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Documento BOE-A-2003-22942

Resolución de 25 de noviembre de 2003, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se da publicidad al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología y la Ciudad de Ceuta para la realización del proyecto de ciudad digital en Ceuta.

Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 15 de diciembre de 2003, páginas 44552 a 44558 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia y Tecnología
Referencia:
BOE-A-2003-22942

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología y la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta para la realización del proyecto de Ciudad Digital en Ceuta, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación del citado Convenio, que figura como Anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 25 de noviembre de 2003.‒El Secretario de Estado, Carlos López Blanco.

ANEXO
Convenio de colaboración entre el Ministerio de Ciencia y Tecnología y la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta para la realización del proyecto de ciudad digital en Ceuta

En Madrid, a 20 de octubre de 2003.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Juan Costa Climent, Ministro de Ciencia y Tecnología, nombrado para dicho cargo por Real Decreto 1122/2003, de 3 de septiembre y actuando en el ejercicio de las facultades que tiene atribuidas por la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra, el Excmo. Sr. D. Juan Jesús Vivas Lara, Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en la representación que ostenta en virtud del artículo 14 de la Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, que desarrolla el Estatuto de Autonomía; siendo al propio tiempo Presidente del Consejo de Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

Actuando ambas partes en la respectiva representación que ostentan y reconociéndose recíprocamente la capacidad legal necesaria para el otorgamiento del presente documento,

EXPONEN

1. La Administración General del Estado en el ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 149.1.21 de la Constitución en materia de telecomunicaciones y de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 11/1998, de 24 de abril, General de Telecomunicaciones, tiene como función elaborar y difundir programas de utilización de los nuevos servicios de telecomunicaciones para la sociedad de la información que contribuyan a la creación de mejores condiciones para el desarrollo económico, social y cultural.

2. La iniciativa e-Europe, aprobada por el Consejo Extraordinario de la Unión Europea, celebrado en marzo de 2000 en Lisboa, y su Plan de Acción «e-Europe 2005» aprobado en junio de 2002, contemplan la difusión y acercamiento de la sociedad de la información a los ciudadanos, entre sus líneas de acción prioritarias.

3. El Ministerio de Ciencia y Tecnología ha puesto en marcha el Programa de Ciudades Digitales como un programa de telecomunicaciones cuyo objetivo es la promoción e implantación de la sociedad de la información, en un entorno local, incluyendo temas tales como la teleadministración, comercio/negocio electrónico, teletrabajo, teleformación, telemedicina, gestión de servicios de uso público, aplicaciones para colectivos con requerimientos especiales, cultura, turismo y ocio, entorno doméstico y móvil, etc. Todo ello basado en redes de telecomunicaciones de alta velocidad.

4. Este Programa a su vez, forma parte, en cuanto a las actuaciones que se realizarán en las Comunidades Autónomas objetivo 1, del Programa Operativo para la Sociedad de la Información, dentro del Programa FEDER de la Unión Europea, que se desarrolla durante el período 2000-2006, de acuerdo con las disposiciones establecidas en la gestión de los Fondos Estructurales Europeos. Dado que la Ciudad Autónoma de Ceuta es zona de objetivo 1, el Ministerio de Ciencia y Tecnología tendrá como retorno en el Programa FEDER, el 50 % de la aportación a este Proyecto.

5. El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta es consciente del reto que supone la incorporación efectiva a la Sociedad de la Información y, en este sentido, ha propiciado el establecimiento de un marco político de consenso para favorecer el desarrollo de una iniciativa estratégica que favorezca la consecución de estos objetivos de una forma rápida y eficaz.

6. Este convenio fue aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión del 26 de septiembre de 2003 a propuesta el Ministerio de Ciencia y Tecnología.

El gasto derivado del mismo, al ser de carácter plurianual ha obtenido la preceptiva autorización del Consejo de Ministros, tal y como dispone el artículo 74.4 del Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria.

7. El Presidente de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Ceuta aprobó el Plan para el desarrollo de la Sociedad de la Información en la Ciudad de Ceuta (Modelo de Ciudad Digital 2003-2006), y facultó al Consejero de la Presidencia y Gobernación para realizar cuantas acciones fueren necesarias para la ejecución del citado Plan.

8. El Ministerio de Ciencia y Tecnología y el Gobierno de Ceuta, consideran de interés la colaboración entre la Administración General del Estado y la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta en este tipo de experiencias.

