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Documento BOE-A-2003-2855

Resolución de 25 de enero de 2003, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se resuelve el programa de becas V.B. "Becas de cooperación lingüística hispánica" de la convocatoria de becas MAE-AECI curso 2003-2004.

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12 de febrero de 2003, páginas 5673 a 5673 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-2003-2855

TEXTO ORIGINAL

En virtud de lo dispuesto en el punto 1 del apartado cuarto de la Orden de 26 de marzo de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 10 de abril), modificada por la Orden de 21 de enero de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de febrero), en la que se establecen las bases para la concesión de becas y ayudas de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) y la publicación de otras convocatorias específicas para ayudas de formación, investigación, promoción cultural, científica o de intercambio; el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, y la Resolución de 22 de noviembre de 2002 («Boletín Oficial del Estado» de 11 de diciembre), por la que se aprueba la convocatoria de «Becas MAE-AECI» del Ministerio de Asuntos Exteriores para ciudadanos extranjeros y españoles para 2003-2004, a propuesta de la Comisión de Evaluación reunida al efecto,

Esta Secretaría de Estado y Presidencia de la AECI ha resuelto:

Primero.

Dejar desiertas las becas ofrecidas en el programa V.B «Becas de cooperación lingüística hispánica» por considerar que ninguna de las solicitudes presentadas correctamente en tiempo y forma, se ajusta a las necesidades de la labor que se les podría encomendar en las Academias de la Lengua correspondientes en Iberoamérica.

Segundo.

Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente Resolución en los términos previstos por la citada Orden ministerial de 26 de marzo de 1992 y Resolución de 22 de noviembre de 2002.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer el recurso contencioso administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, de dicha jurisdicción. Potestativamente podrá interponer contra dicha Resolución, en el plazo de un mes, recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el órgano que dicta la resolución, conforme a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero («Boletín Oficial del Estado» del 14). Todo ello, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Madrid, 25 de enero de 2003.–El Secretario de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y Presidente de la AECI, Miguel Ángel Cortés

Ilmo. Sr. Director general de Relaciones Culturales y Científicas.

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