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Documento BOE-A-2009-3940

Orden ESD/542/2009, de 30 de enero, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Elogos.

Publicado en:
«BOE» núm. 57, de 7 de marzo de 2009, páginas 23425 a 23426 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2009-3940

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de Don Mariano Baratech Ramírez, solicitando la inscripción de la Fundación Elogos, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, así como el nombramiento de Gerente de la Fundación y el otorgamiento de poderes.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad Elogos Conocimiento, S.L., en Madrid, el 19 de noviembre de 2008, según consta en la escritura pública número tres mil quinientos veinticuatro, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, Don Eduardo González Oviedo, en sustitución del notario Don Ramón Corral Beneyto, que fue subsanada por la escritura número ciento veintitrés, autorizada el 16 de enero de 2009, ante este último notario.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, calle Condesa de Venadito, número 1 y, su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional.

Tercero. Dotación.–Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero, ha sido desembolsada inicialmente en un 25 por 100, mediante la aportación de la cantidad de siete mil quinientos euros (7.500 euros) ingresada en entidad bancaria, y el resto será desembolsado por los fundadores en un plazo no superior a cinco años.

Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura pública de constitución, a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: - La contribución, de manera general, al impulso y desarrollo de la Sociedad del Conocimiento. – La promoción, divulgación y fomento de la formación en el ámbito laboral y empresarial. – La contribución al acceso a la formación y al conocimiento de colectivos desfavorecidos con discapacidad o con dificultad de acceso a los mismos, para su posterior inserción laboral. – El impulso al desarrollo de prácticas de Responsabilidad Social Empresarial (RSE), especialmente las relacionadas con la universalización de la formación y el conocimiento.

Quinto. Patronato.–El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente, el Patronato queda constituido por: Presidente: la entidad Elogos Conocimiento, S.L., representada por Don Mariano Baratech Ramírez; Vicepresidente: Don Jaime Laviña Orueta; Vocales: Doña Lourdes Baratech Ramírez; Don Carlos Rodríguez Fernández y Secretario, no patrono: Don Aurelio Ladrón de Guevara López.

En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

En el acto de constitución, los miembros del Patronato reunidos acordaron designar Gerente de la Fundación a Don Aurelio Ladrón de Guevara López y otorgarle poderes, así como a Don Mariano Baratech Ramírez; Don Francisco Álvarez Fidalgo y Don Carlos Rodríguez Fernández.

Fundamentos jurídicos

Primero.–Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, por la que continúa vigente la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo.–Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero.–Según la Disposición Transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación Elogos en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.–Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación Elogos, cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional, con domicilio en Madrid, calle Condesa Venadito, número 1, así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.–Inscribir en el Registro de Fundaciones el nombramiento de Don Aurelio Ladrón de Guevara López, como Gerente de la Fundación y el otorgamiento de poderes a su favor, así como a favor de Don Mariano Baratech Ramírez; Don Francisco Álvarez Fidalgo y Don Carlos Rodríguez Fernández, en los términos que constan en la escritura pública número tres mil quinientos veinticuatro, otorgada el 19 de noviembre de 2008, ante el notario Don Eduardo González Oviedo, en sustitución del notario Don Ramón Corral Beneyto, que fue subsanada por la escritura número ciento veintitrés, autorizada el 16 de enero de 2009, ante éste último notario.

Notificar a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 30 de enero de 2009.–La Ministra de Educación, Política Social y Deporte, P.D. (Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, José Canal Muñoz.

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