Por todo ello, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El presente Convenio tiene por objeto plasmar las condiciones con arreglo alas cuales se llevará a cabo la colaboración entre la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Ciencia y Tecnología, y la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta, a través de la Consejería de Presidencia y Gobernación, para la realización del Proyecto de Ciudad Digital en el término municipal de Ceuta, con el fin de promover e impulsar la implantación de la sociedad de la información en dicha ciudad con los incentivos previstos en este programa de telecomunicaciones. Es fundamental conseguir un efecto de demostración que pueda servir para inducir, propiciar y orientar otras iniciativas en el resto de la Ciudad de Ceuta y de España, y que los ciudadanos, empresas e instituciones se beneficien de la aplicación de las nuevas tecnologías en todos los ámbitos sociales y económicos, comprobando en una situación real las ventajas de la sociedad de la información, mediante la utilización de servicios avanzados de telecomunicaciones.

Los destinatarios de este Proyecto son todos los habitantes, empresas e instituciones de Ceuta.

Segunda. Convenios y acuerdos sobre aportaciones al Proyecto.

La Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta formalizará los compromisos de participación de las Cajas de Ahorros y Cooperativas de Crédito, así como de la empresa de telecomunicación Telefónica España, en la medida que sea necesaria para la realización de este Proyecto, objeto de este Convenio.

La Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta enviará una copia del Convenio y de los documentos sobre dichos compromisos a la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Tercera. Ente que llevará a cabo la Dirección del Proyecto.

El Ente encargado de la dirección del Proyecto será la Consejería de Presidencia y Gobernación, a través de la Unidad Técnica del Centro de Proceso de Datos, que podrá contar con los servicios de consultoría y asistencia técnica que considere necesarios. Dicha Consejería designará al Jefe de la Unidad Técnica de Proceso de Datos como Director del Proyecto. Este Director del Proyecto emitirá un informe técnico y económico cada dos meses sobre la evolución, perspectivas y grado de cumplimiento de los objetivos del Proyecto.

Los gastos de consultoría, asistencia técnica u otros gastos correspondientes a la gestión del Proyecto serán imputables al mismo. No serán imputables al Proyecto los gastos de personal, viajes, etc., realizados, a estos efectos, por las Administraciones Públicas.

Los gastos de preparación del Proyecto realizados entre el 21 de marzo de 2002 (fecha en que fueron entregados el documento base y el convenio tipo del Programa de Ciudades Digitales a los representantes de las Administraciones de las Comunidades Autónomas y Ciudades Autónomas), y la fecha de entrada en vigor del convenio, serán imputables al Proyecto. No serán imputables los gastos de personal, viajes, etc., realizados, a estos efectos, por las Administraciones Públicas.

Cuarta. Contratos, convenios y otros acuerdos para la ejecución del Proyecto.

La Ciudad Autónoma de Ceuta establecerá los contratos, convenios, acuerdos, etc., necesarios para la ejecución del Proyecto objeto de este Convenio.

Quinta. Presupuesto del Proyecto y aportaciones de las entidades participantes.

El presupuesto del Proyecto es de cuatro millones trescientos cincuenta y cuatro mil euros (4.354.000 €).

Las aportaciones por años, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, y de la Ciudad Autónoma de Ceuta, son las siguientes (en miles de euros), para el conjunto de actuaciones descritas en la cláusula sexta:

Aportaciones Año 2003 Año 2004 Año 2005 Año 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. 451 361 345 345 1.502
Ciudad Autónoma de Ceuta. 601 1.040 751 460 2.852
Total Administraciones Públicas. 1.052 1.401 1096 805 4.354

El Ministerio de Ciencia y Tecnología transferirá a la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta los fondos con cargo a la partida presupuestaria del Capítulo 7 de los Presupuestos Generales del Estado 20.14.521B.751.

La Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta realizará su aportación con cargo a la partida presupuestaria 628.00.121.1.002 del presupuesto del año 2003, aplicable al primer año del presente Convenio.

El compromiso del conjunto de transferencias y pagos por parte del Ministerio de Ciencia y Tecnología estará condicionado a la justificación de las aportaciones, y de las actividades, gastos y pagos previstos en este

Convenio, por parte de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta. Las posibles aportaciones de otras entidades no supondrán compromiso a los efectos indicados anteriormente, de transferencia y pago por parte del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

El Ministerio de Ciencia y Tecnología realizará un pago inicial a la firma de este Convenio de cuatrocientos cincuenta mil seiscientos euros (450.600 €), que corresponde al 30 % de su aportación total.

Las aportaciones anuales del Ministerio de Ciencia y Tecnología se harán de acuerdo con los importes indicados para cada actuación en la cláusula sexta. Estas transferencias anuales se gestionarán, en general, a principios de cada año, salvo la transferencia inicial del año 2003.

La Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta enviará cada dos meses a la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información del Ministerio de Ciencia y Tecnología, un certificado con la relación de los certificados y justificantes de gastos y pagos emitidos los dos últimos meses, correspondientes a las actuaciones financiadas por las Administraciones Públicas. Su suma total anual será la indicada en la cláusula sexta.

Entre otras finalidades, con ello se podrá cumplir con lo establecido en la Resolución de marzo de 2002 de la Dirección General de Fondos Comunitarios y Financiación Territorial (B.O.E. n.° 77, de 30.3.2002).

En el caso de que las actuaciones con aportación de las Administraciones Públicas se realizarán parcialmente o con un coste inferior al previsto, las aportaciones económicas totales de cada Administración Pública se reducirán proporcionalmente a las indicadas en este Convenio.

Al final del Proyecto se realizará la liquidación sobre las bases anteriores, teniendo en cuenta las modificaciones que apruebe la Comisión Mixta de Control y Seguimiento.

Sexta. Contenido del Proyecto.

Se consideran incluidas en el Proyecto todas las actuaciones financiadas por todas las entidades públicas y, en su caso, por posibles entidades privadas. El conjunto de las actuaciones constituyen el Proyecto, objeto de este Convenio.

Podrán incluirse como gastos imputables al Proyecto los costes de adquisición de equipos, programas y sistemas electrónicos, informáticos y de telecomunicaciones, así como el material fungible, y los costes de los servicios de telecomunicaciones correspondientes al Proyecto.

No se podrán incluir como gastos imputables al Proyecto los costes de compra o edificación de inmuebles, adecuación, restauración, reformas, etc., el alquiler de los mismos, los costes de mobiliario, enseres e instalaciones (excepto las de telecomunicaciones), ni los gastos generales de mantenimiento y de operación (limpieza, electricidad, etc.).

Adicionalmente a las aportaciones indicadas anteriormente, la Ciudad Autónoma de Ceuta podrá realizar otras inversiones para el acondicionamiento de los locales y oficinas donde se ubicará el personal técnico de los equipos de desarrollo de los sistemas de información asociados a la Ciudad Digital.

Las actuaciones son las siguientes, con sus aportaciones y pagos anuales:

Actuación n.° 1. Diseño del modelo de la Ciudad Digital de Ceuta.

1. Descripción. La actuación tendrá como resultado el diseño del Modelo de la Ciudad Digital de Ceuta 2003-2006, dicho estudio será dirigido por la Consejería de Presidencia y Gobernación con la participación de la Unidad Técnica del Centro de Proceso de Datos, contando con la colaboración de una empresa de consultoría especializada en el diseño de planes para el desarrollo de la Sociedad de la Información. También se incluye el estudio a realizar para aplicar la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPD) a los contenidos y bases de datos que se deriven del desarrollo de los Portales de la Ciudad Digital.

2. Aportaciones (en miles de euros):

Entidades 2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. Ciudad Autónoma de Ceuta. 34   30   64

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta (en miles de euros):

2003 2004 2005 2006 2007 Total
34   30     64

4. Forma de ejecución: Por concurso público, procedimiento negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

Actuación n.° 2. Plataforma tecnológica H/S de la Ciudad Digital.

1. Descripción. La actuación tendrá por finalidad la adquisición e instalación de la plataforma tecnológica H/S de la Ciudad Digital. Dicha plataforma ha sido configurada para soportar la explotación de los Portales en Internet, incluye los componentes hardware, las licencias del software, y los gastos de mantenimiento de equipos y software durante la duración del Proyecto.

2. Aportaciones (en miles de euros):

Entidades 2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. Ciudad Autónoma de Ceuta.   660 98 145 903

a) Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta (en miles de euros):

2003 2004 2005 2006 2007 Total
  660 98 145   903

3. Forma de ejecución: Por concurso público, procedimiento negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

Actuación n.° 3. Mejoras en la infraestructura de la red de telecomunicaciones de la Ciudad de Ceuta.

1. Descripción. A efectos de garantizar la calidad de los servicios electrónicos que se ofrezcan a los ciudadanos y empresas, a través de los distintos Portales en Internet, se han identificado una serie de mejoras en la infraestructura de la red de telecomunicaciones de la Ciudad para lograr la máxima cobertura de acceso a la Sociedad de la Información a todos los ciudadanos de Ceuta, haciendo mayor hincapié en las mejoras a realizar en las coberturas de telecomunicaciones para zonas urbanas de colectivos más desfavorecidos.

En esta línea se enmarcan las siguientes actuaciones:

Dotar de cobertura ADSL a la central de Benzú.

Ampliar el servicio GigADSL de la red corporativa de la Ciudad de Ceuta en unos 50 puntos.

2. Aportaciones (en miles de euros):

Entidades 2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. Ciudad Autónoma de Ceuta.   36 35 197 268

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta (en miles de euros):

2003 2004 2005 2006 2007 Total
  36 35 197   268

4. Forma de ejecución: Por concurso público, procedimiento negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

Actuación n.° 4. Servicio Olx-CRM Centro de Atención Ciudadana.

