Visto el expediente de indulto de don Leandro Villaverde García, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Audiencia Provincial, Sección número 2 de Valladolid, en sentencia de fecha 1 de agosto de 2002, como autor de un delito de estafa procesal en grado de tentativa, a la pena de seis meses de prisión y multa de 12 meses a satisfacer en cuotas diarias de 500 pesetas y de un delito de falsedad documento mercantil, a la pena de un año y nueve meses de prisión, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1998, a propuesta del Ministerio de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de noviembre de 2003,
Vengo en conmutar a don Leandro Villaverde García las penas privativas de libertad impuestas por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación de este real decreto.
Dado en Madrid, a 17 de noviembre de 2003.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
JOSÉ MARÍA MICHAVILA NÚÑEZ
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