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Documento BOE-A-2009-15746

Acuerdo de 15 de septiembre de 2009, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca para su cobertura plaza de Magistrado de la Sala Primera del Tribunal Supremo, por el turno de abogados y juristas de prestigio.

Publicado en:
«BOE» núm. 239, de 3 de octubre de 2009, páginas 83069 a 83069 (1 pág.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2009-15746

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 343 y 345 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 15 de septiembre de 2009, y en uso de las facultades delegadas por el Pleno en su sesión de 29 de octubre de 1997 («Boletín oficial del Estado» de 12 de noviembre), ha acordado anunciar para su cobertura una plaza de Magistrado/a de la Sala Primera del Tribunal Supremo entre abogados y juristas de prestigio como consecuencia del fallecimiento de don Vicente Luis Montes Penadés.

La provisión de la plaza anunciada se efectuará por Real Decreto a propuesta del Pleno del Consejo General del Poder Judicial. El Real Decreto de nombramiento se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», surtiendo la publicación los efectos de notificación a los interesados aspirantes a la plaza anunciada.

Los abogados y juristas de prestigio que reúnan los requisitos legales y resulten interesados dirigirán su solicitudes al Excelentísimo Señor Presidente del Consejo General del Poder Judicial y las presentarán, en el plazo de veinte días naturales siguientes a la publicación de este Acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado, en el Registro General del Consejo General del Poder Judicial, calle Marqués de la Ensenada, número 8, 28071 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las peticiones que se cursen a través de las oficinas de Correos, deberán presentarse en sobre abierto, para que el funcionario correspondiente pueda estampar en ellas el sello de fechas antes de certificarlas.

En la solicitud deberá figurar el compromiso de prestar el juramento o la promesa previstos en el artículo 318 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y de observar el régimen de incompatibilidades establecido para Jueces y magistrados en la misma Ley.

Los solicitantes acompañarán a su instancia relación circunstanciada de méritos, publicaciones, títulos académicos o profesionales y cuantos otros datos estimen de interés relativos a su actividad, debiendo acreditar documentalmente, mediante las correspondiente certificaciones, el ejercicio de las respectivas profesiones jurídicas o docentes. Asimismo presentarán una memoria comprensiva de los datos identificativos y resumen de los dictámenes, informes, trabajos y estudios publicados en el campo de la investigación científico-jurídica.

Contra el presente Acuerdo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de septiembre de 2009.–El Presidente del Consejo General del Poder Judicial, José Carlos Dívar Blanco.

 

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