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Documento BOE-A-2003-3193

Orden DEF/277/2003, de 4 de febrero, por la que se fijan los criterios de difusión y comercialización y precios de venta al público de los productos de información geográfica producida por los organismos del Ministerio de Defensa.

Publicado en:
«BOE» núm. 40, de 15 de febrero de 2003, páginas 6355 a 6357 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2003-3193
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/2003/02/04/def277

TEXTO ORIGINAL

El Decreto 2992/1968, de 21 de noviembre, por el que se aprueban las bases para la reglamentación de la Cartografía Militar del Ejército de Tierra, dispone, en su base octava, que la cartografía militar será de libre difusión en beneficio de la utilidad pública; con el mismo carácter se ha considerado, desde entonces, la producción cartográfica náutica y de aeronáutica militar.

En la Ley 7/1986, de 24 de enero, de Ordenación de la Cartografía, se establece en el artículo sexto, que es competencia de la Administración del Estado, a través del Instituto Hidrográfico de la Marina, la formación y conservación de cartografía náutica. La Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del régimen legal de las tasas estatales y locales y de ordenación de las prestaciones patrimoniales de carácter público, en la sección segunda del capítulo V (artículos 38 a 45) consideró, que la cartografía náutica, exigida a los buques por la normativa vigente, tiene carácter de tasa y por tanto no se regulan en esta Orden, pero existen otras publicaciones producidas por el Instituto Hidrográfico de la Marina, de interés cartográfico, que se comercializan en régimen no sujeto a la Ley de Tasas y son recogidas en la presente Orden.

El tiempo transcurrido desde la promulgación de la Orden Ministerial 89/1993, de 16 de septiembre, en la que se fijan los precios de venta al público de la Cartografía Terrestre Militar, Aeronáutica Militar y Náutica, producidas por los organismos del Ministerio de Defensa, ha supuesto la aparición de nuevas tecnologías que permiten no sólo atender la demanda social de la cartografía en soporte papel, sino también en los nuevos soportes informáticos, a la vez que han aparecido nuevos sistemas de comercialización, en los que se debe garantizar la propiedad intelectual y los derechos de difusión.

Por otra parte, la necesidad de actualizar los precios de los productos de información geográfica considerando, no sólo los costes de reproducción, sino también los de comercialización, los cuales no se tuvieron en cuenta con anterioridad, por ser la venta mayoritariamente desde los mismos centros productores, aseguran la capacidad económica de utilización de las redes de distribución basadas en terceros organismos públicos y privados, como fórmula de facilitar el acceso a los productos de información geográfica, entendiendo como tales los datos, productos, trabajos y publicaciones de carácter geográfico, a sus potenciales usuarios.

Por todo ello, y a tenor de los artículos 24, 25, 26 y 27 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, DISPONGO:

Primero.

La comercialización y venta de los productos de información geográfica, indicada en el anexo 1, producida por los organismos del Ministerio de Defensa, podrá ser efectuada por:

a) El Centro de Publicaciones del Ministerio de Defensa y los Centros de Publicaciones de los Cuarteles Generales.

b) El Centro Geográfico del Ejército.

c) El Instituto Hidrográfico de la Marina.

d) El Centro Cartográfico y Fotográfico del Ejército del Aire.

Segundo.

La distribución y venta de los productos de información geográfica a las unidades y organismos del Ministerio de Defensa, se hará de acuerdo con el Plan Cartográfico de las Fuerzas Armadas.

Tercero.

El Centro de Publicaciones del Ministerio de Defensa, publicará periódicamente catálogos con información específica de cada uno de los productos de información geográfica disponibles y el precio de venta al público (PVP) para uso particular.

Cuarto.

Se autoriza a la Secretaría General Técnica del Ministerio de Defensa, a entregar los productos de información geográfica en las condiciones establecidas en los acuerdos y convenios suscritos por el Ministerio de Defensa con organizaciones cartográficas militares de otros países y entes públicos nacionales e internacionales.

Quinto.

La venta de los productos de información geográfica que se soliciten para uso particular no lucrativo, se realizará por los organismos señalados en el punto primero y en establecimientos públicos y privados autorizados, al PVP fijado en esta Orden (anexo 1), conforme con el Real Decreto 118/2001, de 9 de febrero, de Ordenación de Publicaciones Oficiales.

