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Documento BOE-A-2009-3829

Resolución de 30 de diciembre de 2008, de la Dirección General de Cooperación Territorial, por la que se publica el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos Rutas literarias, Escuelas viajeras, Rutas científicas e Inmersión lingüística, durante 2008.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 2009, páginas 22911 a 22916 (6 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2009-3829

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y el Principado de Asturias han suscrito un Convenio para el desarrollo de los programas de cooperación territorial para alumnos rutas literarias, escuelas viajeras, rutas científicas e inmersión lingüística, durante 2008, por lo que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación, en el Boletín Oficial del Estado, de dicho Convenio.

Madrid, 30 de diciembre de 2008.–La Directora General de Cooperación Territorial, Rosa Peñalver Pérez.

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, POLÍTICA SOCIAL Y DEPORTE Y EL PRINCIPADO DE ASTURIAS PARA EL DESARROLLO DE LOS PROGRAMAS DE COOPERACIÓN TERRITORIAL PARA ALUMNOS RUTAS LITERARIAS, ESCUELAS VIAJERAS, RUTAS CIENTÍFICAS E INMERSIÓN LINGÜÍSTICA, DURANTE 2008
REUNIDOS

De una parte, doña Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo, Ministra de Educación, Política Social y Deporte, en virtud del Real Decreto 436/2008, de 12 de abril, y en uso de la competencia establecida en la disposición adicional decimotercera de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

De otra parte, el Ilmo. Sr. don José Luis Iglesias Riopedre, Consejero de Educación y Ciencia, facultado para la firma del presente Convenio, en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su reunión celebrada el día 22 de octubre de 2008.

EXPONEN

Que el artículo 149.1.30 de la Constitución establece la competencia exclusiva del Estado sobre la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de títulos académicos y profesionales y normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.

Que el Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, aprobado por la Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre y reformado por las Leyes Orgánicas 1/1994, de 24 de marzo, y 1/1999, de 5 de enero, dispone en su artículo 18.1 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 27 de la Constitución y leyes orgánicas que, conforme al apartado 1 del artículo 81 de la misma lo desarrollen, sin perjuicio de las facultades que atribuye al Estado el artículo 149.1.30) y de la Alta Inspección para su cumplimiento y garantía.

Que el artículo 9 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación encomienda al Estado la promoción de programas de cooperación territorial dirigidos a alcanzar objetivos educativos de carácter general, a favorecer el conocimiento y aprecio por parte del alumnado de la riqueza cultural y lingüística de las distintas Comunidades Autónomas, así como a contribuir a la solidaridad interterritorial y al equilibrio territorial en la compensación de desigualdades. La Ley determina, asimismo, que los referidos programas podrán llevarse a cabo mediante convenios o acuerdos con las diferentes Administraciones educativas competentes.

Que de conformidad con esta normativa el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y el Principado de Asturias han venido colaborando desde hace años en diversos programas de cooperación territorial. En el año 2008 ambas partes acuerdan continuar con dicha colaboración previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, para el desarrollo durante 2008 de los Programas de Cooperación Territorial denominados:

Rutas Literarias.

Escuelas Viajeras.

Rutas Científicas e

Inmersión Lingüística,

Que para poder realizar estos Programas se hace preciso articular la colaboración entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y el Gobierno del Principado de Asturias en dicho año 2008.

Consecuentemente, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y el Gobierno del Principado de Asturias, previa aprobación de la Comisión Delegada del Gobierno para Política Autonómica, suscriben el presente Convenio para la ejecución de dichos Programas conforme a las siguientes cláusulas:

Primera. Objeto del convenio.–Constituye el objeto del presente Convenio el establecimiento de los mecanismos de colaboración necesarios entre el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y el Gobierno del Principado de Asturias, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el mismo para llevar a cabo los Programas de Cooperación Territorial de Rutas Literarias, Escuelas Viajeras, Rutas Científicas e Inmersión Lingüística durante el año 2008.

