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Documento BOE-A-2009-1947

Resolución de 4 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Industria y Empresa, del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, de certificado de conformidad del producto fabricado por Reyde, SA con contraseña 02-J-521: Jerrycan de plástico de tapa fija, para el transporte de mercancías peligrosas por vía marítima y vía aérea.

Publicado en:
«BOE» núm. 30, de 4 de febrero de 2009, páginas 12253 a 12256 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2009-1947

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Secretaría de Industria y Empresa, del Departamento de Innovación, Universidades y Empresa, de la Generalitat de Catalunya, la solicitud presentada por REYDE, SA, con domicilio social en P.I. Mas Mateu. c/ de l’Om, 15, municipio de El Prat de Llobregat, provincia de Barcelona, para el certificado e inscripción en el registro del siguiente producto fabricado por «Reyde, S.A.», en su instalación industrial ubicada en El Prat de Llobregat: Jerrycan de plastico de tapa fija, código 3H1, marca «Reyde» y modelo «4L Aragro», para el transporte de mercancías peligrosas por vía marítima y vía aérea.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuyo certificado e inscripción en el registro se solicita, y que la Entidad de Inspección y Control ICICT-El Prat de Llobregat, mediante certificado con clave VC.BB.3310591/08, donde ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por el R.D. 551/2006, de 5 mayo, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera, y por la Orden Ministerial de 17/3/1986 (BOE 31/3/86), modificada por la de 28/2/1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, el código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG) (BOE 21-12-2005), las Instrucciones Técnicas para el Transporte sin Riesgos de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea (OACI) (BOE 22-03-2006), he resuelto:

Certificar la conformidad del citado producto con la contraseña de inscripción 02-J-521 y definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelo registrado las que se indican a continuación:

Marca y modelo: «Reyde» y modelo «4L Aragro».

Características y productos autorizados a transportar: Las indicadas en el anexo.

Este certificado se hace únicamente en relación con el R.D. 551/2006, de 5 mayo, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera, y por la Orden Ministerial de 17/3/1986 (BOE 31/3/86), modificada por la de 28/2/1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto con independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro Reglamento o Disposición que le sea aplicable, debiéndose presentar la conformidad de la producción con el tipo homologado antes de 04/12/2010 (Orden Ministerial de 28/2/89).

(*) El sistema de calidad siempre deberá estar certificado por una entidad certificadora correspondiente, en el curso de estos dos años.

Esta resolución de certificación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Consejero de Innovación, Universidades y Empresa, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 4 de diciembre de 2008.–El Secretario de Industria y Empresa, P.D. de firma (Resolución de 2 de marzo de 2007), el Jefe del Servicio de Automóviles, Productos y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

ANEXO

Fabricante: «REYDE, S.A.», P.I. Mas Mateu, c/ de L’Om, 15, 08820 El Prat de Llobregat (Barcelona).

Representante legal: No aplica.

Nombre EIC y núm. Informe: «ICICT, S.A.»–VC.BB.33105911/08.

Contraseña de certificación de tipo:

ADR/RID

02-J-521-11

IMDG/OACI

02-J-521

Características del envase:

Modelo: 4L Aragro.

Denominación: Jerrican de plástico tapa fija.

Código ONU: 3H1.

Caracterización dimensional:

Material del bidón: PE-HD.

Peso del envase vacío: 200 + 30 g (tapón) = 230 g.

Sección: 170 x 162 mm.

Altura (sin tapón): 265 mm.

Altura (con tapón): 268 mm.

Diámetro boca: 68,2 mm (interior); 72,9 mm (exterior).

Diámetro cuello: 79,8 mm.

Capacidad a rebose: 4,65 litros.

Capacidad al 98%: 4,56 litros.

Tipo de cierre: Tapón roscado con junta interior soldable por inducción y precinto de seguridad.

Capacidad nominal: 4 litros.

Marcado: UN 3H1/Y1,3/150/*/E/**/***

* Fecha de fabricación (mes y año).

** Anagrama del fabricante.

*** Número de contraseña.

Materias a transportar:

Densidad máxima admisible 1,9 kg/l.

Materias a transportar de la clase: 3.

Tensión de vapor a 50 o 55 ºC no debe superar ninguno de los tres valores calculados según 4.1.1.10 de l’ADR/RID/IMDG.

Densidad máxima admisible relativa: 1,9 Kg/l.

ADR/RID: Materias adscritas al grupo de embalaje II y III que requieran instrucción de embalaje/envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de ésta.

