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Documento BOE-A-2003-3256

Resolución de 28 de enero de 2003, de la Secretaria General Técnica, por la que se da publicidad al Protocolo 2002 adicional al Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 41, de 17 de febrero de 2003, páginas 6415 a 6416 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2003-3256

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el Protocolo 2002 adicional al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado protocolo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 28 de enero de 2003.–El Secretario general Técnico, Luis Martínez-Sicluna Sepúlveda.

ANEXO
Protocolo 2002 adicional al Convenio de colaboración suscrito el 26 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad

En Madrid a 27 de diciembre de 2002.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Eduardo Zaplana Hernández-Soro, como Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, nombrado por Real Decreto 674/2002, de 9 de julio («Boletín Oficial del Estado» número 164, del 10), en nombre y representación de la Administración General del Estado, en virtud de lo dispuesto en el artículo segundo, apartado 4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («Boletín Oficial del Estado» del 14).

Y, de otra parte, el excelentísimo señor don Isaías Pérez Saldaña, Consejero de Asuntos Sociales, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, nombrado por delegación conferida por la Ley 6/1983, de 21 de julio, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir,

EXPONEN

Primero.

Que el Ministerio de Trabajo y de Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía suscribieron, en fecha 26 de diciembre de 1997, Convenio de colaboración para la cofinanciación de Programas del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad.

Segundo.

Que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en virtud de las competencias que le vienen atribuidas por la Constitución y los Reales Decretos 758/1996, de 5 de mayo, de Creación, y 1888/1996, de 2 de agosto, que establece su estructura orgánica básica, y la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la misma, tienen competencias en materia de Acción Social y Servicios Sociales.

Por otra parte, en la Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2002, y en la Ley de 14/2001, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2002, se establecen dotaciones presupuestarias para estos fines.

Tercero.

Que el Convenio citado establece en su cláusula sexta la prórroga automática de aquel para convocatorias sucesivas, de no mediar denuncia expresa de alguna de las partes.

Cuarto.

Que, no obstante, de esa prórroga automática se excluyen las cantidades económicas expresadas en la cláusula segunda del citado Convenio así como los proyectos especificados en el anexo I del mismo, que deberán ser actualizados cada año con el fin de ajustarlos a los presupuestos presentados por la Comunidades Autónomas y las previsiones presupuestarias que se establezcan.

Quinto.

Que, de conformidad con las Comunidades Autónomas en la Conferencia Sectorial de Asuntos Sociales celebrada el día 7 de febrero de 2002, por Acuerdo del Consejo de Ministros de fecha 1 de marzo de 2002, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 74, del 27, se aprobaron los criterios de distribución entre Comunidades Autónomas del Crédito Presupuestario y con Presupuestario con una dotación de cuatro millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil setecientos diez (4.445.710) euros incluido en la aplicación 19.04.313L.455, así como las prioridades a las que deberán ajustarse los proyectos a cofinanciar.

Sexto.

Que, habiéndose efectuado, conforme al procedimiento previsto en el Convenio antes citado, la determinación de las aportaciones económicas de las partes correspondientes al año 2002, procede instrumentarlas a través del presente protocolo adicional, junto con la selección de proyectos realizada por la Comunidad Autónoma de Andalucía y aprobada, asimismo, a efectos de financiación conjunta.

Por todo lo manifestado, en base al artículo 6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y de la cláusula sexta del Convenio de colaboración para la realización de proyectos del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad suscrito el 26 de diciembre de 1997 entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Andalucía ambas partes acuerdan suscribir el presente «Protocolo Adicional», el cual se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

La Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Andalucía incorporan al Convenio de colaboración de fecha 26 de diciembre de 1997 los proyectos seleccionados conjuntamente para su ejecución durante el ejercicio económico de 2002, los cuales se unen al mismo mediante el anexo I.

La duración de este Protocolo Adicional, de acuerdo con la Cláusula Sexta del citado Convenio de Colaboración suscrito en 1997, se establece para el año 2002 y su correspondiente ejercicio económico, dado que al mismo se refieren las dotaciones presupuestarias que cada parte designa para su financiación.

Segunda.

Que con cargo a la aplicación presupuestaria 19.04.313L.455 del Plan de Acción Integral para Personas con Discapacidad, la aportación económica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales para los fines del presente Protocolo es de (875.404,76 euros) ochocientos setenta y cinco mil cuatrocientos cuatro euros con setenta y seis céntimos.

