Está Vd. en

Documento BOE-A-2005-560

Orden INT/4442/2004, de 7 de diciembre, por la que se declaran de utilidad pública diversas asociaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 12 de enero de 2005, páginas 1202 a 1202 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2005-560

TEXTO ORIGINAL

El artículo 32 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación (BOE núm. 73, de 26-3-2002), dispone que, a iniciativa de las correspondientes asociaciones, podrán ser declaradas de utilidad pública aquéllas en las que concurran los siguientes requisitos: que sus fines estatutarios tiendan a promover el interés general; que su actividad no esté restringida exclusivamente a beneficiar a sus asociados; que los miembros de los órganos de representación que perciban retribuciones no lo hagan con cargo a fondos y subvenciones públicas; que cuenten con los medios personales y materiales adecuados y con la organización idónea para garantizar el cumplimiento de sus fines estatutarios; y que se encuentren constituidas, inscritas en el Registro correspondiente, en funcionamiento y dando cumplimiento efectivo a sus fines estatutarios, ininterrumpidamente y concurriendo todos los precedentes requisitos, al menos durante los dos años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud. Según se establece en el artículo 3 del Real Decreto 1740/2003, de 19 de diciembre, sobre procedimientos relativos a asociaciones de utilidad pública (BOE núm. 11, de 13 de enero de 2004), la declaración de utilidad pública se llevará a cabo por Orden del Ministro del Interior, previo informe favorable de las Administraciones Públicas competentes en razón de los fines estatutarios y actividades de la Asociación, del Consejo Superior de Deportes si se tratase de asociaciones deportivas y, en todo caso, del Ministerio de Hacienda. En su virtud, previa instrucción de los correspondientes expedientes, en los que obran los preceptivos informes favorables, se acuerda:

Primero.-Declarar de utilidad pública las siguientes asociaciones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica 1/2002 e inscritas en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior:

Asociación

Municipio

Núm. Nal.

Asociación Víctimas del Terrorismo

Madrid.

39050

Coral Polifónica de Alcorcón

Alcorcón.

83668

Asociación Benéfica Padre Enrique Huelin

Málaga.

147045

Segundo.-Declarar de utilidad pública las siguientes asociaciones inscritas en los Registros de las Comunidades Autónomas:

Asociación

Municipio

Registro CCAA

Nº Reg. CCAA

Asociación Comarcal de Discapacitados de los Vélez Asocodi.

Vélez-Rubio.

Andalucía.

766

La Sonrisa Médica.

Palma de Mallorca.

Baleares.

2522

Asociación contra la Leucemia y Enfermedades de la Sangre ASCOL.

Salamanca.

Castilla y León.

1445

Asociación para el Tratamiento y Rehabilitacion del Alcoholismo, ATRA.

Valladolid.

Castilla y León.

1542

Asociación San Xerome Emiliani.

A Guarda.

Galicia.

413

Madrid, 7 de diciembre de 2004.-El Ministro, P. D. (O. INT/2992/2002, de 21-11-02, apdo. Cuarto, 1.16, BOE 285, de 28-11-02), la Subsecretaria, Soledad López Fernández.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid