La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda EHA/73/2005, de 25 de enero, ha autorizado a la Dirección General del Tesoro y Política Financiera a emitir Deuda del Estado durante 2005 y el mes de enero de 2006 y ha regulado el marco al que deberán ajustarse las emisiones. Los criterios y procedimientos de emisión establecidos para Bonos y Obligaciones del Estado son, básicamente, los vigentes en 2004, manteniéndose la obligación de elaborar el calendario anual de subastas, para su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Es, pues, necesario publicar mediante Resolución el calendario de subastas a realizar durante el año 2005 y enero de 2006, en el que se hacen públicas las fechas de las subastas, sin determinar, al igual que en el año anterior, el plazo de los Bonos y Obligaciones a poner en oferta, que se establecerá trimestralmente, tras consulta con los Creadores de Mercado, en función de las condiciones de los mercados y del desarrollo de las emisiones durante el año. No obstante, si las condiciones del mercado o las necesidades de financiación así lo aconsejaran, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera podrá decidir, en la Resolución mensual en la que se disponen las emisiones de Bonos y Obligaciones para el mes siguiente, no emitir en alguno de los plazos que, a título indicativo, se hubiesen fijado en el calendario trimestral antes citado. Los plazos de emisión en ambas modalidades de Deuda serán los habituales de tres y cinco años en Bonos y de diez, quince y treinta años en Obligaciones, aunque para compaginar la moderación en el volumen total a emitir y el incremento de la liquidez de las referencias en proceso de emisión, se ha considerado conveniente interrumpir, cuando menos temporalmente, la emisión de Obligaciones del Estado a quince años una vez se cierre la referencia al 5,50 por 100 y vencimiento en 2017, no siendo descartable, con posterioridad a 2005, la reapertura de este instrumento, o su alternancia con otros vencimientos, en función de la demanda de los inversores. Las subastas mantienen su configuración actual e irán seguidas, como en años anteriores, de una segunda vuelta reservada a aquellas entidades financieras que hayan accedido a la condición de Creador de Mercado en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado. También se mantiene la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, a fin de completar el volumen que requieren las emisiones en la actualidad para garantizar su liquidez en los mercados secundarios. Por último, conforme al calendario anunciado por esta Dirección General respecto de la Deuda a poner en oferta durante el primer trimestre de 2005, es necesario disponer las emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado a cinco y quince años que se realizarán en el próximo mes de febrero, fijar sus características y convocar las correspondientes subastas. A tal efecto, dada la posibilidad de poner en oferta emisiones que sean ampliación de otras realizadas con anterioridad, los valores que se ponen en oferta corresponden a nuevos tramos de las referencias que se vienen emitiendo y que tienen la calificación de Bonos segregables, de acuerdo con lo previsto en la Orden de 19 de junio de 1997. Por todo ello, en uso de las autorizaciones contenidas en la Orden EHA/73/2005, de 25 de enero, esta Dirección General ha resuelto:
1. Hacer público el siguiente calendario de subastas ordinarias correspondiente a las emisiones de Bonos y Obligaciones del Estado en euros que se pondrán en oferta durante el año 2005 y el mes de enero de 2006:
Subastas |
Fecha límite de presentación de peticiones en las oficinas del Banco de España (hasta 13 horas, 12 horas en las Islas Canarias) |
Fecha de resolución de las subastas |
Fecha de pago para los no titulares de cuentas en el Mercado de Deuda Pública |
Fecha de desembolso y de adeudo en cuenta para los titulares de cuenta en el Mercado de Deuda Pública |
Modalidades de Deuda del Estado que se subastan |
Febrero |
02.02.2005 |
03.02.2005 |
07.02.2005 |
08.02.2005 |
Bonos del Estado. |
16.02.2005 |
17.02.2005 |
21.02.2005 |
22.02.2005 |
Obligaciones del Estado. |
|
Marzo |
02.03.2005 |
03.03.2005 |
07.03.2005 |
08.03.2005 |
Bonos del Estado. |
16.03.2005 |
17.03.2005 |
21.03.2005 |
22.03.2005 |
Obligaciones del Estado. |
|
Abril |
06.04.2005 |
07.04.2005 |
11.04.2005 |
12.04.2005 |
Bonos del Estado. |
20.04.2005 |
21.04.2005 |
25.04.2005 |
26.04.2005 |
Obligaciones del Estado. |
|
Mayo |
04.05.2005 |
05.05.2005 |
09.05.2005 |
10.05.2005 |
Bonos del Estado. |
18.05.2005 |
19.05.2005 |
23.05.2005 |
24.05.2005 |
Obligaciones del Estado. |
|
Junio |
01.06.2005 |
02.06.2005 |
06.06.2005 |
07.06.2005 |
Bonos del Estado. |
15.06.2005 |
16.06.2005 |
20.06.2005 |
21.06.2005 |
Obligaciones del Estado. |
|
Julio |
06.07.2005 |
07.07.2005 |
11.07.2005 |
12.07.2005 |
Bonos del Estado. |
20.07.2005 |
21.07.2005 |
22.07.2005 |
26.07.2005 |
Obligaciones del Estado. |
|
Agosto |
03.08.2005 |
04.08.2005 |
08.08.2005 |
09.08.2005 |
Bonos del Estado. |
17.08.2005 |
18.08.2005 |
22.08.2005 |
23.08.2005 |
Obligaciones del Estado. |
|
Septiembre |
31.08.2005 |
01.09.2005 |
05.09.2005 |
06.09.2005 |
Bonos del Estado. |
14.09.2005 |
15.09.2005 |
19.09.2005 |
20.09.2005 |
Obligaciones del Estado. |
|
Octubre |
05.10.2005 |
06.10.2005 |
10.10.2005 |
11.10.2005 |
Bonos del Estado. |
19.10.2005 |
20.10.2005 |
24.10.2005 |
25.10.2005 |
Obligaciones del Estado. |
|
Noviembre |
02.11.2005 |
03.11.2005 |
07.11.2005 |
08.11.2005 |
Bonos del Estado. |
16.11.2005 |
17.11.2005 |
21.11.2005 |
22.11.2005 |
Obligaciones del Estado. |
|
Diciembre |
30.11.2005 |
01.12.2005 |
05.12.2005 |
06.12.2005 |
Bonos del Estado. |
14.12.2005 |
15.12.2005 |
19.12.2005 |
20.12.2005 |
Obligaciones del Estado. |
|
Enero 2006 |
11.01.2006 |
12.01.2006 |
16.01.2006 |
17.01.2006 |
Bonos del Estado. |
18.01.2006 |
19.01.2006 |
23.01.2006 |
24.01.2006 |
Obligaciones del Estado. |
1.a) Mediante la oportuna Resolución que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» no más tarde, salvo excepciones, del quinto día anterior a la fecha límite de presentación de peticiones, esta Dirección General fijará las características de los Bonos y Obligaciones que se pondrán en oferta y convocará las correspondientes subastas.
1.b) El desarrollo de las subastas y su resolución se ajustará a lo previsto en los apartados 5 y 6.1 de la Orden EHA/73/2005, de 25 de enero. En las subastas se podrán formular peticiones competitivas y no competitivas, por un importe nominal mínimo de 1.000 euros y, para importes superiores, en múltiplos enteros de dicho importe mínimo, si bien las peticiones no competitivas presentadas por cada postor en cada una de las subastas no podrán exceder de un importe nominal máximo conjunto de 200.000 euros. No obstante, este límite será de 100 millones de euros para las entidades que se indican en el apartado 5.4.4.2 de la citada Orden. Las peticiones competitivas se formularán en términos de precio, que se consignará en tanto por ciento del valor nominal con dos decimales, el segundo de los cuales podrá ser cualquier número entre el cero y el nueve, ambos incluidos, y se expresará excupón, es decir, deducido, en su caso, el importe del cupón corrido devengado hasta la fecha de desembolso y puesta en circulación de los valores. 1.c) Según se dispone en el apartado 5.4.7.2.c) de la Orden EHA/73/2005, el importe del cupón corrido devengado por los valores que se pongan en oferta se hará público en la Resolución por la que se convoque la subasta, expresado en tanto por ciento, redondeado a dos decimales y calculado de la forma que se indica en el apartado 5.4.8.3.d) de la citada Orden. 1.d) El precio de adjudicación a pagar por los valores que se soliciten será el precio ofrecido o el precio medio ponderado redondeado, según el resultado de la subasta, incrementado en el importe del cupón corrido expresado según se ha definido en el apartado anterior. Las peticiones no competitivas tendrán como precio de adjudicación, en todos los casos, el precio medio ponderado redondeado incrementado en el importe del cupón corrido. 