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Documento BOE-A-2009-7972

Resolución de 30 de abril de 2009, de la Presidencia del Congreso de los Diputados, por la que se publica el Acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados, de convocatoria pública para la provisión de plazas de Técnicos de Prevención en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales.

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 13 de mayo de 2009, páginas 40921 a 40932 (12 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Cortes Generales
Referencia:
BOE-A-2009-7972

TEXTO ORIGINAL

La Mesa del Congreso de los Diputados, en su reunión celebrada el día 26 de enero de 2009, de conformidad con lo establecido en el artículo 7 del Convenio Colectivo del personal laboral del Congreso de los Diputados, ha acordado la convocatoria pública para la provisión, en régimen de contratación laboral, de dos plazas de Técnicos de Prevención en el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Congreso de los Diputados.

Las plazas estarán dotadas con la remuneración que se establezca en el Convenio Colectivo del personal laboral del Congreso de los Diputados.

La convocatoria se regirá por las siguientes bases:

Primera. Funciones.–El puesto tendrá las funciones preventivas de nivel superior previstas en el artículo 37 del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.

Segunda. Requisitos.–Para tomar parte en el proceso de selección será imprescindible reunir los siguientes requisitos:

a) Ser mayor de edad.

b) Tener la nacionalidad española.

c) Estar en posesión del título de Diplomado Universitario o equivalente, junto con el título oficial de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales, reuniendo conjuntamente las especialidades de Seguridad en el Trabajo y de Ergonomía y Psicosociología Aplicada.

d) No padecer enfermedad o discapacidad que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado, por cualesquiera causas, para el ejercicio profesional en el desempeño de funciones públicas.

Todos los requisitos enumerados en la presente base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

Tercera. Comisión de Selección.–La resolución del proceso selectivo será realizada por la Comisión de Selección designada por la Mesa del Congreso de los Diputados, que estará integrada por los siguientes miembros:

Un miembro de la Mesa de la Cámara, que presidirá la Comisión.

El Secretario General Adjunto para Asuntos Administrativos, o la Directora de Recursos Humanos y Gobierno Interior, de la Secretaria General del Congreso de los Diputados.

Un funcionario de la escala de titulados superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, que ostente la especialidad de Seguridad en el Trabajo.

Un funcionario de la escala de titulados superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, que ostente la especialidad de Ergonomía y Psicosociología aplicada.

El Jefe del Departamento de Gestión de Personal y Gobierno Interior de la Secretaría General del Congreso de los Diputados, o un funcionario del Cuerpo Técnico-Administrativo de las Cortes Generales adscrito a dicha Unidad, que actuará como Secretario.

Uno de los miembros del Comité de Empresa podrá participar como observador en el proceso de selección.

La Comisión de Selección no podrá constituirse ni actuar sin la presencia, cuando menos, de tres de sus miembros. Las decisiones se adoptarán por mayoría de votos de los miembros presentes, resolviendo en caso de empate el voto de calidad del Presidente de la Comisión de Selección.

Cuarta. Solicitudes.–Las solicitudes para tomar parte en este proceso de selección, que se ajustarán al modelo que se publica al final de la convocatoria como anexo I, deberán dirigirse al Secretario General del Congreso de los Diputados, y se presentarán, en el Registro de la Dirección de Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General de dicha Cámara, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales», Sección Congreso de los Diputados, en días laborables, excepto sábados, de las diez a las catorce horas, o remitirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El candidato consignará en la solicitud su nombre y apellidos, número de DNI, domicilio, teléfono y demás datos reflejados en el modelo de solicitud. En particular, deberá manifestar de manera clara y expresa el cumplimiento de los requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria, referidos siempre a la fecha de finalización del plazo señalado para la presentación de solicitudes. Asimismo deberá expresar necesariamente los títulos que aduce para participar en el proceso de selección, así como los méritos que pretende hacer valer en el mismo, los cuales deberán acreditarse documentalmente dentro del plazo de presentación de solicitudes. Por último, deberá acompañar fotocopia del documento nacional de identidad.

El candidato hará constar expresamente en su instancia que, en caso de resultar seleccionado, presentará los documentos previstos en la base décima y que asume el compromiso de firmar el correspondiente contrato e incorporarse al servicio de la Secretaría General del Congreso de los Diputados en el plazo de un mes a contar desde la notificación del acuerdo de la Mesa de la Cámara autorizando su contratación.

El domicilio que figure en las instancias se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores en la consignación del mismo como la comunicación al organismo convocante de cualquier cambio de dicho domicilio.

Quinta. Admisión de aspirantes.–Una vez terminado el plazo de presentación de solicitudes, la Comisión de Selección dictará resolución declarando aprobada la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo, con expresión de los motivos de exclusión en cada caso, la cual se hará pública en el Boletín Oficial de las Cortes Generales, Sección Congreso de los Diputados, en el tablón de anuncios de la Cámara y en la página Web de la misma. A efectos de lo que dispone la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con esta publicación se considerará realizada la oportuna notificación a los interesados.

Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de dicha resolución, para subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su no inclusión expresa. Finalizado dicho plazo, la Comisión de Selección hará pública, mediante el mismo procedimiento, la resolución declarando aprobada la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

Sexta. Procedimiento de selección.–El proceso de selección constará de las siguientes fases:

1.ª Realización de un ejercicio de carácter teórico consistente en la contestación durante dos horas a un cuestionario de 100 preguntas con respuestas alternativas de las cuales sólo una es correcta, de las que 50 se referirán a cada uno de los siguientes grupos:

A) Parte general.

B) Parte especial.

Las preguntas se referirán a las materias del temario que se incluyen en anexo II de la presente convocatoria. Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio y se puntuará con un máximo de 100 puntos, debiendo obtenerse como mínimo 25 puntos en cada uno de los apartados (A y B), computándose un punto por cada solución correcta y penalizándose con medio punto cada error cometido.

2.ª Valoración de los méritos a que se refiere la base séptima de la convocatoria, y

3.ª Realización de una entrevista personal.

Séptima. Valoración de méritos.–Se tendrán en cuenta los siguientes méritos:

1. Experiencia en funciones preventivas de nivel superior en la empresa privada.–Se valorará con 0,25 puntos cada mes de experiencia acreditada documentalmente, hasta un máximo de 15 puntos.

2. Experiencia en funciones preventivas de nivel superior en cualquier organismo público.–Se valorará con 0,5 puntos cada mes de experiencia acreditada documentalmente, hasta un máximo de 25 puntos.

3. Acreditar, además de las especialidades exigidas en la base segunda, la especialidad de Higiene Industrial.–Se valorará con 2 puntos.

Concluida la valoración de méritos la Comisión de Selección hará publica en el tablón de anuncios de la Cámara, y en la página Web de la misma, la relación de las puntuaciones obtenidas en la misma por los candidatos admitidos al proceso de selección.

Octava. Entrevista personal.–Realizada la valoración de méritos, los aspirantes que hubieran obtenido 14 o más puntos en la misma serán convocados por la Comisión de Selección para la realización de la entrevista personal.

Dicha entrevista versará sobre la experiencia profesional de los aspirantes, funciones específicas del puesto convocado, y, en general, sobre aclaraciones que se consideren necesarias con relación a la documentación aportada por el aspirante para justificar los méritos aducidos.

Novena. Aspirantes propuestos.–Finalizado el proceso selectivo, la Comisión de Selección hará público en el tablón de anuncios de la Cámara y en la página Web de la misma el nombre de los candidatos cuya contratación se proponga.

Décima. Presentación de documentos.–Con carácter previo a la formalización del contrato, y en el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquél en que se haga público el nombre de los aspirantes propuestos para su contratación, éstos deberán presentar en la Dirección Recursos Humanos y Gobierno Interior de la Secretaría General del Congreso de los Diputados la documentación que justifique la capacidad y requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria, y, en particular, los siguientes:

a) Documento nacional de identidad original y fotocopia para su compulsa.

b) Documento original de los títulos en virtud de los que hayan sido admitidos a participar en el proceso selectivo, con arreglo a lo dispuesto en la base segunda de la convocatoria, y fotocopia de los mismos para su compulsa.

