De conformidad con lo establecido en la base 9.4. y siguientes
de la Orden de 30 de abril de 2.002 (Boletín Oficial del Estado
del día 11 de junio), por la que se convocaban pruebas selectivas
para ingreso en el Cuerpo de Agentes de la Administración de
Justicia y remitida por el Tribunal Calificador la propuesta
definitiva de aspirantes que han superado las pruebas selectivas.
Esta Secretaría de Estado acuerda:
Primero.-Aprobar la propuesta definitiva de aspirantes que
han superado las pruebas selectivas en cada ámbito territorial
y que figuran en el Anexo I de esta Resolución.
Segundo.-En el plazo de veinte días naturales, contados a
partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del
Estado, los aspirantes que figuran como aprobados en esta relación
definitiva, deberán presentar en el Registro General del Ministerio
de Justicia, Secretaría de Estado de Justicia, calle de la Manzana,
número 2, o por los medios previstos en el artículo 38 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, los documentos siguientes:
A) Dos fotocopias compulsadas del documento nacional de
identidad.
B) Fotocopia compulsada del título exigido en la convocatoria
o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas
las asignaturas, que le capacitan para la obtención del título,
acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos
para la expedición del título.
C) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad
ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de la función
de Agentes de la Administración de Justicia, expedido por el
Facultativo de Medicina General de la Seguridad Social que corresponda
al interesado y, en caso de que no esté acogido a ningún Régimen
de la Seguridad Social, se expedirá por los Servicios Provinciales
del Ministerio de Sanidad y Consumo y organismos
correspondientes de las Comunidades Autónomas.
Los aspirantes que tengan la condición legal de discapacitados
con grado igual o superior al 33 por 100 deberán presentar
certificación de los órganos competentes del Ministerio de Asuntos
Social, o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente,
que acredite tal condición y su capacidad funcional para
desempañar las tareas propias que corresponden al Cuerpo de Agentes
de la Administración de Justicia .
D) Declaración jurada de no hallarse incurso en causa de
incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, ni haber sido separado, mediante procedimiento
disciplinario, de un Cuerpo del Estado, de las Comunidades Autónomas
o de las Administraciones Locales, ni suspendido en ejercicio de
funciones públicas en vía disciplinaria o judicial, salvo que hubiera
sido rehabilitado (Anexo II).
Tercero.-Ante la imposibilidad debidamente justificada de no
poder presentar los documentos expresados en el apartado
anterior, podrá acreditarse que se poseen las condiciones exigidas
en la convocatoria mediante cualquier medio de prueba admisible
en derecho.
Cuarto.-Los aspirantes que tuvieran la condiciones de
funcionarios públicos estarán exentos de justificar aquellas
condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su anterior
nombramiento, debiendo presentar certificación del Ministerio u
Organismo de que dependan, por la que se acredite su condición y
cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
Quinto.-Quienes dentro del plazo fijado y salvo causa de fuerza
mayor, no presentaren la documentación o del examen de la misma
se dedujera que carecen de alguno de los requisitos establecidos
en la base 2.1. de la Convocatoria, no podrán ser nombrados
funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por
falsedad en la solicitud inicial.
Sexto.-Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición, ante esta Secretaría de Estado, en el plazo de un mes
o contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo
Contencioso-Administrativo , en el plazo de dos meses. El plazo,
en ambos casos, se contará a partir del día siguiente de la
publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente Resolución.
Madrid, 25 de junio de 2003.-El Secretario de Estado, P.D.
(O, 29 octubre 1.996), el Director general de Relaciones con la
Administración de Justicia, Carlos Lesmes Serrano.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Medios Personales al servicio
de la Administración de Justicia.
ANEXO I (Ver imágenes páginas 26830 a 26847)
ANEXO II
Don/doña ..................................................,
con domicilio en ...............................................,
de .............. años de edad, con DNI número ..............,
declaro bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado
funcionario del Cuerpo de Agentes de la Administración de
Justicia, que no he sido separado del servicio de ninguna de las
Administraciones Públicas y que no me hallo inhabilitado para el
ejercicio de funciones públicas, ni comprendido en ninguna de las
causas de incapacidad e incompatibilidad establecidas en las
disposiciones orgánicas.
En ............., a ............. de ............. de 2003.
El declarante
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid