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Documento BOE-A-2003-5634

Resolución de 27 de febrero de 2003, de la Secretaría General de Medio Ambiente, por la que se formula declaración de impacto ambiental sobre el proyecto de ejecución de la línea eléctrica a 400 kV, doble circuito, de enlace de las subestaciones de Muruarte y Castejón (provincia de Navarra), promovido por "Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima".

Publicado en:
«BOE» núm. 67, de 19 de marzo de 2003, páginas 10861 a 10871 (11 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2003-5634

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y su Reglamento de ejecución, aprobado por el Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, establecen la obligación de formular declaración de impacto ambiental, con carácter previo a la resolución administrativa que se adopte para la realización, o en su caso, autorización de la obra, instalación o actividad de las comprendidas en los anexos de las citadas disposiciones.

De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 695/2000, de 12 de mayo, y en el Real Decreto 1415/2000, de 21 de julio, modificado por el Real Decreto 376/2001, de 6 de abril, por los que se establece la estructura orgánica básica y la atribución de competencias del Ministerio de Medio Ambiente, corresponde a la Secretaría General de Medio Ambiente la formulación de las declaraciones de impacto ambiental de competencia estatal, reguladas por la legislación vigente.

La Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, en su disposición adicional duodécima, modificó el Real Decreto Legislativo 1302/1986, ampliando la relación de actividades sometidas a evaluación de impacto ambiental con la inclusión de las líneas aéreas de energía eléctrica con una tensión igual o superior a 220 kV y una longitud superior a 15 kilómetros.

Al objeto de iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental, el promotor, «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» (REE), remitió con fecha 12 de abril de 1999 la memoria resumen del proyecto de construcción de la línea eléctrica a 400 kV Muruarte-Castejón que discurre por la Comunidad Foral de Navarra.

El proyecto promovido por REE, consiste en la construcción de una línea eléctrica aérea de 400 kV de aproximadamente 60 kilómetros de longitud que conecta la subestación de Muruarte con la subestación de Castejón (ambas en la Comunidad Foral de Navarra). El trazado sigue dirección norte-sur desde la subestación de Muruarte situada al sur de Pamplona, hasta la subestación de Castejón, situada en el margen derecho del río Ebro y discurre en paralelo en su primera y última parte a la línea eléctrica ya existente Orcoyen-Tafalla-La Serna y en su parte media al trazado de la autopista A-15, cruzando los ríos Aragón y Ebro.

Así mismo, el estudio de impacto ambiental incluye un análisis de alternativas de ubicación de la subestación de Muruarte de donde parte la línea eléctrica mencionada anteriormente.

Los objetivos de este proyecto son, en primer lugar, enlazar la ciudad de Pamplona y la zona media de Navarra con la Red Nacional de Transporte para posibilitar el suministro eléctrico y permitir la evacuación de los parques eólicos instalados en el área y, en segundo lugar, formar parte de un eje de transporte de energía eléctrica compuesto por los tramos Magallón-La Serna, La Serna-Castejón, Castejón-Muruarte, y Muruarte-Vitoria que facilitará el transporte de energía entre las comunidades autónomas del País Vasco, Navarra y Aragón.

Revisada la memoria resumen, y aceptada como documento válido que recoge las características más significativas del proyecto a realizar, el promotor, con fecha 30 de junio de 1999, remitió los ejemplares necesarios para iniciar el procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Con fecha 16 de julio de 1999, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 del Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre, inició un período de consultas a personas, instituciones y administraciones sobre el impacto ambiental del proyecto. Fueron consultadas un total de 75 entidades, entre las que se incluyen entidades de la Administración Estatal y Autonómica, ayuntamientos comprendidos en el área de estudio, varios centros de investigación y algunas asociaciones ecologistas. La relación de consultados y un resumen de las respuestas recibidas se recogen en el anexo I.

En virtud del artículo 14 del Reglamento, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, con fecha 3 de enero de 2000, remitió al promotor las respuestas recibidas, indicando la opinión del órgano ambiental con respecto a los aspectos más significativos que debían tenerse en cuenta en la realización del estudio de impacto ambiental.

Entre las respuestas recibidas cabe destacar la remitida por Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra donde declara la conveniencia de la tramitación conjunta del proyecto de construcción de la línea eléctrica y de la subestación 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Aceptado este aspecto, durante el procedimiento de evaluación ambiental, el promotor, REE, mantuvo contacto con la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente y con el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra, a fin de analizar las distintas alternativas al trazado de la línea eléctrica y a la ubicación de la nueva subestación de Muruarte.

De acuerdo con lo estipulado en el artículo 15 del Reglamento, a instancia del órgano Sustantivo, la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Economía, se sometió conjuntamente a trámite de información pública el proyecto y el estudio de impacto ambiental de la línea eléctrica que incluye el análisis de alternativas para la ubicación de la subestación de Muruarte en la Comunidad Foral de Navarra.

Con fecha 10 de julio de 2002, la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Economía, remitió a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el resultado del trámite de información pública correspondiente a la línea eléctrica, considerándose finalizada la remisión del expediente establecida en el artículo 16 del Reglamento del expediente completo consistente en el proyecto, el estudio de impacto ambiental y el resultado de la información pública.

Los aspectos más destacables del proyecto y del estudio de impacto ambiental se resumen en el anexo II.

Un resumen del resultado del trámite de información pública del proyecto y del estudio de impacto ambiental se acompaña como anexo III. Recibido el expediente completo, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente estableció consultas con la Dirección General de Medio Ambiente del Gobierno de Navarra en relación de los contenidos técnicos de dicho expediente, analizándosela documentación disponible y la zona de implantación del proyecto.

En consecuencia, la Secretaría General de Medio Ambiente, en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el Real Decreto Legislativo 1302/86, de 28 de Junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, modificado por la Ley 6/2001, de 8 de mayo, y por los artículos 4.2, 16.1 y 18 de su Reglamento de ejecución, aprobado por Real Decreto 1131/88, de 30 de septiembre, formula, únicamente a efectos ambientales, la siguiente declaración de impacto ambiental.

Declaración de impacto ambiental

Examinada la documentación se considera que el proyecto es ambientalmente viable, cumpliendo las siguientes condiciones:

1. Ubicación de la subestación de Muruarte y selección del pasillo de menor impacto ambiental

1.1 Ubicación de la subestación.

Se considera de menor impacto sobre el medio ambiente la ubicación propuesta por REE en el estudio de impacto ambiental que se describe a continuación. La subestación se situará al sur de Pamplona, en el TM de Tiebas-Muruarte de Reta, a unos 550 m de la población de Muruarte de Reta en un pequeño llano situado entre la autopista A-15 y la Sierra de Alaiz, quedando rodeado por las elevaciones de esta Sierra.

Este emplazamiento presenta buenas condiciones técnicas y ambientales, dado que entre la población de Muruarte de Reta y la subestación se encuentra el campamento militar abandonado de Carrascal, la autopista A-15, la carretera nacional y la vía férrea, determinando una barrera física y visual. Es una zona bastante alterada por actividades humanas, con dos plantas industriales y una planta de reciclado de palets, que será desplazada en un futuro.

1.2 Pasillo de menor impacto ambiental.

Se considera de menor impacto sobre el medio ambiente el pasillo propuesto por REE en el estudio de impacto ambiental. Dicho pasillo presenta una longitud de aproximadamente 60 km y tiene una orientación predominante norte-sur. Se inicia en la futura subestación de Muruarte y parte de su trazado discurre en paralelo con la línea eléctrica ya existente Orcoyen-Tafalla-La Serna o con la Autopista A-15, y finaliza en la subestación de Castejón, situada en el margen derecho del río Ebro.

El trazado parte de la subestación de Muruarte ubicada en el paraje denominado Las Fuentecillas con dirección sur durante 2,5 km para evitar el parque eólico situado en los Altos de Olcoz, las zonas de interés natural situadas hacia el oeste, y la localidad de Muruarte de Reta ubicada al este. Cruza la autopista A-15 y la vía del ferrocarril. A la altura del Cerro de Arrobia toma dirección suroeste hasta encontrar la línea de 220 kV Orcoyen-Tafalla-La Serna, donde cambia la orientación a sureste para discurrir en paralelo con la misma, dejando al oeste la población de Artajona y al este las poblaciones de Barasoain, Garinoain y Pueyo. Discurre por el este del Monte Plano y por el oeste de la subestación de Tafalla y la población del mismo nombre. Cruza la autopista A-15 y abandona el paralelismo con la línea eléctrica al suroeste de la población de Olite. Discurre en paralelo a la autopista A-15 y a la carretera que une Peralta con Olite por el borde norte de La Plana de Olite, acercándose lo máximo posible a la autopista en la zona de Las Planillas. Se dirige hacia la población de Marcilla pasando al este de la misma, en paralelo con el trazado de la autopista A-15 por su lado este, cruza el río Aragón por una zona en la que los sotos son más estrechos, y continúa hasta alcanzar las Bardenas Reales y Badina Escudera, discurriendo entre ambos espacios naturales, a una distancia aproximada de 1.000 y 100 metros del primero y de 600 metros del segundo, no afectándolos en ningún momento. Mas al sur, confluye de nuevo con la línea eléctrica Orcoyen-Tafalla-La Serna y en paralelo con ésta y con la autopista, pasa entre las poblaciones de Cadreita y Valtierra, cruzando la autopista a la altura de esta última. Cruza el río Ebro al oeste del puente de la Autopista, en un punto en el que los bosques de ribera presentan una discontinuidad y llega a la subestación de Castejón, ubicada en el margen derecho del río Ebro próxima a la autopista A-15.

El pasillo adoptado no afecta directamente a ningún espacio natural protegido, área de importancia para aves esteparias, zonas con grandes flujos aviares o masas forestales. Tampoco afecta a zonas de interés geológico o a zonas próximas a elementos pertenecientes al patrimonio histórico-artístico.

2. Medidas preventivas y correctoras

Se adoptarán las medidas preventivas y correctoras indicadas en el estudio de impacto ambiental, así como las que se indican a continuación:

2.1 Protección del suelo y la vegetación.

Los tipos de apoyo, de acuerdo con lo especificado en el proyecto, poseerán cimentaciones fraccionadas en cuatro bloques macizos independientes, de manera que se minimice la ocupación del terreno y la afección a la vegetación presente en la base de los mismos.

Para evitar la realización innecesaria de explanaciones y movimientos de tierra, se realizará un estudio puntual de la cimentación de cada apoyo, utilizando en cada uno las medidas adecuadas como patas desiguales, distribución de los apoyos, etc. Esta medida se llevará a cabo como mínimo en los siguientes tramos:

Los encinares del Monte y del paraje de Tres Mugas, los pinares y encinares de los Altos de Soplahogueras, los pinares situados al norte del paraje de Aitzabala, al sur del río Aragón, al norte de la Corraliza de la Estanca y en la Corraliza de Morante.

