuestos

prácticos iguales para todos los opositores:

Primero: El opositor desarrollará un supuesto, seleccionado

por sorteo por el Tribunal en presencia de los aspirantes, entre:

a) Descripción y análisis documental de uno o varios

documentos de los siglos XV al XVIII.

b) Descripción y análisis del procedimiento administrativo de

un expediente de los siglos XIX ó XX.

Segundo: Realización de un ejercicio práctico que versará sobre

cuestiones relacionadas con el temario de Archivística, a partir

de los datos proporcionados por el Tribunal: Control de la

documentación, organización, descripción, difusión y accesibilidad

documental.

La duración máxima del ejercicio será de cuatro horas y,

posteriormente, deberá ser leído ante el Tribunal, que podrá dialogar

con el opositor durante un período máximo de quince minutos

sobre cuestiones relacionadas con los supuestos desarrollados.

Se calificará cada prueba del segundo ejercicio de cero a diez

puntos, siendo eliminados los opositores que no obtengan un

mínimo de cinco puntos por cada prueba.

Tercer ejercicio:

Consistirá en una prueba sobre un idioma extranjero (inglés

o francés) en el que el opositor realizará por escrito, en castellano,

un resumen de un texto de carácter profesional no superior a 15

páginas, pudiendo utilizar diccionario. El resumen será leído

posteriormente ante el Tribunal, que podrá hacer preguntas sobre

el mismo al opositor.

El idioma elegido por el opositor se hará constar en el

apartado 25.B) del modelo de instancia.

El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de

dos horas.

Se calificará de cero a diez puntos, siendo eliminados los

opositores que no obtengan un mínimo de cinco puntos.

Cuarto ejercicio:

Consistirá en una prueba voluntaria de traducción, con

diccionario, de un texto máximo de 800 palabras en cualquiera de

las lenguas oficiales de la Unión Europea, que no haya sido elegida

por el opositor en el ejercicio obligatorio, o en lengua latina;

siempre que, previamente, lo hayan hecho constar en la solicitud:

apartado 25.C).

El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de

dos horas y treinta minutos.

Se calificará de cero a cinco puntos. El opositor que no

alcance 2,5 puntos no obtendrá ninguna puntuación.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y

medios para su realización.

2. Curso Selectivo.

La segunda fase del proceso selectivo consistirá en un curso

selectivo de hasta seis meses de duración, dedicado

fundamentalmente a completar los conocimientos necesarios para el futuro

ejercicio profesional.

La Dirección General de Programación Económica, Personal

y Servicios del Ministerio de Educación y Cultura, vistos los

informes que emitan las unidades donde se haya realizado este período,

y recabado de dichas unidades o personas las aclaraciones precisas

sobre la actuación y aprovechamiento de los funcionarios en

prácticas, calificará dicho período en "apto" o "no apto", siendo

necesario obtener la calificación de apto para superar esta fase del

proceso selectivo.

Quienes no superen este período, perderán el derecho a su

nombramiento como funcionarios de carrera, por resolución

motivada de la autoridad convocante.

3. Calificación.

La calificación final vendrá determinada por la suma total de

las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la

fase de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el primer

ejercicio. En caso de persistir el empate, a la mayor puntuación

obtenida en el segundo ejercicio, y, en caso de persistir a la mayor

puntuación obtenida en el tercer ejercicio.

Sección Bibliotecas

1. La fase de oposición estará formada por los siguientes

ejercicios eliminatorios.

Primer ejercicio:

Consistirá en el desarrollo por escrito de cuatro temas,

seleccionados por sorteo por el Tribunal en presencia de los aspirantes,

de entre los que componen el programa que figura en el anexo

II de esta convocatoria, debiendo corresponder cada tema a cada

uno de los cuatro grupos en que está dividido el temario.

El tiempo máximo para el desarrollo por escrito de este ejercicio

será de cuatro horas.

El ejercicio deberá ser leído por los aspirantes, en sesión pública

ante el Tribunal, que valorará la formación general, la claridad

y orden de ideas, la aportación personal del aspirante y la facilidad

de expresión.

Calificación: se calificará de cero a diez puntos por tema, siendo

eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco

puntos por tema. La puntuación máxima será de 40 puntos,

debiendo obtener una mínima de 20 para superarlo.

Segundo ejercicio:

Consistirá en la redacción del asiento bibliográfico en formato

IBERMARC, con clasificación decimal universal y asignación de

encabezamiento de materias, de cinco publicaciones (dos

monografías, una publicación periódica, un vídeo y una grabación

sonora) iguales para todos los opositores. La catalogación se hará de

acuerdo con el esquema para un segundo nivel de detalles.

Se facilitarán a los opositores una plantilla base del formato

así como las publicaciones oportunas o las correspondientes

fotocopias de las mismas, necesarias para poder realizar este ejercicio.

Los opositores podrán utilizar las Reglas de catalogación, el

Formato IBERMARC, la Clasificación Decimal Universal y Lista

de encabezamientos de materia para bibliotecas públicas vigentes.

El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de

tres horas.

Calificación: se calificará de cero a diez puntos por cada asiento

bibliográfico completo, siendo eliminados los opositores que no

obtengan un mínimo de cinco puntos por asiento bibliográfico.

La puntuación máxima será de 50 puntos, debiendo obtener una

mínima de 25 para superarlo.

Tercer ejercicio:

Consistirá en la traducción, con diccionario, de un texto no

inferior a 300 palabras, en inglés, francés, alemán o italiano,

relativo a bibliotecas.

El tiempo máximo para el desarrollo de este ejercicio será de

dos horas.

El idioma elegido por el opositor se hará constar en el

apartado 25 B), del modelo de instancia.

Calificación: se calificará de cero a diez puntos, siendo

eliminados los opositores que no obtengan un mínimo de cinco

puntos.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y

medios para su realización.

2. Curso selectivo.

La segunda fase del proceso selectivo consistirá en un curso

selectivo de hasta seis meses de duración, dedicado

fundamentalmente a completar los conocimientos necesarios para el futuro

ejercicio profesional.

La Dirección General de Programación Económica, Personal

y Servicios del Ministerio de Educación y Cultura, vistos los

informes que emitan las unidades donde se haya realizado este período,

y recabado de dichas unidades o personas las aclaraciones precisas

sobre la actuación y aprovechamiento de los funcionarios en

prácticas, calificará dicho período en "apto" o "no apto", siendo

necesario obtener la calificación de apto para superar esta fase del

proceso selectivo.

Quienes no superen este período, perderán el derecho a su

nombramiento como funcionario de carrera, por resolución

motivada de la autoridad convocante.

3. Calificación final.

La calificación final vendrá determinada por la suma de las

puntuaciones obtenidas en la fase de oposición. En caso de

empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación

obtenida por los aspirantes en el primer ejercicio; en caso de persistir

el empate, a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio;

y de persistir éste, a la mayor puntuación obtenida en el tercer

ejercicio.

Sección Museos

1. La fase de oposición estará formada por los siguientes

ejercicios:

Primer ejercicio eliminatorio:

Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas entre los

cuatro seleccionados a iniciativa del Tribunal de entre los que

componen el programa que figura en el anexo II, debiendo

corresponder los temas a desarrollar por el opositor del siguiente modo:

Un primer tema, entre los dos elegidos por el Tribunal del

apartado "Museología"

Un segundo tema, entre los dos elegidos por el Tribunal del

apartado "Legislación".

El Título de los temas corresponde íntegramente al enunciado

que aparece en el programa del Anexo II.

Los aspirantes tendrán un tiempo máximo de tres horas para

la realización de este ejercicio.

Dicho ejercicio será posteriormente leído ante el Tribunal en

sesión pública convocada al efecto. El Tribunal valorará la

formación general, la claridad y orden de las ideas, la aportación

personal de los aspirantes y la facilidad de expresión.

Calificación: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de

los temas, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos

por cada uno de ellos. La puntuación máxima será de 20 puntos.

Aquellos aspirantes que obtengan una calificación de 15 puntos

o más estarán exentos de realizar este ejercicio en la siguiente

convocatoria, siempre que este primer ejercicio tenga similar

contenido y las mismas características.

Segundo ejercicio eliminatorio:

Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas entre los

cuatro seleccionados por sorteo por el Tribunal, en presencia de

los aspirantes, de entre los que componen el apartado "Etnología,

Antropología, Arqueología y Bellas Artes".

Los aspirantes tendrán un tiempo máximo de tres horas para

la realización de este ejercicio, que será posteriormente leído ante

el Tribunal en sesión pública convocada a tal efecto. El Tribunal

valorará la formación general, la claridad y orden de la idea, la

aportación personal y la facilidad de expresión y exposición de

los aspirantes.

Calificación: Se calificará de cero a diez puntos cada uno de

los temas, siendo necesario obtener un mínimo de cinco puntos

por cada uno de ellos. La puntuación máxima será de 20 puntos.

Tercer ejercicio eliminatorio:

Consistirá en la cumplimentación del Libro de Registro y de

las fichas de inventario correspondientes a seis piezas elegidas

de un total de nueve seleccionadas por el Tribunal entre las

materias incluidas en el apartado 3 del temario (tres de etnología, tres

de arqueología y tres de Bellas Artes), teniendo el opositor que

elegir, al menos dos de cada especialidad.

El opositor trabajará sobre la documentación facilitada por el

Tribunal.

El ejercicio deberá ser leído en sesión pública convocada al

efecto.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será

de cuatro horas.

Calificación: El ejercicio se calificará de cero a doce puntos,

siendo necesario obtener un punto como mínimo en cada una

de las piezas, siendo eliminados los aspirantes que no obtengan

un mínimo de 6 puntos.

Este ejercicio no podrá ser superado por un número de

aspirantes superior al de plazas convocadas.

Cuarto ejercicio no eliminatorio:

Consistirá en una prueba sobre un idioma extranjero escogido

por el aspirante entre los oficiales de cualquiera de los países

que integran la Unión Europea, y que hará constar en el apartado

25 B) de la solicitud. El aspirante deberá realizar por escrito un

resumen en castellano de un texto de carácter profesional que

propondrá el Tribunal, para lo cual dispondrá de dos horas. Para

la realización de este ejercicio el aspirante podrá utilizar

diccionario. Dicho ejercicio será posteriormente leído en sesión pública

convocada al efecto.

Calificación: el ejercicio se calificará de cero a diez puntos,

que serán añadidos a la calificación final de los ejercicios

eliminatorios.

Los aspirantes que tengan la condición de funcionarios de

Organismos Internacionales estarán exentos de la realización de

aquellas pruebas que la Comisión Permanente de Homologación

considere que tienen por objeto acreditar conocimientos ya exigidos

para el desempeño de sus puestos de origen en el Organismo

Internacional correspondiente.

Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con

minusvalía gocen de similares condiciones que el resto de los

aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para

las personas con minusvalía que así lo hagan constar en su

solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y

medios para su realización.

2. Curso Selectivo.

La segunda fase del proceso selectivo consistirá en un Curso

Selectivo, bajo la supervisión de la Secretaría de Estado de Cultura,

que será organizado por la Subdirección General de Museos

Estatales.

El carácter selectivo del curso exigirá la superación por los

aspirantes de unas pruebas sobre casos prácticos propuestos en

relación con las áreas básicas de formación que se impartan.

La duración del curso selectivo será de tres meses, en régimen

de estancia en Organismo Público. Una parte del mismo se

realizará en régimen de estancia en unidades de la Dirección General

de Bellas Artes y Bienes Culturales o Museos Estatales, como

período de prácticas.

La Dirección General de Programación Económica, Personal

y Servicios del Ministerio de Educación y Cultura, vistos los

informes que emitan las unidades donde se haya realizado este período,

y recabado de dichas unidades o personas las aclaraciones precisas

sobre la actuación y aprovechamiento de los funcionarios en

prácticas, calificará dicho período en "apto" o "no apto", siendo

necesario obtener la calificación de apto para superar esta fase del

proceso selectivo.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el

derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera,

mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta

del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.

Quienes no superen el curso selectivo y tengan superados los

tres ejercicios eliminatorios de la fase de oposición con al menos

el 55 por 100 de la puntuación máxima global quedarán exentos

de la práctica de los mismos en la convocatoria inmediatamente

siguiente, computándoles una puntuación equivalente a la

obtenida, siempre y cuando sean idénticos en contenido y puntuación.

3. Calificación.

La calificación final vendrá determinada por la suma total de

las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios de la

fase de oposición (tres eliminatorios y el cuarto ejercicio). En caso

de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor

puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo ejercicio; en

caso de persistir el empate, a la mayor puntuación obtenida en

el tercer ejercicio; y de persistir éste, a la mayor puntuación

obtenida en el primer ejercicio.

ANEXO II

Temario

Sección Archivos

1. Historia de las Instituciones:

1.1 La Cancillería Castellano-Leonesa. Organización y

tipología diplomática.

1.2 La Cancillería Catalano-Aragonesa. Organización y

tipología diplomática.

1.3 La Administración Pública en la Edad Media. Historia y

fuentes.

1.4 La Administración Central en la Edad Moderna. Historia

y fuentes.

1.5 La Administración de Justicia en la Edad Moderna.

Historia y fuentes.

1.6 La Hacienda Pública y el sistema fiscal en la Edad

Moderna. Historia y fuentes.

1.7 La Administración Territorial y Local en la Edad Moderna.

Historia y fuentes.

1.8 La Administración del territorio indiano. Instituciones

centrales: Historia y fuentes.

1.9 La Administración del territorio indiano. Instituciones

territoriales y locales: Historia y fuentes.

1.10 Las Cortes en la Edad Moderna. Historia y fuentes.

1.11 El constitucionalismo español. Historia y fuentes.

1.12 La desamortización. Historia y repercusión en los

archivos españoles.

1.13 La Administración Central en la Edad Contemporánea.

Historia y fuentes.

1.14 La Administración de Justicia en la Edad

Contemporánea. Historia y fuentes.

1.15 La Hacienda Pública y el sistema fiscal en la Edad

Contemporánea. Historia y fuentes.

1.16 La Administración Territorial y Local en la Edad

Contemporánea. Historia y fuentes.

1.17 La Institución Notarial. Evolución histórica y fuentes.

1.18 La organización territorial y jerárquica de la Iglesia

española. Evolución histórica y fuentes.

1.19 La organización señorial y mayorazgos. Evolución

histórica y fuentes.

1.20 Los partidos políticos y las organizaciones sindicales en

la España contemporánea.

1.21 Las instituciones de Beneficencia en España. Historia

y fuentes.

1.22 Las relaciones exteriores de España en la Edad Moderna

y Contemporánea. Historia y fuentes.

1.23 La agricultura y la ganadería. Historia y fuentes.

1.24 La industria y el comercio. Historia y fuentes.

1.25 Los Ejércitos en la España Moderna. Historia y fuentes.

1.26 Los Ejércitos en la España contemporánea. Historia y

fuentes.

1.27 El gobierno interior del estado. Seguridad interior y

orden público. Historia y fuentes.

1.28 La Educación en España. Historia y fuentes.

1.29 La Inquisición. Historia y fuentes.

1.30 Monacato y Clero regular en España. Historia y fuentes.

1.31 La Guerra Civil y el Franquismo. Historia y fuentes.

1.32 Los archivos familiares y personales. Historia y fuentes.

2. Archivística:

2.1 Concepto de archivo. Evolución histórica de la

archivística.

2.2 El principio de procedencia y la teoría de las edades de

los documentos.

2.3 Funcionamiento general de los archivos y funciones

básicas del archivero.

2.4 La administración española de los archivos. El Ministerio

de Educación, Cultura y Deporte y la Dirección General del Libro,

Archivos y Bibliotecas. Las Comunidades Autónomas y sus

competencias en materia de archivos.

2.5 El sistema archivístico español.

2.6 Los archivos de la Administración Central. Archivos de

los Ministerios y el Archivo General de la Administración de Alcalá

de Henares.

2.7 Los archivos Generales del Estado.

2.8 Los archivos de las Reales Chancillerías. Los archivos

históricos regionales.

2.9 Los Archivos Históricos Provinciales.

2.10 Los archivos de la Administración Local: Archivos de

las Diputaciones y archivos municipales.

2.11 Los archivos eclesiásticos, familiares y económicos.

2.12 Los archivos militares españoles.

2.13 Organismos internacionales en materia de archivos.

2.14 La identificación de los fondos. El cuadro de

clasificación.

2.15 La valoración. Instrumentos resultantes y consecuencias

prácticas. Selección y expurgo.

2.16 Transferencias y control de la documentación. Entradas

y salidas de documentos de los archivos.

2.17 Descripción de fondos.

2.18 La normalización en la descripción archivística: normas

ISAD (G) e ISAAR (CPF).

2.19 Difusión y accesibilidad documental. Aspectos legales.

2.20 La difusión. El servicio a la Administración y a los

ciudadanos. Servicios educativos y culturales.

2.21 Lenguajes documentales. Tesauros.

2.22 Reproducción de documentos. Técnicas y funciones

archivísticas.

2.23 La informática aplicada a los archivos.

2.24 Tratamiento y conservación de documentos audiovisuales.

2.25 Los documentos electrónicos.

3. Derecho y Administración:

3.1 La Constitución Española de 1978: Elaboración.

Estructura. Valores y Principios. Reforma.

3.2 Los derechos y deberes fundamentales. Sus garantías

constitucionales. La suspensión de los derechos y libertades.

3.3 El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo.

3.4 La Corona. Sucesión, Regencia y Tutela. Las funciones

constitucionales del Rey. El refrendo de los actos del Rey.

3.5 Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y

el Senado: Composición, elección y funciones. Funcionamiento

de las Cámaras, órganos y Estatuto de sus miembros.

3.6 El procedimiento legislativo. Leyes orgánicas y ordinarias.

Legislación delegada. Decretos-leyes. Tratados internacionales.

3.7 El Gobierno. Composición. Organización. Funciones. El

procedimiento de investidura. La moción de censura. La cuestión

de confianza.

3.8 El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial.

La Administración de Justicia. El Ministerio Fiscal.

3.9 La Organización territorial del Estado. Comunidades

Autónomas y Administración Local. Distribución de competencias

y coordinación entre las distintas Administraciones públicas.

3.10 La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio

Histórico Español. El Patrimonio Documental y Bibliográfico. Los

archivos, bibliotecas y museos. La declaración de bienes de interés

cultural. La protección de los bienes muebles e inmuebles. Las

medidas de fomento.

3.11 Los reales Decretos 111/1986, de 10 de enero, de

desarrollo parcial de la Ley del Patrimonio Histórico Español, y

64/1994, de 21 de enero, por el que se modifica el Real Decreto

111/1986. Los órganos colegiados. Los instrumentos

administrativos. La transmisión y explotación de los bienes integrantes

del Patrimonio Histórico.

3.12 Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución.

La Ley. El Reglamento y los límites de la potestad reglamentaria.

3.13 La legalidad administrativa. El acto administrativo. Los

recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo.

3.14 Evolución histórica de la legislación sobre

procedimiento administrativo en España. El procedimiento administrativo:

Concepto, principios generales y fases del procedimiento.

3.15 El personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Clasificación y características. Normativa.

3.16 El régimen jurídico de la función pública estatal.

Situaciones administrativas. Derechos y Deberes. Incompatibilidades.

El régimen disciplinario. Perdida de la condición de funcionario.

3.17 Los Presupuestos Generales del Estado y el ciclo

presupuestario.

3.18 Sistema Institucional de la Unión Europea.

Sección bibliotecas

1. Biblioteconomía:

1.1 Bibliotecas y sus servicios: concepto y función.

1.2 Bibliotecas nacionales: concepto, funciones y servicios.

1.3 Bibliotecas públicas: concepto, funciones y servicios.

1.4 Bibliotecas universitarias: concepto, funciones y servicios.

1.5 Bibliotecas especializadas: concepto, funciones y servicios.

1.6 Gestión de la colección: selección y adquisición de libros

y otros materiales. Criterios, fuentes y métodos para la constitución

y el mantenimiento de la colección.

1.7 Gestión de la colección: tratamiento técnico de los fondos

y gestión de depósitos.

1.8 La catalogación. Elaboración y mantenimiento de

catálogos. Tipos de catálogos. La catalogación cooperativa.

1.9 Los formatos MARC. Los formatos IBERMARC.

1.10 Análisis documental y lenguajes documentales

1.11 Principales sistemas de clasificación bibliográfica. La

CDU.

1.12 Descriptores y encabezamientos de materia: concepto

y función.

1.13 Thesaurus: concepto, elementos, elaboración y

mantenimiento.

1.14 Préstamo individual, colectivo e interbibliotecario.

1.15 Formación de usuarios. Servicios de extensión

bibliotecaria.

1.16 Circulación de fondos. Gestión automatizada.

1.17 Preservación y conservación de los materiales

bibliográficos.

1.18 Métodos de conservación y reproducción.

Microfilmación, digitalización, etc.

1.19 La cooperación bibliotecaria. Sistemas y redes de

bibliotecas.

1.20 Planificación y mercadotecnia de bibliotecas y servicios

bibliotecarios.

1.21 Evaluación de los procesos y los servicios bibliotecarios.

1.22 Automatización de bibliotecas. Planificación: fases y

desarrollo.

1.23 Construcción y equipamiento de bibliotecas.

1.24 Organizaciones internacionales al servicio de las

bibliotecas: UNESCO, IFLA, ISO. La cooperación internacional.

2. Bibliografía y Documentación:

2.1 Bibliometría.

2.2 Definición y objetivo de la bibliografía.

2.3 Evolución histórica de la bibliografía.

2.4 La normalización de la identificación bibliográfica. El

ISBN, el ISSN y otros números internacionales.

2.5 Estado actual de la bibliografía en el mundo. Impacto

de las tecnologías de la información y de la comunicación.

2.6 El control Bibliográfico Universal.

2.7 Bibliografías de bibliografías.

2.8 Bibliografías nacionales.

2.9 Bibliografías de publicaciones periódicas.

2.10 Bibliografías de publicaciones oficiales y bibliografías

comerciales.

2.11 El libro infantil. Obras de referencia y bibliografías.

2.12 El centro de documentación: funciones y servicios.

2.13 Resúmenes: tipos y normas para su elaboración.

2.14 Información y orientación bibliográfica. Estrategias de

búsqueda.

2.15 Búsqueda y recuperación de la información.

2.16 Las bases de datos. Productores, distribuidores y

usuarios de bases de datos en España.

2.17 Los catálogos colectivos: concepto, fines y elaboración.

2.18 Las tecnologías electrónicas de la información y su

aplicación a los servicios bibliotecarios.

2.19 Sistemas integrados de automatización de bibliotecas.

2.20 La biblioteca digital.

2.21 Nociones generales de Teleinformática. Interconexión

de sistemas. Protocolos de comunicaciones.

2.22 Internet y las grandes redes teleinformáticas en la

actualidad: desarrollo, funcionamiento, organización, acceso y utilidad.

2.23 Servicios teleinformáticos básicos: correo electrónico,

transferencia de ficheros, conexión remota, directorios, etc.

Aplicaciones en información y documentación.

2.24 Servicios teleinformáticos avanzados: Noticias, Gopher,

Web, EDI, WAIS, ILL, Z39.50/SR, etc. Aplicaciones en

información y documentación.

2.25 Los OPAC: diseño, prestaciones y accesos.

2.26 Los soportes ópticos multimedia.

3. Historia del libro y las bibliotecas:

3.1 El libro en la antigüedad.

3.2 Las bibliotecas en la antigüedad.

3.3 El libro en la Edad Media.

3.4 Las bibliotecas en la Edad Media.

3.5 Invención y difusión de la imprenta. Los incunables.

3.6 La imprenta en España durante el siglo XV.

3.7 El libro durante el siglo XVI.

3.8 Las bibliotecas durante el siglo XVI.

3.9 El libro durante el siglo XVII.

3.10 Las bibliotecas durante el siglo XVII.

3.11 La imprenta industrial: avances tecnológicos a partir de

los siglos XVIII y XIX.

3.12 Las bibliotecas en el siglo XX.

3.13 El libro y la edición en el siglo XX.

3.14 La edición electrónica.

3.15 La industria editorial y el comercio del libro en España

en la actualidad.

4. Administración y Legislación:

4.1 La Constitución Española.

4.2 Organización territorial del Estado español. Las

Comunidades Autónomas y la Administración Local.

4.3 Jefatura del Estado. Poderes legislativo, ejecutivo y judicial.

4.4 Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución.

La Ley. El Reglamento y los límites de la potestad reglamentaria.

4.5 La legalidad administrativa. El acto administrativo. Los

recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo.

4.6 Las competencias del Estado en materia de cultura.

Estructura organizativa del Ministerio de Educación, Cultura y

Deporte en relación con el libro, archivos y bibliotecas.

4.7 Estructura organizativa y competencias en materia de

bibliotecas en la Administración de las comunidades Autónomas

y en la Administración Local

4.8 La legislación bibliotecaria en España.

4.9 El personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Clasificación y características. Normativa.

4.10 Los Presupuestos de las Administraciones Públicas en

España. Los Presupuestos Generales del Estado y el ciclo

presupuestario.

4.11 El sistema institucional comunitario: el Consejo, la

Comisión, el Parlamento Europeo, el Tribunal de Justicia y el

Tribunal de Cuentas.

4.12 El patrimonio bibliográfico español. Legislación.

4.13 La propiedad intelectual en España.

Sección Museos

1. Museología:

1.1 El concepto del Museo.

1.2 Historia de los Museos en España.

1.3 Tipología de museos. Museos de titularidad estatal.

Sistema Español de Museos. La Junta Superior de Museos.

1.4 El museo como responsable de la conservación del

patrimonio histórico.

1.5 La concepción espacial del museo. Sus áreas y

características. Bases para el proyecto arquitectónico.

1.6 Museología y Museografía. Definición y evolución.

1.7 Proyecto museológico y programa museográfico. Criterios

para su elaboración.

1.8 La exposición permanente. Nuevos criterios en la

instalación museográfica.

1.9 Exposiciones temporales. Definición, gestión y

organización.

1.10 Organización interna del museo. El profesional de

museos.

1.11 El sistema de documentación en el museo.

1.12 Los fondos museográficos. Régimen jurídico, formas de

ingreso y tipos de movimiento.

1.13 El público en el museo. Sistemas de evaluación.

1.14 La seguridad en el museo.

1.15 La conservación en el museo. Conservación preventiva

y criterios para la restauración.

1.16 Acción cultural y educativa en los museos.

2. Legislación:

2.1 La Constitución Española. Antecedentes. Estructura. Los

Principios Constitucionales.

2.2 Derechos Fundamentales y libertades públicas. Su

protección y garantía.

2.3 La organización territorial del Estado: Comunidades

Autónomas, Provincia y Municipios.

2.4 La reforma constitucional. El Tribunal Constitucional.

2.5 La Ley de Régimen Jurídico y Procedimiento

Administrativo Común. Derechos de los ciudadanos.

2.6 El Procedimiento administrativo: concepto, naturaleza,

caracteres y fases.

2.7 Los actos jurídicos de la administración: públicos y

privados. Acto administrativo: concepto, elementos y clases.

2.8 Los contratos de las Administraciones Públicas.

Principios generales. Tipos de contratos y sus características.

2.9 La legislación española sobre el Patrimonio Histórico

Español. Antecedentes y situación actual. La distribución de

competencias en materia de cultura.

2.10 Normativa estatal y autonómica en materia de museos.

El Reglamento de Museos de titularidad estatal y el Sistema

Español de Museos.

2.11 Niveles de protección jurídica del patrimonio histórico.

Su régimen jurídico.

2.12 Regímenes especiales de protección.

2.13 El tráfico de bienes culturales: movilidad y traslado

geográfico de los bienes culturales dentro del territorio nacional;

importación, exportación. Tráfico jurídico: transacciones y cambio

de propiedad de los bienes culturales. La garantía del Estado.

2.14 Modos de adquisición de bienes culturales: oferta directa

de venta; derechos de tanteo y retracto; subastas en el extranjero;

oferta de venta irrevocable (exportación definitiva); exportación

ilícita; decomiso; donaciones; legados y herencias; expropiación

forzosa; dación en pago de impuestos; apremio sobre el

patrimonio; hallazgos casuales; permuta; premios; usucapión;

recolección; producción propia; cambio por adscripción.

Modo ilícita; decomiso; donaciones; legados y herencias;

expropiación forzosa; dación en.

2.15 Medidas de fomento. Infracciones y sanciones

administrativas en la legislación sobre el Patrimonio Histórico. Los delitos

penales sobre el Patrimonio Histórico. La labor de los Cuerpos

y Fuerzas de Seguridad del Estado en defensa del Patrimonio

Histórico Español.

2.16 Tratamiento del Patrimonio Histórico en la Unión

Europea. Acuerdos y Tratados internacionales sobre protección del

Patrimonio Histórico suscritos por España.

3. Etnología, Antropología, Arqueología y Bellas Artes:

3.1 Metodología del trabajo de campo en Antropología.

3.2 Historia de los estudios de Etnología y folklore en España.

3.3 Antropología del género.

3.4 El concepto de religiosidad popular.

3.5 Indumentaria tradicional en Andalucía.

3.6 Instrumentos musicales populares en España.

3.7 La vivienda tradicional española.

3.8 Antropología de la fiesta: la fiesta del fuego en España.

3.9 Amuletos y protectores en la joyería popular española.

3.10 Juegos y juguetes en la tradición cultural española.

3.11 Mobiliario popular en España.

3.12 El arte pastoril.

3.13 Sistemas y procedimientos de datación en arqueología.

Corrientes actuales en la investigación arqueológica.

3.14 El Paleolítico Superior en el norte peninsular.

3.15 La cerámica griega.

3.16 La escultura ibérica.

3.17 Los vidrios romanos.

3.18 El retrato romano en España.

3.19 La orfebrería visigoda.

3.20 Motivos decorativos hispano musulmanes.

3.21 Cerámica nazca.

3.22 El mundo de las creencias y la cultura material en las

sociedades maya y azteca.

3.23 Cultura material hispano sefadi.

3.24 Iconografía en el arte medieval.

3.25 La pintura hispano flamenca.

3.26 El Greco.

3.27 La escultura española en el siglo XVI.

3.28 La pintura barroca en España (I): Velázquez.

3.29 La pintura barroca en España (II): Zurbarán, Rivera,

Murillo. Otras escuelas.

3.30 La escultura española en el siglo XVII.

3.31 El siglo de Goya.

3.32 Neoclasicismo y Romanticismo en la pintura española

del siglo XIX.

3.33 Joaquín Sorolla.

3.34 Maestros de la pintura española en el siglo XX (I): Pablo

Picasso.

3.35 Maestros de la pintura española en el siglo XX (II): Dalí,

Miró, Juan Gris.

3.36 Cerámica de Talavera, Puente del Arzobispo.

3.37 Cerámica de Alcora y Manises.

3.38 La platería civil en España.

3.39 Mobiliario español siglo XVI al XIX.

3.40 Numismática como fuente de la historia.

3.41 El dibujo en España.

3.42 Armas blancas reglamentarias españolas.

3.43 Armas de fuego reglamentarias española.

ANEXO III

Tribunales

Sección Archivos

Tribunal Titular:

Presidente: Eduardo Gómez-Llera García-Nava. Cuerpo

Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Secretario: Javier Lázaro Merino. Escala de Gestión de Empleo

del INEM.

Vocales: Dolores Carnicer Arribas. Cuerpo Facultativo de

Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

María Teresa Piris Peña. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,

Bibliotecas y Museos.

José Miguel López Villalba. Cuerpo de Profesores Titulares de

Universidad.

Tribunal Suplente:

Presidenta: Dña. Rosalía Martínez Pérez. Cuerpo Facultativo

de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Secretario: Don Juan Manuel Gómez Cano. Escala de Gestión

de Empleo del INEM.

Vocales: Don Francisco Javier Fito Manteca. Cuerpo

Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Dña. Carmen Magna Merchán. Cuerpo de Ayudantes de

Archivos, Bibliotecas y Museos.

Don Jesús Arturo Perucho. Cuerpo de Catedráticos de

Universidad.

Sección Bibliotecas

Tribunal Titular:

Presidenta: Dña. Fuensanta Salvador López. Cuerpo

Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Secretaria: Dña. María Soledad Estadella González. Cuerpo de

Gestión de la Administración Civil del Estado.

Vocales: Dña. María del Carmen Motos López. Cuerpo

Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Dña. Ana Cuadrado García. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,

Bibliotecas y Museos.

Dña. M.a Ángeles Plantado Pizarro. Cuerpo de Ayudantes de

Archivos, Bibliotecas y Museos.

Tribunal Suplente:

Presidenta: Dña. Yolanda Ruiz Esteban. Cuerpo Facultativo

de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Secretario: Don Oswaldo López Montalvo. Cuerpo Superior de

sistemas y Tecnologías de la Información.

Vocales: Dña. Teresa Rodríguez González. Cuerpo Facultativo

de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.

Dña. Ana González Ribot. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,

Bibliotecas y Museos.

Dña. Yolanda de Diego Lozano. Cuerpo de Ayudantes de

Archivos, Bibliotecas y Museos.

Sección Museos

Tribunal titular:

Presidenta: Dña. Pilar Navascués Benlloch. Cuerpo Facultativo

de Conservadores de Museos.

Secretario: Don José Luis Real Moreno. Cuerpo Superior de

Administradores Civiles del Estado.

Vocales: Dña. Carmen Cacho Quesada. Cuerpo Facultativo de

Conservadores de Museos.

Dña. Soledad Barroso Ruiz. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,

Bibliotecas y Museos.

Dña. Concepción Martínez Tejedor. Cuerpo de Ayudantes de

Archivos, Bibliotecas y Museos.

Tribunal Suplente:

Presidente: Don Jaime Coll Conesa. Cuerpo Facultativo de

Conservadores de Museos.

Secretaria: Doña Ángeles Pérez Álvarez. Escala de Gestión de

Empleo del INEM.

Vocales: Doña María Luisa Menéndez Robles. Cuerpo

Facultativo de Conservadores de Museos.

Doña Paloma Otero Morán. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,

Bibliotecas y Museos.

Doña Ana Castaño Lloris. Cuerpo de Ayudantes de Archivos,

Bibliotecas y Museos.

ANEXO IV

Instrucciones para cumplimentar la solicitud

Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud

de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública

y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y

en las siguientes instrucciones particulares.

En el recuadro 15, "Cuerpo o Escala", se consignará "Cuerpo

de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos."

En el recuadro 16, "Especialidad, área o asignatura", se

consignará Archivos, Bibliotecas o Museos según proceda"

En el recuadro 17, "Forma de acceso", se consignará "L"

En el recuadro 18, "Ministerio/Organo/Entidad convocante",

se consignará "Ministerio de Educación Cultura y Deporte."

En el recuadro 19, se consignará la fecha del Boletín Oficial

del Estado en el que haya sido publicada la convocatoria.

En el recuadro 20, "Provincia de examen", se consignará

"Madrid"

En el recuadro 21, "Minusvalía", los aspirantes con minusvalía

podrán indicar el porcentaje de minusvalía que tengan acreditado,

y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles

adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios

en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con grado de minusvalía igual o superior al

33 por 100 que deseen participar en las pruebas selectivas por

el cupo de reserva de discapacitados, deberán indicarlo en el

recuadro 22.

En el recuadro 24, "Títulos académicos oficiales", se consignará

la titulación que se posea para poder participar en virtud de lo

señalado en la base 2.1.3.

En el recuadro 25, apartado A, se consignará la sección

"Archivos", "Bibliotecas " o "Museos" por la que opte el aspirante;

en el apartado B, se consignará el idioma elegido por el aspirante

de los indicados en el anexo I de cada sección para la realización

del correspondiente ejercicio de la fase de oposición. Los

aspirantes de la sección de Archivos que deseen realizar el cuarto

ejercicio de la fase de oposición, harán constar el idioma elegido

para el mismo en el apartado C.

El importe de la tasa por derechos de examen será de 18,76

euros.

El ingreso del importe correspondiente a los derechos de

examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en

cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las

que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación

tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el

correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación

de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través

de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada

de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a

través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante

bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta

corriente número 0104-0301-28-0302-037799 del Banco Bilbao

Vizcaya Argentaria a nombre de "Tesoro Público. Ministerio de

Educación, Cultura y Deporte Derechos de examen". El ingreso

podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco

Bilbao Vizcaya Argentaria mediante transferencia desde cualquier

entidad bancaria.

Estarán exentas del pago de esta tasa:

a) Las personas con grado de discapacidad igual o superior

al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado

acreditativo de tal condición.

b) Las personas que figurasen como demandantes de empleo

durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de la

convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que,

en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo

adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa

justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión

profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en

cómputo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional.

La certificación relativa a la condición de demandante de

empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina

de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación

de las rentas se realizará mediante una declaración jurada o

promesa escrita del solicitante. Ambos documentos deberán

acompañarse a la solicitud.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen

o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso la presentación y pago en las oficinas a que

se hace referencia supondrá la sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.

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