1.e) Las Entidades Gestoras y los Titulares de Cuenta en el Mercado de Deuda Pública formularán las peticiones entre las ocho treinta y las diez horas del día fijado para la resolución de las subastas, a través de la red informática de comunicaciones del Servicio de Liquidación del Banco de España, o por teléfono en caso de no disponer de la citada conexión. Los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de 5 de marzo de 2003, dispondrán de un periodo adicional de treinta minutos para presentar sus peticiones. La comunicación de estas entidades deberá realizarse a través de los medios electrónicos establecidos por el Servicio de Liquidación del Banco de España. Solamente, y con carácter absolutamente excepcional, la citada comunicación podrá realizarse telefónicamente, quince minutos antes de la hora límite, en aquellos casos en que el Banco de España lo considere necesario y expresamente lo autorice, tras haberle sido justificada con antelación la existencia de una incidencia o problema técnico. 1.f) La fecha de pago para los no titulares de cuenta en el Mercado de Deuda Pública, según se prevé en el calendario que se hace público, será el día hábil anterior al de la puesta en circulación de los valores, hasta las trece horas. No obstante, la fecha de pago se retrasará hasta la fecha de desembolso en aquella parte de las peticiones aceptadas cuyo pago se efectúe con los fondos provenientes de la amortización de valores de Deuda del Estado, respecto de los cuales el Banco de España haya recibido la orden de reinversión. El pago de los Bonos y Obligaciones adjudicados a ofertas presentadas por Titulares de Cuenta y Entidades Gestoras se hará en la fecha de emisión y puesta en circulación de los valores, mediante adeudo de su importe efectivo en la cuenta de la Entidad presentadora de la oferta en el Banco de España. 1.g) Las segundas vueltas de las subastas, a las que tendrán acceso en exclusiva los Creadores de Mercado que actúan en el ámbito de los Bonos y Obligaciones del Estado, se desarrollarán entre la resolución de las subastas y las doce horas del segundo día hábil posterior a su celebración, conforme a la normativa reguladora de dichas entidades. 1.h) La Dirección General del Tesoro y Política Financiera no pagará comisión alguna de colocación por las suscripciones de Bonos y Obligaciones del Estado que se presenten a las subastas ordinarias del calendario que se hace público, sea por cuenta propia o de terceros y aun cuando los presentadores sean las entidades y personas enumeradas en el apartado 5.4.6.2 de la Orden EHA/73/2005.
2. Disponer la emisión en el mes de febrero de 2005 de Bonos del Estado a cinco años y Obligaciones del Estado a quince años, denominados en euros, y convocar las correspondientes subastas, que habrán de celebrarse de acuerdo con lo previsto en la Orden del Ministerio de Economía y Hacienda EHA/73/2005, de 25 de enero, y en la presente Resolución.
2.a) Características de los Bonos y Obligaciones en euros que se emiten: El tipo de interés nominal anual y las fechas de amortización y de vencimiento de cupones serán los mismos que establecieron la Resolución de esta Dirección General de 19 de diciembre de 2003 para la emisión de Bonos del Estado a cinco años al 3,60 por 100, vencimiento el 31 de enero de 2009, y las Resoluciones de 27 de febrero y 6 de marzo de 2002 para la emisión de Obligaciones del Estado a quince años al 5,50 por 100, vencimiento el 30 de julio de 2017. El primer cupón a pagar será, por su importe completo, el de 30 de julio de 2005 en las Obligaciones a quince años y el de 31 de enero de 2006 en los Bonos a cinco años.
2.b) De conformidad con lo previsto en el apartado 2 de la Orden de 19 de junio de 1997, los Bonos y Obligaciones que se emiten tienen la calificación de Bonos segregables. 2.c) Las subastas tendrán lugar en el próximo mes de febrero, el día 3 para los Bonos y el día 17 para las Obligaciones, conforme al calendario que se hace público en el apartado 1 de esta Resolución. 2.d) El cupón corrido de los valores que se ponen en oferta, calculado de la forma que se establece en el apartado 5.4.8.3.d) de la Orden EHA/73/2005, es el 0,08 por 100 en los Bonos a cinco años y el 3,12 por 100 en las Obligaciones a quince años. 2.e) Según se determina en el apartado 1 de esta Resolución, los Bonos y Obligaciones que se emitan se pondrán en circulación los días 8 y 22 de febrero próximo, fechas de desembolso y adeudo en cuenta fijadas para los titulares de cuentas en la Sociedad de Gestión de los Sistemas de Registro, Compensación y Liquidación de Valores, y se agregarán, en cada caso, a las emisiones reseñadas en el apartado 2.a) anterior, teniendo la consideración de ampliación de aquéllas, con las que se gestionarán como una única emisión a partir de su puesta en circulación.