El cruce con el río Ebro.

Las zonas con flora gypsícola localizadas en los cerros y laderas situadas desde el cruce del río Aragón hasta la Corraliza de la Estanca y desde el paraje de La Piedra Larga hasta las laderas sur del Cerro Corderil.

Se reducirá al máximo la superficie de afección a las manchas forestales cruzadas en los términos municipales de Unzué, Barasoain, Artajona y Tafalla, situadas aproximadamente en los puntos kilométricos (PPKK) 3 a 18, así como en los cruces de los ríos Aragón y Ebro. Para ello se sobreelevarán los apoyos en los siguientes tramos:

En el encinar del Monte Urraun situado entre los PPKK 0+550 y 1. En el encinar del paraje de Tres Mugas situado entre los PPKK 7+625 y 8.

En el pinar y encinar de los Altos de Soplahogueras situados entre los PPKK 8+825 y 11+075.

En los pinares del norte del paraje de Aitzabala situados entre los PPKK 11+500 y 12+575.

En el cruce del río Aragón y el pinar al sur del cauce situado entre los PPKK 42+125 y 43.

En el pinar del norte de la Corraliza de la Estanca situado entre los PPKK 47+300 y 48+500.

En el pinar de la Corraliza de Morante situado entre los PPKK 50+375 y 50+900.

En el cruce del río Ebro situado entre los PPKK 59+225 y 59+750.

Una vez diseñados los accesos previstos para la construcción de apoyos indicados en el punto anterior, se deberá elaborar un informe en el que se detalle para cada acceso su localización cartográfica, dimensiones, vegetación afectada, y en caso de ser necesario, volumen de desmontes a realizar. Estos informes deberán integrarse en el programa de vigilancia ambiental.

En estos mismos puntos, en caso de ser necesaria la apertura de calle, ésta no deberá abrirse entre los meses de marzo y julio, época de cría de rapaces y otras aves forestales y riparias.

Con carácter previo a la construcción de la línea, se realizará un muestreo a pie del recorrido del tendido, con el fin de identificar las especies incluidas en el Decreto Foral 94/1997, de 7 de abril, por el que se crea el Catálogo de la Flora Amenazada de Navarra y se adoptan medidas para la conservación de la flora silvestre catalogada. Estas especies son «Microcnemum coralloides ssp, coralloides», catalogada como «sensible a la alteración de su hábitat», y «Senecio aurícula subsp, sicoricus» y «Ziziphora aragonenesis», catalogadas como «vulnerables».

En caso de encontrarse dentro del pasillo propuesto alguna de estas especies, no se instalarán zonas de acopio, apoyos, ni accesos sobre los lugares donde se hayan detectado, y en caso de ser necesario, se procederá al transplante de las mismas a zonas seguras previa autorización del órgano ambiental competente.

Para acceder a las bases de los apoyos se aprovecharán los caminos existentes evitando al máximo la apertura de nuevos accesos. Los caminos de acceso que sea necesario construir para la instalación de la línea eléctrica tendrán carácter provisional, salvo que se justifique convenientemente la necesidad de mantenerlos en la fase de explotación de la línea.

Los accesos que imprescindiblemente sea necesario mantener durante la fase de explotación de la línea eléctrica tendrán una anchura de 2 metros, que en caso necesario podrá ampliarse a 3 metros.

La ubicación de la maquinaria y demás equipamientos de obra se realizará minimizando la ocupación de terrenos y escogiendo aquellos de menor valor ambiental y que presenten menor riesgo de erosión. Estos terrenos serán debidamente señalizados.

Se realizará el montaje e izado de la torre en una sola operación, mediante la utilización de grúa tipo pluma en los siguientes puntos:

En el tramo 1 a su paso por el encinar del Monte Urraun y el cerro de Arrobia.

En los tramos 2 a 5 en especial en el paraje de Tres Mugas, el paso por el término municipal de Artajona y en los pinares del norte del paraje de Aitzabala.

En el tramo 7 a su paso por el Alto de la Celada.

Dentro de los tramos 12 a 15 en zonas con vegetación gipsícola. En estas zonas, se buscarán emplazamientos, aprovechando al máximo la red de caminos, que impliquen la mínima afección de superficie posible.

así como en aquellos apoyos en que su situación topográfica así lo aconseje.

En caso de que resulte necesario efectuar podas o cortas, debido a la proximidad a la línea eléctrica, se deberá obtener la correspondiente autorización del órgano competente. Los cortes efectuados deberán ser siempre limpios, sin desgarraduras y con la inclinación suficiente para que no se detengan las aguas. El apeo se realizará con motosierra y no con maquinaria pesada, evitando con ello afectar a la cubierta arbustiva y herbácea, así como al sustrato.

Se diseñará un Plan de Prevención de Incendios en función de la época del año y de las características de la vegetación de cada zona.

En la fase de construcción de la subestación de Muruarte, el acceso a la zona de obras se realizará utilizando el Camino del Portillo ya existente, no abriendo nuevas vías.

El diseño de los taludes de desmonte y terraplén que rodearán a la explanación de la subestación deberán realizarse de forma que tengan unas pendientes reducidas, en general menores del 30 por 100.

Todos los residuos derivados de las actuaciones sobre la vegetación (tala de arbolado, apertura de calles, restauración, etc.) deberán ser retirados y gestionados adecuadamente, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 10/1998, de 21 de Abril, de Residuos y, en su caso, se depositarán en vertederos debidamente autorizados por los órganos competentes de la Comunidad Foral de Navarra.

Los materiales de hormigón de rechazo, embalajes, así como otros residuos generados durante la fase de construcción caracterizados como inertes tendrán como destino un vertedero de residuos inertes debidamente autorizado de acuerdo con el Decreto Foral 229/1993, de 19 de julio, por el que se regulan los estudios de planes y proyectos de obras a realizar en el medio natural.

Se prohibirá expresamente añadir combustible y la reparación o el cambio de aceite de la maquinaria en zonas que no estén expresamente destinadas a ello. En caso de que en zonas próximas a las obras no existiese infraestructura suficiente para la realización de estas operaciones, se deberá habilitar un área específica para este fin que estará acotada, dispondrá de suelo impermeabilizado y de un sistema de recogida de efluentes para evitar la contaminación del suelo.

La gestión de los aceites usados y cualquier otro residuo peligroso que se genere en la fase de construcción de la línea eléctrica se ajustará a lo especificado en la Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos y normativas específicas. Se prohibirá expresamente la reparación o el cambio de aceite de la maquinaria en zonas que no estén expresamente destinadas a ello.

2.2 Protección de la fauna.

Se evitará al máximo la generación de ruidos y no se utilizarán explosivos para preparar las cimentaciones de los apoyos en las zonas próximas a áreas calificadas como de sensibilidad faunística o con algún nivel de protección.

El diseño de los apoyos se ajustará a las prescripciones técnicas que recoge el artículo 4 del Decreto Foral 129/1991, de 4 de abril, de Normas de Carácter Técnico para las Instalaciones Eléctricas con Objeto de Proteger a la Avifauna.

Con objeto de minimizar el riesgo de colisión de las aves con los cables de tierra se instalarán salvapájaros en los siguientes tramos:

Vanos que discurren próximos a la Peña de Unzué, entre los PPKK 0 y 0+700.

Vanos que discurren a través de la zona de interés para las aves forestales del monte El Busquil, entre los PPKK 7+850 y 12+550.

Vanos que discurren a través de la zona de interés para las aves forestales en los PPKK 14 y 16.

Vanos que discurren próximos al LIC «Laguna del Juncal» en los PPKK 18+500 y 19+500.

Vanos que discurren próximos a la zona de interés para las aves forestales del LIC «Monte Plano y Leoz» en el PPKK 19+500 y 23+500.

Vanos que discurren por la zona de interés para las aves esteparias, en el borde occidental de La Plana de Olite, en los PPKK 31 y 36+500. Vanos de cruce de la vega y riberas del río Aragón, entre los PPKK 41+500 y 43+500.

Vanos que discurren por las zonas de vegetación natural de interés para las aves esteparias, próximas al Parque Natural de Bárdenas Reales, entre los PPKK 43+500 y 46.

Vanos que discurren por la zona de la Corraliza de la Estanca entre los PPKK 46 y 48.

Vanos donde el trazado discurre al este de Badina Escudera, espacio de interés para las aves acuáticas, entre los PPKK 49+500 y 50+600.

Vanos donde el trazado discurre por las zonas de vegetación natural de interés para las aves esteparias, entre los PPKK 50+600 y 51+600.

Vanos de cruce de la vega y riberas del Ebro entre los PPKK 58+100 y 59+750.

Los salvapájaros a utilizar serán los construidos a base de espirales de propileno de 1 metro de longitud y 40 cm de diámetro. Se dispondrán a tresbolillo en ambos cables de tierra con una separación de 10 metros entre los extremos de dos espirales consecutivos. Cualquier otra alternativa deberá ser autorizada por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

En caso de que por los resultados del programa de vigilancia o por las comprobaciones que pudiese efectuar la autoridad ambiental competente, se detectase que los dispositivos instalados no fuesen suficientemente efectivos, el promotor deberá adoptar otros sistemas de señalización que disminuyan el riesgo de colisión a límites admisibles. Así mismo, si fuese necesaria la instalación de salvapájaros en tramos no identificados en una primera fase, donde los estudios indicasen una zona crítica de colisión de aves, se procederá a la instalación de los mismos en un plazo no superior a tres meses.

2.3 Protección de los cursos hídricos.

No se invadirá ni desviará, en ningún caso, el cauce de los cursos fluviales durante la fase de obras. Se evitará la colocación de los apoyos en zonas propicias a la erosión que ocasionen la incorporación de sedimentos sobre los cauces.

No se incorporarán a los lechos de los cauces fluviales materiales generados por la instalación de los apoyos, aceites procedentes de la maquinaria o residuos vegetales procedentes de talas, podas o desbroces.

2.4 Protección del patrimonio cultural y los elementos socioeconómicos.

Antes del comienzo de las obras se realizará una prospección arqueológica intensiva en las zonas calificadas en el estudio de impacto ambiental como de alta potencialidad arqueológica. Ésta se llevará a cabo por técnicos especialistas contando con la debida autorización de la Dirección General de Cultura del Gobierno de Navarra. En caso de hallar restos arqueológicos de interés, se señalizarán sus límites y se informará al órgano competente para la adopción de las medidas de protección que correspondan.

