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Documento BOE-A-2003-15855

Orden CTE/2254/2003, de 24 de julio, por la que se declara aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Titulados Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Ciencia y Tecnología (especialidad de propiedad industrial).

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 7 de agosto de 2003, páginas 30602 a 30602 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2003-15855

TEXTO ORIGINAL

Finalizado el plazo de presentación de instancias para participar

en las pruebas selectivas para el ingreso en la Escala de Titulados

Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Ciencia

y Tecnología (especialidad de propiedad industrial), convocadas

por Orden CTE/1460/2003, de 22 de mayo (B.O.E. de 5 de junio),

y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 del Real

Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el

Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la

Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo

y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración

general del Estado,

Este Ministerio, en uso de las facultades conferidas por la base

4.1 de la Orden antes mencionada, ha resuelto lo siguiente:

Primero.-Declarar aprobada la lista provisional de admitidos

y excluidos de las citadas pruebas selectivas.

Segundo.-Publicar la lista de excluidos a las pruebas, que

figura como anexo de esta Orden, con indicación de las causas de

exclusión.

La lista certificada completa de admitidos y excluidos se

expondrá en los tablones de anuncios, en el Servicio de Información

y en la página web www.mcyt.es del Ministerio de Ciencia y

Tecnología (paseo de la Castellana, 160, Madrid) y de la Oficina

Española de Patentes y Marcas (web www.oepm.es; calle Panamá 1,

Madrid); en el Centro de Información Administrativa del Ministerio

de Administraciones Públicas (calle María de Molina, 50, Madrid)

y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

Tercero.-De conformidad con lo previsto en el artículo 71.1de

la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, los aspirantes excluidos

u omitidos disponen de un plazo de diez días hábiles, contados

a partir del siguiente al de la publicación de esta Orden, para

subsanar, cuando ello sea posible, los errores o defectos que hayan

motivado su exclusión u omisión.

En todo caso, al objeto de evitar errores, y, en el supuesto

de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los

aspirantes comprobarán fehacientemente no sólo que no figuran

recogidos en la relación de excluidos, sino que, además, sus datos

constan en la relación de admitidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanaran

la exclusión o alegasen la omisión, serán definitivamente excluidos

de la participación en las pruebas selectivas.

Cuarto.-Transcurrido el plazo citado, se harán públicas las

listas definitivas de aspirantes admitidos en los mismos lugares

señalados en el párrafo primero.

Quinto.-Reunido el Tribunal a los efectos establecidos en la

base 1.4 de la convocatoria se convoca a todos los opositores

admitidos, en único llamamiento, para la realización del primer

ejercicio, el miércoles 17 de septiembre de 2003, a las diecisiete

horas, en la Sala F del Ministerio de Ciencia y Tecnología, paseo

de la Castellana, 160, Madrid. Los aspirantes deberán ir provistos

del Documento Nacional de Identidad o documento equivalente

que acredite de forma indudable su personalidad y bolígrafo de

tinta negra.

Sexto.-Se señala a efectos de comunicaciones y demás

incidencias el teléfono de la Sede del Tribunal (91) 349 54 84 y

la dirección de correo electrónico "mjpetrementUoepm.es"

Séptimo.-Contra el presente acto, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer recurso Contencioso-Administrativo en

el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su

publicación, ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo,

de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998,

de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, o bien, con carácter potestativo, recurso de Reposición

ante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día

siguiente a su publicación, significándose que en este caso no

se podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo hasta que

sea resulto expresamente o se haya producido la desestimación

presunta del mismo, de conformidad con lo dispuesto en la

Ley30/1992, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13

de enero.

Lo que comunico a V.I., para su conocimiento y efectos.

Madrid, 24 de julio de 2003.-El Ministro, P.D. (Orden

30-11-2000, BOE 5-12), el Subsecretario, Tomás Pérez Franco.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Recursos Humanos del

Ministerio de Ciencia y Tecnología y Sr. Presidente del Tribunal.

ANEXO

Instancias opositores Escala de Titulados Superiores de

Organismos Autónomos del Ministerio de Ciencia y Tecnología

(especialidad de propiedad industrial)

Excluidos lista provisional

Solicitante DNIo pasaporte Causas

Barquilla Reina, Susana ................ 70.047.100-W D

Blanco Vallejo, Celia ................... - A

García Belmonte, Luis .................. 2.534.114-C E

López Martín, Alicia .................... 51.390.830-K B, C

Martín Rodríguez, María Belén .......... 1.923.265-M B

Palazón Fernández, Purificación ........ 52.818.389-Q E

A. No aporta fotocopia del DNI o pasaporte.

B. No especifica titulación.

C. No especifica la especialidad por la que opta dentro de

la rama técnica.

D. No abona derechos de examen o aporta documentos

originales o fotocopia compulsada a los efectos de la exención de

la tasa a que se refiere el Anexo IV de la convocatoria, en su

apartado a).

E. No abona derechos de examen o aporta certificación

suficiente a los efectos de la exención de la tasa a que se refiere

el Anexo IV de la convocatoria, en su apartado b), en lo relativo

a la condición de demandante de empleo con la totalidad de los

requisitos señalados.

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