Si alguno de los candidatos propuestos no presentase la citada documentación dentro del plazo fijado, salvo caso de fuerza mayor, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos exigidos en la base segunda, no podrá ser contratado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.

Undécima. Formalización contractual y periodo de prueba.–Una vez que la Mesa del Congreso de los Diputados acuerde la autorización para la contratación, el órgano competente procederá a la notificación a los interesados de dicho acuerdo, y se procederá a la formalización del contrato dentro del plazo de un mes a partir de la recepción de dicha notificación.

Transcurrido el periodo de prueba de dos meses, los candidatos contratados que lo superen satisfactoriamente adquirirán la condición de personal laboral fijo.

Duodécima. Recursos.–La presente convocatoria podrá ser recurrida ante la Mesa del Congreso de los Diputados, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de las Cortes Generales». Asimismo, las resoluciones de la Comisión de Selección y los actos de trámite de la misma que determinen la imposibilidad de continuar el proceso selectivo o que produzcan indefensión podrán ser impugnados ante la Mesa del Congreso de los Diputados, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación. La resolución adoptada por la Mesa de la Cámara pondrá fin a la vía administrativa.

Palacio del Congreso de los Diputados, 30 de abril de 2009.–El Presidente del Congreso de los Diputados, José Bono Martínez.

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ANEXO II
A) Parte general
Conceptos generales de la prevención de riesgos laborales

1. Conceptos básicos relativos a la seguridad y salud en el trabajo: Daños derivados del trabajo. Concepto de riesgo laboral. Protección y prevención. Prevención primaria, secundaria y terciaria. Prevención en el diseño. Condiciones de trabajo en relación con la salud. Factores de riesgo. Conceptos de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

2. Objeto y necesidad de la prevención de riesgos laborales: Interacción trabajo y salud. Costes de los daños derivados del trabajo frente a beneficios de la acción preventiva. El concepto de integración de la prevención. Prevención y calidad.

3. Las técnicas preventivas: Los principios de prevención. Seguridad en el Trabajo. Higiene Industrial. Ergonomía. Psicosociología aplicada. Medicina del Trabajo. Técnicas de participación. La información y la comunicación. La formación. Relaciones con otros ámbitos: Industrial, sanitario, medioambiental, sectoriales (agricultura, minería, pesca, construcción, transporte).

4. Unión Europea (I): Las actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las instituciones comunitarias. La Fundación Europea para la Mejora de la Calidad de Vida y de Trabajo. La Agencia Europea para la Seguridad y Salud en el Trabajo y la Red Europea de la Seguridad y Salud en el Trabajo. El Comité Consultivo para la Seguridad y la Salud en el Trabajo. El Comité de Altos Responsables de las Inspecciones de Trabajo. El Comité Científico para el Establecimiento de Valores Límite de Exposición.

5. Unión Europea (II): Las directivas sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo. La Directiva Marco 89/391/CEE. Las directivas específicas y otras que amplían y completan lo establecido en la Directiva Marco. Recomendaciones y otros actos relacionados. La nueva Estrategia Comunitaria de Seguridad y Salud en el Trabajo (2002-2006).

6. Unión Europea (III): Las directivas del mercado interior único y su relación con la seguridad y salud en el trabajo. El funcionamiento y características del mercado único. El Espacio Económico Europeo. El concepto de seguridad del producto. Los requisitos esenciales de los productos. El enfoque global.

7. Ámbito internacional: La Organización Internacional del Trabajo (OIT), origen y evolución; sus objetivos, estructura y organización. Los Convenios de la OIT, las recomendaciones y otras actuaciones. Contenidos de los Convenios OIT sobre salud y seguridad. El papel de otras organizaciones y programas: OMS, OMI, PNUMA, OCDE. La Asociación Internacional de la Seguridad Social (AISS). El Consejo de Europa. La Carta Social Europea.

8. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales en España: Antecedentes inmediatos. La Constitución de 1978. El Estatuto de los Trabajadores. El ámbito de la función pública. La Ley General de la Seguridad Social. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre; contenido, significado general y naturaleza. La Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la Prevención de Riesgos Laborales. La Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social. La articulación jurídica de la prevención de riesgos laborales.

9. Actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia laboral. La distribución de competencias y coordinación de actuaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo entre la Administración General del Estado y las Comunidades Autónomas. Funciones y actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en relación con esta materia. El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. La Red Española de Seguridad y Salud en el Trabajo. La Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. La Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales.

10. La Comunidad de Madrid: Traspaso de funciones y servicios en materia de seguridad e higiene en el trabajo. El Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

11. Normativa en prevención de riesgos laborales dictada en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

12. Actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria, de industria y medioambiental. La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. La Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria. La Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos y la legislación sobre residuos tóxicos y peligrosos. Obligaciones.

13. Derechos y deberes: El derecho de los trabajadores a la protección frente a los riesgos laborales. El deber empresarial de protección. Situaciones de riesgo grave e inminente. Coordinación de actividades empresariales en materia de prevención. Protección de trabajadores especialmente sensibles a riesgos. Obligaciones de los trabajadores.

14. Consulta y participación de los trabajadores: El deber de consulta del empresario. Los derechos de participación y representación específica de los trabajadores. Los Delegados de Prevención, su designación, garantías, competencias y facultades. El Comité de Seguridad y Salud. Colaboración con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

15. El Reglamento de los Servicios de Prevención (I): La integración de la actividad preventiva y la acción de la empresa en esta materia. La evaluación de los riesgos. La planificación de la prevención. Características y funciones de un servicio de prevención. La organización de recursos para las actividades preventivas y sus diferentes modalidades; sus funciones y requisitos.

16. El Reglamento de los Servicios de Prevención (II): La acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención ajenos a las empresas. Funciones y niveles de cualificación. Medicina del Trabajo y Enfermería de Empresa. Colaboración de los servicios de prevención con el Sistema Nacional de Salud. Las actuaciones en materia preventiva de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social. Plan general de actividades preventivas.

17. El desarrollo del artículo 24 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales. La coordinación en obras de construcción.

18. La gestión de riesgos laborales en la empresa: Concepto. El sistema de gestión para la prevención. La responsabilidad de la dirección. La documentación. Conceptos relativos a la auditoría. La auditoría de prevención. La obligación empresarial de someter su sistema de prevención a una auditoría externa. Requisitos y autorización por la autoridad laboral de las personas o entidades especializadas para la realización de auditorías. Idoneidad de los auditores. Otros sistemas de auditoría. Su valor y relación con la calidad.

19. Las obligaciones de los fabricantes, importadores y suministradores: Las exigencias de la libre circulación de mercancías en el mercado único europeo. La responsabilidad por los perjuicios causados por los productos defectuosos. La obligación de facilitar toda información útil sobre el uso seguro de un equipo o producto con ocasión de su comercialización. La obligación de información del empresario a los trabajadores.

20. Responsabilidades y sanciones con relación a la prevención: Responsabilidades administrativas, infracciones administrativas, control de la actividad preventiva. La actuación de los técnicos autonómicos. Procedimiento sancionador. Sanciones.

21. La adaptación de la normativa de prevención de riesgos laborales al ámbito de la Administración Pública: Las excepciones de la Ley de Prevención. El Real Decreto 1488/1998, de 10 de julio, de adaptación a la Administración General del Estado. El Real Decreto 464/2003, de 25 de abril, por el que se modifica el Real Decreto 707/2002, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre el procedimiento administrativo especial de la actuación de la Inspección de Trabajo y para la imposición de medidas correctoras de incumplimientos en materia de Prevención de Riesgos Laborales en el ámbito de la Administración General del Estado. Competencias y funciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

22. Protección de la maternidad y de los menores: Riesgos laborales específicos para la mujer trabajadora durante el embarazo, posparto y lactancia. Legislación vigente de protección a la maternidad. Medidas preventivas frente a los riesgos específicos. Riesgos específicos para los menores en razón de su trabajo. Legislación vigente de protección de los menores.

23. Relaciones de trabajo temporales, de duración determinada y en empresas de trabajo temporal: Características específicas de estas relaciones. Normativa aplicable. Obligaciones empresariales con relación a la prevención de riesgos laborales. El Real Decreto 216/1999, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las Empresas de Trabajo Temporal.

24. Utilización de equipos de protección individual. Concepto y prioridad de utilización de los equipos de protección individual (EPI) en el trabajo. Tipos de EPI. Normativa del mercado único europeo relativa al diseño y comercialización de los EPI. Aplicación del Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo. La Guía Técnica del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo correspondiente al Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.

25. La formación en prevención de riesgos laborales. Derechos y obligaciones. Condiciones de eficacia. La planificación de la formación en la empresa. El diagnóstico de necesidades. La definición de los objetivos. La determinación de los programas. La selección del profesorado. La presupuestación. Métodos y técnicas de formación. La enseñanza a distancia y las nuevas tecnologías aplicadas a la formación. La evaluación de la formación. La formación de adultos. Técnicas de modificación de conducta.

26. Objeto de las estadísticas de prevención. Principales índices y parámetros. La evolución de la siniestralidad en España. La comparabilidad de los datos estadísticos con los de otros Estados. La notificación de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Obligaciones establecidas en la Ley General de la Seguridad Social y su normativa de desarrollo, y en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Economía de la prevención.

27. Investigación de accidentes de trabajo: Objetivos de la investigación de los accidentes de trabajo. Accidentes que se deben investigar. Metodología de la investigación de accidentes. El informe resultante de la investigación de un accidente. Características que deben de cumplir las propuestas preventivas emanadas de la investigación de un accidente. La investigación de accidentes por el método del Árbol de Causas.

28. Inspecciones de seguridad: Concepto y objetivos de la inspección de seguridad. Inspecciones planificadas y no planificadas. Metodología de la inspección de seguridad. Explotación de los resultados.

29. Evaluación de riesgos: El concepto de evaluación de riesgos y de la gestión de riesgos. Tipos de evaluaciones de riesgos y características de cada uno de ellos. Plan de control de riesgos. Revisión del Plan de control de riesgos. Formatos de recogida de datos de la evaluación de riesgos.

B) Parte especial
Seguridad en el trabajo

1. Los costes de los accidentes de trabajo: Coste humano y coste económico de los accidentes de trabajo. Coste para el accidentado. Coste para la empresa. Coste para la sociedad. Análisis coste-beneficio de la prevención.

2. Normas y señalización de seguridad: Concepto de norma de seguridad. Clasificación de las normas de seguridad. Principios básicos requeridos en una norma de seguridad. Contenido de una norma de seguridad. Fases de implantación de una norma de seguridad. Conceptos y requisitos de la señalización de seguridad. El Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo y la Guía Técnica del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo.

3. Protección colectiva: Concepto de protección colectiva, criterios de elección. Análisis previo a la implantación de protección colectiva.

4. Seguridad y salud en las obras de construcción. Legislación aplicable. El estudio y los planes de seguridad y salud en el trabajo. El Coordinador de Seguridad, la dirección facultativa y la propiedad. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

5. Trabajos en altura. Medios auxiliares. Medidas de prevención y protección. Trabajos verticales.

6. Riesgos en los lugares de trabajo: El Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo y la Guía Técnica del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de los lugares de trabajo.

7. El riesgo de incendio: Química del fuego. Cadena del incendio. Prevención de incendios. Comportamiento ante el fuego de los materiales de construcción y elementos constructivos, reacción al fuego y resistencia al fuego. Protección estructural de edificios y locales. Clasificación de los fuegos en función de la naturaleza del combustible. Sistemas de detección y de alarma. Medios de lucha contra incendios. Medios de Protección contra incendios.

8. Máquinas: Definición de máquina y de zona peligrosa. Principales riesgos presentes en las máquinas. Selección de las medidas de seguridad. Medidas de prevención intrínseca. Medidas de protección a tomar por parte del diseñador o fabricante; resguardos y dispositivos de protección.

9. Utilización de equipos de trabajo: El Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, sobre utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, y la Guía Técnica del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de los equipos de trabajo. Análisis y evaluación de riesgos. Procedimientos de adecuación y puesta en conformidad.

10. Riesgos debidos a la electricidad (I): Efectos nocivos de la electricidad. Lesiones producidas por la electricidad en el cuerpo humano. Factores que influyen en el efecto eléctrico; intensidad de corriente, resistencia del cuerpo humano, tensión aplicada, frecuencia de la corriente, duración del contacto eléctrico, recorrido de la corriente a través del cuerpo, capacidad de reacción de la persona. Actuación en caso de accidente eléctrico.

11. Riesgos debidos a la electricidad (II): Tipos de contacto eléctricos. Protección contra contactos eléctricos directos: Alejamiento de partes activas, interposición de obstáculos, recubrimiento de partes activas, utilización de pequeñas tensiones de seguridad, protección complementaria con dispositivos diferenciales de alta sensibilidad. El Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico.

12. Productos químicos: El Reglamento sobre Notificación de Sustancias Nuevas y Clasificación, Envasado y Etiquetado de Sustancias Peligrosas. El Real Decreto 255/2003, de 28 de febrero, sobre clasificación, envasado y etiquetado de preparados peligrosos. La limitación de la comercialización y utilización de sustancias y preparados peligrosos.

13. Equipos de elevación y transporte: Instalación de la máquina. Mantenimiento. Utilización adecuada de los equipos. Equipos para elevar cargas; ascensores, plataformas elevadoras y montacargas. Grúas. Aparejos. Cabrias. Cabestrantes. Elementos auxiliares; cadenas, cables, cabos, eslingas, ganchos, poleas, etcétera.

14. Explosiones: Concepto de explosión y de atmósfera explosiva. Polvos inflamables y combustibles. Límites y valores de referencia. Emplazamientos peligrosos. Clasificación y características de las áreas en las que pueden formarse atmósferas explosivas. Medidas de protección frente a atmósferas explosivas; sustitución o reducción de la cantidad de atmósfera explosiva, limitación de la concentración, inertización. Protección en atmósferas explosivas.

15. Espacios confinados: Concepto de espacio confinado. Peligros asociados a un espacio confinado. Actuación ante un espacio confinado. El Permiso de Trabajo; contenido del permiso de Trabajo. Procedimientos de emergencia y rescate. Entrenamiento y deberes del equipo de trabajo en el espacio confinado. Cancelación del Permiso de Trabajo.

Higiene industrial

1. Toxicología industrial. Concepto de tóxico. Definición y clasificación de los contaminantes. Vías de exposición. Mecanismos de toxicidad. Relación dosis-efecto y dosis-respuesta. Efectos: Clasificación fisiopatológica de los contaminantes químicos.

2. Legislación sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y preparados peligrosos. Características de peligrosidad de los productos químicos. Criterios de clasificación de sustancias y preparados peligrosos. Mecanismos de información: Etiquetas. Fichas de datos de seguridad.

3. Criterios de valoración de agentes químicos. Límites de exposición profesional para agentes químicos en España. Valores límites ambientales (VLA). Directrices para la evaluación de la exposición por inhalación de agentes químicos. Valoración por comparación con el VLA de exposición diaria VLA-ED. Valoración por comparación con el VLA de exposiciones cortas VLA-EC. Mediciones periódicas de control. Valores límites biológicos (VLB). Control biológico.

4. Medición de los contaminantes químicos. Mediciones puntuales y promedio. Mediciones personales y ambientales. Instrumentos de lectura directa. Sistemas activos de toma de muestras. Calibración de los equipos. Sistemas pasivos de toma de muestras. Transporte y conservación de las muestras. Representatividad de las mediciones. Estrategias de muestreo. Condicionantes de la toma de muestras. Control de calidad de los equipos de medida.

5. Control de las exposiciones. Técnicas generales: Acciones de control técnicas. Acciones de control organizativas. Priorización del control de riesgos. Acciones sobre el agente. Acciones sobre el proceso. Acciones en el local de trabajo. Acciones en los métodos de trabajo. Ventilación general por dilución: tipos y aplicación. Criterios de diseño de un sistema de ventilación general. Ventilación por extracción localizada.

6. El Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Objeto y ámbito de aplicación. Evaluación de los riesgos. Medidas de prevención generales y específicas. Vigilancia específica de la salud. Medidas a adoptar frente a accidentes, incidentes y emergencias. Prohibiciones de agentes y actividades. Información y formación de los trabajadores con relación a los riesgos por agentes químicos.

7. Agentes carcinógenos. Patogénesis del cáncer. Carcinogénesis química y sus mecanismos de actuación. Evaluación de la exposición a carcinógenos. Real Decreto 665/1997 sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos y mutágenos durante el trabajo. Normativa sobre el amianto.

8. Agentes biológicos. Características de los agentes biológicos: virus, bacterias, hongos, protozoos y helmintos. Principales efectos para la salud. Factores de la exposición a agentes biológicos. Evaluación de los Agentes biológicos. Control de la exposición a Agentes biológicos. Concepto de contención: principales medidas de contención. Aplicación de las medidas de contención. Real Decreto 664/1997, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

9. Ruido y vibraciones. Fundamentos de acústica. Magnitudes y unidades. Anatomía y fisiología del oído. Efectos del ruido. Medición del ruido. Equipos de medición. Valoración de exposición laboral a ruido. Principios de control de ruido. Legislación aplicable a la exposición laboral al ruido. Física de las vibraciones. Medida de las vibraciones. Vibraciones mano-brazo: efectos, evaluación y control de la exposición. Vibraciones del cuerpo completo: efectos, evaluación y control de la exposición a vibración del cuerpo completo. Legislación aplicable a la exposición laboral a vibraciones.

10. Ambiente térmico. Ecuación del Balance Térmico. Mecanismos de termorregulación y de intercambio de calor entre el organismo y el ambiente. Efectos del calor y el frío sobre el organismo. Métodos de valoración: Índice WBGT (Wet bulbe globe temperature). Índice de sudoración requerida. Índice IREQ (Aislamiento requerido de la vestimenta). Índice  WCI (índice de enfriamiento por el viento). Control de las exposiciones. Principales medidas preventivas.

11. Prevención de riesgos por exposición a radiaciones no ionizantes: Clasificación y características físicas de las principales radiaciones no ionizantes. Riesgos, actividades con riesgo, evaluación del riesgo por exposición y medidas preventivas contra la exposición a radiaciones ultravioleta, luz visible, radiaciones infrarrojas, microondas y láseres. Problemática de las radiaciones de baja frecuencia. Exposición a campos eléctricos y magnéticos. Legislación comunitaria aplicable.

12. Radiaciones ionizantes. Tipos de radiaciones ionizantes. Interacción de las radiaciones ionizantes con la materia: Irradiación y Contaminación. Efectos de las radiaciones ionizantes. Métodos de detección y medición de las radiaciones ionizantes. Protección radiológica: medidas básicas de protección radiológica. Real Decreto 783/2001, Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes. Radiación natural: Radón. Radiación cósmica (aeronaves). Instalaciones nucleares y radiactivas. Instalación y utilización de aparatos de rayos X con fines de diagnóstico médico.

13. Riesgos higiénicos de carácter general en la industria química y su prevención. Actividades específicas: Industria farmacéutica. Industria del plástico y del caucho. Particularidades de los procesos, riesgos higiénicos y su prevención. Laboratorios químicos: riesgos específicos. Diseño de los laboratorios. Ventilación de laboratorios. Evaluación y control de sus riesgos.

14. Centros sanitarios. Riesgos específicos asociados a las diferentes actividades. Agentes químicos: Citostáticos, Anestésicos, Desinfectantes y Esterilizantes, evaluación y control de riesgos. Agentes biológicos: infecciones nosocomiales. Peculiaridades de la exposición a agentes biológicos en hospitales. Evaluación y control de riesgos. Agentes físicos: Uso médico de las radicaciones ionizantes y no ionizantes. Evaluación y control de riesgos. Riesgos asociados a las actividades no sanitarias de los centros sanitarios.

15. Riesgos higiénicos en la agricultura y en la industria alimentaria. Agricultura. Riesgos específicos. Riesgos derivados del manejo de plaguicidas. Aspectos toxicológicos de los principales grupos de plaguicidas. Evaluación y control de riesgos. Operaciones en viveros e invernaderos. Industria alimentaria, sectores específicos: cárnica, avícola, láctea, conservas alimenticias, cereales, panaderías. Riesgos específicos y su prevención.

Ergonomía y psicosociología aplicada

1. Ergonomía: Conceptos y objetivos. Metodología ergonómica. Modelos y métodos aplicables en Ergonomía. Procedimiento metodológico para la evaluación de riesgos en Ergonomía y Psicosociología.

2. Técnicas de investigación en Ergonomía y Psicosociología: La observación, las entrevistas y los grupos de discusión. La encuesta y las escalas de actitudes. Métodos estadísticos más aplicados en Ergonomía y Psicosociología: Elección del tipo de estudio, selección de la muestra, definición y selección de las variables de estudio, recogida y análisis de los datos.

3. Calidad del ambiente interior: Factores que la determinan, riesgos asociados, su evaluación, prevención y control. Los factores ambientales en el Real Decreto 486/1997: Las condiciones ambientales y de iluminación mínimas de los lugares de trabajo; criterios para su evaluación y acondicionamiento.

4. Evaluación del bienestar térmico. Normativa aplicable. Los índices PMV y PPD.

5. Evaluación del ambiente físico basada en la valoración de sus efectos sobre el trabajador: Reacciones subjetivas y comportamentales, y respuestas psicofisiológicas. Aspectos ergonómicos del ruido y su evaluación: Criterios SIL y NR.

6. Principios ergonómicos aplicables para el diseño del puesto de trabajo. Bases antropométricas dinámicas y estáticas.

7. Pantallas de visualización de datos: Metodología para la evaluación específica de los riesgos derivados. Acondicionamiento de los puestos de trabajo con pantallas de visualización de datos. El Real Decreto 488/1997.

8. Carga física de trabajo: Fisiología de la actividad muscular. La capacidad de trabajo física. Medición de la carga derivada del trabajo dinámico mediante el consumo de oxígeno. Fatiga física y su recuperación. Carga física de trabajo: Su valoración mediante la medición de la frecuencia cardiaca. Los Criterios de Chamoux y de Frimat. Manipulación manual de cargas. Riesgos asociados y su prevención. El Real Decreto 487/1997.

9. Posturas de trabajo: Factores que las determinan. Criterios para la evaluación de las posturas de trabajo. Riesgos derivados de las posturas de trabajo y su prevención. Métodos de evaluación de las posturas de trabajo basados en la observación. El método OWAS y el método REBA.

10. Trastornos osteomusculares de la extremidad superior. Identificación de los factores de riesgo asociados y su prevención. Evaluación de estos riesgos; El método RULA, el Ergo-IBV y el Strain Index.

11. Carga mental de trabajo: Factores determinantes y características de la carga mental. Efectos derivados y su prevención. Métodos de evaluación basados en factores de carga inherentes a la tarea. Métodos de evaluación basados en las alteraciones fisiológicas, psicológicas y de comportamiento de los individuos.

12. Factores psicosociales: Los aspectos relativos al diseño de las tareas. Riesgos derivados de la división del trabajo y su prevención. Los aspectos relativos a la organización del tiempo de trabajo. Riesgos derivados del trabajo a turnos y nocturno. Metodología para la evaluación de los factores psicosociales. El método de evaluación del INSHT.

13. Estrés laboral: Estresores; factores modulares del estrés; respuestas fisiológicas, cognitivas y comportamentales al estrés. Consecuencias del estrés para la empresa y el individuo. Evaluación y prevención del riesgo derivado del estrés laboral.

14. La violencia, el acoso y hostigamiento en el trabajo (mobbing). El trabajo bajo presión. Motivación y satisfacción laboral. El efecto del «quemado» (burn out). Otros aspectos de índole psicosocial.

15. La intervención psicosocial: Sobre la organización del trabajo, sobre el estilo de dirección, y sobre los individuos. Procesos organizacionales para el control del riesgo. Comunicación y sistemas de información. Motivación. Campañas de divulgación y sensibilización. Técnicas de participación. Técnicas de negociación.

 

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