En todo momento se deberá asegurar el tránsito ganadero y de vehículos a lo largo de las vías pecuarias afectadas por la obra, tanto en la fase de construcción como en la de explotación. No obstante, las obras se ceñirán a lo dispuesto en la Ley Foral 19/1997, de 15 de diciembre, de las Vías Pecuarias de Navarra.

Debido a la proximidad de la línea al aeródromo del Servicio de Incendios localizado en el Monte Plano en el término municipal de Tafalla entre los PPKK 18+500 y 20+250, los cables de tierra de las torres se señalizarán con balizas señalizadoras.

2.5 Restauración ambiental.

Deberá realizarse un proyecto de revegetación y de restauración de las zonas afectadas por la línea eléctrica y por la subestación, que deberá contemplar todas las superficies afectadas por las obras incluyendo accesos, instalaciones anejas, acopios de materiales sobrantes, parque de maquinaria, etc. El proyecto deberá prever asimismo su cronograma y financiación y abarcará, como mínimo, los siguientes aspectos:

2.5.1 Restauración edáfica y geomorfológica: Los caminos de acceso que sea necesario construir y que tengan carácter provisional deberán ser roturados y devueltos a su estado original antes de la puesta en funcionamiento de la línea eléctrica.

En la periferia de la subestación, el acabado de los taludes deberá formar superficies homogéneas con las formas naturales del terreno evitando, en la medida de lo posible, crear en las cabeceras cambios bruscos de pendiente, aristas y formas antinaturales y se le dotará de rugosidad superficial para facilitar su siembra.

2.5.2 Revegetación: Los terrenos serán revegetados con especies autóctonas, herbáceas y arbustivas, salvo que las parcelas donde se ubiquen estén dedicadas a cultivos agrícolas o ganaderos, en cuyo caso serán acondicionadas para este uso.

Las especies elegidas para realizar siembras de herbáceas en los taludes deben ser de crecimiento rápido y poco exigentes en cuanto a calidad edáfica, con el fin de estabilizar en el menor tiempo posible los taludes y facilitar la incorporación de especies autóctonas que crezcan en su entorno próximo.

Las plantaciones de ejemplares de arbustos y árboles de crecimiento limitado se llevarán a cabo en aquellas zonas en las que se hayan realizado cortas, siempre que admitan ser repobladas con especies arbustivas o arbóreas de bajo porte y teniendo en cuenta que se mantenga, sin problemas, la distancia de seguridad de los conductores al nuevo arbolado considerando su máximo crecimiento.

En la adecuación paisajística de la subestación, el proyecto deberá prever la necesidad y periodicidad del riego y especificará las medidas previstas para evitar la invasión y extensión de las plantas invasoras en las zonas recién repobladas teniendo en cuenta que, en caso de uso de herbicidas, será necesaria la autorización del órgano ambiental competente.

2.5.3 Restauración paisajística: En las zonas afectadas por las obras, especialmente en las inmediaciones de los apoyos, en los pasillos utilizados para el tendido de los conductores, en los nuevos accesos abiertos para la instalación de los apoyos y, en su caso, en las zonas habilitadas para parque de materiales y maquinaria, se procederá a eliminar cualquier residuo resultante de las obras y a restaurar por un lado las formas de relieve y por otro la cubierta vegetal existente con anterioridad y los elementos del paisaje agrario tradicional alterados durante la ejecución de las obras.

A efectos de minimizar el impacto paisajístico de las instalaciones, se procederá a reforestar toda la zona afectada que se encuentre en el interior de montes públicos. Para ello, se deberá incluir un proyecto de reforestación con especies autóctonas tanto arbustivas como arbóreas compatibles con la explotación de la línea eléctrica de una superficie no inferior a la ocupada, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 23 de la Ley Foral 13/1990, de Protección y Desarrollo del Patrimonio Forestal de Navarra.

Para la restauración paisajística de la subestación se ha de presentar un proyecto que comprenda, como mínimo, las actuaciones a llevar a cabo durante la fase de movimientos de tierra, la definición de los recubrimientos superficiales necesarios y el uso de plantaciones a fin de minimizar el impacto visual.

3. Programa de vigilancia ambiental

Se redactará un programa de vigilancia ambiental, tanto para la fase de las obras como para la fase de funcionamiento de la línea, que permita el seguimiento y control de los impactos y la eficacia de las medidas preventivas y correctoras establecidas en el estudio de impacto ambiental y en el condicionado de esta declaración.

Se designará a un responsable, con cualificación técnica adecuada, de la ejecución del programa de vigilancia y, en su caso, el equipo técnico que se considere necesario para desarrollarlo adecuadamente. Será necesaria la presencia de un técnico ambiental, a cargo del promotor, durante el período de ejecución de la obra, incluida la fase de restauración ambiental, especialmente en aquellos tramos que requieran una supervisión especial.

El programa de vigilancia detallará el modo de seguimiento de las actuaciones, describirá el tipo de informes, su frecuencia y periodo de emisión, de manera que se garantice la aplicación y control del programa de vigilancia ambiental, todo ello sin perjuicio de la información que corresponda remitir a las autoridades ambientales de la Comunidad Foral de Navarra.

El programa contemplará los aspectos indicados en el estudio de impacto ambiental y en el condicionado de esta declaración y se incluirán, en especial, los siguientes:

3.1 Programa de vigilancia durante la fase de construcción de la línea.

Supervisión del terreno utilizado para el izado de los apoyos, tendido de cables y apertura de accesos; apertura de la campa y acopio de materiales; control de las operaciones de mantenimiento de la maquinaria utilizada; control y gestión de los residuos sólidos, incluidos los procedentes de desmontes y excavaciones, y de la emisión de vertidos contaminantes (aceites, combustibles, hormigones) al entorno; control de la erosión; adopción de las medidas de prevención contra incendios; control de las afecciones sobre la vegetación natural o protegida, fauna, cursos hídricos y el patrimonio cultural y los elementos socioeconómicos, tal y como se especifica en los apartados 2.1, 2.2, 2.3 y 2.4, respectivamente; control y seguimiento de las posibles operaciones de talas, podas y desbroces, y de la eliminación de los residuos vegetales que se produzcan; información a los trabajadores de las normas y recomendaciones para el manejo responsable de materiales y sustancias potencialmente contaminadoras y del uso adecuado de la maquinaria para no afectar al suelo y a la vegetación.

Antes de la finalización de la obra se efectuará una revisión completa y exhaustiva del trazado, llevando a cabo las medidas adecuadas para la corrección de los impactos residuales, comprobando la ejecución del proyecto de restauración ambiental descrito en el punto 2.5 de esta declaración.

3.2 Programa de vigilancia durante el funcionamiento de la línea.

Se comprobará el cumplimiento de las condiciones del apartado 2.5 relacionadas con la restauración. Se observarán visualmente, con anterioridad y posterioridad al periodo más intenso de precipitaciones, todas las superficies de las que se haya retirado la cobertura vegetal en algún momento durante las obras. Se observará la formación de cárcavas por socavamiento, la erosión de taludes y laderas y los desprendimientos o deslizamientos del terreno. Se vigilará el cumplimiento del programa de revegetación y la evolución de las replantaciones efectuadas. Para realizar el seguimiento de los efectos de la colisión de la avifauna en el tendido eléctrico se diseñará un programa de vigilancia específico para estimar el grado de afección de la línea sobre las aves, que deberá especificar y justificar la metodología de estudio empleada, así como los resultados obtenidos del mismo, detallando el tramo de la línea o apoyo causante del accidente, las características de los restos de las aves recogidas y el índice de colisión por especie.

3.3 Informes del Programa de Vigilancia.

Sin perjuicio de la información que corresponda remitir al órgano ambiental de la Comunidad Foral Navarra, y con independencia de los informes de carácter interno necesarios para garantizar la aplicación y control del plan de vigilancia, se remitirán los siguientes informes:

3.3.1 Durante la fase de construcción de la línea: Se emitirá un informe, con periodicidad semestral durante la fase de construcción, que hará referencia a todos los aspectos indicados en la condición 3.1.

3.3.2 Una vez finalizadas las obras de la línea: Se emitirá un informe de periodicidad anual durante los tres años siguientes a la finalización de las obras que recoja los puntos referidos en la condición 3.2, salvo el programa de vigilancia específico para estimar el grado de afección de la línea sobre las aves que será de periodicidad semestral.

Estos informes incluirán los resultados obtenidos de los planes de revegetación y restauración, y se contemplará la posibilidad de efectuar nuevas revegetaciones si, durante este periodo, no se alcanzan los objetivos mínimos establecidos en el proyecto inicial de restauración. En caso de que se detectase alguna afección significativa se deberán estudiar, plantear y adoptar las medidas correctoras oportunas.

Los informes de este programa incluirán un capítulo de conclusiones en el que se evaluará el cumplimiento de las condiciones establecidas en esta declaración, la eficacia de las medidas correctoras adoptadas, las posibles desviaciones respecto de los impactos residuales previstos en el estudio de impacto ambiental y, en su caso, propondrá las medidas correctoras adicionales o las modificaciones en la periodicidad de los controles realizados. Se emitirá un informe especial cuando se presenten circunstancias excepcionales que impliquen deterioros ambientales o situaciones de riesgo, tanto en la fase de construcción como en la de funcionamiento, sin perjuicio de la comunicación inmediata, que en su caso proceda a los órganos competentes.

Al finalizar el período de tres años indicado, en el informe anual correspondiente al tercer año, basándose en la experiencia y conclusiones obtenidas, se propondrá, en su caso, el programa de vigilancia a cumplir en los años sucesivos, para su aprobación por parte de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

Del examen de esta documentación por parte de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental podrán derivarse modificaciones de las actuaciones previstas, con el objeto de conseguir un mejor cumplimiento de los objetivos de la presente declaración de impacto ambiental.

4. Documentación adicional

El promotor remitirá a la Dirección General de Política Energética y Minas y a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental para su aprobación los estudios que se indican a continuación:

4.1 Con anterioridad al inicio de las obras.

Propuesta de programa de vigilancia durante la fase de construcción de la línea que recoja, entre otras, las condiciones expresadas en el apartado 3.1.

4.2 Con anterioridad a la puesta en funcionamiento de la línea.

Propuesta de programa de vigilancia ambiental, tal y como se indica en la condición 3.2.

Proyecto de restauración ambiental, que detalle la metodología, técnicas y materiales que se van a aplicar en cada uno de los distintos aspectos ambientales a los que se hace referencia en la condición 2.5.

5. Financiación de las medidas correctoras y del plan de vigilancia ambiental

Deberán incorporarse al proyecto de ejecución, con el nivel de detalle que corresponda, las medidas correctoras propuestas en el estudio de impacto ambiental y las contenidas en esta declaración, así como las actividades derivadas de la realización del programa de vigilancia.

Todos los datos y conceptos relacionados con la ejecución de las medidas correctoras contempladas en el estudio de impacto ambiental y en las condiciones establecidas figurarán con memoria, planos, pliego de prescripciones y presupuesto. También se valorarán los gastos derivados del programa de vigilancia ambiental. Estas condiciones se exigirán a todos los contratos y subcontratos que el promotor efectúe para la realización de las obras y el funcionamiento de las instalaciones.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento para la ejecución del Real Decreto Legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de impacto ambiental.

Madrid, 27 de febrero de 2003.–La Secretaria general, Carmen Martorell Pallás.

ANEXO I
Consultas previas sobre el impacto ambiental del proyecto
Relación de consultados Respuestas recibidas
Dirección General de Conservación de la Naturaleza. Ministerio de Medio Ambiente.
Confederación Hidrográfica del Ebro. X
Delegación del Gobierno de la Comunidad Foral de Navarra.
Dirección General de Medio Ambiente. Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra. X
Dirección General de Ordenación del Territorio y Vivienda. Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra.
Dirección General de Cultura. Institución «Príncipe de Viana». Departamento de Educación y Cultura del Gobierno de Navarra. X
Dirección General de Agricultura y Ganadería. Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación del Gobierno de Navarra.
Dirección General de Industria. Departamento de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo del Gobierno de Navarra. X
Delegación de Gobierno en la Comunidad Autónoma de La Rioja. X
Dirección General de Calidad Ambiental. Consejería de Turismo y Medio Ambiente del Gobierno de La Rioja. X
Dirección General del Medio Natural. Consejería de Turismo y Medio Ambiente del Gobierno de La Rioja.
Dirección General de Cultura. Consejería de Educación, Cultura, Juventud y Deportes del Gobierno de La Rioja. X
Diputación Foral de Pamplona.
Ayuntamiento de Alfaro. X
Ayuntamiento de Tiebas-Muruarte de Reta. X
Ayuntamiento de Biurrun-Olcoz. X
Ayuntamiento de Tirapu.
Ayuntamiento de Unzue.
Ayuntamiento de Oloriz.
Ayuntamiento de Barasoain.
Ayuntamiento de Eneriz.
Ayuntamiento de Añorbe.
Ayuntamiento de Mendigorría.
Ayuntamiento de Larraga.
Ayuntamiento de Artajona.
Ayuntamiento de Garinoain. X
Ayuntamiento de Pueyo. X
Ayuntamiento de Leoz. X
Ayuntamiento de Orisoain.
Ayuntamiento de Lerga. X
Ayuntamiento de Eslava.
Ayuntamiento de Ujue.
Ayuntamiento de San Martín de Unx.
Ayuntamiento de Beire.
Ayuntamiento de Tafalla. X
Ayuntamiento de Berbinzana.
Ayuntamiento de Miranda de Arga.
Ayuntamiento de Falces. X
Ayuntamiento de Olite.
Ayuntamiento de Pitillas.
Ayuntamiento de Santacara. X
Ayuntamiento de Murillo el Fruto.
Ayuntamiento de Carcastillo.
Ayuntamiento de Melida.
Ayuntamiento de Murillo el Cuende.
Ayuntamiento de Caparroso.
Ayuntamiento de Peralta.
Ayuntamiento de Marcilla.
Ayuntamiento de Azagra.
Ayuntamiento de Funes.
Ayuntamiento de Villafranca.
Ayuntamiento de Milagro. X
Ayuntamiento de Caderita.
Ayuntamiento de Bárdenas Reales.
Ayuntamiento de Valtierra.
Ayuntamiento de Castejón.
Instituto Geológico Minero de España. *
Departamento de Producción Agraria. Escuela Técnica Superior de Ingenieros Agrónomos Universidad de Navarra.
Departamento de Zoología. Facultad de Ciencias. Universidad de Navarra. X
ADENA/WWF.
Ecologistas en Acción (AEDENAT). Navarra. X
CODA.
Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG).
FAT.
GREENPEACE.
SEO/BirdLife. X
Sociedad Conservación Vertebrados (SCV.
Anat-Lane. Pamplona.
Asociación Landazuria. Tudela.
Grupo Ecológico y Culturas-GEKA. Allo.
Sociedad de Ciencias Naturales Gorosti. Pamplona.
Asociación Naturalista de La Rioja (ANARI). Haro (Logroño.
Asociación Ecologista de La Rioja Logroño.
Asociación Naturalista de La Rioja (ERA). Logroño.
Asociación Española de Evaluación de Impacto Ambiental. X

* El Instituto Geológico y Minero de España participa en la fase de traslado de consultas, asesorando al Ministerio de Medio Ambiente en la definición de las directrices a seguir por el promotor en la elaboración del estudio de impacto ambiental.

Se ha consultado a un total de 75 entidades, de las que se han recibido 22 contestaciones. Sólo 19 de estas contestaciones presentan un contenido ambiental de interés que se resume a continuación:

Confederación Hidrográfica del Ebro. Indica la necesidad de contar con una autorización administrativa del Organismo de Cuenca para la realización de obras en el dominio público hidráulico y para el vertido directo o indirecto de aguas residuales sobrantes, previo tratamiento de acuerdo a los estándares de calidad de la normativa de aguas. Asimismo, recuerda que los apoyos no deberán afectar a los cauces ni a sus zonas de servidumbre y policía.

También indica que las zonas de préstamos, acopio, áreas de servicio y vertederos no deberán ocupar áreas sensibles, terrenos limítrofes con los cauces o áreas de recarga de acuíferos.

Dirección General de Medio Ambiente. Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra. Señala que de acuerdo con las condiciones establecidas en la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de Ordenación del Territorio, y Urbanismo, y dada la amplitud del territorio afectado, se precisa la tramitación conjunta de la nueva línea eléctrica y de la nueva subestación al considerarse como Proyecto Sectorial de Incidencia Supramunicipal. Así mismo, considera necesario el análisis de los impactos de cada alternativa para estas infraestructuras y un estudio de los Campos Electromagnéticos.

Respecto a los aspectos ambientales, indica la conveniencia de hacer un estudio para la instalación de dispositivos salvapájaros, además de atender al Plan de Recuperación del Quebrantahuesos en Navarra en el primer tramo navarro de la línea. Se deberá considerar en el estudio de alternativas los Lugares de Interés Comunitario (LICs) presentes en el área.

Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana. Departamento de Educación y Cultura del Gobierno de Navarra. Informa sobre el patrimonio arqueológico, adjuntando un inventario, cartografía a escala 1:50.000 y rango legal de protección, recomendando la realización de un estudio prospectivo previo a la construcción de la línea de las zonas parcialmente o no catalogadas para la delimitación de nuevos yacimientos.

Delegación de Gobierno en la Comunidad Autónoma de La Rioja. Informa de la influencia tangencial de la línea eléctrica sobre la Comunidad Autónoma de La Rioja, por lo que no observa efectos significativos sobre el medio ambiente.

Dirección General de Calidad Ambiental. Consejería de Turismo y Medio Ambiente del Gobierno de La Rioja. Considera conveniente incluir en el estudio de impacto ambiental el espacio «Sotos de Alfaro», catalogado por el Plan Especial de Protección del Medio Ambiente Natural de La Rioja. Por otro lado, indica que este organismo está elaborando un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de los sotos del Ebro en Alfaro, incluyendo los «Sotos de Alfaro», propuesto además como LIC para su inclusión en la Red Natura 2000.

Dirección General de Cultura. Consejería de Educación, Cultura, Juventud y Deportes del Gobierno de La Rioja. Incluye la recomendación de contar con un técnico en arqueología en los trabajos de remoción de tierras.

Ayuntamiento de Alfaro. Solicita que el trazado no discurra por el Término Municipal de Alfaro, ya que incidiría negativamente en los «Sotos de Alfaro» (CR-3), espacio protegido según el Plan Especial de Protección de Medio Ambiente Natural del Gobierno de La Rioja. En caso de que la línea discurriera por esa zona, solicita la instalación de dispositivos salvapájaros.

Ayuntamientos de Biurrun-Olcoz y de Tiebas-Muruarte de Reta. Remiten un documento conjunto donde mediante un amplio análisis legislativo y un estudio de las memorias resumen de los proyectos de construcción de las líneas eléctricas de 400 kV Vitoria-Muruarte, Muruarte-Castejón y Cordovilla-Orcoyen, de 220 kV entrada y salida de la subestación de Muruarte línea Cordovilla-Orcoyen y de la subestación de Muruarte, señalan que estos proyectos forman uno solo interdependiente, por lo que se establece la necesidad de una evaluación de impacto ambiental conjunta.

Indican la necesidad de realizar un estudio detallado de los efectos sobre la salud de la población de los campos electromagnéticos generados, mencionando el Tratado de 17 de diciembre de 1997 sobre la Carta de la Energía, el protocolo de la misma sobre la misma materia y el Instrumento de Ratificación de ambos de 11 de diciembre de 1997, entre otras normativas. Apoyan esta petición con la síntesis de varios Dictámenes, Resoluciones del Parlamento Europeo y estudios epidemiológicos y señalan que aunque no haya estudios que concluyan que haya riesgo para la salud humana, tampoco hay estudios que determinen lo contrario. Como medida preventiva proponen el alejamiento de estas infraestructuras lo máximo posible de las poblaciones y de las zonas calificadas como suelo urbano.

Señalan que vista la memoria resumen, parece ser que la ubicación de la subestación de Muruarte está ya determinada, reduciendo el número de alternativas de pasillo de las líneas eléctricas que llegan a la misma.

Así mismo, indican que esta ubicación se ha realizado sin un estudio previo de alternativas con identificación, valoración y comparación de los posibles impactos ambientales.

Señalan la necesidad de describir con detalle el proyecto y el ámbito de estudio, especialmente de las zonas sensibles que puedan ser afectadas, identificar los efectos ambientales que se produzcan, proponer medidas preventivas y correctoras, establecer los impactos residuales y definir un Programa de Vigilancia Ambiental.

Ayuntamientos de Garinoain, Pueyo y Leoz. Presentan un escrito común indicando las infraestructuras presentes en la zona y hábitats prioritarios pertenecientes a la Red Natura 2000 de Navarra. Concluyen que la zona presenta una saturación de infraestructuras, por lo que sería conveniente estudiar la posibilidad de que el nuevo tendido discurra por el mismo pasillo que el de la línea ya existente de 220 kV. Sugieren la valoración en detalle tanto del medio físico como del medio biológico existente, así como la definición de medidas preventivas y correctoras.

En cuanto a la avifauna, señalan la necesidad de señalizar varios tramos, en especial algunos puntos de cruces de ríos y zonas migratorias. Respecto a la vegetación, proponen la restauración de las vías de acceso creadas, así como las zonas afectadas por la línea y sus infraestructuras anejas.