IMDG/IMO: Materias adscritas al grupo de embalaje II y III que requieran instrucción de embalaje/envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de ésta.

IATA/OACI: Materias adscritas al grupo de embalaje II y III que requieran instrucción de embalaje 307, 308 (excepto núm. ONU 1111, 1167, 1204, 1228, 1717, 2270, 2347, 2360, 2363, 2402) 309 y 310.

Materias a transportar de la clase: 5.1.

Tensión de vapor a 50 o 55 ºC no debe superar ninguno de los tres valores calculados según 4.1.1.10 de l’ADR/RID/IMDG.

Densidad máxima admisible relativa: 1,9 Kg/l.

ADR/RID: Materias comburentes líquidas adscritas a Grupo de Embalaje II o III y que requieran instrucción de embalaje/envasado P502 y P504, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta instrucción.

IMDG/IMO: Materias comburentes líquidas adscritas a Grupo de Embalaje II o III y que requieran instrucción de embalaje/envasado P502 y P504, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta instrucción.

Materias a transportar de la clase: 5.2.

Tensión de vapor a 50 o 55 ºC no debe superar ninguno de los tres valores calculados según 4.1.1.10 de l’ADR/RID/IMDG.

Densidad máxima admisible relativa: 1,9 Kg/l.

ADR/RID: Materias comburentes líquidas adscritas a Grupo de Embalaje II o III y que requieran instrucción de embalaje/envasado P520, (métodos OP5, OP6, OP7 y OP8).

IMDG/IMO: Materias comburentes líquidas adscritas a Grupo de Embalaje II o III y que requieran instrucción de embalaje/envasado P520, (métodos OP5, OP6, OP7 y OP8).

Materias a transportar de la clase: 6.1.

Tensión de vapor a 50 o 55 ºC no debe superar ninguno de los tres valores calculados según 4.1.1.10 de l’ADR/RID/IMDG.

Densidad máxima admisible relativa: 1,9 Kg/l

ADR/RID: Materias tóxicas líquidas adscritas al Grupo de Embalaje II y III el cumplimiento de que requieran instrucción de embalaje/envasado P001, teniendo en cuenta las disposiciones especiales de esta.

IMDG/IMO: Materias tóxicas líquidas adscritas al Grupo de Embalaje II y III que requieran instrucción de embalaje/envasado P001, teniendo en cuenta las disposiciones especiales de esta.

IATA/OACI: Materias tóxicas líquidas adscritas a Grupos de embalaje II o III y requieran las instrucciones de embalaje 605 (excepto núm. ONU 1647, 1649, 1694, 1935, 2024, 2788), 611, 612 (excepto núm. ONU 1697, 2574, 3071), 618 y 620.

Materias a transportar de la clase: 8.

Tensión de vapor a 50 o 55 ºC no debe superar ninguno de los tres valores calculados según 4.1.1.10 de l’ADR/RID/IMDG.

Densidad máxima admisible relativa: 1,9 Kg/l.

ADR/RID: Materias líquidas adscritas al grupo de embalaje II y III que requieran instrucción de embalaje/envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta.

IMDG/IMO: Materias líquidas adscritas al grupo de embalaje II y III que requieran instrucción de embalaje/envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta.

IATA/OACI: Materias líquidas adscritas al grupo de embalaje II y III que requieran Instrucción d’Embalatge 812, 813 (excepte núm. ONU 1724, 1728, 1732, 1747, 1762, 1763, 1766, 1767, 1768, 1769, 1771, 1784, 1787, 1788, 1796, 1799, 1800, 1801, 1802, 1803, 1804, 1816, 1826, 2029, 2031, 2435, 2443), 820 i 821 (excepto núm. ONU 1787, 1788).

Materias a transportar de la clase: 9.

Tensión de vapor a 50 o 55 ºC no debe superar ninguno de los tres valores calculados según 4.1.1.10 de l’ADR/RID/IMDG.

Densidad máxima admisible relativa: 1,9 Kg/l.

ADR/RID: Materias líquidas adscritas al grupo de embalaje II y III que requieran instrucción de embalaje/envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta.

IMDG/IMO: Materias líquidas adscritas al grupo de embalaje II y III que requieran instrucción de embalaje/envasado P001, teniendo en cuenta el cumplimiento de las disposiciones especiales de esta.

IATA/OACI: Materias líquidas adscritas a Grupos de Embalaje II o III y que requieran las siguientes instrucciones de embalaje 906, 907 (excepto Núm. ONU 1941) y 914.

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