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Documento BOE-A-2003-8216

Resolución de 2 de abril de 2003, de la Dirección General de Trabajo, por la que se dispone la inscripción en el registro y publicación del Acta de fecha 4 de enero de 2003, donde se recogen los acuerdos de revisión Salarial del Convenio Colectivo de la Empresa Aki Bricolage, S. A.

Publicado en:
«BOE» núm. 95, de 21 de abril de 2003, páginas 15379 a 15379 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2003-8216
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2003/04/02/(4)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta de fecha 4 de enero de 2003 donde se recogen los acuerdos de revisión Salarial del Convenio Colectivo de la Empresa Aki Bricolage, S. A. (Código de Convenio n.º 9012262), que ha sido suscrita, de una parte, por los designados por la Dirección de la Empresa en representación de la misma, y de otra, por el Comité Intercentros en representación de los trabajadores y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3 del Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo, resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada Revisión Salarial en el correspondiente Registro de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 2 de abril de 2003.-La Directora General, Soledad Córdova Garrido.

ACTA DE LA REUNIÓN DEL COMITÉ INTERCENTROS DE AKI BRICOLAGE, S. A.

En Barcelona, siendo las 10:00 horas del día 4 de enero de 2003, se reúnen las representaciones seguidamente referenciadas, al objeto de tratar los asuntos contemplados en el Orden del Día previstos:

Asistentes por CC.OO.:

Rafa Fuentes (Presidente).

María Torres (Secretaria).

María Mota.

Jorge Ortega.

Francisco Carrasco.

Por UGT:

Esteban Sánchez.

Enrique Cabrera.

Por la Dirección de la Empresa:

Manuel Ribas (RRHH).

Joaquín Reig (Operaciones).

Asesores:

Ginés López (CC.OO.).

Amador Escribano (CC.OO.).

Juan Sánchez (UGT).

Orden del Día:

1. Revisión de las Tablas Salariales definitivas de 2002.

2. Aprobar las Tablas Salariales 2003.

1. Revisión de las Tablas Salariales definitivas de 2002: El incremento total para el año 2002 es del 4 por 100 para el salario Base y del 3,4 por 100 para los complementos, por tanto la revisión salarial es del 1,7 por 100 para el salario Base y del 1,7 por 100 para los complementos.

Tablas salariales 2002

 

S. bruto

anual 2001

– 

Euros

S. bruto

anual 2002

– 

Euros (4%)

Mensual Hora
Iniciación.

10.670,35087

11.097,1649 693,5728 6,2169
Profesionales. 10.980,92388 11.420,1608 713,7601 6,3978
Profesionales nivel. 11.305,67476 11.757,9017 734,8689 6,5871
Coordinadores. 11.940,59596 12.418,2198 776,1387 6,9570
Técnicos. 12.986,64551 13.506,1113 844,1320 7,5664
Mandos. 13.549,79385 14.091,7856 880,7366 7,8946

2. Aprobar las Tablas Salariales 2003: El incremento salarial para el año 2003 es de 2,3 por 100 + 0,1 por 100, reflejado en el art. 29.4 para el salario Base y del 1,7 por 100 para los complementos.

Tablas salariales 2003

 

S. Bruto

anual 2003

 Euros

(2,3% + 0,1%)

Mensual Hora
Iniciación. 11.363,4969 710,2186 6,3840
Profesionales. 11.694,2447 730,8903 6,5698
Profesionales nivel. 12.040,0913 752,5057 6,7641
Coordinadores. 12.716,2571 794,7661 7,1440
Técnicos. 13.830,2580 864,3911 7,7698
Mandos. 14.429,9885 901,8743 8,1067

Se faculta al Sr. Amador Escribano para que realice las gestiones y trámites precisos en orden al depósito, registro y publicación de lo aquí acordado.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/04/2003
  • Fecha de publicación: 21/04/2003
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1995-7730).
    • Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo (Ref. BOE-A-1981-12841).
Materias
  • Carpintería
  • Comercio
  • Convenios colectivos
  • Jardinería

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