Ayuntamiento de Lerga. Indica la necesidad de llevar a cabo las obras de restauración de la línea con rigurosos criterios medioambientales y la existencia de un convenio para la instalación de un nuevo parque eólico.

Ayuntamiento de Tafalla. Comunica que el proyecto no está suficientemente definido como para distinguir las afecciones medioambientales que pueda causar.

Ayuntamiento de Falces. Estima la necesidad de evitar dentro de su Término Municipal el «Barranco de Sierras» considerándose actualmente su protección, la Reserva Natural de «Arquillo-Barbaracés», los regadíos de alta productividad, las zonas susceptibles de convertirse en regadíos y la zona de «Los Rebollos», futuro polígono industrial municipal.

Ayuntamiento de Santacara. Solicita la remisión de cartografía donde aparezcan los parajes afectados dentro de su Término Municipal, ya que hay zonas catalogadas como Enclaves Naturales.

Departamento de Zoología. Facultad de Ciencias. Universidad de Navarra. Sugiere la elección de una alternativa que transcurra por terrenos que minimicen el impacto visual y no estén calificados como espacios protegidos. Recomienda el estudio del movimiento y paso migratorio de aves, siendo máximo en los cruces de los ríos, evitando en lo posible estos tramos.

Ecologistas en Acción de Navarra. Considera conveniente incluir en el estudio de impacto ambiental la afección paisajística que pueda producir la línea y las medidas paliativas a tomar, además de detallar la restauración de los daños producidos por las infraestructuras necesarias para la construcción y funcionamiento de la línea. También recomienda un desbrozamiento selectivo de la vegetación en prevención de incendios y la inclusión de un estudio de afecciones que los campos electromagnéticos puedan producir en la salud humana.

SEO/BirdLife. Sugiere la evaluación de la línea incluyendo estudios parciales y detallados de distintos tramos. Incluye una relación de Áreas de Importancia para las Aves (IBAs) dentro del ámbito de estudio: «Laguna de Pitillas y Dos Reinos» también Enclave Natural, Reserva Natural y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y «Las Bardenas Reales» también Reserva Natural, Enclave Natural y ZEPA.

En cuanto a la avifauna, introduce una relación de aves incluidas en el Anexo I de la Directiva 79/409/CEE sobre Conservación de Aves Silvestres y en el Libro rojo de los Vertebrados de España.

Además de las entidades relacionadas anteriormente, han presentado sugerencias de tipo ambiental el Concejo de Olcoz y el Concejo de Muruarte de Reta, siendo las mismas que las presentadas por los ayuntamientos de Biurrun-Olcoz y de Tiebas-Muruarte de Reta.

ANEXO II
Resumen del estudio de impacto ambiental

Contenido

El estudio de impacto ambiental, elaborado por «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» (REE), realiza una descripción detallada del proyecto, de sus componentes y de las actividades que su desarrollo conlleva. Localiza e identifica, siguiendo la normativa vigente de ámbito autonómico, estatal y europeo, las zonas y parajes que por sus características legales, especiales o destacables, pueden verse afectadas por el proyecto. Realiza un inventario ambiental del área de estudio, analizando los componentes de medio físico, biológico, socioeconómico y de paisaje que lo definen, acompañando estos apartados con cartografía temática a escala 1:50.000 y 1:25.000. Identifica los efectos ambientales sobre los diversos componentes del medio provocados como consecuencia de la ejecución del proyecto. Incluye un informe técnico sobre los efectos de los campos electromagnéticos sobre la salud humana. Realiza un estudio comparativo de alternativas para la línea eléctrica y la subestación. Propone medidas preventivas y correctoras que permitan evitar o reducir los impactos ambientales. Identifica y evalúa los impactos residuales. Define un programa de vigilancia ambiental y aporta un documento de síntesis.

Justificación del proyecto

Los objetivos de este proyecto son aumentar los niveles de calidad de servicio de la ciudad de Pamplona, posibilitar la evacuación de la producción de energía que se va a generar en los nuevos parques eólicos de Navarra y enlazar las nuevas centrales de ciclo combinado de gas situadas en Castejón con la red de transporte. Además, esta línea formará parte de un eje de transporte de energía eléctrica que facilitará el transporte de energía entre las comunidades autónomas del País Vasco, Navarra y Aragón.

Descripción del proyecto

El proyecto de REE se localiza en la Comunidad Foral de Navarra y consiste en la construcción de la línea eléctrica aérea Muruarte-Castejón de 400 kV y de la subestación eléctrica de Muruarte de donde parte esta línea.

La línea eléctrica, de aproximadamente 60 kilómetros de longitud, se origina en la subestación de Muruarte y discurre con dirección predominantemente sur con parte de su trazado en paralelo a la línea de 220kV Orcoyen-Tafalla-La Serna y a la autovía A-15. Cruza el río Aragón y llega hasta la subestación de Castejón situada en el margen derecho del río Ebro. Los apoyos utilizados son torres de acero galvanizado de celosía. Cada apoyo posee una forma particular en función de la topografía, adoptando inclusive patas desiguales para corregir las diferencias de cota.

La subestación de Muruarte está situada entre las estribaciones de la sierra de Alaiz al sur de Pamplona, en el TM de Tiebas-Muruarte de Reta (Comunidad Foral de Navarra) y es mixta, de exterior, con tres parques y una superficie de unas seis hectáreas. Enlaza dos líneas de doble circuito de 400 kV con Vitoria y Castejón y transforma la energía generada en los parques eólicos de la zona de 66 kV a 220 kV para suministrar a Pamplona.

Inventario ambiental

Ámbito de estudio

El área de estudio es un ovoide irregular comprendiendo parte de la Comunidad Foral de Navarra y la comunidad autónoma de La Rioja, siendo determinado en base a la situación de la subestación de Muruarte, situada en el TM de Muruarte de Reta y de la subestación de Castejón, situada junto a la margen derecha del río Ebro muy próxima a La Rioja, ambas incluidas en la Comunidad Foral de Navarra. El área está cruzada de este a oeste por los ríos Arga y Ebro y de norte a sur por la autopista A-15 y la línea eléctrica Orcoyen-Tafalla-La Serna. Incluye total o parcialmente los TTMM de Muruarte de Reta, Tiebas, Olcoz, Tirapu, Unzue, Oloriz, Barasoain, Eneriz, Añorbe, Mendigorría, Larraga, Artajona, Garinoain, Pueyo, Orisoain, Leoz, Lerga, Eslava, Ujue, San Martín de Unx, Beire, Tafalla, Berbinzana, Miranda de Arga, Falces, Olite, Pitillas, Santacara, Murillo el Fruto, Carcastillo, Melida, Murillo El Cuende, Caparroso, Peralta, Marcilla, Azagra, Funes, Villafranca, Milagro, Cadreita, Bardenas Reales, Valtierra, Castejón, Arguedas, Corella y Tudela en la Comunidad Foral de Navarra y Rincón de Soto y Alfaro en La Rioja.

Inventario ambiental del medio físico

El estudio describe con detalle el clima, la geología, la geomorfología, la hidrogeología y la hidrología del área de estudio. Con relación a este último apartado se menciona que los principales ríos que drenan la zona son el Ebro, el Arga y el Aragón, además de varios de sus afluentes. El río Ebro cruza de oeste a este el borde sur del ámbito, situándose la subestación de Castejón al sur del mismo, el río Aragón se sitúa en la mitad sur cruzando el área de este a oeste y el río Arga recorre el borde occidental, uniéndose con el Aragón en el tercio sur de la zona manteniéndose en el costado oeste hasta desembocar en el Ebro. En la zona oriental del ámbito se sitúa la Laguna de Pitillas, determinando una cuenca de drenaje de una serie de pequeños cauces presentes. Existe un pequeño embalse, el de El Ferial, situado al este, en el interior del Parque Natural de Las Bárdenas Reales.

Inventario ambiental del medio biológico

El territorio de estudio y su entorno cercano se encuentra incluido en las Zonas áridas del Valle del Ebro y comarca de los Monegros y Bardenas Reales, con flora y vegetación esteparia, elementos florísticos iranoturcos o sarmáticos, cubetas endorreicas, hábitats halófilos con flora única, relictos geomorfológicos, coscojares y pinares de «Pinus halepensis».

Según la vegetación presente se distinguen las siguientes unidades:

Encinares: de encinas carrascas («Quercus ilex sbsp, ballota») al norte, sur y oeste de Tafalla.

Formaciones mixtas de encinas y quejigos («Quercus faginea»): en suelos de sustratos blandos, de tipo margoso (arenosos o arcillosos del terciario o cuaternario) al norte del ámbito de estudio, al oeste de Pueyo, entre Pueyo y Olleta y en la zona de Chaurreta y Alzurba. En los suelos de calizas o conglomerados se instalan las encinas.

Coscojares: En laderas de pendiente muy pronunciada, cresteríos y espolones al noreste, centro y este del ámbito de estudio.

Pinares de pino carrasco (Pinus halepensis) y pino laricio («Pinus nigra»): El primero mezclado con coscojares o lentiscares en zonas semiáridas o secas. Destacan los pinares de la zona de Las Bárdenas y al este y oeste de Tafalla. El pino laricio se encuentra en bosques de repoblación con quejigos en su interior. Están representados por formaciones de poca entidad situadas al norte de la línea que uniría las poblaciones de Artajona y Barasoain.

Vegetación ripícola: Encontrada en los sotos fluviales de los ríos Ebro, Arga y Aragón, entre otros. Entre otras especies destacan: «Populus alba», «Populus nigra», «Salix alba», «Fraxinus angustifolia» y un amplio número de especies que conformarían el sotobosque asociado como «Phragmites australis», «Dorycnium gracile», «Lycopus europaeus», «Mentha aquatica», «Paspalum paspalodes».

Pastizales salinos: Localizados en los alrededores de la Laguna de Pitillas y caracterizados por la presencia de caméfitos y nanofanerófitos crasicaules que se desarrollan sobre suelos muy salinos húmedos y sometidos a inundaciones de agua salada. Destaca la presencia de «Artemisia gallica», «Inula crithmoides» y «Juncus subulatus». Domina la «Suaeda vera var, brevifolia».

Especies endémicas, protegidas y amenazadas: «Narcissus dubius», «Deschampsia hispanica», «Oreochloa confusa», «Crocus nevadensis sbsp, marcetii», «Merendera montana», «Microcnemum coralloides subp, coralloides», «Senecio auricula» y «Ziziphora aragonenesis» (Catálogo de Flora Amenazada de Navarra según el Decreto Foral 94/1997).

Resto de usos del suelo: ocupa un área importante en la zona de estudio, y está formada por secano cerealista y en el entorno de los ríos Ebro, Arga, Aragón y Cidacos cultivos de regadío.

En cuanto a la fauna, el estudio de impacto ambiental se centra en el estudio ornitológico, ya que es el grupo más negativamente afectado por este tipo de proyectos.

Comunidades orníticas de aves acuáticas y riparias: las garzas («Ardea sp.»), el aguilucho lagunero («Circus aeruginosus»), el avetoro («Botarus stellaris»), el avetorillo («Ixobrychus minutus»), el zampullín cuellinegro («Podiceps nigricollis») y el somormujo lavanco («Podiceps cristatus»), así como varias especies de anátidas, rálidas, limícolas y paseriformes catalogadas.

Aves forestales: El milano real y negro («Milvus sp.»), el gavilán («Accipiter nisus»), la aguililla calzada («Hieraaetus pennatus»), el alcotán («Falco subbuteo»), chotacabras («Caprimulgus sp.») y el pico menor («Dendrocopos minor»).

Aves esteparias: El cernícalo primilla («Falco naumanni»), la avutarda («Otis tarda»), las gangas («Pterocles sp.»), el sisón y el aguilucho cenizo («Circus pygargus»).

Aves rupícolas: El alimoche («Neophoron percnopterus»), el buitre leonado («Gyps fulvus»), el águila real («Aquila chrysaetos»), el halcón peregrino («Falco peregrinus») y el búho real («Bubo bubo») en los cantiles y cortados.

Dentro del resto de la fauna se pueden encontrar invertebrados amenazados como son «Austropotamobius pallipes», «Unio elongatulus» y el lepidóptero «Proserpinus proserpina»; coleópteros como «Lucanus cervus» y «Cerambyx cerdo»; fauna piscícola como el fraile, la lamprehuela, el bagre y el barbo de cola roja; anfibios como el sapillo pintojo ibérico («Discoglossus galganoi»), el sapo de espuelas («Pelobates cultripes») y la ranita de San Antonio («Hyla arborea»); reptiles como el galápago europeo («Emys orbicularis») y el leproso («Mauremys leprosa»); poblaciones relictas de cangrejo de río autóctono («Austrapotamobius pallipes») y el bivalvo «Unio elongatus». Dentro de los mamíferos se encuentra el visón europeo («Mustela lutreola»), el gato montés («Felis silvestris»), el turón («Mustela putorius») y numerosos quirópteros.

Espacios naturales de interés

Monte Plano y Leoz: LIC ES2200032 dividido en tres áreas, los montes de utilidad pública denominados Montes de Leoz al oeste de Olite, Monte Viejo y Reserva Natural de Monte del Conde ambos al este de Pueyo, siendo estos dos últimos limítrofes. El espacio está configurado por tres áreas en las que predominan los carrascales de Quercus rotundifolia y los quejigales de Quercus faginea. Se encuentran buenos ejemplos de carrascales y quejigales castellano-cantábricos, localizados en la Reserva Natural del Monte del Conde y en Leoz. El lugar presenta una de las mayores densidades de aves rapaces de Europa.

Lagunas del Juncal: Incluye la Reserva Natural de la Laguna del Juncal y el LIC ES2200033 denominado Laguna del Juncal, en el TM de Tafalla. Se trata de la laguna endorreica más septentrional de Navarra.

Laguna de Pitillas: Incluye la Reserva Natural, ZEPA, Ramsar y LIC ES2200036 denominado Laguna de Pitillas, al este de la población de Pitillas. Laguna de naturaleza endorreica de carácter permanente.

Yesos de la Ribera Estellesa: Incluye el LIC ES2200031 denominado Yesos de la Ribera Estellesa, al sur de Miranda de Arga.

Tramo bajo del río Arga: Incluye la Reserva Natural de Sotos del Arquillo y Barbaraces que abarca ambas márgenes del río Arga, en el TM de Falces aguas abajo de la presa del Arquillo; el LIC ES2200035 denominado Tramos bajos del Aragón y el Arga; el Enclave Natural de Sotos de la Muga, situado en la margen derecha del río Arga en el límite entre los términos municipales de Falces y Peralta; el Enclave Natural del Soto de Santa Eulalia situado en ambas márgenes de un antiguo meandro del río Arga en el TM de Peralta y la Reserva Natural Sotos de Gil y Ramal Hondo, conjunto forestal que bordea dos antiguos meandros del río Arga hoy aislados del cauce del río al haber sido éste canalizado en los términos municipales de Funes y Peralta.

Tramo bajo del río Aragón: Incluye el Enclave Natural Soto Ártica situado en la margen derecha del río Aragón en el TM de Santacara; el Enclave Natural Soto Arenales, una gran isla que quedó separada del cauce principal ubicada en la margen derecha del río enfrente de la localidad de Mélida; el Enclave Natural Soto de Valporrés-Soto Bajo que abarca los sotos que se forman en la margen izquierda del río Aragón en un amplio meandro en los términos municipales de Mélida y Murillo el Cuende; el Enclave Natural Sotos de la Recueja, complejo fluvial de mayor interés en el río Aragón; el Enclave Natural de Sotos de Rada I y II formado por dos bosques de ribera contiguos, situados en la margen derecha del río Aragón al final de un amplio meandro en el que se ubica el Enclave Natural de los sotos de Valporrés-Soto Bajo; la Reserva Natural de Sotos de la Lobera y Sotillo que abarca un conjunto de sotos situados en ambas márgenes del río Aragón (Sotillo en la margen izquierda y Lobera en la margen derecha) y el LIC denominado Tramos bajos del Aragón el Arga.

Bardenas Reales: Incluye el Parque Natural y el LIC ES2200037 denominado Las Bardenas Reales, con comunidades florísticas y faunísticas singulares y especies raras. Entre los ecosistemas mejor conservados se encuentran los Pinares del Vedado de Eguaras y de las Caldas de la Negra, la balsa de las Cortinas y las áreas esteparias de la Blanca.

Badina Escudera: Incluye el Enclave Natural y el LIC ES2200039 denominado Badina Escudera, zona húmeda en el TM de Villafranca.

Vedado de Eguaras: Incluye la Reserva Natural del Vedado de Eguaras, en el TM de Valtierra. Con pinar con sotobosque de coscoja y en suelos menos desarrollados romerales, tomillares y albardinales o espartales.

Sotos de Alfaro: Incluye el Complejo de Vegetación de Ribera de los Sotos de Alfaro y el LIC ES2200040 denominado Río Ebro.

Sotos del Ebro: Incluye el Enclave Natural de Soto Alto, en la margen izquierda del río Ebro, en el TM de Valtierra; el Enclave Natural del Soto de Giraldelli, en la margen derecha del río Ebro en el TM de Castejón; la Reserva Natural del Soto de Ramalete, en la margen derecha del río Ebro en el TM de Tudela y el LIC denominado Río Ebro.

Tramo fluvial del Río Aragón comprendido entre los ríos Ebro y Arga. En su recorrido atraviesa los TTMM de Funes, Villafranca y Milagro.

Montes de Utilidad Pública.

Inventario ambiental del medio socioeconómico

El estudio de impacto ambiental analiza la población, las infraestructuras y los servicios existentes.

Las poblaciones de los municipios incluidos en el estudio han sufrido descensos de población a partir del año 91. Los municipios presentan como actividad dominante el sector servicios con un 46,96 por 100, seguido del sector industrial con un 31,19 por 100. Los dos sectores minoritarios son la construcción y la agricultura con unos porcentajes de 12,86 y 8,98 por 100, respectivamente.

Se analizan los recursos turísticos y recreativos incluyendo los centros de interpretación, las rutas, los senderos, el Camino de Santiago, los recursos cinegéticos, la ordenación del territorio y planeamiento urbanístico en los distintos municipios y las infraestructuras existentes y previstas.

Patrimonio histórico-artístico y arqueológico

Se ha analizado tanto la presencia del patrimonio arqueológico, artístico y etnográfico como el de las vías pecuarias en la Comunidad Foral de Navarra y la comunidad autónoma de La Rioja. La información recopilada en ambos inventarios se ha reflejado en cartografías a escalas 1:100.000 y 1:25.000 mostrando en detalle las zonas de alta potencialidad arqueológica.

Se ha localizado en el ámbito de estudio un total de 309 yacimientos, algunos de los cuales corresponden a hallazgos aislados, así como un total de 43 bienes inmuebles, la mayoría ermitas. Igualmente se han localizado varias cañadas reales, traviesas, pasadas y ramales.

Paisaje

El estudio de impacto ambiental analiza once unidades paisajísticas: mosaico agrícola formado por cultivos de regadío sobre zonas bajas; mosaico agrícola con alternancia de cultivos de secano, barbechos y viñedos sobre zonas llanas o de baja pendiente; mosaicos de matorrales en laderas y cumbres de lomas, con cultivos en fondos de valle, vaguadas y laderas bajas; superficies de terreno elevadas cubiertas por encinares; superficies de terreno elevadas o de alta pendiente con pinares; corredores lineales de pinos asociados a vías de comunicación; mosaico de masas de pinares con cultivos de secano y matorrales; mosaico de masas de quercíneas con cultivos de secano y matorrales; paisaje asociado a masas someras de agua, ríos y riberas; áreas urbanas, periurbanas e industriales.

En cuanto a las cuencas visuales, son muy amplias sobre todo en el Norte, en cambio, en el Sur abundan las vegas y las zonas regadas que limitan las mismas. También existen en este área numerosos elementos de alto valor paisajístico debido a elementos arquitectónicos o naturales.

Análisis de alternativas y selección del emplazamiento óptimo de la subestación de Muruarte

Se relacionan a continuación las diferentes alternativas de ubicación de la subestación de Muruarte, de acuerdo con la información contenida en el estudio de impacto ambiental. Se analizan 11 emplazamientos, denominados por once números consecutivos:

Emplazamiento 1: En el TM de Tiebas-Muruarte de Reta, a unos 500 metros al sur de Muruarte de Reta en el paraje denominado Las Medias Robadas. Zona de cultivos de secano, con una cuenca visual reducida hacia el sureste y algo más elevada desde la población mencionada.

Emplazamiento 2: A unos 200 metros más al suroeste del emplazamiento anterior, en la zona limítrofe de los TTMM de Olcoz y Tiebas-Muruarte de Reta, en un punto intermedio entre los parajes Otsozuloeta e Intxaurreta, a 600 metros de la primera población y a más de 800 metros de la segunda. El uso del suelo y la percepción visual es similar al del emplazamiento anterior y no hay edificaciones próximas. Se necesita la construcción de un tramo nuevo de línea para la entrada a esta subestación.

Emplazamiento 3: Algo más al oeste del emplazamiento anterior, en el TM de Olcoz, en el paraje denominado Zelaia, a unos 400 m al sureste de la población de Olcoz. El uso del suelo es agrícola, y en las inmediaciones se sitúa una balsa en la que pueden encontrarse aves de paso. La percepción visual de este emplazamiento es superior a los analizados anteriormente, ya que será visible desde las poblaciones de Tirapu y Añorbe.

Emplazamiento 4: A unos 400 metros al norte de los emplazamientos anteriores, en un punto intermedio entre los TTMM de Tiebas-Muruarte de Reta y Olcoz, en el paraje conocido como Otsazuloa o el Prado Muiaga, a unos 300 metros de la primera población. El uso del suelo es agrícola. Es el emplazamiento que se encuentra más próximo a las viviendas del núcleo de Muruarte de Reta y a escasos 50 m de una edificación.

Emplazamiento 5: En el TM de Biurrun, entre los parajes de Muriaga y El Prado, a 1 kilómetro aproximadamente al sur del núcleo de Biurrun. Se sitúa en el centro de un triangulo formado por la carretera NA-6010, el camino del Prado y el camino de Monte Abajo. La zona está cubierta por cultivos de secano. La visibilidad es baja respecto a la población pero alta respecto al Camino de Santiago, debido a que la ruta principal del ramal aragonés del Camino de Santiago discurre a 200 metros de la subestación.

Emplazamiento 6: En la parte baja de la planicie que hay entre Muruzabal y Adiós, en el TM de Muruzabal, a una distancia de casi 1 kilómetro de Muruzabal y algo más de 1,5 kilómetros al suroeste de Adiós, en el paraje denominado Atobasoñeta. Se necesita acometer grandes movimientos de tierra, debido a las diferencias de cota de la explanada. El uso de la zona es agrícola. El emplazamiento se encuentra entre varios elementos importantes del patrimonio, dado que las poblaciones que lo rodean son focos de atracción turística. A unos 300 metros del emplazamiento se encuentra la ermita de Santa Lucía, relativamente cerca la ermita de María de Eunate y a unos 600 metros discurre el Camino de Santiago. En un punto relativamente próximo queda el punto de encuentro con el ramal navarro del Camino de Santiago. Sería muy visible para los habitantes de Obanos, Muruzabal y Adiós.

Emplazamiento 7: En el límite del TM de Adiós, muy próximo al límite con Muruzabal, a una distancia de 800 metros, en el paraje denominado Ardantzelarreta, sobre terrenos de cultivos de secano. Los elementos del patrimonio son los mismos que en el emplazamiento anterior. La cuenca visual es amplia, siendo muy visible para las poblaciones de Muruzabal y Adiós y desde el ramal navarro del Camino de Santiago.

Emplazamiento 8: En el TM de Adiós, a 300 metros al oeste del núcleo de población, en un punto intermedio entre los caminos de Adiós a Muruzabal y el de Kostagibel. Al igual que en los dos anteriores, cruza el área una ruta migratoria de aves. La incidencia visual es similar al del emplazamiento anterior, aunque es más visible para la población de Adiós.

Emplazamiento 9: En el TM de Tiebas-Muruarte de Reta, al este de la autopista A-15 al pie de la Sierra de Alaitz al norte del Monte Urraun y al este del campamento militar de Carrascal. Es un terreno llano muy alterado por la actividad humana debido a la ubicación en esta zona de industrias. Se encuentra rodeado de elevaciones, por lo que solo es visible por el oeste y se sitúa en un terreno deprimido respecto a la autopista, que está elevada respecto al ferrocarril y la carretera nacional, siendo una barrera visual para ambas estructuras. A unos 300 metros al norte discurre el ramal aragonés del Camino de Santiago, aunque está degradado debido a las obras realizadas en la zona.

Emplazamiento 10: En el paraje denominado Zazugaña, en el límite entre los TTMM de Unzué y Oloriz, a casi 1 kilómetro del primero y a más de 2 kilómetros del segundo. La zona se encuentra comprendida entre la autopista A-15 al este y el ferrocarril y la carretera nacional N-121 al oeste, en un punto en el que se juntan y forman un pasillo de menos de 500 metros de anchura. Esto provoca un impacto visual alto. La zona tiene riesgo de ser inundable. La vegetación en su parte norte está compuesta de cultivos de secano y al sur existe vegetación ripícola vinculada al río Zidacos.

Emplazamiento 11: Algo más al sur que el anterior, en la zona del Raso de Zugaña, junto al paraje de el Montico, en el TM de Oloriz, en el límite entre éste y el de Mendivil. El ferrocarril, la autopista A-15 y la carretera N-121 discurren próximas.

Según el estudio de impacto ambiental, se considera que el emplazamiento óptimo tanto desde el punto de vista ambiental como técnico, es el denominado emplazamiento 9, debido a que se ubica en un medio actualmente muy alterado por la presencia de dos plantas industriales en la zona, no se han detectado elementos de interés del medio natural o social y la cuenca visual es reducida, al estar en una parcela deprimida respecto al entorno que la rodea.

Descripción del trazado, comparación de alternativas y selección del pasillo óptimo

De acuerdo con la descripción efectuada en el texto del estudio de impacto ambiental, se describen a continuación las diferentes alternativas al trazado analizado, denominadas por letras consecutivas del alfabeto (de la A a la F):

El trazado, de aproximadamente 60 km de longitud, parte de la subestación de Muruarte a lo largo de dos kilómetros y medio con dirección sur a fin de evitar el parque eólico presente al oeste del mismo, cruzando la autopista A-15 y la vía del ferrocarril. A partir de este punto surgen las alternativas A y B.

La alternativa A, toma dirección suroeste para confluir con el trazado de la línea Orcoyen-Tafalla-La Serna, discurriendo por una zona no urbanizable con casonas declaradas bienes de interés cultural al este de Artajona. A partir de este punto, cambia la orientación hacia el sureste para discurrir en paralelo al trazado de la línea mencionada. Antes de su llegada a la Laguna del Juncal surge la alternativa C con dirección sursuroeste. La alternativa A continúa con dirección sureste dejando al oeste la Laguna del Juncal y el Monte Plano y al este la población de Tafalla, discurriendo entre esta población y dicho espacio. Una vez superada esta zona surgen las alternativas D y E, dirigiéndose la primera hacia el suroeste y la segunda hacia el sureste. La alternativa A sigue en dirección sur en paralelo a la línea eléctrica Orcoyen-Tafalla-La Serna y cruza la Plana de Olite, el Tramo Bajo del río Aragón y el Parque Natural de Las Bardenas Reales en dos pequeños tramos. Una vez rebasado este Parque Natural surge la alternativa F con dirección sureste para aumentar la distancia a la zona urbanizada de Caderita. Esta alternativa toma dirección suroeste para confluyendo con la alternativa A, cruzar el río Ebro y llegar a la subestación de Castejón, situada en el margen derecho del mismo.

La alternativa B se dirige en dirección sur a través de las zonas no urbanizables de Barasoain, a fin de evitar la zona no urbanizable que la alternativa A cruza más al oeste, dentro del mismo término municipal, y especialmente las casonas declaradas bienes de interés cultural. Mantiene una distancia mínima de 2 km a esta localidad confluyendo con la alternativa A antes del espacio protegido de la Laguna del Juncal, en los alrededores de Tafalla.

En este punto se inicia la alternativa C, la más occidental de todas. Esta alternativa toma dirección sursuroeste para rodear por el oeste la Laguna del Juncal y más adelante toma dirección sureste para discurrir entre una zona de interés para aves esteparias y el Monte Plano. Cruza un valle por el que va oculta la traza frente a la carretera, describe un arco hacia el oeste, internándose en las zonas regadas por los ríos Arga y Ebro y confluye con al alternativa A antes del cruce con el río Ebro.

La alternativa D discurre entre la alternativa C y la A y se dirige hacia el oeste por el pasillo de infraestructuras formado por la autopista y la carretera que une Olite con Peralta. Gira hacia el sursureste con la autopista, discurriendo próxima a la misma y la abandona exclusivamente en la zona del cruce del río Aragón. A esta altura, esta alternativa se bifurca en tres pasillos, el primero mantiene el paralelismo con el peaje de la autopista, el segundo cruza el río Aragón por una zona estrecha de sotos y el tercero más oriental afecta al espacio natural protegido Tramo Bajo del Río Aragón en una longitud de unos 800 metros. Después de este cruce, discurre en paralelo a la autopista a 1 km de distancia aproximadamente con el fin de evitar el espacio protegido de Badina Escudera y confluye con la alternativa A una vez superada la población de Villafranca.

La alternativa E, la más oriental de todas, se inicia después de la alternativa D y antes de la zona de sensibilidad faunística de La Plana de Olite, bordeándola por su borde oriental con dirección sureste. Una vez superada esta zona, la alternativa se bifurca en dos pasillos para evitar elementos de valor histórico presentes en esta zona. Pasada esta zona, la alternativa vuelve a ser única dirigiéndose hacia el sursureste a 1 km al este de la población de Caparroso. En este punto cruza el espacio protegido del Tramo Bajo del río Aragón, se desvía hacia el suroeste para evitar el paso por el Parque Natural de las Bardenas Reales y confluye con la alternativa A antes de llegar a la población de Villafranca.

Una vez comparadas las alternativas y analizando los impactos que generaría la línea sobre el medio físico, biológico y socioeconómico, el estudio de impacto ambiental considera como trazado óptimo, la combinación de las siguientes alternativas: tramo inicial común de 2,5 km, alternativa B hasta los alrededores de Tafalla, alternativa A hasta superar el Monte Plano, alternativa D hasta superar el Parque Natural de las Bárdenas Reales y alternativa A hasta la entrada a la subestación de Castejón.

El trazado se describe con mayor detalle en la condición 1.2 de esta declaración.

Análisis del Impacto de la Línea Eléctrica de Alta Tensión

El estudio de impacto ambiental considera los impactos ambientales potenciales producidos, tanto durante la fase de construcción como de explotación de la línea sobre el suelo, el agua, la atmósfera, la vegetación, la fauna, el medio socioeconómico y el paisaje. Una vez finalizada la fase de construcción y aplicadas las correspondientes medidas correctoras de forma efectiva ya en la fase de explotación, van a quedar modificados algunos componentes del entorno con respecto a la situación inicial del mismo. Los impactos residuales principales que están asociados a este tipo de proyectos se pueden centrar básicamente en la afección paisajística, afección a la vegetación, afección a la avifauna y afección a las infraestructuras y a la población cercana a la línea, siendo compatible en la aceptación social del proyecto, en el suelo y la vegetación excepto en algunas zonas con vegetación natural donde sería un impacto compatible-moderado, moderado en la fauna debido al riesgo de colisión de la avifauna, riesgo reducido mediante la instalación de salvapájaros, moderado en paisaje y nulo sobre el patrimonio histórico-cultural, al haberse realizado prospecciones previas a las obras.