1. Descripción. Uno de los componentes clave para garantizar la calidad de los servicios electrónicos de la Ciudad Digital, lo constituye la necesidad de ofrecer a los ciudadanos un medio de contacto directo y permanente con la administración para dar respuesta inmediata a sus dudas o problemas en el acceso a los Portales en Internet, y en la utilización de los servicios electrónicos que se ofrezcan en los mismos.

Por dicho motivo la administración de Ceuta pondrá en servicio un teléfono de contacto Olx, correspondiente al Centro de Atención Ciudadana. Dicho Centro será atendido por personal especializado, y contará con los medios y herramientas necesarias para poder atender a los ciudadanos usuarios de los servicios electrónicos de la administración pública, y otros servicios que pudieran ofrecerse en los distintos Portales: de comercio electrónico, de teleformación, de turismo, etc., y en la problemática derivada del acceso a Internet.

El Centro sería punto de comunicación de la administración con los ciudadanos y empresas, pieza angular de un proyecto de administración electrónica. Actuaría dando soporte y ayuda a los navegantes de Internet usuarios de los servicios públicos.

2. Aportaciones (en miles de euros):

Entidades 2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. Ciudad Autónoma de Ceuta. 142 111 59 64 376

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta (en miles de euros):

2003 2004 2005 2006 2007 Total
142 m 59 64   376

4. Forma de ejecución: Por concurso público, procedimiento negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

Actuación n.° 5. Plataforma tecnológica de teleformación.

1. Descripción. A efectos de potenciar el desarrollo de la Sociedad de la Información, se considera factor clave la formación y sensibilización del ciudadano en el uso de las nuevas tecnología en Internet. Esta actuación tiene por objetivo el ofrecer servicios de teleformación, a través de Internet, dirigidos a ciudadanos, empresas y personal de la administración pública.

La Ciudad Autónoma de Ceuta, pondrá esta plataforma a disposición del sector de la educación (pública y privada), y promocionará la impartición de cursos de formación sobre las nuevas tecnologías de la información y el uso de Internet, y otros temas formativos de interés público. Los servicios de teleformación podrán utilizarse en los distintos portales de la Ciudad Digital, en función de los fines que de cada uno de ellos se establezcan.

2. Aportaciones (en miles de euros):

Entidades 2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. Ciudad Autónoma de Ceuta     96 95 191

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta (en miles de euros):

2003 2004 2005 2006 2007 Total
    96 95   191

4. Forma de ejecución: Por concurso público, procedimiento negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

Actuación n.° 6. Personal subcontratado de apoyo al desarrollo de los sistemas.

1. Descripción. Consecuencia de la complejidad del desarrollo del Proyecto de la Ciudad Digital, y de lo ajustado de los plazos para realizar su implantación, se considera necesario reforzar la actual estructura de personal de la Unidad Técnica del Centro de Proceso de Datos (CPD) de la administración de Ceuta, incorporando personal técnico de apoyo al desarrollo de los sistemas de información, de tal manera que el CPD pueda cumplir con el doble objetivo de garantizar los actuales niveles de servicio, y de participar activamente en el desarrollo de los nuevos sistemas junto con las empresas adjudicatarias del desarrollo de los Por tales. Esta participación garantiza al CPD la futura evolución funcional y el mantenimiento de los servicios electrónicos de los Portales.

En esta actuación se incluyen los costes del equipamiento informático (PC’s) y herramientas de trabajo de los técnicos de apoyo al desarrollo, los costes para formar al personal subcontratado en dichas herramientas, y los costes del personal de apoyo al Centro de Atención Ciudadana, en su fase de puesta en marcha y operación durante la duración del Proyecto.

También están incluidos los costes de renovación de los PC’s del personal de la Ciudad Autónoma de Ceuta, implicado en la tramitación y soporte de los servicios electrónicos.

2. Aportaciones (en miles de euros):

Entidades 2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. Ciudad Autónoma de Ceuta. 142 241 202 50 635

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta (en miles de euros):

2003 2004 2005 2006 2007 Total
142 121 121 151 100 635

4. Forma de ejecución: Por concurso público, procedimiento negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

Actuación n.° 7. Oficina de Proyecto para el desarrollo de la Ciudad Digital.

1. Descripción. La Oficina de Proyecto será el órgano responsable de la planificación ejecución, control y gestión de los proyectos que desarrollan las actuaciones, su objetivo será cumplir con los objetivos, plazos y presupuestos del Proyecto. El director de la Oficina de Proyectos será el Jefe de la Unidad Técnica del Centro de Proceso de Datos de la Ciudad de Ceuta, y contará con la colaboración de los responsables de las distintas empresas adjudicatarias de las actuaciones. La estructura operativa estará formada por las siguientes áreas:

Control y Seguimiento de Desarrollo de los Proyectos.

