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Documento BOE-A-2003-12650

Resolución de 12 de junio de 2003, de la Agencia Española de Cooperación internacional, por la que se aprueban las bases y se dispone la convocatoria para la provisión de la plaza de Coordinador General de la Cooperación Española en Egipto.

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 25 de junio de 2003, páginas 24434 a 24435 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2003-12650

TEXTO ORIGINAL

La Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional

para el Desarrollo establece en su artículo 25, que la Agencia

Española de Cooperación Internacional (AECI), organismo

autónomo adscrito al Ministerio de Asuntos Exteriores, a través de

la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para

Iberoamérica, y presidido por su titular, es el órgano de gestión

de la política española de cooperación internacional para el

desarrollo, sin perjuicio de las competencias asignadas a otros

Departamentos ministeriales.

La propia Ley, en su artículo 26, reconoce a las Oficinas

Técnicas de Cooperación como unidades adscritas orgánicamente a

las Embajadas que, bajo la dirección de su Jefe de Misión y la

dependencia funcional de la Agencia Española de Cooperación

Internacional aseguran la coordinación y, en su caso, la ejecución

de los recursos de la cooperación en su demarcación.

Por su parte el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación

Internacional, aprobado por Real Decreto 3424/2000, de 15 de

diciembre dedica su artículo 15 a los órganos de la Agencia

Española de Cooperación Internacional en el exterior, entre los que

se encuentran, junto a los Centros de Formación de la Cooperación

Española y los Centros Culturales, las Oficinas Técnicas de

Cooperación.

Los puestos directivos de estos centros podrán ser

desempeñados por personal contratado bajo una relación de carácter

especial de las previstas en el artículo 2.1.a) del Estatuto de los

Trabajadores.

Por tanto, concedida la autorización preceptiva por los

Ministerios de Hacienda y de Administraciones Públicas, en aplicación

de lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley 52/2002, de 30 de

diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2003

y el procedimiento previsto en la Instrucción conjunta de 6 de

mayo de 2002, de las Secretarías de Estado para la Administración

Pública y de Presupuestos y Gastos,de las Secretarías de Estado

para la Administración Pública y de Presupuestos y Gastos, se

anuncia, a convocatoria pública y abierta, la plaza de Coordinador

General de la Cooperación Española en El Cairo (Egipto), de

acuerdo con las siguientes,

Bases

I) Características de la plaza y funciones

El Coordinador General de la Cooperación Española en la

República de Egipto ocupará la plaza prevista en el Catálogo de Personal

Laboral de la AECI en el exterior y prestará servicios en la Oficina

Técnica de Cooperación Internacional, órgano de la AECI

integrado en la Embajada de España en El Cairo.

Desempeñará las siguientes funciones:

a) En el ámbito de las actividades administrativas de la Oficina

Técnica de Cooperación:

Ostentar la representación de la Agencia Española de

Cooperación Internacional (AECI) en los países de competencia de

la Oficina (República Árabe de Egipto; República Libanesa;

República Árabe Siria; República Islámica de Irán; República del Sudán;

Emiratos Árabes Unidos; República de Arabia Saudí; el Estado

de Kuwait; el Estado de Bahrein; la República del Yemen y el

Sultanato de Omán), las ONGD y los Organismos Internacionales.

Dirigir la Oficina Técnica de Cooperación de la AECI en El

Cairo y su personal.

Gestionar y administrar los recursos económicos de la AECI

destinados a la cooperación con los países de competencia de

la Oficina.

Asegurar la coordinación de las actividades de la cooperación

española con las del resto de los responsables de la representación

de España en El Cairo, por una parte, y con las de la Unión Europea

y sus Estados Miembros, por otra.

b) En el ámbito de la Cooperación al desarrollo en general:

Gestión de los Programas de Cooperación.

Relación con las autoridades e instituciones contrapartes.

Identificación, ejecución, seguimiento y evaluación de los

proyectos bilaterales de cooperación.

Elaboración de informes y memorias de los programas.

Prestación de apoyo a instituciones españolas en el desarrollo

de proyectos de cooperación.

II) Régimen de contratación

El candidato designado para ocupar la plaza que se convoca,

suscribirá contrato de alta dirección, regulado por el R.D.