Medidas preventivas y correctoras

El estudio de impacto ambiental propone medidas preventivas y correctoras de carácter general, incluyendo asimismo otras más concretas que no se consideran necesario reflejar ya que quedan determinadas en el condicionado de esta declaración de impacto ambiental.

Programa de Vigilancia Ambiental

El estudio establece que «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», será responsable del cumplimiento, control y seguimiento de las medidas a adoptar dentro de este plan de vigilancia, debiendo controlar, entre otras, durante la fase de construcción la obtención de permisos, la construcción propiamente dicha, el diseño y construcción de accesos, el acopio de materiales, el armado e izado de apoyos, la apertura de calles de seguridad, el tendido de conductores y cables de tierra y las instalaciones auxiliares. Durante las actividades de explotación, se verificará el buen estado y funcionamiento de los elementos que componen la línea, se mantendrá un registro de todas las colisiones que puedan ser detectadas en las revisiones periódicas de mantenimiento y se comprobará que las tareas de corta o poda de arbolado se realicen de manera adecuada. Se comprobará el estado que presentan las plantaciones efectuadas en las zonas en las que se ha abierto calle de seguridad.

ANEXO III
Resultado de la información pública

Relación de entidades que han presentado alegaciones con contenido ambiental y resumen de su contenido

Dirección General de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra.

Departamento de Educación y Cultura del Gobierno de Navarra. Ayuntamiento de Barasoain.

Ayuntamiento de Olite.

Ayuntamiento de Peralta.

Ayuntamiento de Marcilla.

Asociación Naturalista Marcillesa «ALNUS»

Asociación de Cazadores Deportivos de Marcilla.

Fondo Navarro para la Protección del Medio Natural (GURELUR). Dirección General de Medio Ambiente del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra. Indica que el trazado seleccionado en el estudio de impacto ambiental es el que ocasiona un menor impacto ambiental. También indica que se podría unificar los apoyos de la línea en proyecto con la ya existente Cordovilla-La Serna, reduciendo así la afección a las zonas de alta sensibilidad faunística situadas en la Plana de Olite, el río Aragón, Badina Escudera y el río Ebro. Recomienda la instalación de torres tipo «cabeza de gato» en algunos tramos para ocasionar un menor impacto sobre la avifauna y el armado hexagonal en otros tramos que discurren entre masas arbóreas. Indica que el trazado discurre por el extremo este de los Montes de Utilidad Pública 651 y 652, por lo que el promotor deberá solicitar la autorización del Servicio de Conservación de la Biodiversidad. Solicita la presentación por parte del promotor de las medidas anticolisión adoptadas, así como los vanos a balizar y la presentación de un Programa de Vigilancia Ambiental detallado antes del inicio de las obras.

El promotor («Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima») señala respecto a la compactación de las líneas que podría acarrear problemas de mantenimiento ya que pertenecen a dos compañías eléctricas distintas. En cuanto a la instalación de torres tipo «cabeza de gato», advierte que es posible sólo en apoyos de simple circuito, no siendo éste el caso. Toma nota de la necesidad de autorización del Servicio de Conservación de la Biodiversidad y está de acuerdo en la presentación de los documentos solicitados por este organismo.

Departamento de Educación y Cultura del Gobierno de Navarra. Informa de que el proyecto no afecta negativamente al patrimonio arquitectónico y del traslado de la documentación al organismo correspondiente para determinar la afección al patrimonio arqueológico.

Ayuntamiento de Barasoain. Considera prioritario que el proyecto tenga en cuenta el Parque Eólico de San Esteban próximo a este término municipal y su posibilidad de ampliación, por lo que rechaza el trazado seleccionado. Considera también que el trazado de la línea eléctrica debería discurrir por zonas más bajas para minimizar el impacto visual. Incorpora un plano con alternativas de trazado, una más al este y otra más al oeste del trazado seleccionado en el estudio de impacto ambiental.

El promotor señala que el trazado se ha determinado de acuerdo con el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda del Gobierno de Navarra. Entiende que el parque eólico y la línea son instalaciones compatibles y solicita la documentación de ampliación del parque eólico para tener en cuenta las medidas a adoptar. Tras haber sido analizadas por el promotor las dos alternativas sugeridas por este ayuntamiento, se ha advertido que las afecciones al medio ambiente son mayores que las producidas por el trazado seleccionado en el estudio de impacto ambiental.

Ayuntamiento de Olite. Considera que la opción elegida no es la más adecuada, debido a que la traza discurre muy próxima al Monte Encinar y a la ermita de Santa Brígida, lugares de interés para Olite. Considera que produce menor afección la alternativa C al estar separada de la red viaria, núcleos urbanos y masas forestales. Indica la opción de situar la línea eléctrica en el pasillo que discurre entre la autopista y la carretera de Peralta a lo largo de todo el término municipal de Olite.

El promotor señala que el trazado propuesto no afecta al Monte El Encinar y discurre a más de 400 metros de la ermita referida. Así mismo, indica que el trazado propuesto por este ayuntamiento es ambientalmente más desaconsejable al discurrir entre el Monte del Encinar y una zona de importancia para las aves esteparias situada entre este monte y Miranda de Arga, mientras que el trazado seleccionado discurre bordeando una zona muy antropizada próxima al trazado de la línea ya existente de Orcoyen-Tafalla-La Serna. Señala a su vez la imposibilidad de utilizar el pasillo indicado por ese ayuntamiento, al no tener la anchura mínima señalada por la legislación de carreteras para este tipo de infraestructuras.

Ayuntamiento de Peralta. Solicitan la instalación de salvapájaros en la línea al discurrir por las zonas protegidas de su entorno.

Según el análisis de colisión de avifauna realizado por REE en el estudio de impacto ambiental, no se estima necesaria la instalación de salvapájaros en este tramo.

Ayuntamiento de Marcilla. Remite la respuesta de la Asociación Naturalista Marcillesa ALNUS.

Asociación Naturalista Marcillesa «ALNUS» y Asociación de Cazadores Deportivos de Marcilla. Ambas asociaciones presentan el mismo documento, donde incluyen una relación de las zonas de alto valor ecológico existentes en el término municipal de Marcilla. Señala que al entrar la línea en este término municipal, lo hace por el término de El Montico, zona muy sensible por su flora, fauna y paisaje, dividiendo en dos el área más interesante de actividad cinegética del municipio. Indica que el trazado de la línea discurre por los cortados del río Aragón, zona donde anidan aves forestales y muy utilizada por las aves como zona de paso, además de ser una ruta verde. También atraviesa «Las Planillas», donde se encuentran numerosas especies esteparias, área propuesta para formar parte de la zona de especial protección de aves esteparias que parte desde el Parque Natural de las Bardenas llegando hasta la «Baigorrada», por lo que la solución sería agrupar las nuevas infraestructuras con las ya existentes. Por todo lo expuesto, esboza dos propuestas de variación de trazado.

La primera de ellas se inicia a la altura de Olite cuando el trazado seleccionado pierde el paralelismo con la línea Orcoyen-Tafalla-La Serna. La alternativa planteada sugiere que siga el trazado de la línea eléctrica existente en paralelo, evitando de esta manera la afección a las aves esteparias, a la vegetación gypsicola presente en las laderas de los cerros y altos entre Marcilla y Caderita y a los cortados y tramos bajos del río Aragón, alejándose del Enclave Natural y LIC Badina Escudera y del casco urbano de Marcilla.

La segunda propuesta sugiere que la línea al entrar en el TM de Marcilla, siga en paralelo en todo momento la autopista A-15 y la línea Orcoyen-Tafalla-La Serna, para más tarde atravesar la autopista y discurrir entre ella y la carretera N-115, evitando atravesar la zona de «Las Planillas».

El promotor indica que el trazado de la línea se ha determinado teniendo en cuenta todos los condicionantes y espacios naturales señalados por estas asociaciones tras el consenso con los órganos ambientales del Gobierno de Navarra. El paso por la zona de «Las Planillas» se ha dispuesto en paralelo con la autopista, no obstante, REE comunica que se aproximará todo lo posible al trazado de la autopista, siempre que se cumpla con la normativa vigente para este tipo de infraestructuras.

Fondo Navarro para la Protección del Medio Natural (GURELUR). Indica que parte de los terrenos afectados que se encuentran entre Castejón y Muruarte de Reta poseen valores ambientales y paisajísticos importantes para especies de aves en peligro de extinción, al usarlos como lugares de nidificación y campeo. Señala que en el estudio de impacto se obvia la existencia de un dormidero de Cernícalo Primilla en las proximidades de la futura subestación de Tafalla, en la base del Monte Plano. También señala que debido a la existencia de una línea eléctrica de 220 kV en los alrededores de la Badina Escudera, las aves mueren electrocutadas, por lo que una nueva línea aumentaría este riesgo. Indica que la zona situada entre este espacio natural y el Parque Natural de Bardenas Reales es un corredor faunístico de algo valor con flujos de aves perpendiculares al futuro trazado, ya que Navarra se encuentra en una de las principales rutas migratorias de las aves de Europa. Subraya que esta es una zona de bosquetes mediterráneos con una rica ornitofauna y gran variedad de mamíferos, por lo que el trazado se debería desviar por una zona más antropizada como es el caso del corredor de la autopista. En relación con el cruce del río Aragón, en el estudio de impacto ambiental no se recogen las actuaciones necesarias para realizar el tendido, ni las especies ni el número de ejemplares de árboles afectados. En este mismo lugar hay una zona declarada como Suelo No Urbanizable de Protección de Cursos Fluviales incompatible con la instalación de un tendido eléctrico.

El promotor señala que en las proximidades de la subestación de Tafalla se localiza una zona de sensibilidad faunística muy alta donde como medida correctora se contempla la instalación de salvapájaros, incluyendo esta zona y reduciendo por tanto el peligro de colisión. Indica a su vez que el paso de la línea por el oeste del Monte Plano implicaría discurrir entre este espacio natural y una zona de importancia para aves esteparias, mientras que su paso por el este, implica hacerlo entre una zona mucho más antropizada y la subestación de Tafalla ya existente.

En cuanto a las electrocuciones de rapaces en las inmediaciones de Badina Escudera, indica que la disposición de los cables en la línea de 400 kV no supone un riesgo de electrocución, y la modificación del trazado no es posible porque discurre por la zona de menor afección posible sobre el entorno. En todo caso, la previsión de instalación de salvapájaros va a reducir los impactos de la línea. En cuanto a las rutas migratorias existentes, la disposición del tendido es paralela a sus flujos, con dirección norte-sur. El promotor considera suficientemente desarrolladas en el estudio de impacto ambiental el impacto y las medidas correctoras para el cruce con el río Aragón.

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