El diseño y ejecución de los Planes de Comunicación interna y externa.

El Control y Seguimiento de los distintos proyectos de desarrollo de software y de implantación de los sistemas, será realizado por personal técnico de la Unidad Técnica del Centro de Proceso de Datos. Cada empresa suministradora gestionará sus proyectos, y reportará su planificación, avances y desviaciones a este órgano de gestión.

La finalidad de los Planes de Comunicación Interna/Externa, será informar a los organismos y departamentos de la Administración del Gobierno de Ceuta de los avances de las actuaciones y del proceso de implantación de los Portales de la Ciudad Digital. También se informará a otros organismos o entidades públicas o privadas participantes y colaboradores en los servicios.

2. Aportaciones (en miles de euros):

Entidades 2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. Ciudad Autónoma de Ceuta 19 68 26   113

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta (en miles de euros):

2003 2004 2005 2006 2007 Total
19 68 26     113

4. Forma de ejecución: Por concurso público, procedimiento negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

Actuación n.° 8. Gestión del Cambio.

1. Descripción. La Gestión del Cambio tiene por finalidad la identificación de los cambios funcionales y operativos derivados por la implantación de los nuevos servicios electrónicos por Internet. Se documentarán los nuevos procedimientos operativos, y se identificarán las necesidades de formación y entrenamiento del personal implicado en la tramitación de dichos servicios electrónicos.

2. Aportaciones (en miles de euros):

Entidades 2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. Ciudad Autónoma de Ceuta.   38 66   104

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta (en miles de euros):

2003 2004 2005 2006 2007 Total
  38 66     104

4. Forma de ejecución: Por concurso público, procedimiento negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

Actuación n.° 9. Campañas de marketing

1. Descripción. Las campañas de marketing tendrán como objetivo informar a los ciudadanos y empresas de los servicios y contenidos que vayan incorporándose a los Portales de la Ciudad Digital, y para incentivar su utilización.

Por su incidencia en la mejora de los servicios públicos de la administración, tendrá especial interés las campañas del lanzamiento del Portal de la Administración Electrónica, cuya finalidad será informar a los ciudadanos y empresas de la Carta de Servicios de las distintas Consejerías, y de los servicios que puedan solicitarse por medios electrónicos.

Otro de los objetivos de estas campañas será informar sobre el lanzamiento del resto de Portales. Especial atención supondrá el lanzamiento de los servicios de los Portales del sector empresarial y del sector turístico.

Están incluidos en los presupuestos de esta actuación, los costes de subvención de 500 equipos ADSL’s para potenciar la conexión a Internet de empresas y ciudadanos.

2. Aportaciones (en miles de euros):

Entidades 2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. Ciudad Autónoma de Ceuta. 89 64 135 100 388

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta (en miles de euros):

2003 2004 2005 2006 2007 Total
89 64 68 67 100 388

4. Forma de ejecución: Por concurso público, procedimiento negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

Actuación n.° 10. Portal de la Administración Electrónica.

1. Descripción. La finalidad es agilizar los procedimientos administrativos y mejorar los servicios públicos que actualmente se prestan tanto al ciudadano como a las empresas. Dicho fin se conseguirá acercando la administración a los ciudadanos y mejorando la calidad de sus servicios por medio de las nuevas tecnologías de la información y las telecomunicaciones por Internet.

En el desarrollo de este Portal se incluyen los desarrollos correspondientes a la implantación del certificado digital y el control de la firma electrónica. También están incluidos los gastos del contrato con la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre para obtener dichos certificados.

2. Aportaciones (en miles de euros):

Entidades 2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. Ciudad Autónoma de Ceuta. 129 175 95 87 486

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta (en miles de euros):

2003 2004 2005 2006 2007 Total
129 175 95 87   486

4. Forma de ejecución: Por concurso público, procedimiento negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

Actuación n.° 11. Portal Información de la Ciudad.

1. Descripción. La finalidad es la difusión interna y externa de la imagen de modernidad de la Ciudad de Ceuta, divulgando su actividad cultural y social. Los contenidos recogerán información de la Ciudad, principalmente eventos de su actividad cultural y vida urbana, los actos sociales más destacados; su topografía urbana y callejero; las vistas de los monumentos de su patrimonio histórico y cultural; la actividad ciudadana en calles y plazas principales. Su Portal en Internet será un escaparate en directo de la actividad de la Ciudad.

Sus contenidos van dirigidos principalmente a los ciudadanos residentes en Ceuta, pero también serán de interés para visitantes y turistas, los cuales podrán visualizarlos a través del Portal de Turismo.