Sexto.

Todos aquellos datos, productos, trabajos y publicaciones de información geográfica específicos solicitados por organismos, empresas públicas o privadas, y por particulares para utilizar como parte de estudios o trabajos a realizar por éllos, de carácter comercial o de carácter no lucrativo, se facilitarán previa elaboración de presupuesto y aceptación correspondiente, debiéndose exigir un depósito previo, total o parcial del importe, antes de su ejecución, según baremo que se señala en el anexo 2.

La autorización para utilizar los productos de información geográfica indicados en el párrafo anterior, se contemplará bajo la modalidad de cesión de licencia de uso exclusivamente para la finalidad solicitada y estará sujeta a la legislación sobre la propiedad intelectual y demás normativa vigente.

Séptimo.

Se faculta a la Comisión Asesora de Publicaciones del Departamento para que, en cada momento, fije los criterios de descuento en la comercialización de los productos de información geográfica incluidos en el catálogo del Ministerio de Defensa.

Octavo.

Los precios de los productos de información geográfica se incrementarán, en su caso, con los gastos de preparación especial, plastificado, embalaje y gastos de envío.

Noveno.

La administración de la venta de los productos a los que se refiere esta Orden, por su carácter comercial, estará sujeta a la normativa vigente en el momento en el que se realice. El importe recaudado por las ventas efectuadas deberá ser ingresado en el Tesoro Público a través de las cuentas corrientes restringidas habilitadas al efecto.

El pago de los pedidos se exigirá desde el momento en que tenga lugar el suministro del producto. No obstante se podrá exigir la anticipación del importe total o parcial de los mismos.

Décimo.

Procederá la devolución del importe satisfecho o de la parte proporcional, cuando el producto tenga defectos no imputables al receptor, o los Organismos indicados en el punto primero no hayan suministrado las publicaciones contratadas por el usuario.

Disposición derogatoria única.

Queda derogada la Orden ministerial 89/1993, de 16 de septiembre, por la que se fijan los precios de venta al público de la Cartografía Terrestre Militar, Aeronáutica Militar y Náutica producida por los organismos del Ministerio de Defensa.

Disposición final única.

La presente Orden Ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de febrero de 2003.

TRILLO-FIGUEROA Y MARTÍNEZ-CONDE

ANEXO I
Productos de información geográfica producida por el Ejército de Tierra
  Precio de venta al público en euros
Sin IVA Con IVA
Cartografía Militar soporte papel    
Serie 5V (escala 1:25.000). 2,40 2,50
Serie L (escala 1:50.000). 2,40 2,50
Serie C (escala 1:100.000). 2,40 2,50
Serie 2C (escala 1:200.000). 2,40 2,50
Serie 4C (escala 1:400.000). 2,40 2,50
Serie 8C (escala 1:800.000). 2,40 2,50
Serie 5L (escala 1:250.000). 4,00 4,16
Otros formatos de Cartografía Militar del Ejército de Tierra. 6,00 6,24
Cartografía Militar Digital    
Carta Militar Digital de España (CD-ROM). 43,10 50,00
Altimetría:    
Hoja 1:250.000 formato DGN. 233,18 242,50
Hoja 1:50.000 formato DGN. 233,18 242,50
Planimetría:    
Hoja 1:250.000 formato DGN. 291,46 303,12
Cartografía Ráster:    
Hoja 1:250.000. 20,20 21,00
Hoja 1:50.000. 20,20 21,00
Modelo Digital del Terreno:    
Fichero de altitud de 1001 x 1001 puntos en coordenadas UTM formato ASCII: MDT 100 (100 × 100 km). 233,17 242,50
MDT 200 (200 × 200 km). 233,17 242,50
Material Fotográfico Aéreo:    
Ampliación blanco y negro: Formato 24×30 cms. 5,60 6,50
Formato 50×50 cm. 12,50 14,50
Formato 50×60 cm. 12,50 14,50
Formato 100×50 cm. 19,83 23,00
Formato 100×60 cm. 19,83 23,00
Formato 100×70 cm. 23,28 27,00
Formato 100×80 cm. 27,59 32,00
Formato 100×90 cm. 35,34 41,00
Formato 100×100 cm. 37,07 43,00
Contacto blanco y negro:    
Formato 24×24 cm. 2,59 3,00
Negativos y diapositivas blanco y negro:    
Formato rollo 24×24 cm (aéreo). 7,76 9,00
Internegativo reversible directo blanco y negro: Formato rollo 24×26 cm (aéreo). 8,62 10,00
Internegativo dos pasos blanco y negro:    
Formato rollo 24×26 cm (aéreo). 8,62 10,00

