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Documento BOE-A-2009-20687

Resolución de 11 de diciembre de 2009, de la Secretaría General de Universidades, por la que se modifica la de 28 de diciembre de 2007, por la que se renovaron las ayudas para becas y contratos del programa de formación de doctores en el marco de las Unidades Asociadas entre Universidades y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 22 de diciembre de 2009, páginas 108363 a 108363 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación
Referencia:
BOE-A-2009-20687

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 28 de diciembre de 2007, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 17 de enero de 2008, modificada por Resolución de 3 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Universidades, se renovaron hasta su fecha máxima de finalización las ayudas del programa de formación de doctores en el marco de las Unidades Asociadas entre las Universidades y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

En el apartado tercero de la anterior Resolución se estimaba un gasto máximo de 94.315,23 € en el ejercicio 2009 para atender el coste de las renovaciones.

Habida cuenta que la estimación del gasto se hizo sobre las dotaciones y los costes patronales vigentes en 2007, al realizar los cálculos precisos para el pago de la anualidad de 2009, el coste real de las ayudas para este ejercicio es de 94.695,79 €, lo que supone un incremento sobre la cantidad aprobada inicialmente.

Por ello, en uso de sus atribuciones, esta Secretaría General ha resuelto:

Primero.–Modificar el apartado tercero de la Resolución de 28 de diciembre de 2007, en el sentido de que el gasto para financiar las ayudas en el ejercicio 2009 sea de 94.695,79 euros.

Segundo.–El gasto resultante de la presente modificación, por importe de 380,56 euros (trescientos ochenta euros con cincuenta y seis céntimos) en el ejercicio 2009, se financiará con cargo a la aplicación 18.07.463A-781 de los Presupuestos Generales del Estado.

Contra esta resolución cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes. Asimismo, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su publicación. Dicho recurso no podrá ser interpuesto hasta que el anterior recurso potestativo de resolución sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta.

Madrid, 11 de diciembre de 2009.–El Secretario General de Universidades, Marius Rubiralta i Alcañiz.

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