Segunda. Programas de Cooperación Territorial y financiación.–Por parte del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte las aportaciones con cargo a los presupuestos del ejercicio 2008 ascenderán a un máximo de 73.459,65 euros con el desglose por programas que se indica a continuación:

1. Programa de Rutas Literarias.

Para el año 2008, las partes acuerdan que el Programa se desarrollará con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indican:

1.1 Alumnado y profesorado participantes:

Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y alumnas y dos miembros del profesorado, procedentes de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias que participarán en el Programa: 6 grupos.

Número máximo de grupos de 20 a 24 alumnos y alumnas y dos miembros del profesorado, procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta literaria» de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias: 6 grupos.

1.2 Recursos financieros:

Aportaciones para el desarrollo del Programa:

A ) Por parte del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte:

a) Gastos del programa:

Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos del alumnado y profesorado participantes, así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la ruta literaria:

Total aportación: 34.766,22 .

b) Ayudas de preparación y desplazamiento:

De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, libra a la Comunidad Autónoma las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta literaria» asignada, que ascienden a un total de 22.478,00 .

Total aportación: 57.244,22 .

El presente programa no presenta ningún contenido económico para el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte con cargo al ejercicio presupuestario 2008, ya que las cuantías citadas se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto de 2007, una vez adjudicadas las ayudas para participar en el programa «Rutas Literarias» durante el curso 2007/2008, por Orden de 26 de diciembre de 2007. El Principado de Asturias ingresó el importe de dicho libramiento en el presupuesto de gastos y habilitó el crédito recibido en su presupuesto de 2008, de forma que les permita hacer frente a los gastos que se deriven de la actividad y transfieran las ayudas para la preparación de la actividad y desplazamiento a los centros beneficiarios de las mismas.

B) Por parte del Principado de Asturias:

Cofinanciación con el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte de los gastos derivados de la ejecución del Programa (alojamiento, manutención, actividades y coordinación, de los grupos de alumnado y profesorado que recorran la ruta de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias), se imputarán a la partida presupuestaria 15 02 422P 226 006, por la cuantía de 9.000 euros.

2. Programa de Escuelas Viajeras.

Para el año 2008, el programa se ejecutará con arreglo a los datos y aportaciones que a continuación se indican:

2.1 Alumnado y profesorado participantes:

Número de grupos de 12 a 15 alumnos y alumnas y un miembro del profesorado de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias que participarán en otra ruta: 15.

Número máximo de grupos de 12 a 15 alumnos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la ruta de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias: 30.

2.2 Recursos financieros:

A) Por parte del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte:

a) Gastos del programa:

Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnos y profesores participantes en las rutas de dicha Comunidad:

Etapa de primavera: 30.642,94 .

Etapa de otoño: 30.642,94 .

Para sufragar gastos diversos que se originen en el desarrollo de la ruta:

Etapa de primavera: 1.197,655 .

Etapa de otoño: 1.197,655 .

Total aportación ruta de Asturias: 63.681,19 .

b) Ayudas de preparación y desplazamiento:

De acuerdo con la convocatoria de ayudas, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, libra a la Comunidad Autónoma las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la ruta de Escuelas Viajeras asignada, que ascienden a un total de:

Etapa de primavera: 29.835,00 .

Etapa de otoño: 4.180,00.

Total aportación: 34.015,00 .

Los gastos de la ruta y las ayudas para preparación y desplazamiento que corresponden a la primera etapa no suponen coste para el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte con cargo al ejercicio presupuestario 2008 ya que las cuantías citadas, se libraron por parte de dicho Ministerio con cargo al crédito 18.11.324N.482 del presupuesto 2007, una vez adjudicadas parcialmente las ayudas para participar en el programa por Orden de 28 de diciembre de 2007.

Los gastos y ayudas de la segunda etapa se financian por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte con cargo a la aplicación 18.11.324N.482 de los presupuestos de 2008.

