Advertidos errores de trascripción de datos en la Resolución de 23 de junio de 2003 (BOE de 8 de julio de 2003), por la que se concede el traslado temporal de un centro en el extranjero a beneficiarios de becas de postgrado para la formación del profesorado universitario, procede la subsanación:
En consecuencia, he resuelto corregir los errores de trascripción de datos en el sentido siguiente:
Donde dice:
«Nombre: Roldán González, Pablo; País: Estados Unidos; Fecha de Inicio: 2003-07-01; Fecha de Fin: 2004-06-30; Ayuda Instalación: 2405,00.»
Debe decir:
«Nombre: Roldán González, Pablo; País: Estados Unidos; Fecha de Inicio: 2004-04-01; Fecha de Fin: 2004-03-31; Ayuda Instalación: 2405,00.»
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 18 de julio de 2003.‒El Secretario de Estado, P.D. (Orden de 1 de febrero de 2001), el Director General de Universidades, Pedro Chacón Fuertes.
Ilmo. Sr. Subdirector General de Formación y Movilidad de Profesorado Universitario y Ayudantes Universitarios.
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