Productos de información geográfica producida por la Armada 

  Precio de venta al público en euros
Sin IVA Con IVA
Carta de Enseñanza del Estrecho de Gibraltar en Blanco y Negro (Carta 105 reducida en blanco y negro). 0,20 0,21
Carta de Enseñanza del Estrecho de Gibraltar en Color. 2,55 2,65
Carta 1 Especial del Mar Menor. 13,22 13,75
Carta del Globo Terráqueo con Husos Horarios. 19,83 20,62
Carpetas de Cartas Deportivas. 19,83 20,62
Carta Mercatoriana en Blanco (0A). 2,12 2,20
Rosa de Maniobras (0B) Cuadernillo de 50 hojas. 6,01 6,25
Carta Meteorológica (0C). 1,83 1,90
Rosa de Punteo Radar (0E). 1,83 1,90
Carta Zonas Permanentes de Ejercicios Militares (0F). 13,22 13,75
Tabla de Distancias entre Puertos. 2,10 2,18
Situación de Sondas por Ángulos Horizontales. 2,10 2,18
Señalización Marítima. 4,21 4,38
Reglamento para Prevenir Abordajes. 4,51 4,69
Bases Medias Oficiales para Pruebas de Velocidad. 1,20 1,25
Catálogo de Cartas Náuticas y Otras Publicaciones. 16,53 17,19
Código Internacional de Señales. 19,83 20,63
Claves Meteorológicas. 16,53 17,19

Productos de información geográfica producida por el Ejército del Aire

  Precio de venta al público en euros
Sin IVA Con IVA

Publicaciones de Cartografía Aeronáutica (soporte papel)

   

Carta Instrumental Espacio Aéreo Inferior (E:1/2000000)-Hoja.

4,81 5,00
(E:1/2000000)-Hoja. 4,81 5,00
Carta Navegación Visual (E:1/1000000)-Hoja. 4,81 5,00
Carta Aeronáutica (E: 1/250000)-Hoja. 2,88 3,00
Carta Baja Cota (E:1/500000)-Hoja. 2,88 3,00
Carta de Áreas Terminales-Hoja. 4,81 5,00
Manual del Piloto-2 tomos. 14,42 15,00
Revisiones del Manual del Piloto-Unidad. 2,40 2,50
Carpeta Manual del Piloto-Unidad. 2,15 2,50
Manual de Campos Eventuales-1 tomo. 6,73 7,00
Revisión del Manual de Campos Eventuales-Unidad. 2,40 2,50
Carpeta Manual de Campos Eventuales-Unidad. 2,15 2,50

Publicaciones de Cartografía Aeronáutica (soporte CD-ROM)

   
Cartografía Aeronáutica Militar de España. 11,64 13,50
Revisiones de la Cartografía Aeronáutica Militar de España-Unidad 2,15 2,50
Navegación a la Estima e Instrumental 11,64 13,50

