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Documento BOE-A-2009-752

Resolución de 15 de diciembre de 2008, de la Secretaría de Estado de Universidades, por la que se fija la cuantía de la compensación económica a las entidades colaboradoras por la gestión de las ayudas para estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros, en el marco del Estatuto del personal investigador en formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 13, de 15 de enero de 2009, páginas 5130 a 5131 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Ciencia e Innovación
Referencia:
BOE-A-2009-752

TEXTO ORIGINAL

Por Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero, (BOE de 9-02-2008) se establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en el marco de la línea instrumental de actuación en recursos humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) 2008-2011.

En el apartado 5 del punto cuarto de dicha Orden, relativo a los beneficiarios y sus requisitos y las entidades colaboradoras, se indica que las convocatorias podrán recoger la existencia de entidades colaboradoras que habrán de cumplir los requisitos y las obligaciones recogidas en la Ley General de Subvenciones para los beneficiarios de las subvenciones. Así mismo en el apartado 6 se dice que a través de las entidades colaboradoras se podrá efectuar el pago de la ayuda a los beneficiarios cuando así lo disponga la convocatoria.

Por otra parte, en el punto 2 del apartado II.5 de la Resolución de 5 de marzo de 2008, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se convocan ayudas para estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros, se indica que se considerarán como entidades de adscripción de los beneficiarios a las entidades españolas que presenten al candidato y acepten las condiciones de la convocatoria para el periodo de estancia en el centro de destino en el extranjero del beneficiario de la ayuda. Tales entidades formalizarán la contratación de los beneficiarios de las ayudas y asumirán las obligaciones correspondientes a entidades colaboradoras.

Al respecto y de conformidad con dicha normativa, las universidades y organismos de adscripción de beneficiarios de ayudas contratos de Formación de profesorado universitario, vienen suscribiendo el correspondiente convenio de colaboración. En la cláusula 2.4 del mencionado convenio se establece que, de conformidad con el artículo 16, número 3 m) de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, la entidad colaboradora recibirá como compensación por los costes derivados por su participación en la gestión de las ayudas, una subvención proporcional al número de beneficiarios activos, cuya cuantía se fijará anualmente a través de resolución del Secretario de Estado de Universidades.

Las ayudas concedidas para el programa de estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros gestionado por la Dirección General de Universidades, de la Secretaría de Estado de Universidades, están sujetas al ámbito de aplicación del Real Decreto 63/2006, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación, tal como se señala en el punto I.7 de la resolución de convocatoria de 5 de marzo de 2008.

Por las razones expuestas, esta Secretaría de Estado ha resuelto:

1. Con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido para el subprograma de ayudas para estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros, del Programa Nacional de Movilidad de Recursos Humanos de Investigación, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación 2008-2011 y en los correspondientes convenios firmados con las entidades colaboradoras, la compensación económica por los costes derivados por su participación en la gestión de estas ayudas se establece en doscientos cincuenta euros por beneficiario y año, más tres mil euros a aquellas entidades que se han incorporado a dicho programa en el ejercicio 2008, en concepto de gastos generales de las adaptaciones necesarias en el inicio de la gestión del programa.

2. La compensación referida al curso académico 2008-2009, por un importe de 296.500,00 , se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 18.07.463A.781 de los Presupuestos Generales del Estado del ejercicio 2008.

3. En el Anexo de la presente resolución se relacionan las entidades colaboradoras y la cuantía de la compensación que les corresponde por el número de beneficiarios en el ejercicio 2008, así como las ayudas a las entidades colaboradoras que se incorporan al programa en el ejercicio 2008.

Madrid, 15 de diciembre de 2008.–El Secretario de Estado de Universidades, Màrius Rubiralta i Alcañiz.

ANEXO
Importe de la compensación económica a las entidades colaboradoras, por la gestión de ayudas para estancias de movilidad posdoctoral en centros extranjeros, en el marco del Estatuto del Personal investigador en formación y convenio de colaboración

Organismo

Núm. de beneficiarios

Importe beneficiarios


Importe inicio gestión


Total importe compensación


Fundacion Española para la Ciencia y la Tecnología

855

213.750

3.000

216.750

Universidad de Extremadura

2

500

3.000

3.500

Universidad Autonoma de Barcelona

11

2.750

0

2.750

Universidad Politecnica de Cataluña

2

500

0

500

Universidad de Cordoba

2

500

3.000

3.500

Universidad de Santiago de Compostela

1

250

3.000

3.250

Universidad de Granada

21

5.250

0

5.250

Universidad

Rey Juan Carlos

1

250

3.000

3.250

Consejo Superior de Investigaciones Científicas

29

7.250

0

7.250

Universidad Autonoma de Madrid

11

2.750

0

2.750

Universidad Politécnica de Madrid

6

1.500

0

1.500

Universidad de Alcala de Henares

1

250

3.000

3.250

Inst. Nal. de Invest. y Tecnología Agraria y Alimentaria

1

250

3.000

3.250

Universidad de Murcia

8

2.000

0

2.000

Universidad de Oviedo

2

500

0

500

Universidad

de Cantabria

1

250

3.000

3.250

Universidad de Sevilla

14

3.500

3.000

6.500

Universidad de Valladolid

13

3.250

3.000

6.250

Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibersitatea

1

250

3.000

3.250

Universidad Pompeu Fabra

2

500

3.000

3.500

Consorci Institut D’investigacions

Biomediques August Pi I Sunyer

1

250

3.000

3.250

Universidad de Girona

2

500

0

500

Universidad de Jaén

1

250

3.000

3.250

Universidad

de Vigo

5

1.250

3.000

4.250

Universidad Rovira I Virgili de Tarragona

1

250

3.000

3.250

Total

994

248.500

48.000

296.500

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