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Documento BOE-A-2003-13092

Resolución de 20 de junio de 2003, de la Dirección General de Justicia de la Consejería de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se convoca, para su provisión por el sistema de libre designación, el puesto de Director del Instituto de Medicina Legal de Alicante.

Publicado en:
«BOE» núm. 156, de 1 de julio de 2003, páginas 25377 a 25378 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Valenciana
Referencia:
BOE-A-2003-13092

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en los artículos 455 y 500.1

de la Ley Orgánica 9/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial,

Real Decreto 296/1996, de 23 de febrero, que aprueba el

Reglamento Orgánico del Cuerpo de Médicos Forenses, Real

Decreto 386/1996, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento

de los Institutos de Medicina Legal y Decreto 124/1998, de 1

de septiembre , del Gobierno Valenciano, de constitución y

regulación del Instituto de Medicina Legal de Alicante, se anuncia la

provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de trabajo

cuya descripción y requisitos necesarios para su desempeño se

especifican en el Anexo I de la presente convocatoria, con arreglo

a las siguientes bases:

Primera. Participantes.-Podrán participar los funcionarios de

carrera pertenecientes al Cuerpo de Médicos Forenses, que se

encuentren en situación de servicio activo.

Los participantes deberán reunir los requisitos y condiciones

del puesto de acuerdo con la clasificación del mismo expuesta

en el Anexo I.

Segunda. Presentación de solicitudes.-Las solicitudes

dirigidas a la Dirección General de Justicia de la Consellería de Justicia

y Administraciones Públicas, C/ Historiador Chabas, 2,

46003Valencia, deberán presentarse, según modelo que figura como

Anexo II, en el plazo de 10 días naturales, contados desde el

día siguiente al de la publicación simultánea de esta convocatoria

en el "Diario Oficial de la Generalitat Valenciana" y en el "Boletín

Oficial del Estado". En caso de que dicha simultaneidad no fuera

posible, el plazo aludido se computará a partir del día siguiente

al de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Las solicitudes podrán presentarse en el Registro General de

la Consellería de Justicia y Administraciones Públicas,

C/Historiador Chabas, 2, 46003-Valencia, en los Servicios Centrales y

Territoriales de las distintas Consellerías, en los puntos PROP

o en las oficinas públicas a que hace referencia el artículo 38.4

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Con la solicitud se adjuntará documentación original o

fotocopias compulsadas de la documentación acreditativa de los

requisitos exigidos y de los méritos que se aleguen.

Igualmente se presentará con la instancia una memoria

mecanografiada y firmada en la que el candidato realizará un análisis

de las tareas del puesto solicitado, condiciones y medios necesarios

para su desempeño, propuestas de mejora en el desarrollo de

las funciones y todas aquellas otras cuestiones que el aspirante

considere de interés o importancia, con base en la descripción

de funciones del puesto.

Tercera. Entrevista.-Los aspirantes serán convocados por la

Dirección General de Justicia, a la realización de una entrevista,

la cual versará sobre el contenido de la memoria indicada en la

base anterior.

Cuarta. Resolución y adjudicación de destino.-La resolución

de la presente convocatoria se llevará a cabo por el Director

General de Justicia, efectuándose el nombramiento en el plazo máximo

de un mes, contado desde la finalización del plazo de presentación

de solicitudes, pudiendo prorrogarse el plazo para efectuar el

nombramiento hasta un mes más.

El nombramiento implicará la reserva del puesto de trabajo

de procedencia, siempre que éste haya sido obtenido mediante

el sistema de concurso.

En la resolución de esta convocatoria se indicará expresamente

la fecha de inicio de los plazos de cese y toma de posesión.

El destino adjudicado es irrenunciable, salvo incapacidad

sobrevenida por haber pasado a una situación administrativa diferente

a la de activo o por causas excepcionales debidamente justificadas

y apreciadas por el órgano convocante.

El designado podrá ser cesado con carácter discrecional por

la misma autoridad que lo nombró, reincorporándose en su puesto

de trabajo de procedencia siempre que éste haya sido obtenido

mediante el sistema de concurso.

Valencia, 20 de junio de 2003.-El Director general, Eloy

Velasco Núñez.

ANEXO I

Puesto de trabajo Núm.: 1101.

Denominación: Director.

Centro de destino: Instituto de Medicina Legal de Alicante.

Naturaleza: Funcionarial.

Sector: Administración de Justicia.

Provisión: Libre designación.

Complemento de 19.891,44 euros.

Destino:

Dedicación: Exclusiva.

Características:

1. Requisitos: Médico Forense en activo, 5 años ejercicio

profesional como Médico Forense.

2. Funciones: Las asignadas en el Reglamento Orgánico del

Cuerpo Nacional de Médicos Forenses, según Real Decreto 296/1996,

de 23 de febrero, y en el artículo 5 del Reglamento de los Institutos

de Medicina Legal, contemplado en el Real Decreto 386/1996, de 1

de marzo.

Y las establecidas en el artículo 4.2 del Reglamento del Instituto

de Medicina Legal de Alicante, aprobado por Decreto 124/1998, de 1

de septiembre, del Gobierno Valenciano.

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