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Documento BOE-A-2003-8010

Resolución de 31 de marzo de 2003, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación de la Revisión Salarial del I Convenio Colectivo de la empresa Hierros Ibáñez, S. A.

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 16 de abril de 2003, páginas 15168 a 15169 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2003-8010
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2003/03/31/(5)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto de la Revisión Salarial del I Convenio Colectivo de la empresa Hierros Ibáñez, S. A. (publicado en el BOE de 25-6-2002) (Código de Convenio n.o 9014012), que fue suscrito con fecha 10 de febrero de 2003 de una parte por los designados por la Dirección de la empresa en representación de la misma, y de otra, por los Delegados de personal en representación de los trabajadores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 31 de marzo de 2003.—La Directora general, Soledad Córdova Garrido.

Categoría

Salario base

Euros mes

Complementos

Euros mes

Retri-Anual

Euros mes

Personal Técnico Titulados

     
Títulado Grado Superior. 1.003,60 126,88 15,572,96
Títulado grado medio. 946,40 126,88 14.772,16

Personal Mercantíl Técnico no títulado

     
Jefe de División. 1.248,00 124,80 18.969,60
Jefe de Sucursal. 1.040,00 124,80 16,057,60
Jefe de Personal. 1.040,00 124,80 16.057,60
Jefe de Compras. 1.040,00 124,80 16.057,00
Jefe de Ventas. 1.040,00 124,80 16.057,60
Jefe de Almacén. 936,00 114,40 14.476,80

Personal Mercantil, proriamente dicho

     
Viajante. 608,40 52,00 9.141,60
Dependiente Mayor. 572,00 52,00 8.632,00
Dependiente a partir de 22 años. 520,00 52,00 7.904,00
Ayudante. 468,00 52,00 7.176,00

Personal Técnico no Titulado

     
Jefe Administración. 821,60 104,00 12.754,40
Jefe de Sección. 748,80 104,00 11.731,20
Oficial Administrativo. 702,00 78,00 10.764,00
Auxiliar Administrativo. 651,00 31,20 9.488,40
Aspirante 16 a 18 años. 468,00 26,00 6.864,00
Auxiliar de Caja. 572,00 26,00 8.320,00

Personal de Almacén y actividades auxiliares

     
Capataz. 728,00 78,00 11.128,00
Profesional de oficio de 1.a, Chófer 1.a, Repartidor. 655,20 78,00 10.108,80
Profesional de Oficio de 2.a, Chofer de 2.a, Repartidor. 624,00 78,00 9.672,00
Ayudante de Oficio. 702,00 62,40 10.576,80
Peón Especializado. 700,00 62,40 10.548,80
Peón. 640,64 31,20 9.343,36

Personal Subalterno

     
Conserje. 625,00 78,00 9.686,00
Vigilante o Portero, Personal Limpieza. 593,84 26,00 8.625,76
Personal Limpieza (por horas). 4,53   63,42

Art. 23 Gastos de locomoción:

Se establece por este concepto un importe de 90,20 euros mensuales, para el año 2003.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 31/03/2003
  • Fecha de publicación: 16/04/2003
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 3 de junio de 2002 (Ref. BOE-A-2002-12424).
Materias
  • Convenios colectivos
  • Hierro
  • Productos siderúrgicos

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