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Documento BOE-A-2009-15933

Corrección de errores de la Orden ARM/2322/2009, de 12 de agosto, por la que se definen las producciones y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los períodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de rendimientos en explotaciones de cultivos herbáceos extensivos, comprendido en el Plan 2009 de Seguros Agrarios Combinados.

Publicado en:
«BOE» núm. 241, de 6 de octubre de 2009, páginas 84489 a 84490 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Referencia:
BOE-A-2009-15933

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Orden ARM/2322/2009, de 12 de agosto, por la que se definen las producciones y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los períodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de rendimientos en explotaciones de cultivos herbáceos extensivos, comprendido en el plan 2009 de seguros agrarios combinados, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 210, de 31 de agosto de 2009, se procede a subsanarlos mediante las oportunas rectificaciones:

En la página 74442, anexo III. Precios máximos y mínimos de las distintas especies y variedades, en el cuadro correspondiente a los cereales de invierno, donde dice:

Cereales de invierno

Precios (Euros/100 Kgs.)

Grano

Semilla certificada

Especies

Variedades

Precio máximo

Precio mínimo

Precio máximo

Precio mínimo

Trigo duro.

Variedades inscritas en el Registro de la UVE*.

23,00

11,50

25,00

12,50

Resto de variedades y mezclas.

18,00

9,00

--

--

Trigo blando.

Variedades inscritas en el Registro de la OEVV*.

19,00

9,50

23,00

11,50

Resto de variedades y mezclas.

17,00

8,50

--

 

Cebada, centeno, avena y triticale.

Variedades inscritas en el Registro de la OEVV*.

15,50

7,75

18,00

--

Resto de variedades y mezclas.

14,00

7,00

--

9,00

Mezclas.

 

**

**

--

--

* Variedades que a la fecha de inicio del período de suscripción del seguro estén inscritas en el Registro de Variedades Comerciales de la Oficina Española de Variedades Vegetales (OEVV).

** El menor de los precios de las especies mezcladas.

Debe decir:

Cereales de invierno

Precios (Euros/100 Kgs.)

Grano

Semilla certificada

Especies

Variedades

Precio máximo

Precio mínimo

Precio máximo

Precio mínimo

Trigo duro.

Variedades inscritas en el Registro de la OEVV o en el Catálogo Común Europeo*.

23,00

11,50

25,00

12,50

Resto de variedades y mezclas.

18,00

9,00

--

--

Trigo blando.

Variedades inscritas en el Registro de la OEVV o en el Catálogo Común Europeo*.

19,00

9,50

23,00

11,50

Resto de variedades y mezclas.

17,00

8,50

--

 

Cebada, centeno, avena y triticale.

Variedades inscritas en el Registro de la OEVV o en el Catálogo Común Europeo*.

15,50

7,75

18,00

9

Resto de variedades y mezclas.

14,00

7,00

--

--

Mezclas

 

**

**

--

--

* Variedades que a la fecha de inicio del período de suscripción del seguro estén inscritas en el Registro de Variedades Comerciales de la Oficina Española de Variedades Vegetales (OEVV) o en el Catálogo Común Europeo.

** El menor de los precios de las especies mezcladas”.

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