2. Aportaciones (en miles de euros):

Entidades 2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. Ciudad Autónoma de Ceuta. 110 173 2 2 287

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta (en miles de euros):

2003 2004 2005 2006 2007 Total
110 173 2 2   287

4. Forma de ejecución: Por concurso público, procedimiento negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

Actuación n.° 12. Portal de Empresas (comercio electrónico).

1. Descripción. Esta actuación está orientada a la mejora de la competitividad del tejido empresarial local a través del uso de Internet y la aplicación de las nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones. La finalidad principal será potenciar la actividad económica de las empresas radicadas en el termino geográfico de la Autonomía de Ceuta.

Con dicho objetivo la administración creará un Portal especifico para el sector empresarial de Ceuta, diseñado con las características de un MarketPlace, donde se pondrá a disposición de los empresarios un conjunto de herramientas para incorporar el canal Internet a sus procesos comerciales; como pueden ser facilidades a las Pymes para publicar en Internet sus catálogos de productos y servicios, incorporar pasarelas de pago virtuales para las transacciones comerciales, facilidades a las tiendas y comercios para incorporar en la red sus áreas de actividad (galería comercial, escaparates, etc.).

Este Portal estará integrado con el Portal de la Administración Electrónica, en cuanto que en el se incluirán los servicios de la administración a los empresarios, con la finalidad de agilizar los tramites en la relación empresa - administración, sería la «ventanilla única» de la administración para el sector empresarial de Ceuta.

2. Aportaciones (en miles de euros):

Entidades 2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. Ciudad Autónoma de Ceuta. 61 70 36   167

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta (en miles de euros):

2003 2004 2005 2006 2007 Total
61 70 36     167

4. Forma de ejecución: Por concurso público, procedimiento negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

Actuación n.° 13. Portal de Turismo.

1. Descripción. Esta iniciativa tendrá por misión incentivar y potenciar el turismo en Ceuta, y como consecuencia actuar como elemento dinamizador de la actividad empresarial de dicho sector, contando con el valor diferencial de su patrimonio histórico y cultural, y su posición geográfica.

Dicha actuación cumple con la decisión estratégica tomada por los órganos de Gobierno de la Autonomía de potenciar el turismo en Ceuta. La administración de Ceuta facilitará a los agentes de turismo los medios para utilizar el canal de Internet, proporcionando un espacio en el que la demanda y la oferta se encuentren de forma fácil, espacio materializado en una plataforma de encuentro (a través de servicios del Portal en Internet), donde podrán participar todos los agentes de la cadena de valor del negocio turístico.

2. Aportaciones (en miles de euros):

Entidades 2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. Ciudad Autónoma de Ceuta. 45 56 79   180

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta (en miles de euros):

2003 2004 2005 2006 2007 Total
45 56 79     180

4. Forma de ejecución: Por concurso público, procedimiento negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

Actuación n.° 14. Portal de Comunidades Virtuales.

1. Descripción. Por su importancia a efectos de progresar hacia la Sociedad de la Información, y en línea con los fines del Ministerio de Ciencia y Tecnología, se considera factor clave la formación y sensibilización del ciudadano en el uso de las nuevas tecnologías en Internet. En este sentido el Portal tiene por finalidad incentivar y potenciar la participación de las comunidades de intereses y la formación de los ciudadanos en el uso de Internet. La Administración facilitará los medios para desarrollar y potenciar el uso de Internet a los colectivos sociales de Ceuta.

El concepto de comunidad virtual en Internet es el de un área de interés común donde se ponen en contacto un número indeterminado de ciudadanos para intercambiar información. Con esto se consigue aglutinar, integrar y encauzar las comunicaciones de usuarios a través de espacios informáticos donde poder compartir experiencias, conocimientos, aficiones, intereses o ideas relacionadas con una temática concreta.

Bajo esta idea de comunidad virtual en Internet se engloban varios servicios orientados a favorecer la participación de los ciudadanos y su interrelación. A titulo de ejemplo se relacionan alguno de los servicios que se ofrecerían en este Portal:

Páginas web de colectivos: las asociaciones culturales, asociaciones deportivas, asociaciones de consumidores y asociaciones de vecinos, etc.

Tablón de anuncios, agenda de eventos y actividades.

Correo electrónico.

Foros, chats.

Teleformación.

El Portal de comunidades virtuales, se considera el entorno más adecuado para implantar una plataforma de teleformación que ofrezca a los residentes en la Ciudad Autónoma de Ceuta servicios de formación en la red. Dicha plataforma, se pondrá a disposición del sector de la educación (pública y privada) para promocionar cursos de formación con materias y contenidos sobre Internet, y otros de interés público que pudieran surgir en el futuro.

