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Documento BOE-A-2009-3938

Orden ESD/540/2009, de 23 de enero, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación General CSIC.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 7 de marzo de 2009, páginas 23421 a 23422 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2009-3938

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de Don Rafael Rodrigo Montero, solicitando la inscripción de la Fundación General CSIC, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anteriormente citada fue constituida por las entidades: Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas; Banco Santander, S.A.; Fundación Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (Fundación BBVA); Fundación Cajasol; Fundación Ramón Areces; Caixa d´Estalvis i Pensions de Barcelona y Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Guipúzcoa y San Sebastián, en Madrid, el 23 de julio 2008, según consta en la escritura pública número mil seiscientos cuarenta y tres, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, Don Santiago Rubio Liniers, que fue complementada por la escritura pública número treinta, otorgada el 9 de enero de 2009, ante la notario de Madrid, Doña Isabel Griffo Navarro y ratificada, por escritura número tres mil ochocientos ochenta y dos, autorizada el 23 de diciembre de 2008, ante el notario Don Ramón Corral Beneyto.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, calle Serrano, número 117 y, su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio español.

Tercero. Dotación.–Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de ciento cuarenta mil euros (140.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria.

Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura pública de constitución, a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: Cooperar con el Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y la captación de financiación privada para el desarrollo de iniciativas público-privadas en el CSIC vinculadas a las funciones que éste tiene encomendadas.

Quinto. Patronato.–El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Rafael Rodrigo Montero, por razón de su cargo de Presidente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas; Secretario: Don Eusebio Jiménez Arroyo, por razón de su cargo de Secretario General del Consejo Superior de Investigaciones Científicas; Vocales: Banco Santander, S. A., representado por don José Antonio Villasante Cerro; Fundación Banco Bilbao Vizcaya Argentaria (Fundación BBVA), representada por don Rafael Pardo Avellaneda; Fundación Cajasol; representada por don Antonio Pulido Gutiérrez; Fundación Ramón Areces, representada por Don Raimundo Pérez-Hernández y Torra; Caixa d´Estalvis i Pensions de Barcelona, representada por don Isidro Faine Casas y Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Guipúzcoa y San Sebastián, representada por don Patxi-Xabier Alkorta Andonegi.

En la escritura de constitución y en la de ratificación consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos jurídicos

Primero.–Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, por la que continúa vigente la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.–Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, habiéndose emitido por el Protectorado del Ministerio de Ciencia e Innovación, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.–Según la Disposición Transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación General CSIC en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación General CSIC, cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el territorio español, con domicilio en Madrid, calle Serrano, número 117, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Notificar a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 23 de enero de 2009.–La Ministra de Educación, Política Social y Deporte, P.D. (Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, José Canal Muñoz.

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