Visto el expediente de indulto de don Noureddine Jdey, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Móstoles, en sentencia de 2 de marzo de 2007, como autor de un delito de obstrucción a la Justicia, a la pena de dos años y seis meses de prisión y multa de 15 meses con una cuota diaria de seis euros, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 9 de octubre de 2009,
Vengo en conmutar a don Noureddine Jdey la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.
Dado en Madrid, el 9 de octubre de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ
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