La Comunidad Autónoma de Andalucía, las Corporaciones Locales y las Instituciones, en su caso, de conformidad con los acuerdos suscritos entre ellas se comprometen a asumir la corresponsabilidad en la financiación en una cuantía no inferior al 50 por 100, aportando la cantidad de (906.337,84 euros) novecientos seis mil trescientos treinta y siete euros con ochenta y cuatro céntimos. La Comunidad Autónoma de Andalucía ha presentado el correspondiente certificado de retención de crédito por la cuantía de su participación.

Tercera.

La dotación económica para la ejecución del Convenio, dentro del ejercicio económico 2002, es la que aparece desglosada para cada Comunidad Autónoma en el anexo II.

Y, en prueba de conformidad, suscriben el presente protocolo adicional en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha anteriormente indicados.–El Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Eduardo Zaplana Hernández-Soro.–El Consejero de Asuntos Sociales, Isaías Pérez Saldaña.

PROYECTOS PLAN DE ACCIÓN PERSONAS CON DISCAPACIDAD AÑO 2002

Comunidad Autónoma de Andalucía

Denominación y provincia Entidades Tipología proyecto Financiación
P. mixtos Centros Apoyo familiar Vida autónoma CC.AA, Admón, Gral, Total
N,° de proy. N,° de usuarios N,° de proy. N,° de usuarios N,° de proy. N,° de usuarios N,° de proy. N,° de usuarios

Atención Especializada.

Almería.

La Esperanza. 1 35             32.626,16 32.626,16 62.252,32
Animación y ocio. Almería. A toda vela.         1 512     37.073,95 12.036,85 49.110,80

Programa respiro familiar.

Cádiz (S. Fernando).

UPACE.         1 25     23.989,40 23.989,40 47.978,80
Programa modific, conducta. Conil (Cádiz). ABC. Obreros de la Cruz.         1 10     65.413,80 65.413,80 130.827,60
Programa Reeducación Foniátrica. Cádiz. ASGALAV.             1 110 9.015,18 9.015,18 18.030,36
Integración personas con discapacidad en la Universidad. U. Córdoba.             1 15 18.030,36 18.030,36 36.060,72
Transporte especial. Córdoba. FEPAMIC.             1 450 49.740,25 49.740,25 99.480,50

Adaptaciones del hogar.

Córdoba.

          1 10     17.828,93 17.828,93 35.657,86
Atención Diurna de Granada. CAMF.     1 20         54.091,69 54.091,69 108.183,38
Atención a personas con discapacidad. Huelva.               1 297 46.027,87 40.091,81 86.119,68
Atención a personas con discapacidad. Jaén.               1 10 57.723,54 57.723,54 115.447,08

Apoyo a familias. Málaga.

              1 10 111.186,67 111.186,67 222.373,34
Apoyo a colectivos con discapac. Singulares y apoyo familiar. Sevilla.   1 500             151.777,58 151.777,58 303.555,16
Apoyo a familias. Málaga.           1 58     231.852,45 231.852,46 463.704,82
 Total.   2 535 1 20 6 735 5 882 906.337,84 875.404,76 1.781.742,60

CUADRO COFINANCIACIÓN

Plan de Acción Personas con Discapacidad 2002

Comunidad Autónoma Cofinanciación
Admón. Gral, Total C. A, Total convocatoria
Andalucía. 875.404,76 906.337,84 1.781.742,60
Aragón. 154.043,85 154.043,85 308.087,70
Asturias. 139.506,38 139.506,38 279.012,76
Baleares. 85.846,66 585.384,25 671.230,91
Canarias. 194.499,81 251.721,95 446.221,76
Cantabria. 68.730,68 68.730,68 137.461,36
Castilla y León. 339.296,59 339.296,59 678.593,18
Castilla-La Mancha. 234.333,37 234.333,37 468.666,74
Cataluña. 632.313,33 632.313,33 1.264.626,66
Extremadura. 153.732,65 153.732,65 307.465,30
Galicia. 371.883,64 371.883,64 743.767,28
Madrid. 511.078,82 511.078,82 1.022.157,64
Murcia. 131.415,19 243.065,31 374.480,50
La Rioja. 66.685,65 66.685,65 133.371,30
Valencia. 442.481,52 442.481,52 884.963,04
Ceuta. 22.228,55 22.228,55 44.457,10
Melilla. 22.228,55 22.228,55 44.457,10
 Total. 4.445.710 5.145.052,93 9.590.762,93

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