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Documento BOE-A-2003-9068

Resolución de 25 de abril de 2003, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se otorgan destinos a los funcionarios del Cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia (turno libre), que superaron las pruebas selectivas convocadas por Orden de 19 de julio de 2001, en el ámbito de Península y Baleares.

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 5 de mayo de 2003, páginas 16986 a 16992 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2003-9068

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en los artículos 454, 455

y 494.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como con el

artículo 23 del Reglamento Orgánico de los cuerpos de Oficiales,

Auxiliares y Agentes aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16

de febrero,

Esta Dirección General, por Delegación de la Secretaría de

Estado de Justicia, ha resuelto adjudicar destinos en los órganos

judiciales que se relacionan en Anexo I a los funcionarios del

cuerpo de Auxiliares de la Administración de Justicia (turno libre)

nombrados por Resolución de 25 de abril de 2003.

Primero.-Los Auxiliares de la Administración de Justicia a los

que se otorga destino deberán tomar posesión de su cargo dentro

de los veinte días naturales siguientes al de la fecha de publicación

de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Segundo.-Los funcionarios interinos que actualmente ocupen

plazas que han sido adjudicadas a los aspirantes aprobados,

cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del

titular.

Tercero.-En cumplimiento de la legislación sobre

incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública

(Ley 53/1974, de 2 de diciembre) aplicable al personal al servicio

de la Administración de Justicia, en virtud del art. 489 de la Ley

Orgánica del Poder Judicial 6/1985, de 1 de julio; artículo único

de la Ley Orgánica 1/1985, de 18 de enero y artículos 79 y

concordantes del vigente Reglamento Orgánico (Real

Decreto 249/1996, de 16 de febrero), aquellos aspirantes que ostenten

ya la condición de funcionarios públicos deberán manifestar opción

en el acta de toma de posesión.

Cuarto.-Los Auxiliares de la Administración de Justicia a los

que se otorga destino en virtud de esta Resolución, no obstante

haber sido destinados con carácter forzoso por el orden de

calificación según sus preferencias (artículo 23 del Reglamento

Orgánico) no podrán participar en concurso de traslado hasta que

transcurra un año desde que fueron destinados, de acuerdo con lo

establecido en el art. 495.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1

de julio del Poder Judicial.

Quinto.-Las plazas ofrecidas a los aspirantes mediante

Resolución de 13 de enero de 2003 (B.O.E del día 29), no adjudicadas

en la presente Resolución, mantienen su condición de desiertas,

por lo que se ofertarán a los aspirantes que superen las pruebas

selectivas convocadas mediante Orden de 30 de abril de 2002.

Contra la presente Resolución, podrán los interesados formular

recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales

de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de los dos meses

siguientes, contados a partir de su publicación en el "Boletín Oficial

del Estado".

Lo que comunico a V.I para su conocimiento y demás efectos.

Madrid, 25 de abril de 2003.-El Secretario de Estado, P. D.

(Orden de 29 de octubre de 1996, B.O.E del 6 de noviembre

de 1996), el Director General de Relaciones con la Administración

de Justicia, Carlos Lesmes Serrano.

Ilma. Sra. Subdirectora General de Medios Personales al servicio

de la Administración de Justicia.

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