B) Por parte del Principado de Asturias:

Cofinanciar con el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte los gastos derivados de la ejecución del Programa (alojamiento, manutención, actividades y coordinación, de los grupos de alumnado y profesorado que recorran la ruta de Asturias), se imputarán a la partida presupuestaria 15 02 422P 226 006, por la cuantía de 16.000 euros.

3. Programa de Rutas Científicas.

3.1 Alumnado y profesorado participantes:

Número de grupos de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias que participarán en otra «Ruta científica»: 3.

Número de grupos procedentes de otras Comunidades Autónomas que recorrerán la «Ruta científica» de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias: 4.

3.2 Recursos financieros:

A) El Ministerio de Educación, Política Social y Deporte con cargo a la aplicación presupuestaria 18.11.324N.482 del año 2008 financiará los siguientes gastos:

a) Gastos del programa de la «Ruta científica» de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias: Para sufragar los gastos de alojamiento y manutención de los grupos de alumnado y profesorado participantes, así como los gastos diversos que se originen en el desarrollo de la actividad hasta un máximo de 22.839,06 euros.

b) Ayudas de preparación y desplazamiento: De acuerdo con las convocatorias de ayudas, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, libra al Gobierno del Principado de Asturias el total de las ayudas correspondientes a los centros de ella dependientes, que se conceden para sufragar los gastos de preparación de la actividad y desplazamiento desde la localidad de origen hasta aquélla en la que se inicie la «Ruta científica» asignada, que ascienden a un máximo de 14.600,00 euros.

Total aportaciones hasta un máximo de 37.439,06 euros.

B) Por parte del Principado de Asturias:

Cofinanciar con el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte los gastos derivados de la ejecución del Programa (alojamiento, manutención, actividades y coordinación, de los grupos de alumnos y profesores que recorran la ruta de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias), que se imputarán a la partida presupuestaria 15 02 422P 226 006, por la cuantía de 7.000 euros.

4. Programa de Inmersión Lingüística.

Compromisos de las partes:

Corresponderá al Ministerio de Educación, Política Social y Deporte:

1. Organizar cursos de inmersión lingüística en inglés para 2 grupos de 25 alumnos de sexto curso de Educación Primaria matriculados en centros públicos del Principado de Asturias. A estos efectos, el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte contratará con empresas del sector la utilización del inmueble y la prestación de todos los servicios y el material pedagógico requeridos durante la estancia de los grupos de alumnos, incluyendo el equipo de personal especializado encargado de llevar a cabo las actividades y que actuará conjuntamente con los profesores que acompañen a los alumnos participantes.

2. Conceder ayudas a los centros seleccionados hasta cubrir la totalidad del precio del Programa, que resultará de la adjudicación del concurso correspondiente y que comprenderá hasta un máximo de 5.800 Euros por grupo. Estas ayudas se abonarán a las empresas con cargo al crédito 18.11.324N.482 de los Presupuestos Generales del Estado para 2008. Como consecuencia de lo anterior, este Programa no implicará transferencia directa de fondos por parte del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte al Principado de Asturias.

Corresponderá al Principado de Asturias:

1. Financiar la participación de los centros seleccionados para asistir al Programa, con un importe total de 7.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 15.02.422P.229.000, de los cuales se podrá asignar hasta 3.500 euros por cada grupo como máximo.

2. Financiar el gasto de transporte hasta el lugar de celebración de la estancia por lo cual se ha reservado crédito de 4.500 euros en la aplicación 15.02.422P.223.000.

Total aportaciones del Principado de Asturias: 11.500 euros.

Tercera. Ejecución de los programas.–En la ejecución de los programas realizados en el presente convenio serán de aplicación las bases acordadas en el convenio suscrito con fecha de 29 de junio de 2007, que se explicitan en el Anexo I al presente convenio.

Cuarta. Naturaleza.–El convenio de colaboración es del tipo de los mencionados en el artículo 4.1.c) de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, siéndole de aplicación, en defecto de normas específicas, los principios de dicho texto legal, para resolver dudas y lagunas que pudieran producirse.

Quinta. Justificación.–El Principado de Asturias justificará los libramientos efectuados en aplicación del presente Convenio mediante la presentación de la documentación específica en los plazos establecidos en la correspondiente convocatoria, debiendo cumplir todas las obligaciones establecidas para las Comunidades Autónomas en la normativa vigente.

Sexta. Comisión mixta.

1. Para el seguimiento de la ejecución del presente Convenio, ambas partes acuerdan la constitución de una Comisión mixta paritaria, compuesta de 6 miembros, 3 de los cuales serán designados por el Principado de Asturias, 2 por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, y 1 por la Delegación del Gobierno de la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias, que actuará en representación de la Delegación del Gobierno de dicha Comunidad.

2. Corresponde a la Comisión mixta realizar la evaluación de los programas a que se refiere el presente convenio en sus aspectos pedagógicos, organizativos y administrativos.

3. La Comisión mixta se reunirá cuando una de las partes lo solicite.

Séptima. Difusión–Ambos firmantes se comprometen a hacer constar la participación de la otra parte en la difusión en cualquier ámbito de los programas a que se refiere el presente Convenio. Concretamente, las publicaciones y notificaciones efectuadas por el Principado de Asturias por cualquier medio contendrán el logo institucional del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte y la mención expresa: «Programa cofinanciado por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte».

Del mismo modo, las publicaciones y notificaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte contendrán la mención expresa: «Programa cofinanciado por las Comunidades Autónomas».

Octava. Resolución de controversias.–Según dispone expresamente el artículo 4.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, se aplicarán los principios de dicha norma a la resolución de las dudas que pudiera plantear el cumplimiento de este convenio. La resolución de las controversias que pudieran plantearse sobre su ejecución e interpretación deberán solventarse con carácter previo de mutuo acuerdo entre las partes, a través del órgano de seguimiento. Si dicho acuerdo no pudiera alcanzarse, las posibles controversias deberán ser resueltas por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Novena. Vigencia.–El presente convenio tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2008.

Madrid, 22 de diciembre de 2008.–Por el Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, la Ministra, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.–Por la Consejería de Educación y Ciencia, el Consejero, José Luis Iglesias Riopedre

ANEXO I
Desarrollo de los programas según las bases acordadas en el convenio suscrito con fecha de 29 de junio de 2007

El Ministerio de Educación y Ciencia convocará en régimen de concurrencia competitiva ayudas para participar en los programas de Cooperación Territorial denominados: Rutas Literarias, Escuelas Viajeras, Rutas Científicas e Inmersión Lingüística. Estas ayudas se librarán una vez resueltas las citadas convocatorias. Asimismo, contratará la organización y prestación del transporte durante el desarrollo de los programas de Rutas Literarias, Escuelas Viajeras y Rutas Científicas y el seguro de accidentes y responsabilidad civil de los participantes en todos los programas.

El Principado de Asturias, por su parte, difundirá entre los centros docentes la oferta de los programas. Asimismo, efectuará la selección de los grupos participantes de su Comunidad de acuerdo con los criterios establecidos en la correspondiente convocatoria. Del mismo modo, el Gobierno del Principado de Asturias llevará a cabo la organización de estos programas en su Comunidad.

El alumnado participará en las actividades acompañado por profesorado del que imparte clase habitualmente, en el número que se establezca en la correspondiente convocatoria, que preparará la actividad previamente con el alumnado, velará por el aprovechamiento pedagógico y didáctico del programa y será responsable de su alumnado.

Todos los compromisos económicos con cargo al presupuesto de 2008 recogidos en el presente convenio están sujetos a las disponibilidades presupuestarias de las aplicaciones correspondientes. Por parte del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, las aportaciones en 2008 ascenderán a un máximo de 73.459,65 euros con el desglose por programas que se indica en la cláusula segunda de este convenio.

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