Material Fotográfico Aéreo

Producto Formato Precio de venta al público en euros
Sin IVA Con IVA
 Ampliaciones:      
Color. 10×15 cm 3,88 4,50
  13×18 cm 3,88 4,50
  20×25 cm 3,88 4,50
  24×30 cm 6,90 8,00
  40×60 cm 21,55 25,00
  50×50 cm 21,55 25,00
  50×60 cm 21,55 25,00
  100×60 cm 32,76 38,00
  100×70 cm 37,93 44,00
  100×80 cm 43,10 50,00
  100×90 cm 49,14 57,00
  100×100 cm 54,31 63,00
Blanco y negro. 10×15 cm 2,59 3,00
  13×18 cm 2,59 3,00
  20×25 cm 2,59 3,00
  24×30 cm 5,60 6,50
  40×60 cm 12,50 14,50
  50×50 cm 12,50 14,50
  50×60 cm 12,50 14,50
  100×60 cm 19,83 23,00
  100×70 cm 23,28 27,00
  100×80 cm 27,59 32,00
  100×90 cm 35,34 41,00
  100×100 cm 37,07 43,00
 Reproducciones:      
Diapositiva color. 35 mm (de 1 a 18) 10,34 12,00
Negativos color. 35 mm 1,29 1,50
 Revelados:      
Color. Rollo 0,127×30 m 227,59 264,00
  Rollo 0,26×61 m 517,24 600,00
  Rollo 35 mm 2,59 3,00
  Rollo 6×6 cm 2,59 3,00
Blanco y negro. Rollo 0,26×75 m 48,28 56,00
Ir color (falso color). Rollo 0,26×61 m 517,24 600,00
Diapositiva color. Rollo 0,26×61 m 517,24 600,00
 Contactos:      
Color. 24×24 cm 3,45 4,00
Blanco y negro. 24×24 cm 2,59 3,00
 Internegativo:      
Dos pasos blanco y negro. Rollo 24×26 cm 8,62 10,00
De diapositiva a negativo. 35 mm 3,45 4,00
 Película aérea:      
Color. Rollo 0,26×61 m 1.770,69 2.054,00
Blanco y negro. Rollo 0,26×75 m 590,52 685,00
Ir color (falso color). Rollo 0,26×61 m 1.681,03 1.950,00
Diapositiva color. Rollo 0,26×61 m 1.336,21 1.550,00
Negativo Color. Rollo 0,127×30 m 405,17 470,00
Negativos:      
Blanco y negro. 24×24 cm 7,76 9,00
Diapositivas:      
Blanco y negro. 24×24 cm 7,76 9,00
 Fotos:      
Color.

30×42 mm

(8 copias con negativo)

4,31 5,00
 

30×42 mm

(16 copias con negativo)

6,03 7,00
 

30×42 mm

(8 copias sin negativo)

3,02 3,50
 

30×42 mm

(16 copias sin negativo)

4,31 5,00
ANEXO 2
Baremo a aplicar en los presupuestos por uso de productos información geográfica producidos por los Organismos del Ministerio de Defensa por licencia de uso y/o acuerdo de difusión

La tarifa de los derechos de reproducción de los productos de información geográfica se compone de la licencia de uso de la propiedad intelectual (Tarifa A) y de los derechos de difusión (Tarifa B):

Licencia de uso derivada de la propiedad intelectual:

Para productos en soporte papel: Tarifa A: 100 x PVP del producto a reproducir.

Para productos en soporte informático: Tarifa A: 120 x PVP del producto a reproducir.

Derechos de difusión (B):

Cuando no tenga carácter comercial o lucrativo se tendrá en cuenta el alcance que el peticionario declara como expectativa para la distribución o comunicación:

Tarifa B = 100 × PVP × (0,6+N/20.000), siendo:

PVP: el precio de venta al público del producto a reproducir.

N: número de copias o número de usuarios que tendrán acceso al producto (N tendrá un valor máximo de 20.000).

Cuando tenga carácter comercial o lucrativo se tendrá en cuenta el beneficio comercial que se obtiene por la venta del producto puesto a disposición del público:

Tarifa B = PVP × P × N × F, donde:

PVP: El precio de venta al público por la venta del ejemplar donde se reproduce la información geográfica.

P: Parte proporcional (en tanto por uno) que la información geográfica ocupa en la obra completa donde se reproduce la información geográfica.

N: Número total de ejemplares (tirada) de la obra donde se reproduce la información geográfica.

F: factor de comercialización (1,20 para productos comercializados en soporte digital y 1,00 si es soporte papel).

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 04/02/2003
  • Fecha de publicación: 15/02/2003
  • Fecha de entrada en vigor: 16/02/2003
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 82, de 5 de abril de 2003 (Ref. BOE-A-2003-6976).
Referencias anteriores
  • DEROGA la Orden 89/1993, de 16 de septiembre.
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 24, 25, 26 y 27 de la Ley 8/1989, de 13 de abril (Ref. BOE-A-1989-8508).
Materias
  • Cartografía militar
  • Ministerio de Defensa
  • Precios

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