2. Aportaciones (en miles de euros):

Entidades 2003 2004 2005 2006 Total
Ministerio de Ciencia y Tecnología. Ciudad Autónoma de Ceuta. 86 30 79   195

3. Importe de los pagos que se justificarán por parte de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta (en miles de euros):

2003 2004 2005 2006 2007 Total
86 30 79     195

4. Forma de ejecución: Por concurso público, procedimiento negociado o restringido, o por convenio de colaboración cuando proceda.

Resumen presupuestos del proyecto y aportaciones de las entidades participantes, por actuaciones

(Importes en miles de euros)

Número Actuaciones

Total

Presup.

MCyT

Prog,

Ciudad

Digital

Ciudad

Autón.

Ceuta

Otras

fuentes

1 Diseño del Modelo de la Ciudad Digital de Ceuta. 64   64  
2 Plataformas tecnológica H/S de la Ciudad de Ceuta. 903   903  
3 Mejoras en la infraestructura de red de telecomunicaciones de la ciudad. 268   268  
4 Servicio Olx. CRM-Centro de Atención Ciudadana. 376 376    
5 Plataforma de teleformación vía Internet. 191   191  
6 Personal subcontratado de apoyo al desarrollo de sistemas de la Ciudad Digital. 635 635    
7 Oficina del Programa, incluye Planes de Comunicación. 113   113  
8 Gestión del Cambio. 104 104    
9 Campañas de marketing y promoción de la Ciudad Digital. 388 388    
10 Desarrollo del Portal de la administración electrónica (incluye implantación certificados digitales y firma electrónica). 486   486  
11 Desarrollo del Portal del modelo Información de la Ciudad. 287   287  
12 Desarrollo del Portal del modelo del sector empresarial. 167   167  
13 Desarrollo del Portal del modelo del sector turístico. 180   180  
14 Desarrollo del Portal del modelo de Comunidades Virtuales. 195   195  
  Total presupuestos 4.357 1.503 2.854  

Se considera que las actuaciones más relevantes serán las correspondientes al desarrollo del Portal de la Administración Electrónica (actuación n.° 10) y las correspondientes al desarrollo del Portal de Empresas y Turismo (actuaciones n.° 12 y n.° 13), en las cuales se hará un esfuerzo especial con objeto de que se alcancen resultados sobresalientes y constituyan una referencia importante para su difusión como proyectos demostradores.

Se considera muy importante que las actuaciones tengan el mayor grado posible de innovación, y que las soluciones que se adopten sean competitivas en el mercado internacional.

Las actuaciones correspondientes al sector privado deberán basarse, en general, en planteamientos que en el futuro sean viables sin aportaciones de las Administraciones Públicas.

Séptima. Información, documentación y revisión de las actividades.

La Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, podrá requerir en determinadas actuaciones del Proyecto y en cualquiera de las fases del mismo (puesta en marcha, definición del pliego de especificaciones, convocatoria de concurso, adjudicaciones, contrataciones, convenios, acuerdos, seguimiento y recepción de obra, etc.) toda la información y documentación elaborada sobre el tema, así como la revisión de las actividades previstas o en ejecución relacionadas con el mismo.

La Ciudad Autónoma de Ceuta suministrará la información y documentación indicada y proporcionará cuanto sea necesario para la revisión de dichas actividades.

En el caso de que la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información emita un informe previo a las actividades relacionadas con una determinada actuación, la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta analizará la viabilidad y conveniencia de proceder de acuerdo con el contenido del informe. Si la administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta considera que no es conveniente proceder según el contenido del informe de la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, lo comunicará a dicha Dirección General antes de llevar a cabo estas actividades, con objeto de llegar a un acuerdo sobre dicho tema.

La administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta enviará al Ministerio de Ciencia y Tecnología toda la documentación requerida por la Intervención General del Estado, el Tribunal de Cuentas, el Congreso, el Senado, la Comisión de la Unión Europea, o cualquier otro organismo competente, y proporcionará cuanto sea necesario para la revisión de las actividades relacionadas con la misma.

Cuando se produzca algún hecho de consideración que pueda afectar al cumplimiento del calendario de las aportaciones o a la ejecución prevista del Proyecto, la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta lo comunicará a la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información del Ministerio de Ciencia y Tecnología, para su análisis en la Comisión Mixta de Control y Seguimiento.

Octava. Disponibilidad del contenido de este Convenio y de los resultados del Proyecto como demostradores, para su difusión.

El contenido de este Convenio podrá ser utilizado por la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información del Ministerio de Ciencia y Tecnología para otras iniciativas, proyectos y convenios del Programa de Ciudades Digitales.

La administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta se compromete a poner a disposición de las personas y entidades interesadas, las realizaciones y resultados conseguidos por el Proyecto, dado el objetivo básico de alcanzar la máxima difusión de dichas realizaciones y resultados.

