Contingut no disponible en català

Us trobeu en

Documento BOE-A-2007-15379

Resolución de 26 de julio de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la addenda al Acuerdo de encomienda de gestión entre la Tesorería General de la Seguridad Social y el Instituto Nacional de la Seguridad Social, para la asignación de número de Seguridad Social a efectos del reconocimiento del derecho a prestaciones.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 13 de agosto de 2007, páginas 34575 a 34575 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-A-2007-15379

TEXTO ORIGINAL

La Tesorería General de la Seguridad Social y el Instituto Nacional de la Seguridad Social suscribieron, con fecha 28 de noviembre de 2005, un Acuerdo por el que se encomienda a este último Instituto la gestión de la asignación de número de Seguridad Social a efectos del reconocimiento del derecho a prestaciones, en determinados supuestos, Acuerdo que fue publicado en el Boletín Oficial del Estado del día 16 de diciembre de 2005 en virtud de la Resolución al efecto de esta Secretaría General Técnica de 12 de diciembre de 2005. Con fecha 18 de junio de 2007 ambos organismos, la Tesorería General de la Seguridad Social y el Instituto Nacional de la Seguridad Social, han suscrito una Addenda al citado anterior Acuerdo de encomienda de gestión, ampliando los supuestos de hecho para los que se reconoce la autorización de asignación de número de Seguridad Social por parte de dicho Instituto.

Al estimarse oportuno su general conocimiento, se dispone la publicación de la referida Addenda como anexo a la presente Resolución.

Madrid, 26 de julio de 2007.-El Secretario General Técnico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Esteban Rodríguez Vera.

ANEXO

Primera Addenda al Acuerdo de encomienda de gestión entre la Tesorería General de la Seguridad Social y el Instituto Nacional de la Seguridad Social para la asignación del número de Seguridad Social a efectos del reconocimiento del derecho a prestaciones

En Madrid, a dieciocho de junio de dos mil siete

REUNIDOS

De una parte, D. Javier Aibar Bernad, Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social.

Y de otra, D. Fidel Ferreras Alonso, Director General del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

EXPONEN

I. La Tesorería General de la Seguridad Social y el Instituto Nacional de la Seguridad Social firmaron el 28 de noviembre de 2005 un acuerdo de encomienda de gestión mediante el cual la Tesorería General de la Seguridad Social autorizó al Instituto Nacional de la Seguridad Social el uso de las transacciones necesarias para la asignación de número de Seguridad Social para una serie de supuestos de hecho previstos en el acuerdo quinto.

II. En el acuerdo séptimo se estableció la posibilidad de ampliar o reducir los supuestos de hecho, previo acuerdo de las partes que suscriben el acuerdo. III. La reclamación por la Tesorería General de la Seguridad Social de prestaciones percibidas indebidamente, se realiza a instancia del Instituto Nacional de la Seguridad Social, mediante la remisión de la documentación necesaria para ello. Esto provoca, con frecuencia, incoherencias entre los datos de dicho Instituto y los de la Tesorería General de la Seguridad Social y, por tanto, dificultades de gestión y contabilización. Estas dificultades pueden minimizarse mediante la utilización, por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social, de determinadas transacciones del Fichero General de Recaudación, mediante las cuales se anotan en el mismo las deudas por prestaciones percibidas indebidamente, con objeto de que la Tesorería General de la Seguridad Social emita esta deuda y realice su seguimiento. Uno de los requisitos de dichas transacciones es la consignación del número de la Seguridad Social del sujeto al que se reclama y, aunque lo más habitual es que lo tenga asignado con carácter previo, puede haber situaciones en que no se disponga del mismo. Por tanto, con objeto de que la autorización al Instituto Nacional de la Seguridad Social de las transacciones indicadas tenga plena operatividad, es preciso que dicho Instituto pueda asignar número de la Seguridad Social en aquellos casos en que sea necesario. IV. Como consecuencia de los antecedentes anteriores, ambas partes han acordado la suscripción de la presente Addenda al Acuerdo de Colaboración, que incluye las siguientes

CLÁUSULAS

1.ª La Tesorería General de la Seguridad Social, titular de la competencia objetivo de esta encomienda, según establece el artículo 21 del Reglamento General sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, autoriza al Instituto Nacional de la Seguridad Social el uso de las transacciones necesarias para la asignación de número de Seguridad Social para el supuesto de que el responsable del reintegro del importe de prestaciones percibidas indebidamente no tenga asignado número de la Seguridad Social en el momento en que el Instituto Nacional de la Seguridad Social comunique a la Tesorería General de la Seguridad Social, a través de las transacciones correspondientes del Fichero General de Recaudación, los datos para el inicio de la gestión recaudatoria de dicho importe.

2.ª La asignación de número de Seguridad Social exigirá, previa acreditación de su personalidad mediante DNI o documento de identidad equivalente en vigor, como datos mínimos imprescindibles los siguientes: apellidos, nombre, identificador de persona física (Número de DNI o NIE), nacionalidad, sexo, domicilio, localidad, fecha de nacimiento, nombre del padre y nombre de la madre.

3.ª El presente acuerdo será valido desde su formalización y será válido hasta el 31 de diciembre de 2007, siendo prorrogable por años naturales, salvo que cualquiera de las partes proceda a su denuncia expresa con un plazo mínimo de tres meses de antelación a la fecha de su vencimiento.

Por la Tesorería General de la Seguridad Social, Javier Aibar Bernad.-Por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, Fidel Ferreras Alonso.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 26/07/2007
  • Fecha de publicación: 13/08/2007
Materias
  • Encomienda de gestión
  • Instituto Nacional de la Seguridad Social
  • Seguridad Social
  • Tesorería General de la Seguridad Social

subir

Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid