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Documento BOE-A-2004-3968

Resolución de 17 de febrero de 2004, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se hace pública la relación definitiva de aspirantes aprobados en la fase de oposición de las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo Superior de Sistemas y Tecnologías de la Información de la Administración del Estado, especialidad de Administración Tributaria, por el sistema previsto en el artículo 22.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, convocadas por Resolución de 4 de junio de 2003.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 4 de marzo de 2004, páginas 9935 a 9937 (3 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-2004-3968

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por el Tribunal Calificador de

las pruebas esta Presidencia ha resuelto:

Primero.-Hacer pública, de conformidad con lo dispuesto en

el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por

el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal

al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de

Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles

de la Administración del Estado, las relaciones definitivas de los

aspirantes aprobados en la fase de oposición, por el orden de

puntuación obtenida, con indicación de documento nacional de

identidad, que se relaciona en Anexo I de esta Resolución.

Segundo.-1. Los opositores aprobados, de acuerdo con lo

establecido en el artículo 23 del citado Reglamento y la base 7.2

de la convocatoria, deberán presentar en el plazo de veinte días

naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de esta

Resolución en el "Boletín Oficial del Estado", en el Departamento

de Recursos Humanos y Administración Económica, Subdirección

General de Gestión Administrativa de Personal, de la Agencia

Estatal de Administración Tributaria, calle Lérida 32-34, 28020

Madrid, la siguiente documentación:

A) Fotocopia compulsada del documento de identidad o

pasaporte en vigor.

B) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.2.

o certificación académica que acredite haber realizado todos los

estudios para la obtención del título. En el caso de titulaciones

obtenidas en el extranjero deberá aportarse fotocopia compulsada

de la credencial que acredite su homologación.

C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como Anexo II a esta

Resolución. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española

deberán presentar asimismo declaración jurada o promesa de no

estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida

en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo

que figura como Anexo III.

D) Los aspirantes que no residan en España, deberán

presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solicitado

la tarjeta de residencia comunitaria.

E) Certificado médico oficial que acredite no padecer

enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica

incompatible con el desempeño de las funciones propias del Cuerpo.

F) Asimismo, los aspirantes deberán formular opción por la

remuneración que deseen percibir durante su condición de

funcionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada

igualmente por quienes invoquen su condición de personal laboral o

funcionario interino, de conformidad con lo previsto en el

R.D. 456/1986, de 10 de febrero, modificado por R.D. 213/2003,

de 21 de febrero.

G) Certificación del Registro Central de Personal o del

Ministerio u Organismo del que dependieren para acreditar la condición

de funcionario de Cuerpo o Escala del Grupo B a que pertenezcan

y la antigüedad en el mismo, según modelo que figura como

Anexo IV.

Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor,

no presentaren la documentación, o del examen de la misma se

dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en

la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas

y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la

responsabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud

inicial.

2. Por resolución de la autoridad convocante, se procederá

al nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se

determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho

nombramiento.

Los funcionarios nombrados en prácticas deberán superar el

curso selectivo en los términos establecidos en el Anexo I de la

Resolución de convocatoria.

Los aspirantes que no superen el curso selectivo o período

prácticas perderán el derecho a ser nombrados funcionarios de

carrera mediante resolución motivada por la autoridad

convocante. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo o período de

prácticas por causas de fuerza mayor debidamente justificada y

apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con

posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a puntuación

obtenida.

Previa oferta de destinos, la petición de los mismos por parte

de los aspirantes aprobados deberá realizarse una vez finalizado

el proceso selectivo.

3. Finalizado el proceso selectivo y a propuesta del Presidente

de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, los que hayan

superado aquél, cuyo número no podrá exceder en ningún caso

al de plazas convocadas, serán nombrados funcionarios de carrera

mediante resolución del Secretario de Estado para la

Administración Pública, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

y en la que se indicará el destino adjudicado. Cualquier resolución

que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno

derecho.

Tercero.-Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía

administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de

reposición ante esta Presidencia en el plazo de un mes, o recurso

contencioso administrativo ante el órgano jurisdiccional

competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 11

de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados

ambos plazos a partir del día siguiente al de la publicación de

la presente Resolución en el "Boletín Oficial del Estado" , sin que

puedan interponerse simultáneamente ambos recursos.

Madrid, 17 de febrero de 2004.-El Presidente, P. D.

(Resolución de 24 de junio de 1999, BOE del 9 de julio), el Director

General, Salvador Ruiz Gallud.

ANEXO I

Relación de aspirantes que han superado la fase oposición

D.N.I. Apellidos ynombre Total

21.476.130 Andrés Verdú, Francisco José de ...... 74,11

22.134.579 Tortosa Guarinos, Eduardo ........... 73,21

50.446.240 Sánchez Nuevo, Gema ................ 69,07

ANEXO II

Don/Doña. .................................................,

con domicilio en ...............................................

y documento de identidad número .................. declara bajo

juramento o promete, a efectos de ser nombrado/a funcionario/a

del Cuerpo ....................................................,

que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las

Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el

ejercicio de funciones públicas.

En ............... a ... de ............... de 200 ...

ANEXO III

Don/Doña. .................................................,

con domicilio en ...............................................

y documento de identidad número .................. declara bajo

juramento o promete, a efectos de ser nombrado/a funcionario/a

del Cuerpo ....................................................,

que no está sometido a sanción disciplinaria o condena penal

que impida en el Estado del que soy nacional el acceso a la función

pública.

En ............... a ... de ............... de 200 ...

ANEXO IV (Ver imagen página 9937)

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