Novena. Participación en el foro de ciudades digitales.

Una vez constituido el foro de ciudades digitales para el intercambio de información, conocimientos y experiencias, la administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta designará la representación que considere conveniente para su participación en dicho foro.

Décima. Notificación a la Comisión de la Unión Europea.

La administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta tramitará, en su caso, las notificaciones o autorizaciones que procedan ante la Comisión de la Unión Europea, en cumplimiento de lo previsto en el Tratado de la CE y, en particular, en los artículos 87 y 88 de dicho Tratado.

Undécima. Referencia al Ministerio de Ciencia y Tecnología y a la Comisión de la Unión Europea.

La administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta citará al Ministerio de Ciencia y Tecnología y a la Comisión de la Unión Europea (Programa FEDER), como Administraciones que han cofinanciado este Proyecto, en todas las referencias alas actividades y resultados del mismo.

Esto supondrá una referencia a la cofinanciación de la Unión Europea, al contenido de las actuaciones conjuntas y al papel de la Unión Europea en la aplicación de sus fondos.

Duodécima. Comisión Mixta de Control y Seguimiento.

Con el fin de asegurar un adecuado control y seguimiento del objeto y contenido del presente Convenio, su ejecución y financiación, se establece una Comisión Mixta de Control y Seguimiento cuyas funciones serán:

a) Realizar la supervisión y seguimiento de los trabajos y acciones contemplados en el presente Convenio, y su financiación.

b) Interpretar el contenido del presente Convenio y su aplicación.

c) Cualesquiera otras que se encaminen al cumplimiento de este Convenio o a su desarrollo, conforme a los intereses de las partes.

La Comisión Mixta de Control y Seguimiento estará compuesta por los siguientes miembros:

El Director General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnología, que presidirá la Comisión.

Un representante de la Dirección General para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, del Ministerio de Ciencia y Tecnología.

Un representante de la Delegación del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Ceuta.

Tres representantes de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

Se considera conveniente la asistencia, en calidad de invitados, de representantes de otras entidades participantes, en su caso.

El Secretario de la Comisión Mixta, con voz pero sin voto, será un representante de la Administración de la Ciudad Autónoma de Ceuta.

La Comisión Mixta de Control y Seguimiento se reunirá con la periodicidad que la misma determine y, como mínimo, dos veces al año.

La Comisión Mixta de Control y Seguimiento aprobará, en su caso, aquellas modificaciones del Proyecto que se planteen en su ejecución. En ningún caso estas modificaciones supondrán la variación del importe de la aportación total del Ministerio de Ciencia y Tecnología expresada en el presente Convenio.

Decimotercera. Entrada en vigor y duración.

El presente Convenio comenzará a producir efectos a partir de la fecha de su firma y tendrá una vigencia de cuatro años, con la salvedad incluida en la cláusula tercera sobre gastos de preparación del Proyecto.

En el caso de que se considere conveniente, se valorará, en su momento, la posibilidad de prorrogar el mismo de mutuo acuerdo.

La decisión de prórroga se adoptará con una antelación mínima de tres meses sobre la fecha de finalización de la vigencia del Convenio, y por un período máximo de dos años.

Decimocuarta. Régimen jurídico y cuestiones litigiosas.

El presente Convenio de colaboración es de carácter administrativo y se considera incluido en el artículo 3.1.c) del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por lo que queda fuera del ámbito de su aplicación, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de dicho Real Decreto Legislativo para resolver sus dudas y lagunas que pudieran presentarse y se regirá por sus propias cláusulas y, supletoriamente, por las normas generales del Derecho Administrativo.

La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio, deberán solventarse de mutuo acuerdo entre las partes, a través de la Comisión Mixta de Control y Seguimiento.

Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, las posibles controversias deberán ser resueltas, tal y como se dispone en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Decimoquinta. Causas de resolución y efectos de la misma.

El presente Convenio podrá resolverse por mutuo acuerdo de las partes firmantes o por decisión unilateral cuando existan causas excepcionales y justificadas que obstaculicen o impidan el cumplimiento de las estipulaciones que constituyen su contenido, previa denuncia en forma fehaciente con un plazo de un mes.

En el supuesto de extinción del Convenio por las causas indicadas anteriormente u otras causas distintas a la expiración del plazo de vigencia, se procederá a la liquidación económica y administrativa de las obligaciones contraídas hasta ese momento sobre las bases indicadas en la cláusula quinta.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente Convenio, por duplicado en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.‒El Ministro de Ciencia y Tecnología, Juan Costa Climent.‒El Presidente de la Ciudad Autónoma de Ceuta, Juan Jesús Vivas Lara.

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