2.f) En el anexo de la presente Resolución, y con carácter informativo a efectos de la participación en las subastas, se incluyen tablas de equivalencia entre precios y rendimientos de los Bonos y Obligaciones del Estado cuya emisión se dispone, calculadas de acuerdo con lo previsto en el apartado 5.4.8.3.d) de la Orden EHA/73/2005, de 25 de enero.
Madrid, 28 de enero de 2005.-La Directora General, Belén Romana García.
ANEXO Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para los Bonos del Estado a 5 años al 3,60%, vencimiento 31.01.2009 Subasta mes febrero (Porcentaje) |
|||||
Precio excupón |
Rendimiento bruto* |
Precio excupón |
Rendimiento bruto* |
||
101,75 |
3,121 |
103,05 |
2,775 |
||
101,80 |
3,107 |
103,10 |
2,762 |
||
101,85 |
3,094 |
103,15 |
2,749 |
||
101,90 |
3,080 |
103,20 |
2,736 |
||
101,95 |
3,067 |
103,25 |
2,723 |
||
102,00 |
3,054 |
103,30 |
2,710 |
||
102,05 |
3,040 |
103,35 |
2,696 |
||
102,10 |
3,027 |
103,40 |
2,683 |
||
102,15 |
3,014 |
103,45 |
2,670 |
||
102,20 |
3,000 |
103,50 |
2,657 |
||
102,25 |
2,987 |
103,55 |
2,644 |
||
102,30 |
2,974 |
103,60 |
2,631 |
||
102,35 |
2,961 |
103,65 |
2,618 |
||
102,40 |
2,947 |
103,70 |
2,605 |
||
102,45 |
2,934 |
103,75 |
2,592 |
||
102,50 |
2,921 |
103,80 |
2,579 |
||
102,55 |
2,907 |
103,85 |
2,566 |
||
102,60 |
2,894 |
103,90 |
2,553 |
||
102,65 |
2,881 |
103,95 |
2,540 |
||
102,70 |
2,868 |
104,00 |
2,526 |
||
102,75 |
2,854 |
104,05 |
2,513 |
||
102,80 |
2,841 |
104,10 |
2,500 |
||
102,85 |
2,828 |
104,15 |
2,487 |
||
102,90 |
2,815 |
104,20 |
2,474 |
||
102,95 |
2,802 |
104,25 |
2,462 |
||
103,00 |
2,788 |
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
Tabla de equivalencia entre precios y rendimientos para las Obligaciones del Estado a 15 años al 5,50%, vencimiento 30.07.2017 Subasta mes febrero (Porcentaje) |
|||||
Precio excupón |
Rendimiento bruto* |
Precio excupón |
Rendimiento bruto* |
||
116,50 |
3,806 |
117,80 |
3,686 |
||
116,55 |
3,802 |
117,85 |
3,682 |
||
116,60 |
3,797 |
117,90 |
3,677 |
||
116,65 |
3,792 |
117,95 |
3,673 |
||
116,70 |
3,788 |
118,00 |
3,668 |
||
116,75 |
3,783 |
118,05 |
3,663 |
||
116,80 |
3,778 |
118,10 |
3,659 |
||
116,85 |
3,774 |
118,15 |
3,654 |
||
116,90 |
3,769 |
118,20 |
3,650 |
||
116,95 |
3,764 |
118,25 |
3,645 |
||
117,00 |
3,760 |
118,30 |
3,641 |
||
117,05 |
3,755 |
118,35 |
3,636 |
||
117,10 |
3,751 |
118,40 |
3,631 |
||
117,15 |
3,746 |
118,45 |
3,627 |
||
117,20 |
3,741 |
118,50 |
3,622 |
||
117,25 |
3,737 |
118,55 |
3,618 |
||
117,30 |
3,732 |
118,60 |
3,613 |
||
117,35 |
3,728 |
118,65 |
3,609 |
||
117,40 |
3,723 |
118,70 |
3,604 |
||
117,45 |
3,718 |
118,75 |
3,600 |
||
117,50 |
3,714 |
118,80 |
3,595 |
||
117,55 |
3,709 |
118,85 |
3,591 |
||
117,60 |
3,705 |
118,90 |
3,586 |
||
117,65 |
3,700 |
118,95 |
3,582 |
||
117,70 |
3,695 |
119,00 |
3,577 |
||
117,75 |
3,691 |
(*) Rendimientos redondeados al tercer decimal.
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