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Documento BOE-A-2009-11984

Resolución 420/38158/2009, de 2 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda de primera prorroga al Convenio de colaboración, entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad de Madrid, en materia de asistencia sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación, de la participación de la sociedad civil en la defensa nacional y de la optimización de los recursos sanitarios.

Publicado en:
«BOE» núm. 173, de 18 de julio de 2009, páginas 60332 a 60333 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2009-11984

TEXTO ORIGINAL

Suscrita el 8 de abril de 2009 una adenda de primera prorroga al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad de Madrid, en materia de asistencia sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación, de la participación de la sociedad civil en la defensa nacional y de la optimización de los recursos sanitarios, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 2 de julio de 2009.–El Secretario General Técnico del Ministerio de Defensa, Tomás Suárez-Inclán González.

ANEXO
Adenda de primera prorroga al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad de Madrid, en materia de asistencia sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación, de la participación de la sociedad civil en la defensa nacional y de la optimización de los recursos sanitarios

En Madrid, a 8 de abril de 2009

REUNIDOS

De una parte, D. Juan Manuel Montero Vázquez, Inspector General de Sanidad de la Defensa, quién actúa por delegación de firma expresa para este acto de la Ministra de Defensa, con arreglo al artículo 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De otra, la Directora General de Gestión Económica y de Compras de productos Sanitarios y Farmacéuticos del Servicio Madrileño de Salud quién actúa, por orden del Consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid n.º 224/09, como persona encargada del ejercicio temporal de las competencias atribuidas a la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria durante el período comprendido entre los días 6 de abril de 2009 y 8 de abril de 2009, ambos inclusive, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Ambas partes se reconocen competencia y capacidad legal suficiente y convienen en suscribir la presente adenda de 1.ª prórroga, de acuerdo con lo previsto en la cláusula decimosexta del «Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa y la Comunidad de Madrid, en materia de asistencia sanitaria y para la realización de determinadas actuaciones en el terreno de la formación, de la participación de la sociedad civil en la defensa nacional y de la optimización de los recursos sanitarios», firmado con fecha 13 de abril de 2007,con arreglo a las siguientes,

ESTIPULACIONES

Primera.–La presente Adenda de prórroga tendrá una vigencia de dos meses, durante el periodo comprendido entre el día 13 de abril y el 12 de junio de 2009, de manera que en dicho periodo se realicen las gestiones para la consecución de un nuevo convenio.

Segunda.–El Convenio se prorroga en idénticos términos a los establecidos en su clausulado, por lo que esta adenda se ejecutará en iguales condiciones asistenciales, económicas y de todo tipo a las previstas en el mismo.

Tercera.–De acuerdo con lo establecido en la cláusula sexta «Financiación» del convenio de origen, esta prórroga alcanza un importe de dos millones quinientos cincuenta y tres mil ochocientos noventa y cuatro euros con diecinueve céntimos (2.553.894,19 €), manteniendo el sistema de pago a cuenta del 90% de la facturación mensual actual, que se regularizará en su liquidación definitiva.

Cuarta.–La prórroga de este convenio se adaptará a las normas y disposiciones que se promulguen como desarrollo de la Ley General de Sanidad y de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid y a cuantas normas y disposiciones puedan afectar a la naturaleza y capacidad de la partes contratantes.

Los representantes de la Administración del Estado, a través del Ministerio de Defensa y de la Administración de la Comunidad de Madrid, acuerdan dar su conformidad a esta adenda de 1.ª prórroga, con arreglo y sujeción a las estipulaciones establecidas en el mismo.

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman esta adenda de 1.ª prórroga, en tres ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha anteriormente indicados.

Por el Servicio Madrileño de Salud, la Directora General de Gestión Económica y de Compras de Productos Sanitarios y Farmacéuticos, Carmen Navarro Fernández-Rodríguez.–Por el Ministerio de Defensa, el Inspector General de Sanidad de la Defensa, Juan Manuel Montero Vázquez.

 

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