1382/85, de 1 de agosto, y de conformidad con lo establecido

en la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional

para el Desarrollo, en el modelo utilizado por este Organismo

para los Coordinadores Generales de la Cooperación Española

y con mención expresa del posible traslado, de mutuo acuerdo,

a otro país a plaza de similares características.

Su relación laboral quedará regulada por lo establecido en el

contrato y en la Resolución de la Presidencia de la Agencia

Española de Cooperación Internacional de 6 de mayo de 1992 (B.O.E.

n.o 122, de 21 de mayo de 1992).

Las retribuciones de la plaza serán las aprobadas, para la

categoría de Coordinador General de la Cooperación Española en

Egipto, por la Comisión Interministerial de Retribuciones.

III) Requisitos de los aspirantes

Los aspirantes a las plazas que se convocan deberán reunir

los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo,

conforme a lo establecido en el Artículo 7 del Estatuto de los

Trabajadores.

c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas

incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones

correspondientes.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario

del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni

hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas

por sentencia judicial firme.

e) Ser titulado superior universitario.

f) Formación en el ámbito de la cooperación para el desarrollo.

g) Experiencia demostrable en el ámbito de la cooperación

para el desarrollo, de al menos tres años.

h) Dominio del idioma inglés que será el idioma de trabajo.

IV) Méritos evaluables por la comisión de valoración

a) Experiencia adicional profesional demostrable en

instituciones públicas o privadas de desarrollo.

b) Experiencia en metodología de proyectos de cooperación

(diseño, gestión, seguimiento y evaluación).

c) Experiencia adicional de cooperación sobre el terreno en

países en vías de desarrollo.

d) Conocimiento del funcionamiento de la Administración

Pública española.

e) Capacidad de gestión y dirección de equipos humanos.

f) Conocimientos de la legislación laboral y administrativa

española, especialmente en el ámbito de la cooperación para el

desarrollo.

g) Conocimiento del idioma árabe.

V) Solicitudes

Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria, deberán

hacerlo constar en instancia acompañada de "Currículum Vitae"

dirigida al Ilmo. Sr. Secretario General de la Agencia Española

de Cooperación Internacional (Vicesecretaría General, Avda.

Reyes Católicos, 4 - 28040 Madrid) citando expresamente "Plaza

de Coordinador General de la Cooperación Española en Egipto",

sin perjuicio de lo dispuesto en el Artículo 38.4 de la Ley 30/1992

de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y de Procedimiento Administrativo común, modificada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de 15 días naturales

contados a partir del día siguiente a la publicación de esta

convocatoria.

VI) Proceso de selección

La idoneidad de los aspirantes será evaluada, de acuerdo con

los méritos acreditados por los mismos, por una Comisión

constituida de la siguiente forma:

Presidente: el Director General de Cooperación con África, Asia

y Europa Oriental.

Vicepresidente: el Subdirector General de Cooperación con los

Países del Mediterráneo y Europa Oriental.

Vocales: 2 funcionarios nombrados por el Secretario General

de la AECI, junto con sus suplentes.

Secretaria: la Vicesecretaria General de la AECI, que actuará

con voz y voto.

La Comisión de Valoración establecerá los criterios para

evaluar los méritos de los candidatos en relación con los específicos

requeridos en la presente convocatoria.

Aquellos que resulten preseleccionados podrán ser citados para

la realización de entrevista personal. La entrevista versará sobre

aspectos del "Currículum vitae" del candidato, puntos concretos

de los méritos aducidos, sus conocimientos sobre los países de

destino y otros de su área geográfica y, en general, aquellos otros

aspectos que permitan a la Comisión evaluar la idoneidad del

candidato para el puesto.

Terminados sus trabajos, la Comisión de Valoración elevará

una propuesta en forma de terna, a la Secretaría General de la

Agencia Española de Cooperación Internacional que resolverá,

disponiendo la contratación del candidato designado.

Lo que comunico a VV.II. para su conocimiento y efectos

oportunos.

Madrid, 12 de junio de 2003.-El Presidente, P. D. (Resolución

29 de diciembre de 2000, B.O.E. de 12 de febrero de 2001),

el Secretario General, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

Ilmos. Sres. Directores Generales de Cooperación con

Iberoamérica; de Cooperación con África, Asia y Europa Oriental; de

Relaciones Culturales y Científicas; Director del Gabinete

Técnico de la Secretaría General y Vicesecretaría General de la

AECI.

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