El Decreto 176/2002, de 18 de junio, constituyó y reguló el
Instituto de Medicina Legal de Córdoba, recogiéndose en la
Disposición Transitoria primera 3, la obligación de convocar
concurso, mediante convocatoria pública, entre los médicos forenses
de la provincia para cubrir los puestos de médico forense del citado
Instituto, incluidos los de Jefe de Servicio. El mencionado concurso
se convocó por Resolución de 6 de septiembre de 2002, de esta
Secretaría General Técnica.
Ultimados los trabajos de la Comisión de Valoración, se elevó
por ésta la propuesta de nombramiento, por cada puesto de
trabajo, al titular de la Secretaría General Técnica para que, a la
vista de la misma, adoptase la Resolución que procediese conforme
a la Base Octava 3 de la mencionada Resolución.
Con fecha 25 de febrero de 2003 se dictó Resolución por la
Secretaría General Técnica por la que se adjudicaban los destinos
en los puestos convocados. Habiendo quedado puestos de trabajo
sin adjudicar en el referido concurso de méritos y conforme a
la Base Novena.3 de la Resolución de 6 de Septiembre de 2002
en relación con lo dispuesto en la disposición transitoria primera
del Decreto 176/2002, de 18 de junio, vengo a nombrar al
funcionario que ha participado en el presente concurso y no ha
obtenido destino en el puesto de trabajo de médico forense que
quedado vacante en la Sede Central de Córdoba.
En la Resolución de 6 de septiembre de 2002, en su Base
Segunda.1 establecía que los médicos forenses, provenientes del
Cuerpo de Médicos de Registro Civil que se encontraban ocupando
plazas dentro de la oficina de Registro Civil, seguirán ocupando
las mismas y quedarían integrados en el Instituto de Medicina
Legal en los puestos que figuran en los mismos sin necesidad
de participar en el concurso.
Esta Secretaría General Técnica, en virtud de las competencias
establecidas en el artículo 7.2.p) del Texto integrado del
Decreto 139/2000, de 16 de mayo, por que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública,
publicada por Orden de 27 de mayo de 2002, resuelve:
Primero.-Nombrar al funcionario médico forense, D. Manuel
Obispo Muñoz, con D.N.I. n.o 30.432.353 en el puesto de trabajo
de médico forense vacante en la Sede Central de Córdoba.
Nombrar a D.a Clara Losada Velázquez, con D.N.I.
n.o 11.703.883 y a D. Miguel Mingorance Sánchez, con D.N.I.
n.o 22.347.339, en los dos puestos de trabajo de médico de
Registro Civil del Instituto de Medicina Legal de Córdoba.
Segundo.-Los funcionarios interinos que ocupen puestos de
trabajo en las Agrupaciones de Forensías de los Juzgados de
Primera Instancia e Instrucción de la provincia de Córdoba, cesarán
en la fecha que señale la Resolución de la Viceconsejería de Justicia
y Administración Pública, procediéndose a sus nombramientos
como funcionarios interinos en el puestos que ha quedado vacantes
en el Área Comarcal Sur.
Tercero.-En la fecha que se determine mediante Resolución
de la Viceconsejería de Justicia y Administración Pública quedarán
sin efecto las autorizaciones concedidas a los médicos forenses
en régimen de dedicación normal para el desempeño de otro puesto
en el sector público, al amparo de lo establecido en la disposición
transitoria tercera del Real Decreto 296/1996, de 23 de febrero,
por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Cuerpo de
Médicos Forenses. Debiendo optar por uno de ellos en el momento
de la toma de posesión del puesto adjudicado en la presente
Resolución. A falta de opción se estará a las previsiones contenidas
en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades
del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Aquéllos
funcionarios que en la actualidad tengan reconocida la
compatibilidad con actividad privada deberán solicitar un nuevo
reconocimiento con carácter previo a la toma de posesión en el nuevo
puesto.
Cuarto.-A efectos de plazo de toma de posesión y cese se
estará a lo dispuesto en el artículo 28 del Real Decreto 296/1996,
de 23 de febrero, con efectividad a partir de la fecha que se indique
por Resolución de la Viceconsejería de Justicia y Administración
Pública.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía
administrativa podrá interponerse recurso contencioso administrativo,
ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo competentes,
en el plazo de dos meses contados a partir de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, conforme a lo
dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Insértese en el
Boletín Oficial del Estado.
Sevilla, 25 de febrero de 2003.-El Secretario general técnico,
Carlos Toscano Sánchez.
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