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Documento BOE-A-2003-21245

Resolución de 5 de noviembre de 2003, de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, por la que se hace público el listado de aprobados definitivos en la fase de oposición del Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 21 de noviembre de 2003, páginas 41310 a 41310 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2003-21245

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 5 de mayo de 2003, del Ministerio del Interior,

se convocan pruebas selectivas para ingreso en el cuerpo

Facultativo de Sanidad Penitenciaria (Boletín Oficial del Estado" de 21

de mayo).

Una vez finalizada la fase de oposición y entregada por el

Presidente del Tribunal, copia certificada de las listas de aprobados,

esta Dirección General, en virtud de lo previsto en el artículo 22

del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba

el Reglamento General de Ingreso y en la base 7.1 de la

convocatoria, resuelve:

Primero: Hacer publica la relación de aprobados por orden

de puntuación en las pruebas selectivas para el ingreso en el cuerpo

Facultativo de Sanidad Penitenciaria, en la fase de oposición, que

se encontrarán expuestas en los tablones de anuncios de los

centros penitenciarios y en la Dirección General de Instituciones

Penitenciarias.

Segundo: En el plazo de veinte días naturales, a contar desde

el siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial del Estado",

los aspirantes aprobados deberán presentar en la Subdirección

General de Personal de Instituciones Penitenciarias, la

documentación acreditativa de los requisitos exigidos en la convocatoria,

base 2. Requisitos de los candidatos:

A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3

o certificación académica que acredite haber realizado todos los

estudios para la obtención del título.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá

presentarse la credencial de su homologación.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas.

C) Certificado médico oficial en el que se acredite no padecer

enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que

sea incompatible con el desempeño de las correspondientes

funciones.

D) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española,

deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar

sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su

estado el acceso a la función pública.

Los aspirantes extranjeros que no residan en España deberán

presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado

la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la hubiera

tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud de

participación.

Tercero: Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza

mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la

misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos

reseñados en el apartado anterior, no podrán ser nombrados

funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la

solicitud inicial.

Cuarto: La presente resolución, de conformidad con el artículo

116 de la Ley 30/1.992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, podrá

ser recurrida potestativamente ante el mismo órgano que lo ha

dictado, mediante la interposición de recurso de reposición en

la plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación,

o ser impugnada directamente ante la Audiencia Nacional,

pudiendo interponerse, en este caso, recurso contencioso-administrativo

en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de

su publicación.

Madrid, 5 de noviembre de 2003.-El Director general, Ángel

Yuste Castillejo.

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