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Documento BOE-A-2009-4497

Resolución de 9 de marzo de 2009, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establecen determinados aspectos relacionados con la subasta para la asignación de la capacidad de los almacenamientos subterráneos para el período comprendido entre el 1 de abril de 2009 y el 31 de marzo de 2010.

Publicado en:
«BOE» núm. 65, de 17 de marzo de 2009, páginas 26559 a 26560 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-A-2009-4497

TEXTO ORIGINAL

La Orden ITC/3862/2007, de 28 de diciembre, por la que se establece el mecanismo de asignación de la capacidad de los almacenamientos subterráneos de gas natural y se crea un mercado de capacidad, determina que el Secretario General de Energía del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio precisará las reglas para la asignación de capacidad de almacenamientos subterráneos mediante subasta, establecerá los derechos de extracción e inyección de los almacenamientos, y dictará las disposiciones que sean necesarias para el cumplimiento de lo establecido en dicha orden.

El 14 de marzo de 2008 se dictó la Resolución de la Secretaría General de Energía por la que se precisan determinados aspectos relativos a la gestión de los almacenamientos subterráneos de la red básica y se establecen las reglas para la subasta de su capacidad, donde se determina en sus artículos 10 y 11 que la Dirección de Política Energética y Minas establecerá por resolución la cantidad de almacenamiento a subastar, las instrucciones operativas a seguir en la subasta y la fecha de la misma.

El 5 de marzo de 2009, el Ministro de Industria, Turismo y Comercio dictó la Orden por la que se determina la entidad responsable de la organización de las subastas para la asignación de la capacidad de almacenamiento subterráneo de gas natural y para la adquisición de gas de operación y gas talón, donde en su artículo único se determina que el Operador del Mercado Ibérico de Energía-Polo Español, S.A. (OMEL) a través de su filial OMEL Diversificación, S.A.U. será la entidad responsable de las subastas necesarias para la asignación de capacidad de almacenamientos subterráneos de la red básica de gas natural, reguladas en la Orden lTC/3862/2007, de 28 de diciembre.

En su virtud, dispongo:

Primero. Fecha de celebración de la subasta.–La subasta de capacidad de almacenamiento subterráneo de la red básica, para el período comprendido entre el 1 de abril de 2009 y el 31 de marzo de 2010, tendrá lugar por medios telemáticos el 30 de marzo de 2009, a las 09:00 horas.

Segundo. Cantidad estimada de capacidad de almacenamiento a subastar.–La estimación de la cantidad a subastar, de acuerdo al artículo 8 de la Orden Ministerial ITC/3862/2007, de 28 de diciembre, es la equivalente a 4.257 GWh. La cantidad definitiva de capacidad de almacenamiento a subastar se publicará por resolución de la Dirección de Política Energética y Minas con carácter previo a la celebración de la subasta.

Tercero. Reglas de la subasta.–Se aprueban las reglas operativas para la subasta que se incluyen como Anejo I de la presente resolución.

Cuarto. Información y Documentación del Gestor Técnico del Sistema.–Se aprueba el documento de información y documentación a remitir por el Gestor Técnico del Sistema a la entidad responsable de la organización de la subasta que se incluye como Anejo II de la presente resolución.

Quinto. Contrato tipo.–Se aprueba el contrato tipo de asignación de capacidad de almacenamiento subterráneo de la red básica de gas natural que se incluye como Anejo III de la presente resolución.

Sexto. Pago del Coste de la Subasta.–El coste asociado a la gestión de la subasta se fija en 150.000 €, que serán sufragados por los adjudicatarios de forma proporcional a la cantidad de capacidad que les sea adjudicada.

Séptimo. Publicación.–La presente resolución será publicada en el «Boletín Oficial Estado», a excepción del contenido de los anejos, que será publicado en la página web www.subastasgas.omel.es.

Octavo.–La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Estado».

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Secretario General de Energía, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 9 de marzo de 2009.–El Director General de Política Energética y Minas, Jorge Sanz Oliva.

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