Está Vd. en

Documento BOE-A-2007-20533

Orden EHA/3459/2007, de 29 de octubre, de revocación de la autorización para el ejercicio de la actividad aseguradora y encomienda de la liquidación de la mutualidad Montepío de Actores Españoles, Entidad de Previsión Social, en liquidación, al Consorcio de Compensación de Seguros.

Publicado en:
«BOE» núm. 286, de 29 de noviembre de 2007, páginas 49101 a 49101 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-2007-20533

TEXTO ORIGINAL

En la Junta General extraordinaria celebrada el día 16 de marzo de 1997, se adoptó el acuerdo de disolución voluntaria de la entidad Montepío de Actores Españoles, Entidad de Previsión Social. El artículo 26.1 c) del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, establece como causa de revocación de la autorización administrativa concedida a una entidad aseguradora incurrir en causa de disolución. A los sucesivos requerimientos de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, los liquidadores proponen una demora de varios años para finalizar el proceso de liquidación de la mutualidad. Así mismo se ha producido un incumplimiento reiterado de la obligación de informar y remitir documentación a este Centro Directivo sobre la marcha de la liquidación. De acuerdo con lo previsto en el artículo 28.3 d) del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, los liquidadores adoptaran las medidas necesarias para ultimar la liquidación en el plazo más breve posible. En su apartado e) establece el retraso en la liquidación como circunstancia en la que, el Ministro de Economía y Hacienda puede acordar el cese de los liquidadores y encomendar la liquidación al Consorcio de Compensación de Seguros. A la vista de lo anterior, teniendo en cuenta los antecedentes que obran en el expediente, a propuesta de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, y entendiendo que concurren los supuestos previstos en los artículo 26.1 c) y 28.3 d) y e) del Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, he resuelto:

Primero.-Revocar a la entidad Montepío de Actores Españoles, Entidad de Previsión Social, en liquidación, la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora.

Segundo.-Acordar el cese de los liquidadores y encomendar la liquidación de la entidad Montepío de Actores Españoles, Entidad de Previsión Social, en liquidación, al Consorcio de Compensación de Seguros, por cumplirse lo previsto en el artículo 14.1 c) del Texto Refundido del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros, aprobado por Real Decreto Legislativo 7/2004, de 29 de octubre.

Contra la presente Orden Ministerial, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo previsto en el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 11.1 a), 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Madrid, 29 de octubre de 2007.-El Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, P.D. (Orden EHA/3923/2004, de 22 de octubre), el Secretario de Estado de Economía, David Vegara Figueras.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid