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Documento BOE-A-2009-1093

Resolución de 22 de diciembre de 2008, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se publica el Convenio específico para el año 2008, del Protocolo general de colaboración, entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Generalitat de Cataluña.

Publicado en:
«BOE» núm. 19, de 22 de enero de 2009, páginas 7821 a 7822 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-2009-1093

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 15 de diciembre de 2008, Convenio específico para el año 2008 del Protocolo General de Colaboración suscrito el 1 de octubre de 1999 entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Generalitat de Cataluña, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicho Acuerdo, que figurará como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 22 de diciembre de 2008.–El Secretario General de Sanidad, José Martínez Olmos.

ANEXO
Convenio específico para el año 2008 del Protocolo General de Colaboración suscrito el 1 de octubre de 1999 entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Generalitat de Catalunya

En Madrid, a 15 de diciembre de 2008.

REUNIDOS

De una parte, D. Bernat Soria Escoms, Ministro de Sanidad y Consumo, nombrado por Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, B.O.E. de 14 de abril, en representación del Gobierno de la Nación, en virtud de las competencias que le atribuyen el art. 4.1 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno y el art. 13.3 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

De otra, la Honorable Sra. D.ª Marina Geli i Fábrega, Consejera de Salud de la Generalitat de Catalunya, debidamente facultada para este acto por Decreto 423/2006, de 28 de Noviembre, D.O.G.C. n.º 4771.

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Sanidad y Seguridad Social de la Generalitat de Catalunya suscribieron un Protocolo de Colaboración, de fecha 1 de octubre de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Sanidad de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo general se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual,

ACUERDAN

Primero.–Que la actuación del Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya en el año 2008 se concretará en el desarrollo de los programas:

Proyecto de mejora de la atención a drogodependientes en situación de exclusión social en Cataluña: 280.000,00 .

Plan de intervención en cocaína: 500.000,00 .

Segundo.–Que el Ministerio de Sanidad y Consumo (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de estos programas, según la resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, de fecha 17 de junio de 2008, con un total de 780.000,00 euros, con cargo al concepto 26.14.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo 3.1.b) de la ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. El abono de los fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.

Tercero.–Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, el Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.

Cuarto.–Que los programas citados en el Acuerdo primero, se desarrollarán por el Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya durante el ejercicio 2008.

Quinto.–Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará en aquello establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público.

Sexto.–El presente Convenio queda excluido de la aplicación de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, al amparo de lo dispuesto en su artículo 4.1.c, aplicándose los principios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las controversias que pudieran surgir, serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.–El Ministro de Sanidad y Consumo, Bernat Soria Escoms.–La Consejera de Salud de la Generalitat de Catalunya, Marina Geli i Fábrega.

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