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Documento BOE-A-2003-12593

Resolución de 9 de junio de 2003, de la Universidad de Sevilla, por la que convocan pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Subalterna por el sistema de acceso libre.

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 24 de junio de 2003, páginas 24220 a 24225 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2003-12593

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 190 y

siguientes de los Estatutos de la Universidad de Sevilla, aprobados por

Decreto 148/1988 de 5 de Abril y modificados por Decreto 152/95

de 13 de junio, y con el fin de atender las necesidades de personal

de Administración y Servicios, este Rectorado, en uso de las

competencias que le están atribuidas en el art. 20 de la Ley Orgánica

de Universidades, así como en los citados Estatutos, y habiéndose

concedido audiencia a la Junta de Personal funcionario de esta

Universidad sin que esta haya formulado alegaciones, acuerdo

convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Subalterna

de la Universidad de Sevilla con sujeción a las siguientes

Bases de la convocatoria

1. Características generales de la convocatoria

1.1 Número de plazas convocadas.-Se convocan pruebas

selectivas para cubrir 1 plaza en la Escala Subalterna (Conductor)

de la Universidad de Sevilla.

1.2 Disposiciones aplicables.-La presente convocatoria se

regirá por lo dispuesto en las bases de la misma, por los Estatutos

de la Universidad de Sevilla, por la Ley 30/1984 de 2 de agosto,

de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y demás

disposiciones de aplicación.

1.3 Sistema de selección turno libre.-El procedimiento de

selección de los aspirantes para el ingreso por el sistema general

libre será el de Concurso-Oposición.

A) En la fase de concurso se valorarán exclusivamente los

servicios prestados con cargo al capítulo I de los presupuestos

de la Universidad de Sevilla como funcionario interino en la Escala

Subalterna de dicha Universidad. Dichos servicios no serán

estimados en el supuesto de que el aspirante se encuentre unido a

esta Universidad por una relación laboral o funcionarial de carácter

permanente a la fecha de esta convocatoria.

La valoración de los méritos señalados se realizará otorgando

a los aspirantes la puntuación que corresponda según el baremo

específico en el Anexo 2 de esta Resolución.

B) En la fase de oposición, los participantes deberán

desarrollar el ejercicio Teórico-Práctico que se especifica en el Anexo 2

de esta Resolución, el cual será valorado según los criterios

establecidos en el citado Anexo.

1.4 Calificación final.-La calificación final de los aspirantes

se obtendrá mediante la suma de la puntuación obtenida en la

fase de concurso y en la de oposición, de forma tal que el Tribunal

elaborará la relación de seleccionados por orden de puntuación

una vez obtenido dicho resultado, no pudiendo rebasar éstos el

número de plazas convocadas, siendo nula de pleno derecho

cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente

señalado, conforme a lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento

General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración

general del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y

promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la

Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995

de 10 de marzo.

En caso de empate, el orden de la relación de aprobados se

establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase

de concurso y en el supuesto de que persistiera el mismo, por la

puntuación obtenida en el ejercicio teórico-práctico; de persistir

el empate, se preferirá a continuación al criterio de la antigüedad

en la Universidad de Sevilla (sin computar a dichos efectos los

límites establecidos en los Anexos 2 de esta convocatoria).

1.5 Calendario.-Las pruebas selectivas se desarrollarán con

arreglo al siguiente calendario:

Fase de concurso: Las listas que contengan la valoración de

méritos de la fase de concurso se harán públicas antes de la

celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.

El ejercicio teórico-práctico de la fase de oposición, se realizará

no antes del día 1 de septiembre del año 2003. La fecha, hora

y lugar de celebración del mismo se fijará en la Resolución del

Rectorado de la Universidad de Sevilla en la que se apruebe la

lista de admitidos y excluidos.

2. Requisitos de los aspirantes

2.1 Requisitos generales.-Para ser admitidos a la realización

de estas pruebas los aspirantes deberán reunir los siguientes

requisitos:

a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión

Europea, a los que, en virtud de Tratados Internacionales

cele

brados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea

de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos

en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la

Comunidad Europea o nacional de aquellos Estados a los que

en virtud de los tratados internacionales, celebrados por la Unión

Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre

circulación de los trabajadores en los términos en que ésta se halle

definida en Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes

del cónyuge, de los españoles y de los nacionales de otros Estados

miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados

de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad

que vivan a sus expensas. Este último beneficio será igualmente

de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando

así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la

Comunidad Europea y ratificados por España.

b) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido

los sesenta y cinco años.

c) Estar en posesión del título de Certificado de Estudios

Primarios o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el

extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite

su homologación.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni

hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

f) Encontrarse en posesión del carnet de conducir Clase B

T.P. (para transporte prioritario).

2.2 Fecha de cumplimiento de los requisitos.-Todos los

requisitos exigidos en los apartados anteriores deberán poseerse

en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes

y gozar de los mismos hasta la toma de posesión.

3. Solicitudes

3.1 Modelo de solicitud.-Quienes deseen tomar parte en

estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia, cuyo

modelo se reproduce en Anexo 4, que será facilitada gratuitamente

en el Rectorado de la Universidad de Sevilla. A la instancia se

acompañará una fotocopia compulsada del Documento Nacional

de Identidad.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan

derecho a participar deberán presentar dos fotocopias del

documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, los documentos

que acrediten el vínculo de parentesco y el hecho de vivir a

expensas o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan

dicho vínculo. Asimismo, deberá acreditar éste que no está

separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, que el aspirante

vive a sus expensas o está a su cargo.

3.2 Centros de recepción de solicitudes.-La presentación de

solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad de

Sevilla, ubicado en C/ San Fernando n.o 4 de Sevilla o, en su

caso, en la forma prevista en el art. 38 de la Ley 30/1992 de 26

de Noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a

partir del siguiente al de su publicación en aquel Boletín Oficial

(B.O.E. o B.O.J.A.) que publique la convocatoria en último lugar

y se dirigirán al Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad

de Sevilla.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en

el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las

representaciones diplomáticas o consulares españolas

correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente.

3.3 Justificación de los derechos de examen.-El interesado

deberá justificar el ingreso de los derechos de examen mediante

la cumplimentación y sellado por la Entidad Bancaria, a los que

se refiere la Base 3.6, de la parte inferior de la solicitud destinada

a tal efecto.

La ausencia de justificación de dicho ingreso dará lugar a la

exclusión provisional del solicitante. Dentro del plazo de

reclamaciones o subsanaciones contra la lista de admitidos podrá

realizarse el ingreso y la pertinente justificación de dicho ingreso.

En ningún caso se dará carácter de solicitud al simple abono

de dichos derechos en la entidad bancaria correspondiente. La

no presentación de solicitud, aún justificándose el abono de dichos

derechos, dará lugar a la exclusión definitiva del solicitante.

En este caso, el interesado tendrá derecho a la devolución de

las cantidades ingresadas, siempre y cuando así se solicite

aportando datos para la transferencia bancaria correspondiente.

3.4 Adaptación para discapacitados.-Los aspirantes con

discapacidad deberán solicitar, expresando en el correspondiente

recuadro de la solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y

medio para la realización del ejercicio en que esta adaptación

sea necesaria.

3.5 Certificado fase concurso.-Los aspirantes que aleguen

méritos para la fase de concurso deberán aportar con su instancia

certificación de los servicios de Personal de Administración y

Servicios de la Universidad de Sevilla donde se haga constar el

tiempo trabajado en dicha Universidad, la naturaleza de la relación

de trabajo y la cualificación profesional ostentada.

3.6 Derechos de examen.-Los derechos de examen serán de

12 euros y se ingresarán en la Entidad Santander Central Hispano,

Principal y Sucursales, Clave Entidad: 0049, Clave Sucursal:

2588-71, n.o de cuenta: 2114241655, bien directamente o

mediante transferencia bancaria a dicha cuenta. En la solicitud

deberá figurar el sello del mencionado banco, acreditativo del pago

de los derechos, o ir acompañada del resguardo acreditativo de

la transferencia, cuya falta determinará la exclusión del aspirante.

Estarán, no obstante, exentos del abono de los derechos de

examen, los colectivos a que se refiere el artículo 14 de la

Ley 55/1999 de 29 de diciembre (BOE 30/12/1999) de Medidas

Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en los términos y

con las condiciones que allí se indican. A estos efectos habrán

de hacer constar tal circunstancia en su solicitud de participación

(apartado 4.A) debiendo aportar la justificación pertinente.

En ningún caso el abono de los derechos de examen en la

entidad bancaria podrá eximir la obligación de la presentación

de la solicitud en tiempo y forma ante el órgano expresado en

la base 3.2.

3.7 Subsanación de errores.-Los errores de hecho que

pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio

o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Relación de admitidos y excluidos.-Expirado el plazo de

presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Sevilla

dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, en la que,

además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos,

se especificará el lugar y la fecha de comienzo del ejercicio, así

como la relación de los aspirantes excluidos con indicación de

las causas de exclusión.

En dichos listados deberá constar, en todo caso, los apellidos,

nombre y número del D.N.I.

4.2 Plazo de subsanación.-Los aspirantes excluidos

dispondrán de un plazo de 10 días contados a partir del siguiente de

la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto

que haya motivado la exclusión.

4.3 Devolución de derechos.-De conformidad con lo

establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de

Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas

que se hubieran exigido, cuando no se realice su hecho imponible

por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá

devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos

de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al

interesado.

5. Tribunales

5.1 Composición.-El Tribunal calificador de estas pruebas

estará formado por el Rector de la Universidad de Sevilla o persona

en quien delegue, quien ostentará la Presidencia del mismo; por

cinco funcionarios designados por el Rector, de los cuales dos

lo serán a propuesta de las Organizaciones Sindicales más

representativas; un representante de la Secretaría de Estado para la

Administración Pública; otro de la Secretaría de Estado de

Uni

versidades y otro de la Consejería de Educación y Ciencia de la

Junta de Andalucía. Dado el complejo mecanismo de nombramiento

de miembros de los Tribunales de Selección previstos en los

Estatutos de la Universidad de Sevilla, resulta conveniente hacer

uso de la posibilidad prevista en el artículo 11 del Real

Decreto 364/1995, acordándose que los nombres y demás datos de

los miembros del Tribunal se harán públicos mediante resolución

del Rector al mismo tiempo que se expongan las listas de admitidos

y excluidos a que se refiere la base 4.1.

5.2 Abstención y recusación.-Los miembros del Tribunal

deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la

Universidad de Sevilla, cuando concurran en ellos alguna de las

circunstancias previstas en el 28.2 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren

realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas

en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incurso en las circunstancias

previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran alguna de dichas circunstancias.

5.3 Cambio en la composición.-Con anterioridad a la

iniciación de las pruebas selectivas la autoridad convocante publicará

Resolución por la que se nombre a los nuevos miembros del

Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición

por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Constitución.-Previa convocatoria del Presidente, se

constituirá el Tribunal con asistencia obligada de Presidente y

Secretario y de la mitad al menos de sus miembros.

Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de 30

días, a partir de su designación, y mínimo de 10 días antes de

la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal adoptará todas las decisiones que

le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 Sesiones.-A partir de su constitución y para el resto de

las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la

misma mayoría indicada en el apartado anterior de sus miembros,

titulares o suplentes.

5.6 Actuación del Tribunal durante el proceso.-Dentro de

la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran

surgir en la aplicación de estas normas, acordando las medidas

necesarias para resolver cuantas cuestiones no estén previstas

en la presente convocatoria.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la normativa procedimental.

5.7 Asesores.-El Tribunal podrá disponer de la incorporación

a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas

correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose

dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades

técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse

al Rector de la Universidad.

Igualmente, y cuando, por el número de aspirantes en el

proceso de desarrollo del ejercicio lo requiera, el Tribunal podrá

designar colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto

y normal desarrollo de los ejercicios.

5.8 Adaptaciones para discapacitados.-El Tribunal

Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte

necesario, de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de

similares condiciones para la realización de los ejercicios que el

resto de participantes. En este sentido, se establecerán las

adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización por las

personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en

la base 3.4.

5.9 Garantía de corrección de ejercicios.-El Presidente del

Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los

ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban

ser leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca

la identidad de los aspirantes.

5.10 Información a los participantes.-A efecto de

comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la

Universidad de Sevilla, C/ San Fernando, n.o 4, teléfono 954 55 10 70.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 Categoría.-El Tribunal que actúe en estas pruebas

selectivas tendrá la categoría quinta de las recogidas en el Anexo V

del Real Decreto 54/1989, de 21 de marzo (Boletín Oficial de

la Junta de Andalucía de 21 de abril).

5.12 Declaración de aprobados.-En ningún caso el Tribunal

podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas

un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.

Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido

será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo del ejercicio

6.1 Acreditación de la identidad.-En cualquier momento los

aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal

con la finalidad de acreditar su identidad.

6.2 Orden de actuación.-El orden de actuación de los

opositores se iniciará, en su caso, por sorteo efectuado por el Tribunal.

6.3 Llamamiento único.-Los aspirantes serán convocados

para el ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la

oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza

mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el

Tribunal.

6.4 Publicación de fechas de ejercicios.-La fecha y lugar de

realización del ejercicio se publicarán junto con relación de

admitidos y excluidos.

6.5 Prueba de conocimiento del castellano para los aspirantes

que no posean la nacionalidad española.-Con carácter previo a

la realización de la prueba de la fase de oposición, los aspirantes

que no posean la nacionalidad española deberán acreditar el

conocimiento del castellano mediante la realización de una prueba,

en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de

comprensión y expresión oral y escrita de esta lengua.

El contenido de esta prueba se ajustará a lo dispuesto en el

Real Decreto 826/1988, de 20 de julio (B.O.E. del 29), por el

que se establecen diplomas acreditativos del conocimiento del

español como lengua extranjera. La prueba se calificará de "apto"

o "no apto", siendo necesario obtener la valoración de "apto" para

pasar a realizar las pruebas de la fase de oposición.

Quedan eximidos de realizar esta prueba quienes estén en

posesión del Diploma Básico de Español como Lengua Extranjera

establecido por el Real Decreto 826/1988, de 20 de julio, modificado

y completado por el Real Decreto 1/1992, de 10 de enero, o

del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido

por las Escuelas Oficiales de Idiomas.

6.6 Exclusión de participantes.-En cualquier momento del

proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que

alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos

por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado,

deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Sevilla

comunicándole asimismo, las inexactitudes o falsedades

formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas

selectivas a los efectos procedentes.

7. Relación de aprobados

7.1 Publicación.-Finalizada la prueba selectiva, el Tribunal

hará pública en el Rectorado y en aquellos otros lugares que estime

oportunos, la relación de aspirantes aprobados por orden de

puntuación alcanzada, con indicación de su Documento Nacional de

Identidad. Dicha relación contendrá la puntuación obtenida en

fase de concurso y de oposición desglosando esta última en cada

uno de los ejercicios celebrados.

Dicha relación será sometida al Rector de la Universidad de

Sevilla, para su conformidad habiendo de publicarse seguidamente

en el Boletín Oficial del Estado.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 Documentación a presentar.-En el plazo de 20 días

naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se publiquen

las listas de aprobados en el B.O.E., los opositores aprobados

deberán presentar en la Sección de Selección del P.A.S. y Acción

Social de la Universidad de Sevilla, los siguientes documentos:

a) Fotocopia debidamente compulsada del Certificado de

Estudios primarios o equivalente, o certificación que acredite haber

realizado todos los estudios para la obtención del título.

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones

públicas, según el modelo que figura como Anexo 3 de esta

convocatoria.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer

enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de

las funciones correspondientes.

d) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española

deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria

o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función

Pública.

e) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española

y que, de conformidad con lo dispuesto en la base 6.5, estén

exentos de la realización de la prueba previa de acreditación del

conocimiento del castellano, deberán aportar a tal efecto fotocopia

compulsada del diploma básico de español como lengua extranjera

o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido

por las Escuelas Oficiales de Idiomas. De no aportar esta

documentación no podrán ser declarados exentos, debiendo en

consecuencia realizar la prueba a que se refiere el apartado 6.5 de

esta convocatoria.

8.2 Exención de justificación.-Quienes tuvieran la condición

de funcionario de carrera estarán exentos de justificar

documentalmente las condiciones y demás requisitos probados para obtener

su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación para

acreditar su condición así como fotocopia compulsada de la

titulación exigida, y aquellas circunstancias que obren en su hoja

de servicios.

8.3 Anulación de las actuaciones.-Quienes dentro del plazo

fijado y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la

documentación o, del examen de la misma, se dedujera que carecen

de alguno de los requisitos señalados en la base 2.1, no podrán

ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas las actuaciones,

sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por

falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Nombramientos.-Por la autoridad convocante, a

propuesta del Tribunal Calificador, se procederá al nombramiento

de funcionarios de carrera mediante Resolución que se publicará

en el Boletín Oficial del Estado.

En el supuesto de que existieran funcionarios interinos

ocupando dichas plazas, será revocado su nombramiento

9. Eliminación de archivos

Se informa a los participantes en esta Convocatoria que la

documentación presentada junto con su solicitud de participación,

en virtud de lo que establece el Acuerdo de la Junta de Gobierno

de fecha 8 de febrero de 2002 permanecerán en los Archivos

del Servicio de P.A.S. durante un año a partir de la firmeza del

procedimiento y otro año en el Archivo General de esta

Universidad, y que pasados dichos plazos serán eliminados por lo que

se recomienda a los interesados, una vez finalizado el

procedimiento en curso, procedan a la retirada de los mismos.

10. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados, en los casos y en las formas establecidos por la Ley 30/1992

de 26 de Noviembre, modificada por la Ley 4/1999.

Sevilla, 9 de junio de 2003.-El Rector, Miguel Florencio Lora.

ANEXO 1

Programa

Tema 1. Conocimientos básicos de la Institución: La

Universidad de Sevilla. Servicios Centrales. Centros.

Tema 2. La Ley Orgánica de Universidades. Principios básicos.

Tema 3. Los órganos colegiados de gobierno de la Universidad

de Sevilla: el Consejo Social. El Claustro Universitario. El Consejo

de Gobierno.

Tema 4. Los órganos unipersonales de gobierno de la

Universidad de Sevilla. El Rector. Los Vicerrectores. El Secretario

General. El Gerente.

Tema 5. Conocimientos básicos sobre derechos y obligaciones

de los funcionarios públicos.

Tema 6. Mantenimiento de Automóviles.

Tema 7. Mecánica de Automóviles.

Tema 8. Normas de circulación.

Tema 9. Conocimientos sobre protocolo en la Universidad de

Sevilla.

Tema 10. Normas básicas de seguridad y prevención en el

trabajo en el ámbito de sus funciones.

ANEXO 2

Valoración de méritos, ejercicio y calificación del mismo

Valoración de méritos: En la fase de concurso se considerarán

como méritos exclusivamente el haber prestado servicios en la

Universidad de Sevilla como funcionario interino en la Escala

Subalterna de dicha Universidad, valorándose los mismos a razón

de 0,30 puntos por cada mes completo de trabajo, hasta un

máximo de 11 puntos. A tal efecto sólo se valorarán los servicios

prestados en los cinco años anteriores a la publicación de la presente

convocatoria en el B.O.E. La puntuación obtenida en esta fase

no podrá ser aplicada para superar el ejercicio de la fase de

oposición.

Fase de oposición: La fase de oposición consistirá en la

realización de un ejercicio teórico-práctico de carácter eliminatorio:

Dicho ejercicio consistirá en contestar por escrito a un cuestionario

de respuestas alternativas, siendo una sola de ellas la correcta,

que versará sobre el programa de materias que figura en el Anexo 1

de esta Resolución. El número de preguntas y el tiempo para la

realización será determinado por el Tribunal.

Valoración del ejercicio: El ejercicio se valorará de 0 a 20

puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 10

puntos. Las respuestas incorrectas no puntuarán negativamente.

ANEXO 3

Declaración jurada

D/D.a con domicilio en ......................................

con domicilio en ...............................................

y D.N.I. n.o ...............

Declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado

funcionario de la Escala ..................... de la Universidad

de Sevilla, que no ha sido separado del servicio de ninguna de

las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para

el ejercicio de las funciones públicas.

En ............ a .... de ............ de 2003

INSTRUCCIONES PARA EL INTERESADO

Se recomienda la lectura atenta de las bases de la Convocatoria.

Recuerde que dichas bases son las que contienen la información

válida que a usted le interesa; estas instrucciones sólo tienen el

valor aclarativo e informativo.

Cualquier duda que tenga al respecto de la convocatoria podrá

consultarla en la Sección de Selección de Personal de

Administración y Servicios y Acción Social (Rectorado).

Esta solicitud habrá de ser presentada, una vez abonados los

derechos de examen, en su caso, en el Registro General de la

Universidad de Sevilla (C/ San Fernando, n.o 4).

Para rellenar el impreso:

1. Escriba a máquina o con bolígrafo sobre superficie dura

utilizando letras mayúsculas.

2. No doble el papel ni realice correcciones, enmiendas o

tachaduras.

3. Sobre los siguientes apartados, tenga en cuenta:

Código: Indique el Código de la plaza ó Escala solicitada que

consta en las bases de la Convocatoria.

Minusválido: Indique si lo es o no y en su caso, grado.

Derechos de examen: Indique el importe abonado.

4A, 4B, 4C: Sólo indique la información requerida en

convocatoria, cuando ésta lo exija.

Antes de presentar esta solicitud, por favor, verifique:

Si la ha firmado.

Si ha abonado los derechos de examen (en caso que sea

exigible).

Si aporta fotocopias del D.N.I.

Si ha completado todos los datos exigibles.

Si aporta la documentación exigida (en su caso).

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