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Documento BOE-A-2003-21724

Orden de 3 de octubre de 2003, de la Consejería de Cultura, por la que se resuelve incoar expediente para la declaración de Medellín como Bien de Interes Cultural con categoría de "Parque Arqueológico".

Publicado en:
«BOE» núm. 284, de 27 de noviembre de 2003, páginas 42390 a 42390 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-A-2003-21724

TEXTO ORIGINAL

En torno al cerro del Castillo de Medellín se desarrolló un dilatado proceso histórico ligado al paso del Guadiana y al control de las vegas altas de este río, que han dejado un buen número de elementos arqueológicos hoy susceptibles de recuperación para su consideración como área arqueológica visitable. De esta manera, la localidad de Medellín y su entorno reúnen el suficiente número de elementos materiales de naturaleza arqueológica para su consideración como «Parque Arqueológico», categoría de Bien de Interés Cultural recogida en el artículo 6, h) de la Ley 2/1999, Ley del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.

Gracias a las escavaciones arqueológicas hasta ahora realizadas, se sabe de la existencia de un poblado prehistórico correspondiente al Bronce final y a la Edad del Hierro que se extendió más allá de los límites del cerro del castillo. De igual manera la existencia de una necrópolis o cementerio de estas mismas etapas, considerado como «tartésico», a orillas del Guadiana, donde se han exhumado elementos de ajuar de notable importancia histórico-artística. De otra parte, Medellín se viene identificando con la antigua colonia romana de Metellinum, la primera ciudad fundada por los romanos en el actual territorio extremeño, quedando ruinas de este período como tramos de muralla y de un teatro en las laderas del cerro del castillo, solo parcialmente excavadas. De la época visigoda también se conocen vestigios arqueológicos como la tumba del Turuñulo y las investigaciones han señalado vestigios de fortificación islámica en el propio cerro del castillo. Otros elementos históricos susceptibles de estudio con metodología arqueológica, como el propio castillo, los restos del antiguo puente sobre el Guadiana, las iglesias de Santiago, S. Martín, Sta. Cecilia y Sta. María del Castillo, molinos y muros de contención completan un conjunto arqueológico que cubre un dilatado período ocupacional.

La importancia de algunos de estos elementos ya había sido reconocida con las declaraciones de Bien de Interés Cultural para el teatro romano, castillo, puente sobre el Guadiana e iglesia de S. Martín. Ahora lo que se pretende resaltar es el valor histórico del conjunto de elementos y su complementariedad, que permiten su consideración como «Parque Arqueológico».

Toda esta riqueza arqueológica otorga a Medellín una singular importancia en cuanto al contenido y significación de sus elementos histórico-arqueológicos, de manera que su preservación como legado histórico y patrimonial, su conocimiento y la entidad de los mismos como área de visita arqueológica aconsejan su declaración como Bien de Interés Cultural con categoría de «Parque Arqueológico».

Por todo ello, el Consejero de Cultura, en base a las atribuciones concedidas por el artículo 7.2 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, Ley del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, resuelve:

Reconocer y proteger como bien relevante del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura y, en consecuencia, incoar el correspondiente expediente para su declaración como Bien de Interés Cultural, con categoría de «Parque Arqueológico», el conjunto arqueológico de Medellín.

La presente resolución deberá ser remitida a los órganos asesores correspondientes previstos en el artículo 4 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, Ley del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, con el fin de que emitan el preceptivo informe, y al Diario Oficial de Extremadura, para su publicación y apertura del correspondiente plazo de información pública.

Mérida, 3 de octubre de 2003.–El Consejero, Francisco Muñoz Ramírez.

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