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Documento BOE-A-2009-7564

Orden ESD/1096/2009, de 11 de marzo, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación UNIR.

Publicado en:
«BOE» núm. 110, de 6 de mayo de 2009, páginas 39319 a 39320 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
Referencia:
BOE-A-2009-7564

TEXTO ORIGINAL

Examinado el expediente incoado a instancia de don Manuel Cuchet Aguirre, solicitando la inscripción de la Fundación UNIR, en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, así como el otorgamiento de poderes a favor de don Miguel Tomás Arrufat Pujol, doña Carolina Farell Garrigós y don Manuel Cuchet Aguirre.

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Miguel Tomás Arrufat Pujol y doña Carolina Farell Garrigós, en Madrid, el 30 de enero de 2009, según consta en la escritura pública número ciento ochenta y uno, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, don Ignacio García-Noblejas Santa-Olalla.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, calle Montesa, número 35, – esc. Dcha., 3.º izqda., y, su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional.

Tercero. Dotación.–Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación consistente en dinero ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria.

Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la Fundación, incorporados a la escritura pública de constitución, a que se refiere el antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los siguientes: a) Promover una educación que defienda los valores éticos de la cultura europea y propicie la excelencia educativa. b) Promover y realizar actividades de colaboración y apoyo a las labores de docencia e investigación que se lleven a cabo en el ámbito de Universidades, Centros Superiores de Investigación y entidades análogas. c) Contribuir a la promoción e impulso de proyectos educativos de calidad, bien propios, bien en colaboración con otras entidades que persigan fines análogos. d) Formar personas en estudios de cualquier nivel educativo, desde la excelencia y el rigor académicos. e) Contribuir a renovar, especializar y mejorar la formación científica o profesional de quienes estén de algún modo relacionados con la enseñanza, la familia o la gente joven. f) Orientar y asesorar a otras organizaciones cuyos objetivos sean afines con los de la Fundaciones.

Quinto. Patronato.–El Gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

Inicialmente el Patronato queda constituido por: Presidente: Don Miguel Tomás Arrufat Pujol; Vicepresidenta: Doña Carolina Farell Garrigós y Secretario: Don Manuel Cuchet Aguirre.

En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

En el acto de constitución, los miembros del Patronato reunidos acordaron otorgar poderes a favor de don Miguel Tomás Arrufat Pujol; doña Carolina Farell Garrigós y don Manuel Cuchet Aguirre.

Fundamentos jurídicos

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a fundar para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre.

La Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, por la que continúa vigente la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero, de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, en virtud de la cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundaciones atribuidas al Ministro.

Segundo. Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 43 del Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacional, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.

Tercero. Según la Disposición Transitoria cuarta de la Ley de Fundaciones, hasta tanto no entre en funcionamiento el Registro de Fundaciones de competencia estatal, subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción de la Fundación UNIR en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte.

Por todo lo cual, resuelvo:

Primero.–Inscribir en el Registro de Fundaciones del Departamento la Fundación UNIR, cuyo ámbito de actuación se extiende a todo el territorio nacional, con domicilio en Madrid, calle Montesa, número 35, esc. dcha., 3.º izqda., así como el Patronato cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Segundo.–Inscribir en el Registro de Fundaciones el otorgamiento de poderes a favor de don Miguel Tomás Arrufat Pujol, doña Carolina Farell Garrigós y don Manuel Cuchet Aguirre, en los términos que constan en la escritura pública número ciento ochenta y uno, otorgada el 30 de enero 2009, ante el Notario don Ignacio García-Noblejas Santa-Olalla.

Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Madrid, 11 de marzo de 2009.–La Ministra de Educación, Política Social y Deporte, P.D. (Orden ESD/1413/2008, de 16 de mayo), el Secretario General Técnico del Ministerio de Educación, Política Social y Deporte, José Canal Muñoz.

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