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Documento BOE-A-2004-11949

Resolución de 18 de junio de 2004, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se disponen determinadas emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de julio de 2004, y se convocan las correspondientes subastas.

Publicado en:
«BOE» núm. 153, de 25 de junio de 2004, páginas 23299 a 23300 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2004-11949

TEXTO ORIGINAL

La Orden del Ministerio de Economía ECO/30/2004, de 14 de enero, autoriza a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante el año 2004 y el mes de enero de 2005, señalando los instrumentos en que podrá materializarse, entre los que se encuentran los Bonos y Obligaciones del Estado denominados en euros, y estableciendo las reglas básicas a las que su emisión ha de ajustarse, que básicamente son una prórroga de las vigentes en 2003. Posteriormente, esta delegación ha sido ratificada por la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda EHA/1112/2004, de 28 de abril.

En virtud de dicha autorización, la Resolución de esta Dirección General de 21 de enero de 2004 reguló el desarrollo y resolución de las subastas de Bonos y Obligaciones del Estado e hizo público el calendario de subastas ordinarias para el año 2004 y el mes de enero de 2005, determinando que, para flexibilizar dicho calendario, el plazo de los valores a poner en oferta se fijaría trimestralmente, tras consulta con los Creadores de Mercado, en función de las condiciones de los mercados y del desarrollo de las emisiones durante el año.

Para cumplimiento del calendario anunciado por esta Dirección General respecto de la Deuda a poner en oferta durante el tercer trimestre de 2004, es necesario fijar las características de los Bonos y Obligaciones del Estado a cinco y quince años que se pondrán en circulación en el próximo mes de julio y convocar las correspondientes subastas. A tal efecto, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, a fin de completar el volumen que requieren para garantizar su liquidez en los mercados secundarios, se considera conveniente poner en oferta nuevos tramos de las referencias que se vienen emitiendo y que tienen la calificación de Bonos segregables, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997.

Por último, al no emitirse en el calendario anunciado por esta Dirección General para el tercer trimestre del año Bonos y Obligaciones del Estado en el mes de agosto, y según se autoriza en el apartado 5.3.2 de la Orden ECO/30/2004, no se convocan las subastas ordinarias previstas para los días 5 y 19 de dicho mes en el apartado 1 de la Resolución de 21 de enero de 2004.

Por todo ello, en uso de las autorizaciones contenidas en la citada Orden ECO/30/2004, ratificadas por la Orden EHA/1112/2004, de 28 de abril, esta Dirección General ha resuelto:

1. Disponer la emisión en el mes de julio de 2004 de Bonos del Estado a cinco años y de Obligaciones del Estado a quince años, denominados en euros, y convocar las correspondientes subastas, que habrán de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden del Ministerio de Economía ECO/30/2004, de 14 de enero, en la Resolución de 21 de enero de 2004 de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera y en la presente Resolución.

2. Características de los Bonos y Obligaciones en euros que se emiten:

a) El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que establecieron la Resolución de esta Dirección General de 19 de diciembre de 2003 para la emisión de Bonos del Estado a cinco años al 3,60 por 100, vencimiento el 31 de enero de 2009, y las Resoluciones de 27 de febrero y 6 de marzo de 2002 para la emisión de Obligaciones del Estado a quince años al 5,50 por 100, vencimiento 30 de julio de 2017. El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el de 31 de enero de 2005 en los Bonos a cinco años y el de 30 de julio de 2004 en las Obligaciones a quince años.

b) De conformidad con lo previsto en el número 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables.

3. Las subastas tendrán lugar en el próximo mes de julio, el día 1 para los Bonos del Estado a cinco años y el día 15 para las Obligaciones del Estado a quince años, conforme al calendario hecho público en el apartado 1 de la Resolución de 21 de enero de 2004.

4. El precio de las peticiones competitivas que se presenten a las subastas se consignará en tanto por ciento con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se formulará excupón. A este respecto, el cupón corrido de

los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el apartado 5.4.8.3.d) de la Orden ECO/30/2004, es el 1,54 por 100 en los Bonos a cinco años y el 5,35 por 100 en las Obligaciones a quince años.

5. Las segundas vueltas de las subastas, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del segundo día hábil posterior a su celebración, conforme a la normativa reguladora de estas entidades.

6. Los Bonos y Obligaciones a cinco y quince años que se emitan se pondrán en circulación los días 6 y 20 de julio próximo, fechas de desembolso y adeudo en cuenta fijadas en el apartado 1 de la Resolución de 21 de enero de 2004 para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, y se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2.a) anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.

7. En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el apartado 5.4.8.3.d) de la Orden ECO/30/2004, de 14 de enero.

8. De acuerdo con la autorización del apartado 5.3.2 de la Orden ECO/30/2004, de 14 de enero, al considerarse oportuno, tras consulta con los Creadores de Mercado, no emitir Bonos y Obligaciones del Estado en el próximo mes de agosto, no se convocan las subastas ordinarias previstas para los días 5 y 19 de dicho mes, en el calendario publicado en el apartado 1 de la Resolución de 21 de enero de 2004, de esta Dirección General.

Madrid, 18 de junio de 2004.–La Directora General, Belén Romana García.

ANEXO
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a 5 años al 3,60 %, Vto. 31.01.2009

Subasta mes julio

(Porcentaje)

Precio excupón Rendimiento bruto *
98,50 3,958
98,55 3,945
98,60 3,933
98,65 3,921
98,70 3,909
98,75 3,896
98,80 3,884
98,85 3,872
98,90 3,860
98,95 3,848
99,00 3,835
99,05 3,823
99,10 3,811
99,15 3,799
99,20 3,787
99,25 3,774
99,30 3,762
99,35 3,750
99,40 3,738
99,45 3,726
99,50 3,714
99,55 3,702
99,60 3,690
99,65 3,678
99,70 3,665
99,75 3,653
99,80 3,641
99,85 3,629
99,90 3,617
99,95 3,605
100,00 3,593
100,05 3,581
100,10 3,569
100,15 3,557
100,20 3,545
100,25 3,533
100,30 3,521
100,35 3,509
100,40 3,497
100,45 3,485
100,50 3,473
100,55 3,461
100,60 3,449
100,65 3,437
100,70 3,425
100,75 3,414
100,80 3,402
100,85 3,390
100,90 3,378
100,95 3,366
101,00 3,354
* Rendimiento redondeados al tercer decimal.

Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a 15 años al 5,50 %, Vto. 30.07.2017

Subasta mes julio

(Porcentaje)

Precio excupón Rendimiento bruto *
107,25 4,740
107,30 4,735
107,35 4,730
107,40 4,725
107,45 4,720
107,50 4,715
107,55 4,710
107,60 4,705
107,65 4,700
107,70 4,695
107,75 4,690
107,80 4,685
107,85 4,680
107,90 4,675
107,95 4,671
108,00 4,666
108,05 4,661
108,10 4,656
108,15 4,651
108,20 4,646
108,25 4,641
108,30 4,636
108,35 4,631
108,40 4,626
108,45 4,621
108,50 4,616
108,55 4,611
108,60 4,606
108,65 4,601
108,70 4,596
108,75 4,592
108,80 4,587
108,85 4,582
108,90 4,577
108,95 4,572
109,00 4,567
109,05 4,562
109,10 4,557
109,15 4,552
109,20 4,547
109,25 4,543
109,30 4,538
109,35 4,533
109,40 4,528
109,45 4,523
109,50 4,518
109,55 4,513
109,60 4,508
109,65 4,504
109,70 4,499
109,75 4,494

* Rendimiento redondeados al tercer decimal.

 

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